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Su hijo la maltrataba y se quedaba con su sueldo: Tiene 94 años y pudo revertir la situación

El nieto y el hijo se aprovechaban de la situación en que se encuentra la adulta mayor, haciéndose cargo de su casa y administrando sus ingresos, que provienen de una pensión y una jubilación.

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Una mujer de 94 años pudo recuperar el manejo de su dinero y salir de situaciones de maltrato psicológico, emocional y económico tras un fallo del Juzgado de Paz, la intervención del área Desarrollo Humano y Articulación Solidaria y la contención de su nieta.

Todo comenzó a partir de una denuncia en la cual se daba cuenta que la adulta mayor «se encontraría en situación de vulneración de derechos por parte de su hijo y su nieto». Los tres vivían en la casa de la mujer. Se le otorgó intervención a la Subsecretaria de Adultos Mayores, pero cuando la asistente social fue al domicilio, no le permitieron el acceso.

La situación de la mujer

Según los testimonios el nieto y el hijo «se aprovecharían de la situación en que se encuentra la adulta mayor, haciéndose cargo de su casa y administrando sus ingresos», que provienen de una pensión y una jubilación.

Incluso dieron cuenta que «hace un mes que no tiene gas» y cocinan con leña, porque no pagaron. Una autoridad policial informó en el expediente que el nieto «cuenta con un importante prontuario delictual, sumado a la problemática de consumo que padecería».

Además, cuando falleció el marido de la anciana, el hijo «le hizo firmar documentación por el seguro y otros papeles a su favor». La nieta, con preocupación, relató que la mujer «no toma la medicación como corresponde» y tampoco la llevaban a su médico.

Finalmente se produjo una visita a la vivienda de la abuela. Allí relató que que tiene diabetes y debe comer carne pero su hijo no le compra. También manifestó que estaba sola de noche y que su hijo le cobraba el sueldo. Aseguró que ella quería que su nieta cobrara la pensión y la jubilación.

Respecto al gas, manifestó que le retiraron el medidor por falta de pago, aunque ella le dio el dinero a su hijo para que abone. Además, el hijo le retuvo el documento y se niega a devolvérselo.

El fallo

La sentencia enmarcó el caso como de violencia familiar, citó el Código Procesal de Familia en su artículo 136. Luego definió los conceptos de violencia emocional, psicológica y económica. «El Artículo 9 de la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores establece el derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia de la persona mayor, la persona mayor tiene derecho a recibir un trato digno y a ser respetada y valorada», añadió.

Finalmente dispuso la exclusión del hogar para el hijo. Solo podrá llevarse «ropas, efectos personales y elementos de trabajo». Le prohibió acercarse a menos de 300 metros del domicilio. También ordenó rondas policiales periódicas cercad de la vivienda.

Asimismo, determinó que «debe abstenerse de actos de violencia o efectuar reclamos por cualquier vía de comunicación, incluyendo redes sociales que hagan mención a la situación familiar».

Además, prohibió que «retire dinero de la cuenta bancaria» donde la mujer recibe su jubilación y pensión. Asimismo, «deberá reponerle el DNI y la tarjeta de débito».

«Las medidas ordenadas se disponen bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de desobediencia judicial y remisión de las actuaciones a instancia del fuero penal», indicó.

En el mismo sentido, ordenó al banco para evitar que el hijo retire dinero o efectúe gestiones. Además, resolvió «mantener la intervención de la Subsecretaria de adultos Mayores dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Río Negro».

Por último, requirió a Camuzzi la reconexión del gas natural «con especial consideración para la realización de un plan de pago de lo adeudado por dicho servicio».

Un cambio sustancial

Luego del fallo, un informe del Equipo Técnico Provincial de la Subsecretaría de Adultos Mayores, que mantuvo una entrevista domiciliaria con la abuela para «evaluar el contexto habitacional y social», dio cuenta de los cambios positivos.

«En la entrevista se observa que actualmente el contexto socio-familiar de la Sra. se encuentra reestructurado y fortalecido, dado que se encuentra con el acompañamiento de su nieta -quien se mudó a su domicilio- y su nuera, quien la acompaña en el horario de la noche, momento en que la nieta trabaja», dice el informe.

«Cabe destacar que dicho cambio en la dinámica familiar, permite que la persona mayor se sienta contenida y segura en su hogar, e incorporar hábitos saludables respecto a alimentación, higiene, estudios médicos y administración de su dinero», añade.

Explicó que más allá que el excluido del hogar «no hizo entrega de la documentación de la adulta mayor, la Sra y su nieta gestionaron el nuevo DNI e informaron al Banco que sólo podrá retirar dinero de sus haberes por caja la titular».

De esta manera, la adulta mayor «cuenta con todos los servicios básicos, cabe remarcar que el servicio de gas que había sido suspendido por falta de pago fue regularizado producto a las estrategias y la articulación con Desarrollo Social del Municipio de San Antonio, por lo que actualmente cuenta con gas natural, agua potable y servicios de luz».

Judiciales

La semana próxima continúa el juicio a Emiliano Gatti

El periodista está acusado de tenencia y facilitación de imágenes de abuso infantil.

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Se desarrolla en Roca el juicio oral y público por presunta tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil contra el periodista Emiliano Gatti, de 53 años. El debate continuará la próxima semana.

La imputación se juzga bajo la calificación legal de «tenencia y facilitación, en concurso real con tenencia con fines de distribución, de imágenes de abuso sexual infantil (50 hechos), en todos los casos agravadas por la edad de las víctimas (menores de 13 años)».

Día 1

El juicio comenzó el miércoles (15/05) con los alegatos de apertura de la Fiscalía, la parte querellante y la defensa. Luego declaró como testigo un integrante del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En esa oficina se investigan y procesan las alertas sobre tráfico de imágenes de abuso sexual infantil que llegan a la Fiscalía Especializada en Delitos Informáticos de Buenos Aires.

En la misma jornada declararon dos efectivos de la Brigada de Investigaciones de la Policía que realizaron el allanamiento en el domicilio del imputado, en Roca. En ese allanamiento se secuestraron los dispositivos informáticos con las imágenes que se investigan.

Día 2

El segundo día del juicio se escuchó a dos testigos de actuación que presenciaron el allanamiento y a un efectivo policial de Criminalística que tuvo a su cargo una parte de ese procedimiento.

El cuarto testigo de ese día fue el ingeniero David Baffoni, Coordinador de Políticas Informáticas y director de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (Oitel) del Ministerio Público de Río Negro. El funcionario brindó sus informes sobre el contenido de dos teléfonos celulares secuestrados.

La quinta declaración de esa jornada fue del licenciado Gastón Semprini, jefe del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial. Su exposición inició el jueves (16/05) y se retomó el viernes (17/05). En el primer tramo, el experto detalló su informe sobre el contenido de dos memorias internas de computadora y un pen drive, en los que estaban repetidos los 50 archivos investigados. Explicó el procedimiento y el registro cronológico de las búsquedas, descargas y copias de los videos en los distintos dispositivos.

Día 3

En la audiencia del viernes se retomó la declaración del perito informático, con la exhibición reservada algunos de los videos secuestrados. La incorporación de esa prueba al juicio se completó con una descripción verbal del contenido de cada uno de los restantes videos, con acuerdo de las partes.

El segundo testigo fue el médico forense Ariel Bustos, del Cuerpo de Investigación Forense de Roca. El experto detalló las edades aproximadas de la totalidad de los niños, niñas y adolescentes que aparecen como víctimas en los videos analizados. Además clasificó, según parámetros internacionales, la gravedad de los abusos detectados en cada escena.

El último testimonio del día fue de la licenciada Lorena García, psicóloga forense de Roca, quien explicó las conclusiones de la pericia psicológica que practicó al imputado.

Cómo sigue

La próxima audiencia será el martes (21/05) a partir de las 9. En la reapertura del juicio se definirá el orden y la fecha de las declaraciones de los restantes testigos convocados al debate. Resta escuchar a una testigo de la acusación y a todo el bloque de testimonios ofrecidos por la defensa.

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Judiciales

Es ley: En Río Negro los condenados no caminarán entre sus víctimas

Los condenados a prisión efectiva podrán recurrir ante la Corte Suprema de la Nación, pero mientras, permanecerán presos hasta su resolución.

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La Legislatura de Río Negro aprobó la reforma al Código Procesal Penal que permite que los condenados a prisión efectiva puedan recurrir ante la Corte Suprema de la Nación, pero mientras, permanezcan presos hasta su resolución.

La propuesta de reforma fue impulsada por el gobernador Alberto Weretilneck para agilizar la justicia penal, evitando largas esperas y el padecimiento de las víctimas. Surgió a partir de muchos casos en los que las víctimas debían cruzarse con sus victimarios pese a tener una condena de prisión efectiva, ya que en el proceso de apelación los condenados se mantenían en libertad.

De este modo, con la modificación, se establece que los condenados que interpongan recursos ante la CSJN deben transitar en prisión el período desde que se agota la vía recursiva provincial hasta que la propia Corte falle.

El objetivo es garantizar una justicia pronta y transparente, impulsar una mayor eficiencia en los procesos judiciales efectuados a quienes son culpables de homicidios y violaciones, para que previo a una sentencia firme se les garantice la prisión.

La idea es dar respuesta definitiva a las víctimas, que ya no tendrán que ver como sus victimarios, aún con condena de prisión efectiva. Cabe mencionar que esta ley de cumplimiento de penas tiene fuerte apoyo de organizaciones sociales.

El Gobierno de Río Negro consideró inaceptable que los condenados permanezcan en libertad hasta que la Corte Suprema se pronuncie, lo cual puede demorar largos años. Un caso icónico fue lo que sucedió con un docente condenado por abuso, quien permaneció en libertad durante casi 10 años y en varias ocasiones se cruzó en la vía pública con los familiares de las víctimas.

Casos como el de abuso sexual en el jardín de infantes de Cipolletti hay muchos, sobre todo en lo que respecta a casos de violencia de género, abusos y violación. Por ello esta ley viene a traer un poco de justicia y poner fin al flagelo que atraviesan las víctimas durante tanto tiempo.

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Declararon culpable a Pablo Parra por el femicidio de Agustina Fernández en Cipolletti

Ahora el juez deberá determinar la pena.

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Después de dos horas y media de deliberación, el jurado popular declaró culpable por unanimidad a Pablo Parra por el femicidio de Agustina Fernández, ocurrido el 2 de julio de 2022.

El debate comenzó el lunes pasado y declararon 66 testigos, entre peritos, policías, investigadores y allegados. Este miércoles (15/05) se expusieron los alegatos de cierre, después las instrucciones, y finalmente el veredicto.

Pablo Parra fue hallado culpable por el delito de femicidio. El jurado tenía tres posibilidades de veredicto: no culpabilidad, culpabilidad por homicidio simple o culpabilidad por femicidio. Finalmente escogió la culpabilidad por femicidio, por unanimidad.

El caso

La Fiscalía y la querella acusaron a Pablo Parra, actualmente detenido, por el femicidio de Agustina Fernández ocurrido el 2 de julio de 2022 en Cipolletti. Según la teoría del caso Parra habría asesinado a Agustina Fernández agrediéndola físicamente en el interior del departamento que el acusado alquilaba en un complejo ubicado en calle Confluencia al 1300 de Cipolletti.

El abogado del acusado negó la participación de su cliente en el homicidio, cuestionó las pruebas genéticas y se dirigió al jurado popular con la teoría de que el autor del crimen aún no fue hallado.

El juicio

El debate comenzó con las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura. Durante siete días, en audiencias que se realizaron a la mañana y a la tarde, el Tribunal popular escuchó la declaración de testigos y observó los informes de peritos y profesionales. En total declararon 66 personas en la modalidad presencial y remota. La parte probatoria concluyó ayer martes.

Este miércoles el juicio terminó con los alegatos finales de cada parte y la explicación, por parte del juez técnico Guillermo Baquero Lazcano, de las instrucciones finales de deliberación para el jurado. Tras recibir las instrucciones el jurado pasó a deliberar en sesión secreta.

Luego de dos horas y media, la persona elegida por su pares para presidir el jurado popular entregó el veredicto de culpabilidad.

El imputado fue asistido por los defensores Juan Coto y Gonzalo Rodriguez. Por el Ministerio Público Fiscal intervino el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna, el fiscal del caso Martin Pezzerra y el adjunto Juan Pablo Escalada. La querella estuvo representada por el padre y la madre de la víctima Agustina Fernández con el patrocinio de los abogados Emanuel Roa Moreno y Damian Moreyra.

Cómo sigue el proceso

Con este resultado finalizó la participación del jurado y las partes tendrán cinco días hábiles para ofrecer nuevas pruebas de cara al juicio de cesura, en el que el juez técnico definirá el monto de la pena.

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