Judiciales
El sujeto que robó una camioneta en pleno centro de Roca ya está libre
Aunque la Justicia le formuló cargos por robo y daño, lo dejaron en libertad con la condición de que no ingrese más a la ciudad. Es oriundo de La Pampa.

La Justicia le formuló cargos hoy (11/05) al sujeto que el pasado martes (09/05) robó una camioneta en pleno centro de Roca y en hora pico y que en el intento de huir, arrastró a la hija de la dueña del rodado y chocó autos que estaban estacionados. No obstante, el joven quedó en libertad con la condición de que no vuelva a ingresar a la ciudad.
El imputado se llama Matías Fortunato y es oriundo de La Adela, provincia de La Pampa. Hasta hoy, no tenía antecedentes penales.
En la audiencia desarrollada esta mañana en la Ciudad Judicial de Roca, la Justicia le formuló cargos por robo y daño. Además de sustraer el vehículo, llevó a la rastra por 20 metros a la hija de la dueña del rodado y chocó a automóviles que estaban estacionados.
Teniendo en cuenta el tipo de delito y que el hombre de 25 años no cuenta con antecedentes penales, se solicitaron medidas cautelares, entre ellas no debe reingresar a la ciudad de Roca, salvo que sea requerido judicialmente y no se pueda concretar por Zoom su presencia, no puede contactarse con las víctimas, tiene que presentarse en la comisaría de su ciudad en La Pampa semanalmente, entre otras.
Según consta en la acusación fiscal, el hecho fue el 9 de mayo en calle Mitre al 500, «luego de ejercer violencia sobre la víctima le sustrajo su camioneta, que se encontraba en marcha, dándose a la fuga por calle Mitre. Como el semáforo de la intersección con Italia se encontraba en rojo, y le impedía avanzar, comenzó a chocar intencionalmente los vehículos que esperaban la habilitación del mismo ocasionando daños a un Volswagen Voyage», explicó la fiscal en la audiencia.
«En ese momento la hija de la damnificada abrió la puerta del vehículo e intentó bajar al sujeto, pero este siguió la marcha y la arrastró, para luego tomar por Italia en dirección hacia San Martín y luego por La Plata siendo perseguido por un conductor que observó la situación hasta que el imputado detuvo la marcha, bajó corriendo y fue aprehendido por personal policial», agregó la fiscal.
El hombre fue asistido por la defensora penal pública adjunta de turno, que no presentó objeciones a la imputación fiscal, de esta manera la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados por cargos y las medidas cautelares planteadas.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».
Judiciales
Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca
Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.
«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.
El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.
«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.
La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.








