Judiciales
Reforma laboral: Aprueban en Río Negro una ley única en el país
La consagración del expediente digital íntegramente electrónico y los procesos especiales como los de la violencia y el acoso implican una actualización renovada que impactará en los modos de litigación.

La reforma de la Ley N° 1.504 de procedimiento laboral, vigente desde 1981, se sancionó en la Legislatura rionegrina con cambios trascendentales que la hacen única en el país. La consagración del expediente digital íntegramente electrónico y los procesos especiales como los de la violencia y el acoso implican una actualización renovada que impactará en los modos de litigación.
Desde la década del 80 en adelante la ley había sido sometida a reformas parciales hasta que finalmente una comisión interpoderes trabajó en la reforma íntegra.
Finalmente la Legislatura rionegrina aprobó el pasado jueves (16/03) el proyecto en segunda vuelta y lo convirtió en ley. Entre los cambios de mayor importancia se destaca la agilización y simplificación de los procedimientos; se reduce la institución de la ampliación de los plazos en razón de la distancia; la digitalización y despapelización total del expediente, la eliminación del domicilio físico constituido y de cédulas. En este contexto se produjo una consagración legislativa del expediente digital íntegramente electrónico que se administra por la plataforma Puma. El domicilio electrónico ahora está en el propio sistema.
La ley permite litigar en forma remota, incorpora las audiencias virtuales, presenciales y mixtas y algunos capítulos especiales en materia de violencia y acoso laboral, la acción especial ejecutiva para los despidos no controvertidos y el juicio sumarísimo para las prestaciones dinerarias de pago mensual por parte de las aseguradoras de riesgo del trabajo.
La comisión interpoderes estuvo presidida por el legislador Lucas Pica e integrada por representantes de los cuatro colegios de Abogados y Abogadas de la provincia, jueces y juezas de las cuatro Cámaras Laborales, legisladores y miembros del Poder Judicial.
Herramientas contra el acoso y la violencia
El capítulo especial para otorgarle un procedimiento provincial a la Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres es único en el país.
El artículo 22 de esa norma establece respecto de la competencia que «entenderá en la causa el/la juez/a que resulte competente en razón de la materia según los tipos y modalidades de violencia de que se trate. Aún en caso de incompetencia, el/la juez/a interviniente podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente».
Para los casos de violencia o acoso laboral la competencia recae ante las Cámaras del Trabajo. En ese aspecto la nueva ley incorpora la forma de abordar esos procesos a nivel provincial.
Judiciales
Violencia de género: Le formularán cargos al joven detenido en Roca
El joven, de 22 años, quedó a disposición de la Justicia provincial tras un episodio ocurrido en una vivienda de Brasil al 600. También se encuentra procesado en una causa federal vinculada con la muerte de Teo Vázquez.

Un joven de 22 años fue detenido en Roca tras un episodio de violencia de género y quedó a disposición de la Justicia provincial. Al mismo tiempo, se encuentra procesado en una causa que tramita ante la Justicia Federal de Roca y que está vinculada con la muerte de Teo Vázquez, ocurrida en enero de 2024.
En ese expediente, el juez federal Hugo Greca dispuso su procesamiento por su presunta responsabilidad en el suministro de sustancias que, de acuerdo con la hipótesis incorporada a la investigación, habrían contribuido al cuadro que provocó el fallecimiento de la joven.
Su situación procesal en esa investigación corresponde exclusivamente al ámbito de la Justicia Federal. Tanto el procesamiento como las medidas cautelares adoptadas y las condiciones establecidas para que continúe en libertad durante el avance de la causa son decisiones propias de ese fuero.
La nueva detención corresponde a un hecho diferente. Personal de la Comisaría 3° intervino luego de un llamado por violencia de género y encontró a una joven herida y en estado de shock, quien recibió asistencia del Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).
Según los primeros testimonios reunidos, dos vecinas observaron que el hombre sacó por la fuerza a la víctima hacia la vereda de una vivienda ubicada en Brasil al 600. Posteriormente, el joven regresó al lugar y fue reducido luego de resistirse a la intervención policial. Durante el cacheo, los efectivos secuestraron un cuchillo.
El joven quedó detenido a disposición de la Justicia provincial, que deberá determinar las medidas correspondientes en esta nueva investigación, iniciada por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.
De esta manera, se trata de dos investigaciones diferentes y bajo jurisdicciones distintas: una causa federal que continúa su trámite conforme a las decisiones adoptadas por ese fuero y un nuevo procedimiento provincial originado por la intervención de la Policía de Río Negro ante una situación de violencia.
La audiencia de formulación de cargos está prevista para hoy (21/09) en la Sala 6 de la Oficina Judicial de General Roca. La acusación estará a cargo del fiscal Gastón Ezequiel Britos Rubiolo. La investigación está caratulada como torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por función policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma.
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Trabajó cuidando a una persona mayor, reclamó un despido y la Justicia rechazó parte de la demanda
La Cámara del Trabajo de Roca reconoció diferencias de haberes y conceptos de la liquidación final, pero rechazó las indemnizaciones por despido y el daño moral.

La Cámara del Trabajo de General Roca reconoció diferencias salariales y conceptos correspondientes a la liquidación final de una trabajadora de casas particulares, pero rechazó las indemnizaciones por despido y el reclamo por daño moral.
La mujer había trabajado durante más de 2 años en una vivienda de Roca, bajo el régimen de personal de casas particulares y en la categoría de cuidado de personas sin retiro. Además de asistir a una persona mayor en sus actividades cotidianas, realizaba tareas de limpieza, cocina, lavado, planchado y mandados. También se encargaba de compras de alimentos y medicamentos, entre otras actividades vinculadas con el funcionamiento de la casa.
El conflicto comenzó después de que faltara dinero que la empleadora había dejado en la vivienda. La trabajadora sostuvo que fue acusada de haberlo sustraído y que, luego de una discusión, recibió un despido verbal. La empleadora negó esa versión. Afirmó que solamente le preguntó si había visto el dinero y que nunca la acusó de robo ni puso fin a la relación laboral.
La trabajadora inició una demanda en la que reclamó diferencias salariales, la liquidación final, indemnizaciones derivadas del despido, un incremento y una reparación por daño moral.
En su defensa, la empleadora sostuvo que no había despedido a la mujer, sino que esta había abandonado el trabajo. Según su versión, después del conflicto la trabajadora retiró su ropa del lugar donde residía y dejó las llaves sobre una mesa.
La trabajadora rechazó esa versión mediante el intercambio telegráfico y sostuvo que el vínculo había finalizado por decisión de su empleadora, luego del episodio relacionado con el dinero faltante.
Para resolver el conflicto, la Cámara encuadró la relación bajo la Ley N° 26.844, que regula el régimen especial de trabajo para el personal de casas particulares, y analizó el intercambio telegráfico y las pruebas incorporadas al expediente.
Uno de los puntos centrales fue la falta de elementos que permitieran acreditar las circunstancias concretas en las que terminó la relación laboral. Los testimonios confirmaron que la mujer había trabajado en la vivienda, pero no aportaron información directa sobre el supuesto despido verbal ni sobre la acusación de hurto.
El tribunal consideró que correspondía a la trabajadora acreditar esos hechos, ya que constituían el fundamento de las indemnizaciones y del daño moral reclamados.
La Cámara también analizó una pericia psicológica que estableció que la mujer presentaba una reacción vivencial anormal y una incapacidad. Sin embargo, señaló una diferencia entre el relato brindado durante la entrevista con la profesional y el planteado posteriormente en la demanda.
Durante la evaluación psicológica, la trabajadora había señalado que quien la acusó de ladrona fue el hijo de su empleadora. Ante la falta de otras pruebas sobre ese episodio, el tribunal rechazó el reclamo por daño moral y las indemnizaciones vinculadas con el despido. En cambio, sí reconoció días laborales, el sueldo anual complementario proporcional, las vacaciones proporcionales de ese año y las diferencias de haberes reclamadas.
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Violencia de género en Roca: Una joven terminó herida y un hombre quedó detenido
El acusado es el sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.

Una joven fue encontrada herida y en estado de shock durante una intervención policial por un hecho de violencia de género en General Roca. Por el episodio, un hombre de 22 años fue detenido y quedó a disposición de la Justicia. Se trata del sujeto ya procesado por la muerte de Teo Vázquez, hecho ocurrido en enero de 2024.
El llamado ingresó como una situación de violencia de género y movilizó a efectivos de la Comisaría 3° de Roca. Al llegar al lugar, los policías encontraron a la joven herida, en estado de shock y sin poder mantener un diálogo. Dos vecinas relataron que momentos antes un joven la había sacado por la fuerza hacia la vereda. Mientras la mujer era asistida por personal del SIARME, el sospechoso regresó al lugar.
Los efectivos procedieron a reducirlo, aunque opuso una fuerte resistencia al momento de ser detenido. Durante el cacheo, encontraron un cuchillo entre sus pertenencias.
En principio, la joven presentaba un corte en una de sus piernas. El hombre fue trasladado a la Comisaría 3° y quedó a disposición de la Justicia, en el marco de actuaciones por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.
La investigación deberá establecer qué ocurrió dentro de la vivienda y cuál fue la mecánica de la agresión. La víctima todavía no había podido brindar su versión al momento de la intervención debido al estado de shock, mientras que los testimonios de las vecinas forman parte de las primeras actuaciones.
El detenido cuenta además con un antecedente judicial reciente. El 24 de agosto de este año, el juez federal de General Roca, Hugo Greca, dictó su procesamiento en la causa que investiga la muerte de Teo Vázquez, una joven de 19 años fallecida el 31 de enero de 2024.
En esa investigación, el procesamiento consideró, con el grado de probabilidad propio de esa etapa, que el imputado habría suministrado sustancias que, combinadas con alcohol, provocaron el cuadro que terminó con la muerte de la joven. Por esa causa fue procesado por homicidio simple con dolo eventual y suministro gratuito de estupefacientes, además de falsificación de recetas médicas y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Se trata de dos investigaciones diferentes y será la Justicia la que determine las responsabilidades correspondientes en cada una. Mientras tanto, la joven permanece bajo asistencia médica y continúa la investigación por el episodio de violencia de género.








