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Río Negro

Por daño ambiental, el STJ confirmó la prohibición de un circuito de motocross en Huergo

La demanda había sido iniciada contra la Municipalidad, que autorizó la actividad, y contra el organizador de las competencias y los entrenamientos de motociclismo.

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de amparo ambiental que prohibió el funcionamiento de un circuito de motocross en una chacra de Ingeniero Huergo. El fallo ratificó lo que había resuelto la jueza de amparo de Villa Regina, en el marco de una demanda iniciada contra la Municipalidad, que autorizó la actividad, y contra el organizador de las competencias y los entrenamientos de motociclismo.

El caso ya había llegado al STJ en 2019, cuando se resolvió por mayoría que el amparo colectivo ambiental era la vía procesal adecuada «para dilucidar si existe o no alteración del ambiente y del equilibrio ecológico derivado de la realización de las carreras de motocross en la zona de chacras bajo riego dedicadas a la producción frutihortícola, donde reside una comunidad de once familias». Ahora, el expediente llegó nuevamente al Superior Tribunal por la apelación que presentó el organizador de las competencias, quien estaba disconforme con la sentencia de la jueza reginense que dio por probado el daño y prohibió la actividad en la chacra.

El Superior Tribunal validó las pericias que certificaron el perjuicio ambiental y descartó, por tardías, las objeciones que formulaba el empresario contra esos informes. También señaló que desde el inicio del proceso «el productor de la actividad denunciada» era quien estaba en condiciones ideales de demostrar a la jueza que el motocross no causaba daño ambiental, pero no lo hizo.

Si bien es cierto que para obtener el permiso del circuito el empresario presentó un estudio de impacto ambiental (EIA) que fue aprobado por el Municipio, las pericias verificaron que ese informe era incompleto, que intentaba «minimizar» los efectos de las motos en el ambiente y que además no cumplía todos los requisitos legales.

Finalmente la pericia integral verificó que la actividad efectivamente causaba «impactos negativos de intensidades media y alta» que podían medirse «sobre el suelo, el agua, el aire, la biota, la vegetación, el medio social, el clima, la presión sonora y la cuenca visual», todo lo que se define como daño ambiental según la Ley General del Ambiente de la Nación N° 25.675.

La jueza de primera instancia recordó que, según define la ley, el daño ambiental es «toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio o los bienes o valores colectivos».

Apelación rechazada

El STJ destacó que el empresario, en su apelación, pretendió «desacreditar la pericia ambiental practicada». Le recordó, sin embargo, que «dicha medida no fue impugnada en tiempo y forma» cuando fue presentada por primera vez en el expediente, por lo que quedó convalidada como prueba central.

«Merece ser destacado que el titular del emprendimiento no desvirtuó las consideraciones de la pericia antes reseñadas, dado que -huelga reiterar- no impugnó oportunamente la medida de prueba practicada, ni arrimó elementos probatorios tales que permitan contrarrestar las deficiencias del EIA señaladas, o bien acreditar la pregonada inocuidad de la actividad, como refiere el pronunciamiento impugnado», dijo el STJ.

Por otra parte, el Superior Tribunal validó la decisión de la jueza de primera instancia, Claudia Vesprini, al afirmar que su fallo «no prohíbe la práctica del deporte» sino el funcionamiento y explotación de ese circuito de motocross en particular, a raíz de los daños acreditados.

«Constatado el daño ambiental, la prohibición impuesta en el fallo constituye una medida conducente a fin de paralizar las consecuencias disvaliosas señaladas en la sentencia», concluyó.

Judiciales

Violencia laboral: Se registraron 145 denuncias durante el 2025 en Río Negro

Representaron el 3,6% de la demanda anual del sector.

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Durante los doce meses de 2025, el Poder Judicial de Río Negro tramitó 145 denuncias por violencia laboral. Estas demandas, encuadradas en el artículo 72 de la Ley N° 5631, representaron el 3,6% de la demanda anual del sector.

La Ley de Procedimiento Laboral 5631 rige en la provincia desde el 16 de marzo de 2023. En materia de violencia, su artículo 72 habilita la promoción de un juicio sumarísimo cuando una persona dependiente resulta víctima de acoso en el entorno laboral.

La norma contempla la violencia, el acoso o cualquier comportamiento que busque provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral. Este puede manifestarse como amenaza o acción consumada, ejercida por superiores jerárquicos, colegas del mismo rango o personas de menor jerarquía.

Las actuaciones deben regirse por los principios de celeridad, reserva, confidencialidad, autonomía, gratuidad y no revictimización. Las denuncias pueden presentarse por medios digitales, electrónicos, telefónicos o cualquier otra vía disponible.

La Ley N° 5631 es única en el país, ya que permite la litigación remota e incorpora un capítulo específico sobre violencia laboral.

Durante el año 2025 completo, el Fuero del Trabajo recibió 3.925 expedientes nuevos. En ese mismo periodo se dictaron 4.400 sentencias que pusieron fin a causas y se realizaron 2.074 audiencias, entre conciliaciones y vistas de causa. Específicamente sobre la temática de violencia laboral, se llevaron adelante 273 audiencias en toda la provincia, cifra que superó las 196 intervenciones registradas el año anterior.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

El Fuero del Trabajo provincial está compuesto por una Cámara del Trabajo en Viedma, dos en Roca, otras dos en Bariloche y una en Cipolletti. Todas administran sus causas mediante el modelo de Oficinas de Tramitación Integral, que separa las funciones jurisdiccionales de las administrativas. Estas oficinas gestionan tareas como ejecuciones de sentencias, homologaciones, liquidaciones, transferencias y pagos, entre otras.

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Río Negro

Proyectar Futuro: Se extiende el plazo de inscripción para estudiantes

Será hasta el próximo 3 de mayo.

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El Gobierno de Río Negro extendió el plazo de inscripción al programa Proyectar Futuro, una propuesta gratuita de orientación vocacional y ocupacional destinada a acompañar a estudiantes en el tramo final de su escolaridad obligatoria, brindándoles más tiempo para sumarse y planificar su futuro académico o laboral.

Desde el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, se determinó que las inscripciones para estudiantes, se extenderán hasta el próximo 3 de mayo ingresando al siguiente enlace proyectarfuturo.com.ar o bien a  la página oficial del Ministerio y sus redes sociales, donde se podrá encontrar la información actualizada y el acceso correspondiente.

Proyectar Futuro es una propuesta gratuita y está organizada territorialmente a través de los Consejos Escolares, con el objetivo de garantizar que estudiantes de distintas localidades puedan acceder a un proceso de orientación vocacional acompañado.

La iniciativa está dirigida a jóvenes 4° año de Escuela para Jóvenes , de 5º año de las ESRN y 6º año de los CET tanto de instituciones públicas como privadas de toda la provincia y se desarrollará principalmente en modalidad virtual y grupal, con encuentros sincrónicos coordinados por profesionales especialistas en orientación vocacional. A lo largo del proceso se realizarán 13 encuentros virtuales, además de una instancia final presencial organizada en cada Consejo Escolar.

Los encuentros estarán a cargo de psicólogos o psicopedagogos con matrícula de salud, quienes acompañarán a los grupos en actividades orientadas al autoconocimiento, la reflexión sobre proyectos personales y el acceso a información sobre estudios superiores, formación técnica, oficios y oportunidades laborales regionales y nacionales.

Para más información se pueden realizar consultas en el correo electrónico [email protected].

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Policiales

Se abonará desde el 23 zona desfavorable a policías retirados y pensionados

Se destinaron $1.314 millones para 2.865 ex agentes.

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Del jueves 23 al martes 28 de abril, el Gobierno Provincial realizará el pago de las cuotas de la reparación histórica por zona desfavorable a 2.865 policías retirados y pensionados, destinando $1.314 millones a este reconocimiento.

«La medida se enmarca en una política sostenida de orden y cumplimiento, que permite dar respuesta a una demanda histórica del sector. Reconocer a quienes dedicaron su vida a la seguridad de las y los rionegrinos es una decisión del gobernador Alberto Weretilneck», destacaron desde el Ejecutivo.

El cronograma se organiza por edades, de la siguiente forma:

  • Jueves 23: Cobrarán las personas mayores de 71 años.
  • Viernes 24: Cobrarán las personas entre 66 y 70 años.
  • Lunes 27: Cobrarán las personas entre 61 y 65 años.
  • Martes 28: Cobrarán las personas de hasta 60 años.
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