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Judiciales

Quiso vender un artículo por Facebook y le robaron más de $800.000

Tras radicar la denuncia, la Justicia rionegrina imputó a una mujer de Córdoba y otra de Santa Fe por el delito de estafa.

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El Ministerio Público Fiscal imputó a dos mujeres, una residente en la provincia de Córdoba y otra en Santa Fe, como co-autoras del delito de estafa. Según la acusación fiscal, el hecho habría sucedido cuando la víctima domiciliada en Allen, publicó en la red social Facebook la venta de un elíptico.

«Una persona le habría escrito a través de WhatsApp a su número personal, diciendo que le interesaba comprarlo. Para darle veracidad al relato, esa persona le envía una fotografía diciendo que ese era su DNI, y lo víctima habría accedido a enviarle su número de CBU y le respondieron con una fotografía de un comprobante de transferencia por una suma de $22.000», explicaron desde la Fiscalía descentralizada de Allen.

«Le habría indicado además que la cuenta de origen de la transferencia era de una empresa, por lo que ella debería acercarse a un cajero del Banco para generar una clave, así el dinero podía ser recepcionado en su cuenta bancaria», agregaron.

En la descripción del hecho se conoció que mientras mantenían comunicación telefónica, la señora se acercó al cajero y por indicación de este sujeto habría generado una clave Token.

«Seguido a ello, se la habría dado, le dijo que estaba todo en regla y que hasta las 5 de la tarde no ingresara a su cuenta para que la transferencia no se corte», dijeron en la audiencia.

Sin embargo, «la víctima ingresó al Home Banking para constatar que le habían vaciado la cuenta, la que contaba con un saldo de $200.000, y también se había solicitado un préstamo por $600.000, habiendo procedido de inmediato a desviar el dinero mediante varias operaciones bancarias», se explayó el fiscal del caso.

Entre el sustento probatorio mencionado la Fiscalía enumeró la denuncia penal realizada en la Unidad 6° de Allen, los informes confeccionados por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) dependiente del Ministerio Público, lo solicitado al banco.

La defensora pública penal no tuvo objeciones a la formulación de cargos y el juez de Garantías interviniente resolvió imputar el delito de «estafa» según los Artículos 172 y 45 del Código Penal.

Advertencias ante estafas Telefónicas

– No vayas a los cajeros automáticos y no sigas los pasos que te indican por teléfono

– Ningún banco te va a llamar para pedirte que cambies tus billetes por nuevos porque ninguna serie ni de pesos, ni de dólares, ni de euros va a salir de circulación

– No hace falta realizar ninguna activación en cajeros automáticos para recibir trasferencias ni para acreditar pagos, bonos, subsidios, reparación histórica ni ningún beneficio de ANSES ni AFIP

– Si no participaste de ningún concurso, es muy improbable que ganes un premio de forma sorpresiva ya sea un auto, dinero en efectivo, electrodomésticos, viajes o otras cosas.

– No hagas pagos por transferencia bancaria ni por agencias de cobro como Pago Fácil, Rapipago o Western Union para que te acrediten un premio o beneficio.

– No digas ningún dato personal (DNI, nombre completo, fecha de nacimiento) ni datos bancarios (CBU, número de cuenta, números de tarjetas) a personas desconocidas a través del teléfono.

Es importante denunciar

Apenas adviertas que sos víctima de una estafa, realizá de denuncia en la Comisaría más cercana o a los teléfonos celulares de turno de la Fiscalía.

Judiciales

Este viernes se define si Emiliano Gatti va tras las rejas o sigue con tobillera electrónica

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja presentado por la defensa del periodista condenado a 6 años de prisión por tenencia y facilitación de imágenes con contenido de abuso sexual infantil.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro rechazó el recurso de queja presentado por la defensa del periodista Emiliano Gatti, y de esta manera, el condenado a 6 años de prisión por tenencia y facilitación de imágenes con contenido de abuso sexual infantil podría finalmente quedar tras las rejas.

Cabe recordar que Gatti actualmente se encuentra residiendo en Bahía Blanca, monitoreado con una tobillera de control satelital. El máximo tribunal de la Provincia adujo en su rechazo que los abogados defensores presentaron tarde el pedido para dar marcha atrás con la sentencia contra el ex conductor de televisión.

Es por ello que mañana viernes (21/03), a las 12.30 horas, se llevará adelante la audiencia de modificación/revocación de la medida cautelar en la Sala 5 de la Ciudad Judicial de Roca. De esta manera, la Justicia podría determinar la detención del acusado.

Cabe recordar que los recientes cambios en el Código Procesal de Río Negro establecen que «los condenados que interpongan recursos ante la CSJN deben transitar en prisión el período desde que se agota la vía recursiva provincial hasta que la propia Corte falle».

Las modificaciones agregan además que «las acusadoras podrán requerir fundadamente la prisión preventiva de la persona condenada a pena del cumplimiento efectivo cuando la sentencia condenatoria haya agotado la vía recursiva local. La medida procederá con el fin de asegurar el eventual cumplimiento de la condena».

Actualmente, el imputado cumple en Bahía Blanca con dos presentaciones diarias en la Comisaría de su domicilio, una por la mañana y otra por la tarde. Además, tiene una tobillera electrónica que monitorea las 24 horas que no salga fuera de los límites del ejido urbano.

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Deberá pagarle 10 millones de pesos a su tío por agredirlo afuera de la escuela

Las lesiones fueron graves y la víctima quedó con secuelas.

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Un largo conflicto familiar derivó en un juicio civil por daños y perjuicios que culminó con una condena a un hombre que deberá indemnizar a su tío por una agresión ocurrida en la vía pública. La sentencia ordenó el pago de casi 10 millones de pesos, ya que las lesiones fueron graves y la víctima quedó con secuelas.

El caso se originó en octubre de 2021, cuando el demandante fue golpeado por su sobrino en inmediaciones de una escuela primaria de Viedma. La agresión le provocó una fractura en el pulgar de su mano derecha, lesión que le dejó secuelas permanentes y afectó su desempeño laboral.

El agresor argumentó que actuó en legítima defensa, aseguró que su tío lo había provocado y hostigado durante años. Relató que los conflictos familiares se remontan a 2014, cuando surgieron disputas por una herencia, y que desde entonces sufrió reiteradas agresiones y amenazas. Sin embargo, la jueza civil determinó que no se acreditó una provocación previa que justificara la agresión física.

«Surge acreditado, con los certificados acompañados y la historia clínica remitida por el Hospital Artémides Zatti de Viedma, que el actor fue atendido en dicho centro médico y luego fue sometido a estudios, tratamiento kinesiológico, y cirugía», dice el fallo.

La sentencia destacó que el acusado tuvo la oportunidad de retirarse del lugar sin recurrir a la violencia, pero decidió atacar a su familiar por la espalda, lo que descartó la posibilidad de aplicar el criterio de legítima defensa.

La indemnización fijada por la magistrada contempla las secuelas físicas sufridas por la víctima, así como el impacto emocional que tuvo la agresión, ya que ocurrió en presencia de su hija. Además, se incluyeron los gastos médicos derivados de la lesión y los costos de la mediación obligatoria previa al juicio.

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Homicidio de Segundo Crisolfo Mendez: Avanza el juicio contra el acusado

La defensa del imputado alega que lo mató en defensa propia.

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Ayer (19/03) a la mañana, el Ministerio Público Fiscal solicitó la declaración de responsabilidad penal para el imputado de 45 años por la muerte de Segundo Crisolfo Mendez, ocurrida en junio del año pasado. El hombre asistió a la audiencia cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva, solicitada oportunamente por la fiscalía.

El representante de la acusación dijo en sus alegatos que «tras haber escuchado a los testigos, entre ellos allegados de la víctima, personal policial interviniente, y teniendo presentes las conclusiones a las que arribaron los especialistas forenses en relación a la autopsia como a la reconstrucción del lugar del hecho por parte del Gabinete de Criminalística, podemos afirmar que Segundo Crisolfo Mendez perdió la vida producto de una puñalada».

«Además, que alrededor de las 7 de la tarde, en la calle Las Petunias al 5600, se encontraban reunidas cuatro personas, cuando el imputado intentó agredir a Mendez con un cuchillo. El hombre se defendió e intervinieron otras dos personas que lograron sacarlo a la vereda», indicó.

«Sin embargo, el agresor salió en su búsqueda y le asestó una puñalada en la zona abdominal con la intención de provocar su muerte», dijo el fiscal del caso.

«El resultado de la autopsia practicada por el Cuerpo de Investigación Forense indicó que tras el ataque Mendez sufrió una lesión arterial que generó una hemorragia interna», agregó el representante fiscal.

La calificación legal por la que se solicitó la declaración de responsabilidad penal es la de homicidio simple, según los Artículos 45 y 79 del Código Penal.

Durante la formulación de cargos, a dos días de ocurrido el hecho, la fiscalía solicitó la prisión preventiva por considerar que el imputado estando en libertad podría entorpecer la investigación, y por ello continúa cumpliendo dicha medida cautelar.

Por su parte, el defensor de confianza del hombre presentó una teoría del caso diferente, y argumentando que su asistido cometió el delito amparándose en la legítima defensa.

El Tribunal Colegiado del Foro de jueces dará a conocer su resolución el próximo 25 de marzo a las 12.00.

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