Judiciales
Un hombre y una mujer fueron condenados por el homicidio de Kevin Giles
Al sujeto se le impuso una pena de 11 años y 2 meses de prisión efectiva, mientras que la mujer fue condenada a 10 años y 8 meses de prisión.

Un hombre y una mujer de Roca fueron condenados hoy (27/12) por el homicidio del joven Kevin Giles, ocurrido cerca de la medianoche del 29 de noviembre de 2021 en la zona norte de la ciudad. A finales de octubre se había conocido el veredicto de culpabilidad de las dos personas imputadas y esta mañana se leyó la sentencia final, en la que se establecieron las penas.
El sujeto de 23 años de edad fue declarado responsable del delito de ‘homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil’ y se le impuso una pena de 11 años y 2 meses de prisión efectiva, más una inhabilitación de 22 años para portar cualquier tipo de arma de fuego. En tanto que la mujer, de 28 años, fue declarada ‘partícipe necesaria del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego’ y fue condenada a 10 años y 8 meses de prisión. Las dos personas cumplen actualmente prisión preventiva.
Los jueces Fernando Sánchez Freytes, Gastón Martín y la jueza Laura Pérez tuvieron por acreditado que la noche del homicidio Kevin Giles circulaba a bordo de un auto Peugeot por la Avenida San Juan al 4000, entre Cisnes y Gavilán de Roca, y fue asesinado con disparos de un arma de fuego que efectuó el varón. Los tiros fueron disparados desde un auto Citroën C4 en movimiento, que era conducido por la mujer.
De acuerdo con la teoría del caso que presentó la Fiscalía, el móvil del homicidio fue «vengar la muerte» de un hermano del autor de los disparos.
La jueza que integra el Tribunal leyó esta mañana la sentencia. Explicó que la mujer fue condenada al mínimo legal que prevé el Código Penal para el delito que cometió. Esa fue la pena solicitada en el juicio por la fiscalía. El Tribunal consideró que ese tiempo de prisión «es suficiente para cumplir con los fines de la pena, bajo un adecuado tratamiento penitenciario». A favor de la mujer se valoró que no tiene antecedentes penales y es una persona trabajadora.
Para el varón, la pena fue levemente superior a la mínima legal tras considerarse como atenuantes el móvil del crimen «que si bien no lo exculpa, sí debe merituarse que no fue materializado de su parte por otro motivo más cruel», que proviene de una familia de bajos recursos, que es padre de familia, no tiene antecedentes y es un joven de trabajo. Como agravantes se computó que fue el único autor de los disparos con el arma de fuego y la «pluralidad de ilícitos consumados» en un mismo acto.
Judiciales
Un secreto familiar oculto durante décadas salió a la luz tras un velorio
Una mujer supo por su madre que el hombre fallecido, a quien despedían, era su padre biológico.

Un velorio fue el punto de partida de una historia familiar que permaneció oculta durante décadas. En ese contexto, una mujer supo por su madre que el hombre fallecido, a quien despedían, era su padre biológico.
La revelación dio lugar a la reconstrucción de hechos del pasado. La madre había trabajado en tareas de limpieza durante años en el domicilio del hombre y ambos mantuvieron una relación. Por ese entonces él brindaba a la niña un trato compatible con el de un padre.
Así, la mujer recurrió al Poder Judicial para iniciar una acción de filiación. La finalidad era que se reconociera legalmente el vínculo de paternidad respecto de la persona fallecida.
El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y declaró que la mujer es hija del hombre , y ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.
Durante el proceso, los herederos del causante negaron los hechos. Sin embargo, se produjeron diversas medidas de prueba, entre ellas la extracción de muestras biológicas de familiares y la incorporación de material genético previamente conservado.
El elemento decisivo fue la pericia genética realizada por el Laboratorio de Genética Forense, que determinó una probabilidad de paternidad superior al 99,99997%. Este resultado no fue cuestionado por las partes y permitió alcanzar un grado de certeza prácticamente absoluto.
Con esos elementos, la jueza hizo lugar a la demanda y declaró que la mujer es hija biológica del hombre fallecido, ordenando su inscripción en el Registro Civil.
En un primer momento, la mujer también incluyó en la demanda un reclamo por daños y perjuicios contra los herederos. Sin embargo, la Jueza le indicó que ese tipo de reclamo no podía tramitarse dentro del mismo expediente, sino por una vía separada. Así, la mujer aclaró que mantenía únicamente la acción de filiación y no continuaba con el reclamo de daños en ese proceso.
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Tras el repudio de la familia de Valentín, apartaron del Hospital de Roca al anestesiólogo condenado
Aunque la condena no está firme y legalmente puede ejercer, Atencio Krause fue retirado de sus funciones en el López Lima.

La dirección del Hospital Francisco López Lima de General Roca decidió apartar de sus funciones al anestesiólogo Mauricio Atencio Krause, condenado en primera instancia por homicidio culposo en la causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo. La decisión se tomó luego de que familiares y allegados de la víctima fatal realizaran un escrache en el nosocomio de salud.
La medida fue confirmada por la directora Susana Marezi, luego del profundo malestar generado entre familiares y allegados de Valentín al conocerse que el profesional se encontraba trabajando en el quirófano del López Lima.
Según explicaron desde el Hospital, el servicio de anestesia funciona mediante asignaciones del Colegio de Profesionales, asegurando que no habían sido informados previamente sobre la presencia de Atencio Krausse en el nosocomio de salud. Una vez que tomaron conocimiento de la situación, la directora Marezi ordenó de inmediato su apartamiento.
No obstante, el anestesiólogo actualmente puede ejercer porque la condena aún no está firme y continúa en etapa de revisión judicial. La dirección del Hospital ya trabaja junto al área Legal y con autoridades provinciales para formalizar el pedido ante la Asociación de Anestesiología y evitar futuras asignaciones del profesional en la ciudad.
Atencio Krause fue hallado culpable y condenado recientemente por el delito de homicidio culposo tras la muerte del niño, ocurrida el 18 de julio de 2024. La sentencia impuesta incluyó además una inhabilitación para ejercer la medicina durante 7 años y 6 meses.
Judiciales
Imputaron a un joven de 21 años por el asesinato de Santiago Drinovac
El crimen ocurrió el jueves pasado en plena vía pública, Cervantes. Ya hay dos detenidos.

Esta mañana (07/05), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre de 21 años por el hecho ocurrido el pasado jueves en la localidad de Cervantes, cuando, producto de un disparo, falleció Santiago Emanuel Drinovac. El imputado continuará detenido en prisión preventiva tras la solicitud fiscal.
Según la acusación fiscal, alrededor de las 16.30, en la vereda del domicilio de la víctima ubicado en la esquina de calles Malvinas Argentinas y Pasaje Favaloro, los dos hombres identificados como coautores, siguiendo el plan que habían acordado previamente, fueron hasta allí en una moto Honda Wave blanca.
«Con la intención de darle muerte a Santiago, que estaba en la vereda junto a un amigo, el hoy imputado sacó de entre sus prendas un arma de fuego y realizó dos disparos hacia las personas mencionadas, impactando uno de ellos en el pecho de la víctima fatal», describió la fiscal adjunta interviniente.
«Inmediatamente después del disparo, ambos se dieron a la fuga, permaneciendo prófugos hasta que el martes (05/05) uno de ellos se presentó en la Comisaría y el otro fue detenido esta mañana», agregó el equipo fiscal.
La calificación legal por la cual se tuvieron por formulados los cargos es la de ser coautor de homicidio agravado por premeditación y por el uso de arma de fuego, y como autor de portación de arma de guerra.
Entre el sustento probatorio mencionado por la Fiscalía para sostener la imputación se encuentra el resultado de la autopsia practicada por el Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial, el acta de procedimiento de la Comisaría 22 de Cervantes, la denuncia penal, declaraciones testimoniales, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística de Cervantes, los allanamientos y las diligencias llevadas adelante por el Cuerpo de Investigación Judicial de General Roca.
En relación al pedido de medida cautelar, la fiscalía explicó que en este caso se dan dos riesgos procesales: el entorpecimiento a la investigación y el peligro de fuga. «Se registraron dos tiros, había dos personas en la vereda, y quien queda con vida es el muchacho que brinda claridad respecto del hecho; por ello debemos cautelar el proceso. Además, pese a los allanamientos que se realizaron, aún no se ha podido dar con la moto, el arma, los celulares ni la ropa que llevaban el día del hecho», agregó la fiscal jefe.
«Ha quedado demostrado que pueden suceder dos cosas: más allá de la presentación voluntaria del hoy imputado, lo primero que hizo fue fugarse, y de quedar en libertad va a continuar con su intención de ocultar elementos que tienen que ver con la investigación de este hecho», agregó la Fiscalía.
Por su parte, el defensor particular no se opuso a la formulación de cargos ni a la prisión preventiva.
Finalmente, el juez de Garantías interviniente tuvo por imputados los cargos en los términos fiscales y además resolvió que el hombre cumpla con la medida cautelar por el plazo de cuatro meses.
En la audiencia, la Fiscalía señaló que al otro implicado se le formularán cargos en las próximas horas.








