Río Negro
Por daño ambiental, el STJ confirmó la prohibición de un circuito de motocross en Huergo
La demanda había sido iniciada contra la Municipalidad, que autorizó la actividad, y contra el organizador de las competencias y los entrenamientos de motociclismo.

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de amparo ambiental que prohibió el funcionamiento de un circuito de motocross en una chacra de Ingeniero Huergo. El fallo ratificó lo que había resuelto la jueza de amparo de Villa Regina, en el marco de una demanda iniciada contra la Municipalidad, que autorizó la actividad, y contra el organizador de las competencias y los entrenamientos de motociclismo.
El caso ya había llegado al STJ en 2019, cuando se resolvió por mayoría que el amparo colectivo ambiental era la vía procesal adecuada «para dilucidar si existe o no alteración del ambiente y del equilibrio ecológico derivado de la realización de las carreras de motocross en la zona de chacras bajo riego dedicadas a la producción frutihortícola, donde reside una comunidad de once familias». Ahora, el expediente llegó nuevamente al Superior Tribunal por la apelación que presentó el organizador de las competencias, quien estaba disconforme con la sentencia de la jueza reginense que dio por probado el daño y prohibió la actividad en la chacra.
El Superior Tribunal validó las pericias que certificaron el perjuicio ambiental y descartó, por tardías, las objeciones que formulaba el empresario contra esos informes. También señaló que desde el inicio del proceso «el productor de la actividad denunciada» era quien estaba en condiciones ideales de demostrar a la jueza que el motocross no causaba daño ambiental, pero no lo hizo.
Si bien es cierto que para obtener el permiso del circuito el empresario presentó un estudio de impacto ambiental (EIA) que fue aprobado por el Municipio, las pericias verificaron que ese informe era incompleto, que intentaba «minimizar» los efectos de las motos en el ambiente y que además no cumplía todos los requisitos legales.
Finalmente la pericia integral verificó que la actividad efectivamente causaba «impactos negativos de intensidades media y alta» que podían medirse «sobre el suelo, el agua, el aire, la biota, la vegetación, el medio social, el clima, la presión sonora y la cuenca visual», todo lo que se define como daño ambiental según la Ley General del Ambiente de la Nación N° 25.675.
La jueza de primera instancia recordó que, según define la ley, el daño ambiental es «toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio o los bienes o valores colectivos».
Apelación rechazada
El STJ destacó que el empresario, en su apelación, pretendió «desacreditar la pericia ambiental practicada». Le recordó, sin embargo, que «dicha medida no fue impugnada en tiempo y forma» cuando fue presentada por primera vez en el expediente, por lo que quedó convalidada como prueba central.
«Merece ser destacado que el titular del emprendimiento no desvirtuó las consideraciones de la pericia antes reseñadas, dado que -huelga reiterar- no impugnó oportunamente la medida de prueba practicada, ni arrimó elementos probatorios tales que permitan contrarrestar las deficiencias del EIA señaladas, o bien acreditar la pregonada inocuidad de la actividad, como refiere el pronunciamiento impugnado», dijo el STJ.
Por otra parte, el Superior Tribunal validó la decisión de la jueza de primera instancia, Claudia Vesprini, al afirmar que su fallo «no prohíbe la práctica del deporte» sino el funcionamiento y explotación de ese circuito de motocross en particular, a raíz de los daños acreditados.
«Constatado el daño ambiental, la prohibición impuesta en el fallo constituye una medida conducente a fin de paralizar las consecuencias disvaliosas señaladas en la sentencia», concluyó.
Río Negro
Río Negro fija nuevas reglas para el uso de celulares en quirófanos
El uso personal de celulares quedará limitado durante las intervenciones, mientras que se permitirá su utilización cuando esté vinculada con la atención médica o situaciones de emergencia.

El gobernador Alberto Weretilneck firmó el decreto reglamentario de la Ley N° 5872, que establece criterios claros para el uso de teléfonos celulares y otros dispositivos móviles dentro de las áreas quirúrgicas de toda la provincia.
La regulación alcanza a hospitales públicos, clínicas y demás establecimientos que realicen intervenciones quirúrgicas, y apunta principalmente a proteger al paciente, reducir riesgos sanitarios y preservar las condiciones necesarias dentro de estos espacios.
La nueva normativa limita el uso personal de celulares durante las intervenciones y establece restricciones sobre llamadas, mensajes, redes sociales y registro de imágenes o sonidos que no tengan autorización.
Al mismo tiempo, reconoce que la tecnología también es una herramienta de trabajo. Por eso contempla su utilización cuando resulte necesaria para consultar información médica, acceder a protocolos, atender una situación de emergencia o comunicarse por cuestiones directamente relacionadas con la atención del paciente.
Los establecimientos deberán adecuar sus procedimientos internos para ordenar el ingreso, utilización, limpieza y desinfección de estos dispositivos.
Con esta reglamentación, Río Negro incorpora reglas comunes para todo el sistema sanitario y suma una nueva medida orientada a mejorar la seguridad y la calidad de atención.
Gremios
El aumento salarial para estatales rionegrinos será de 4,21% en agosto
El porcentaje surge de promediar el IPC de junio (1,9% a nivel nacional y 1,72% en Viedma) y el de julio (2,1% a nivel nacional y 2,61% en Viedma).

El Gobierno de Río Negro confirmó la nueva pauta salarial que impactará de manera directa en los haberes de agosto del personal estatal. De acuerdo al esquema de actualización automática bimestral vigente, el incremento será del 4,21%.
Para determinar este porcentaje, se promediaron las mediciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional y provincial correspondientes a los meses de junio y julio.
«Este mecanismo garantiza que el salario acompañe la evolución de los precios, brindando alivio directo a las y los trabajadores del Estado y reafirmando el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la Mesa de la Función Pública», destacaron desde el Gobierno provincial.
Cómo se calcula el aumento
El porcentaje surge de promediar el IPC de junio (1,9% a nivel nacional y 1,72% en Viedma) y el de julio (2,1% a nivel nacional y 2,61% en Viedma).
Al igual que en los tramos anteriores, los dos promedios mensuales se acumulan entre sí, asegurando que el incremento cubra la inflación real del bimestre y proteja el poder adquisitivo de las y los estatales.
Evolución salarial
En lo que va del año se mantuvo un esquema de actualización constante, acumulando a la fecha un 20,88% de incremento:
En febrero los salarios aumentaron en un 5,29%; en abril el aumento fue del 5,65%; y en junio el aumento fue del 4,28%.
Río Negro
Rescataron un halcón peregrino y lo devolvieron a su ambiente natural
El halcón peregrino fue trasladado a San Antonio Oeste, donde recibió tratamiento veterinario y recuperó progresivamente su capacidad de vuelo.

Un halcón peregrino que había sido encontrado herido en Choele Choel fue recuperado y devuelto a su ambiente natural luego de permanecer 11 días en rehabilitación. El rescate comenzó a partir del aviso de vecinos de la localidad, quienes detectaron que el ejemplar presentaba una lesión en el ala derecha y tenía comprometida su capacidad de vuelo.
Ante la situación, personal de la Subsecretaría de Fauna Silvestre y de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático se trasladó hasta el lugar. Los equipos confirmaron que se trataba de un halcón peregrino (Falco peregrinus) y constataron una laceración en el ala derecha.
El ejemplar fue trasladado hasta San Antonio Oeste, donde recibió atención en una clínica bajo supervisión veterinaria.
Durante 11 días permaneció en rehabilitación dentro de una jaula de vuelo. En ese período recuperó progresivamente fuerza, coordinación y capacidad de vuelo, hasta encontrarse en condiciones de regresar a su ambiente natural.
Desde la Provincia destacaron que el caso demuestra la importancia de la respuesta ante situaciones que involucran fauna silvestre y del trabajo coordinado entre organismos públicos, profesionales y vecinos.
El halcón peregrino es una de las aves rapaces más especializadas y, como depredador aéreo, cumple un rol clave en los ecosistemas al regular las poblaciones de otras aves. Además, por ocupar un nivel alto de la cadena alimentaria, es considerado un indicador de la salud ambiental.
La Secretaría de Ambiente y Cambio Climático remarcó que «el aviso temprano de la comunidad resulta fundamental para asistir a ejemplares heridos o en riesgo y contribuir a la conservación de las especies nativas».








