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Judiciales

Sufrió fobia social: La empresa nunca le readecuó sus tareas y se consideró despedido

Ahora deberán indemnizarlo.

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Un viajante de Cipolletti sufrió fobia social y, como resultado del tratamiento, su médico le prescribió no volver a tener contacto con clientes. Primero tomó una licencia pero cuando se le venció el periodo solicitó a la empresa la readecuación de tareas. Como la firma no lo hizo se consideró despedido. La Cámara Laboral determinó una indemnización a su favor.

El hombre se desempeñaba como viajante de una empresa de alarmas y su tarea consistía en vender productos y servicios del rubro. Cuando comenzó con síntomas de ansiedad, depresión y fobia social accedió a una licencia por enfermedad inculpable.

Después de un tiempo la empresa lo notificó del vencimiento del plazo de licencia y del inicio del periodo de reserva de puesto por un año, sin percepción de haberes. En esa instancia, el trabajador contestó que ya contaba con el alta aunque, por prescripción médica, debía acceder a una readecuación de tareas.

La firma le informó que lo sometería a una junta médica para corroborar las circunstancias pero ese anuncio no se concretó. Finalmente el trabajador se consideró despedido porque la empresa no cumplió con la readecuación, ni con el control médico de su diagnóstico, ni con el pago del salario correspondiente a ese mes.

El fallo de la Cámara Laboral condenó a ADT Security Services a abonarle al trabajador una indemnización por salarios adeudados, antigüedad, preaviso, proporcional de sueldo anual complementario, vacaciones no gozadas e indemnización por clientela. Esta última está prevista en el estatuto de trabajo del viajante de comercio e implica un 25% más del dinero previsto por los otros rubros. También se aplicó la multa de la Ley N° 25.323 que incrementa en un 50% las indemnizaciones no abonadas en el tiempo oportuno.

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Denuncian a falsa médica por ejercicio ilegal de la medicina

Una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de Roca y Regina el presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

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El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General contra una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de General Roca y Villa Regina por presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

La medida se fundamenta en la detección de irregularidades en la documentación que la mujer presentó ante la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria para obtener su registro profesional.

Salud ya había procedido a la suspensión preventiva de la matrícula provincial en marzo. Esta acción se tomó luego de que se iniciara una investigación al detectar inconsistencias en el título de Médico Cirujano y la correspondiente convalidación, supuestamente otorgados por la Universidad de Los Andes (ULA), en Mérida, Venezuela.

«El Ministerio continuará colaborando con la Justicia aportando toda la documentación del legajo personal para que se determinen las responsabilidades penales correspondientes», destacaron desde la cartera de Salud rionegrina.

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Judiciales

Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca

La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

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La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.

La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.

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Judiciales

Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión

El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

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Foto: Archivo.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.

El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.

La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.

El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.

Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.

La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.

En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.

Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.

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