Río Negro
Por daño ambiental, el STJ confirmó la prohibición de un circuito de motocross en Huergo
La demanda había sido iniciada contra la Municipalidad, que autorizó la actividad, y contra el organizador de las competencias y los entrenamientos de motociclismo.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de amparo ambiental que prohibió el funcionamiento de un circuito de motocross en una chacra de Ingeniero Huergo. El fallo ratificó lo que había resuelto la jueza de amparo de Villa Regina, en el marco de una demanda iniciada contra la Municipalidad, que autorizó la actividad, y contra el organizador de las competencias y los entrenamientos de motociclismo.
El caso ya había llegado al STJ en 2019, cuando se resolvió por mayoría que el amparo colectivo ambiental era la vía procesal adecuada «para dilucidar si existe o no alteración del ambiente y del equilibrio ecológico derivado de la realización de las carreras de motocross en la zona de chacras bajo riego dedicadas a la producción frutihortícola, donde reside una comunidad de once familias». Ahora, el expediente llegó nuevamente al Superior Tribunal por la apelación que presentó el organizador de las competencias, quien estaba disconforme con la sentencia de la jueza reginense que dio por probado el daño y prohibió la actividad en la chacra.
El Superior Tribunal validó las pericias que certificaron el perjuicio ambiental y descartó, por tardías, las objeciones que formulaba el empresario contra esos informes. También señaló que desde el inicio del proceso «el productor de la actividad denunciada» era quien estaba en condiciones ideales de demostrar a la jueza que el motocross no causaba daño ambiental, pero no lo hizo.
Si bien es cierto que para obtener el permiso del circuito el empresario presentó un estudio de impacto ambiental (EIA) que fue aprobado por el Municipio, las pericias verificaron que ese informe era incompleto, que intentaba «minimizar» los efectos de las motos en el ambiente y que además no cumplía todos los requisitos legales.
Finalmente la pericia integral verificó que la actividad efectivamente causaba «impactos negativos de intensidades media y alta» que podían medirse «sobre el suelo, el agua, el aire, la biota, la vegetación, el medio social, el clima, la presión sonora y la cuenca visual», todo lo que se define como daño ambiental según la Ley General del Ambiente de la Nación N° 25.675.
La jueza de primera instancia recordó que, según define la ley, el daño ambiental es «toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio o los bienes o valores colectivos».
Apelación rechazada
El STJ destacó que el empresario, en su apelación, pretendió «desacreditar la pericia ambiental practicada». Le recordó, sin embargo, que «dicha medida no fue impugnada en tiempo y forma» cuando fue presentada por primera vez en el expediente, por lo que quedó convalidada como prueba central.
«Merece ser destacado que el titular del emprendimiento no desvirtuó las consideraciones de la pericia antes reseñadas, dado que -huelga reiterar- no impugnó oportunamente la medida de prueba practicada, ni arrimó elementos probatorios tales que permitan contrarrestar las deficiencias del EIA señaladas, o bien acreditar la pregonada inocuidad de la actividad, como refiere el pronunciamiento impugnado», dijo el STJ.
Por otra parte, el Superior Tribunal validó la decisión de la jueza de primera instancia, Claudia Vesprini, al afirmar que su fallo «no prohíbe la práctica del deporte» sino el funcionamiento y explotación de ese circuito de motocross en particular, a raíz de los daños acreditados.
«Constatado el daño ambiental, la prohibición impuesta en el fallo constituye una medida conducente a fin de paralizar las consecuencias disvaliosas señaladas en la sentencia», concluyó.
Río Negro
Suspensión del corte de luz, gas y agua: Cómo acceder al beneficio
El beneficio se solicita directamente ante cada empresa prestataria.

Defensa del Consumidor de Río Negro explicó cómo hacer el trámite para evitar el corte de luz, gas y agua por falta de pago. El beneficio se solicita directamente ante cada empresa prestataria presentando una Declaración Jurada junto con la documentación establecida por la normativa.
La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, a través del área de Defensa del Consumidor, detalló los puntos principales de la Ley Provincial N° 5860, la cual suspende hasta el 31 de diciembre de 2027 el corte o la interrupción de los servicios de luz, gas y agua por falta de pago.
La solicitud del beneficio se inicia y se completa de forma directa ante cada empresa. Allí, el usuario debe presentar la documentación junto a la correspondiente Declaración Jurada.
Las empresas prestadoras de la provincia ya fueron formalmente notificadas por Defensa del Consumidor sobre la vigencia de la norma y se les solicitó que indiquen dónde los usuarios pueden acceder a la Declaración Jurada, recibir atención y el asesoramiento correspondiente.
Por su parte, el organismo provincial habilitó en su sitio web, defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar el acceso para realizar reclamos por incumplimiento, como así también en las OMIC u oficinas presenciales de defensa del consumidor.
El beneficio alcanza a quienes usen el inmueble como vivienda única familiar, se encuentren en situación de vulnerabilidad social por cuestiones económicas, que demuestren fehacientemente la incapacidad de pago de los servicios; Jubilados, pensionados y grupos familiares cuyos ingresos se encuentren por debajo de la canasta básica familiar; Jubilados, pensionados y grupos familiares que tengan a cargo a personas con discapacidad.
La situación de vulnerabilidad social se puede acreditar por cualquier actuación que expida un organismo competente público comunal, municipal, provincial o nacional que evidencie dicha condición.
Asimismo, la ley expresa en su Art. 7 que junto a la solicitud del beneficio el usuario debe suscribir un plan de pagos cuya cuota mensual en ningún caso puede superar el veinte por ciento (20%) de la factura de mayor costo por consumo del usuario.
Cabe destacar que esta medida unifica y actualiza el sistema de protección que ya funciona en la provincia desde el año 2009. Con este cambio, la cobertura se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 e incluye de manera integral la luz, el gas natural y el agua potable.
Si una empresa no atiende o no quiere recibir el trámite, o niega el derecho de la ley, aun cumplidos los requisitos legales establecidos, los usuarios pueden realizar el reclamo ante las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) o en Defensa del Consumidor de la Provincia, vía web o de forma presencial.
Para ver la ley completa y encontrar más información, ingresar a: defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar.
Río Negro
Más de 27.800 rionegrinos tramitaron su DNI en el primer semestre del año
Roca encabezó la estadística con 4.544 trámites (16,3%).

Las 61 oficinas del Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro, dependientes del Ministerio de Gobierno y Trabajo, realizaron 27.819 trámites de Documento Nacional de Identidad durante el primer semestre de 2026, reflejando una sostenida demanda del servicio en toda la provincia.
La mayor cantidad de trámites se concentró en las ciudades con mayor densidad poblacional. En ese marco, General Roca encabezó la estadística con 4.544 trámites (16,3%), seguida por San Carlos de Bariloche con 4.282 (15,4%), Cipolletti con 2.565 (9,2%) y Viedma con 2.526 (9,1%). En conjunto, estas cuatro ciudades concentraron el 50% de los trámites de DNI realizados en la provincia durante los primeros seis meses del año.
En tanto, el resto de las delegaciones del Registro Civil llevó adelante 10.469 trámites, equivalentes al 37,6% del total.
Además, la unidad móvil del organismo concretó 3.433 gestiones durante el período, acercando el servicio a distintas localidades de la provincia.
Del total de trámites realizados, el 72% correspondió a la emisión de nuevos ejemplares de DNI, ya sea por primera documentación de recién nacidos, extravío, deterioro, cambio de domicilio o vencimiento del documento. El 28% restante fueron renovaciones obligatorias para niños de entre 5 y 8 años y adolescentes de 14 a 17 años.
«El objetivo del Gobierno es que las familias tengan siempre cerca al Registro Civil, ya sea mediante la Unidad Móvil o las 66 delegaciones distribuidas en toda la provincia. Es uno de los únicos organismos que acompaña a las personas desde que nacen hasta que fallecen, estando presente en cada momento importante de sus vidas», señaló el director del organismo, Pedro Sánchez.
Río Negro
Con aumento incluido, la Provincia abonó sueldos y aguinaldo a estatales
Significó una inyección de $170.000 millones por parte del Gobierno a la economía rionegrina.

El Gobierno de Río Negro realizó hoy (03/07) el pago unificado de salarios y del medio aguinaldo a todo el personal estatal de la provincia, con un 4,28% de aumento incluido.
Esta decisión, significó una inyección de $170.000 millones por parte del Gobierno a la economía rionegrina e incluyó el 4,28% de aumento en los sueldos, impactando también en el aguinaldo. Se consolida así una evolución salarial por encima de la inflación acumulada en el semestre.
Durante la primera parte del año, los incrementos escalonados que sostuvo Río Negro alcanzaron un 16% de aumento, por encima de la inflación del 14,7% de acuerdo a datos del INDEC para los primeros cinco meses de 2026.
De esta manera, hoy percibieron sus haberes y el medio aguinaldo el personal de Salud Pública (guardias y horas extras); Policía de Río Negro; Servicio Penitenciario Provincial; docentes; porteros; personal comprendido en la Ley N° 1.844; Vialidad Rionegrina; pensiones de Bomberos Voluntarios; Poder Legislativo; Poder Judicial y Órganos de Control.
«Con el pago de salarios y aguinaldo de manera conjunta, Río Negro sostiene el rumbo que se enmarca en una gestión responsable de los recursos públicos, cumpliendo con las obligaciones en materia de salarios a la planta de trabajadores estatales de la provincia», indicaron desde la Provincia.








