Judiciales
ATE y la CTA Autónoma marchan al Lago Escondido
Exigen al Gobierno de la provincia y a Lewis cumplir con los fallos judiciales.

La Asociación Trabajadores del Estado (ATE), la CTA Autónoma y otras organizaciones marcharán este martes (31/01) por las calles principales de Bariloche hasta el Centro Cívico, y desde allí se movilizarán hasta el camino de Tacuifí sobre la Ruta Nacional N° 40 a la altura de El Foyel, donde intentarán llegar hasta Lago Escondido.
«De esta manera, buscamos visibilizar su reclamo para que el Gobierno de Río Negro cumpla con los fallos judiciales que lo ordenan acondicionar las vías de acceso al espejo de agua», señaló Rodolfo Aguiar, Secretario Adjunto Nacional de ATE.
ATE y la CTA Autónoma impulsan la actividad junto a organizaciones sociales, sindicales y políticas, entre ellas FeNaT, Unidad Popular, FIPCA y CTA de los Trabajadores. «La marcha va a ser multitudinaria. Tenemos que poner en jaque a Lewis y al gobierno rionegrino. También decirle a Nación que no se sigan haciéndose los distraídos», agregó Aguiar.
«La sociedad ilícita compuesta por jueces, fiscales y empresarios que se reúnen en la mansión Lago Escondido comienza a tener fisuras. El creciente consenso social debilita el apoderamiento ilegal de nuestras tierras y el saqueo de nuestros recursos en la Patagonia», añadió el dirigente.
«Será la séptima vez que con ATE y la CTA Autónoma intentemos arribar a las costas apropiadas por Joe Lewis tras la compra irregular de 12.000 hectáreas de frontera a partir de 1996. Esa maniobra fue investigada en una causa cerrada por prescripción en octubre pasado con la firma de Carlos Mahíques, uno de los jueces involucrados en el chat con autoridades de Clarín y funcionarios de Horacio Rodríguez Larreta, a pesar de numerosas pruebas contra los imputados», detalló Aguiar.
«Hemos solicitado la intervención de las fuerzas federales de seguridad del gobierno nacional y pusieron en marcha su andamiaje legal para garantizar que ningún manifestante sea amenazado en el trayecto, como ocurrió el año pasado con 50 jinetes a punta de pistola», sostuvo.
Cabe recordar que la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche ordenó en octubre a Vialidad Rionegrina a abrir y otorgar transitabilidad al camino de Tacuifí, señalizar el camino de montaña y realizar todas las actuaciones administrativas para que ningún ciudadano que quiera acceder a las costas de dominio público sufra hechos de inseguridad. Este fallo fue apelado por el Ministerio Público Fiscal de la provincia.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».
Judiciales
Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca
Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.
«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.
El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.
«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.
La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.








