Judiciales
Fue víctima de estafa telefónica, el banco lo culpó pero ahora tendrán que indemnizarlo
La víctima quiso revertir las operaciones, pero el banco le le dijo que no asumirá responsabilidad por el “propio actuar negligente y descuidado” del cliente.

Lo que empezó como una venta por internet terminó con una estafa telefónica que afectó a toda una familia. El vendedor, engañado por el supuesto comprador, brindó datos que el estafador usó para entrar a las cuentas de homebanking del hombre, de su hermano y de su esposa, desde donde hizo transferencias y tomó préstamos instantáneos.
Apenas descubrió la maniobra el hombre intentó revertir las operaciones, pero su banco le respondió que “no podían hacer nada” y que no asumiría la responsabilidad por el “propio actuar negligente y descuidado” del cliente.
El afectado es un empleado público de Roca muy poco habituado a las transacciones electrónicas. De hecho una pericia demostró que durante la pandemia, en el auge de las operaciones on line, el hombre sólo hizo tres transferencias virtuales.
El falso comprador lo contactó por Facebook, fingiendo interés en un instrumento musical que estaba en venta. El diálogo siguió por teléfono con un supuesto “contador” del interesado, quien lo guió para que generara una clave y un token de seguridad en un cajero automático. En los siguientes 20 minutos, sin que el hombre imaginara nada malo, el estafador le vació la cuenta y tomó un préstamo por homebanking a través de un teléfono celular radicado en Quilmes, Buenos Aires.
Al advertir que el hombre no sospechaba nada, el delincuente avanzó con el engaño. Le dijo que la transferencia por la compra del instrumento le daba un error y le pidió cuentas alternativas para hacer el depósito. Así se hizo de los datos de la esposa y del hermano del damnificado, a quienes también endeudó con préstamos.
Los dos últimos eran clientes de otro banco, que reconoció la estafa y anuló los préstamos, por lo que no sufrieron mayores perjuicios. Sin embargo, el banco de la víctima le negó esa posibilidad.
El hombre hizo una denuncia penal por estafa. Luego, ante la negativa por escrito que le dio su banco, inició una mediación y finalmente una demanda civil por daños y perjuicios, en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor.
La titular del Juzgado Civil N° 1 de Roca hizo lugar a la demanda, declaró nulo el préstamo y condenó al banco por daño patrimonial, daño moral y daño punitivo. La sentencia no está firme, porque las partes aún tienen vías de apelación.
Seguridad y nuevas tecnologías
En sus conclusiones la jueza afirmó que con “las nuevas tecnologías, inimaginables en otra época”, el servicio bancario “se constituye como un servicio riesgoso, debiendo brindar el proveedor (el banco) un grado de seguridad tanto en la persona como en los intereses económicos de los consumidores, en forma similar al que existía cuando los servicios se prestaban en forma personal y presencial”. Ese riesgo se evidencia porque “desde el año 2020 se incrementaron las estafas virtuales por medio de maniobras como la que sufrió el señor”.
Afirmó que los bancos tienen “una obligación de resultado en cuanto asegurar la indemnidad de quien utiliza sus servicios y es parte de una relación de consumo”.
Si bien la jueza destacó que en este caso “el Banco demandado ha actuado con cierta diligencia respecto las estafas bancarias”, por sus campañas en la web y redes sociales y por la cartelería colocada en la sucursal, se preguntó: “¿el banco ha cumplido con estándares de seguridad adecuados a su calidad de proveedora -profesional- de servicios financieros para evitar que el actor sea víctima de una estafa?”. La respuesta fue negativa y en función de eso determinó la responsabilidad civil.
La entidad “no puede pretender trasladar todas las consecuencias al propio actor, parte débil en la relación de consumo”, porque “el sistema utilizado por el banco resultó de una peligrosidad evidente”, dijo la jueza. Señaló que el banco “no tomó las precauciones adecuadas para asegurarse la identidad del usuario que operaba” desde el celular y no “acreditó contar con contralor de IP que permita detectar los dispositivos de conexión para introducirse en la cuenta del actor”.
En ese punto, destacó una pericia que reveló “que no se observó intervención temprana de la entidad bancaria y que al momento de gestionarse el crédito online, no efectuó validación de autenticación alguna”.
“De ello se concluye que en el presente caso, el Banco Macro S.A no cumplió con un estándar de seguridad adecuado, máxime cuando la entidad bancaria es profesional en la materia, reviste superioridad técnica y económica en la relación de consumo”, concluyó el fallo.
Judiciales
Investigan nuevos robos violentos vinculados a una banda que operaba en Río Negro y Neuquén
Los hechos ocurrieron en Cipolletti y presentan el mismo modus operandi que otros robos investigados en la zona.

Un hombre acusado de integrar una asociación ilícita vinculada a una serie de robos agravados en Río Negro y Neuquén sumó este jueves (18/06) dos nuevas imputaciones por hechos ocurridos en la ciudad de Cipolletti durante 2025.
La formulación de cargos fue realizada por la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal Eugenia Vallejos, quienes atribuyeron al imputado su participación en dos violentos asaltos cometidos el 26 de julio y el 10 de septiembre del año pasado.
El acusado participó de la audiencia en condición de detenido, ya que permanece bajo prisión preventiva desde noviembre de 2025 en el marco de otra investigación por delitos similares cometidos en General Roca.
Según la acusación fiscal, ambos hechos presentaron un mismo modus operandi. El grupo realizaba tareas previas de vigilancia sobre las viviendas elegidas, llegaba en vehículos previamente robados e ingresaba por sectores traseros de las propiedades tras escalar paredes y techos. Una vez dentro, reducían a las víctimas mediante armas de fuego y las inmovilizaban con alambres o precintos.
De acuerdo con la investigación, los delincuentes exigían dinero en dólares y la ubicación de cajas fuertes para sustraer efectivo, oro, dispositivos electrónicos y otros elementos de valor. Además, se llevaban los DVR que almacenaban las grabaciones de las cámaras de seguridad para evitar dejar registros de los hechos.
Las fiscales indicaron que la vinculación del imputado con estos nuevos episodios surge de diversas medidas de investigación realizadas por la Comisión de Investigación Judicial, entre ellas el análisis de registros fílmicos, impactos de antenas de telefonía, reportes telefónicos y pericias efectuadas por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) del Ministerio Público.
Durante la audiencia, la defensa particular no presentó objeciones y el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal.
Desde la Fiscalía destacaron que la incorporación de estos nuevos hechos responde a una estrategia de trabajo coordinada impulsada por el Fiscal General Fabricio Brogna, orientada a optimizar recursos y unificar investigaciones vinculadas a robos agravados con características similares ocurridos en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro.
Judiciales
La Justicia frenó la demolición de la vivienda construida en el Área Natural Protegida Paso Córdoba
El Tribunal ordenó al Municipio abstenerse de realizar cualquier acto de demolición hasta que se resuelva el fondo de la causa.

La Cámara de Apelaciones Civil resolvió un recurso de apelación interpuesto en el marco de una causa iniciada contra la Municipalidad de Roca. El conflicto se vincula con la validez de los actos administrativos que ordenan la demolición de un inmueble ubicado en el Área Natural Protegida de Paso Córdoba y con la solicitud de una medida cautelar de no innovar.
En primera instancia se había rechazado la medida cautelar solicitada con el fundamento principal de que no se encontraba acreditado el peligro en la demora y de que la eventual ejecución de la demolición no resultaba inminente.
Frente a esa decisión, la sentencia fue apelada. Los dueños explicaron que la situación había cambiado de manera sustancial debido a actos administrativos posteriores que realizó la comuna que habilitarían la ejecución directa de la demolición, sin necesidad de intervención judicial previa. También afirmaron la existencia de un daño inminente, la afectación del derecho a la vivienda y la ausencia de un estudio de impacto ambiental.
La Cámara examinó los agravios y revisó la decisión. En primer lugar, consideró que el análisis sobre el peligro en la demora había sido insuficiente, ya que no se valoraron adecuadamente las actuaciones administrativas posteriores incorporadas al expediente.
Señaló que la eventual ejecución de la demolición podía tornar ilusoria la sentencia definitiva, dado que el objeto del litigio podría desaparecer antes de resolverse el fondo del asunto. Destacó además que la demolición de un inmueble implica un efecto material difícil de revertir, lo que refuerza la necesidad de tutela preventiva.
Respecto del planteo ambiental, la Cámara descartó que la falta de un estudio de impacto ambiental constituyera por sí sola un fundamento decisivo para la medida cautelar. Sin embargo, también señaló que los argumentos sobre posibles daños ambientales carecían de sustento concreto en la resolución apelada.
Sobre la verosimilitud del derecho, el tribunal indicó que no correspondía anticipar un pronunciamiento sobre la validez o nulidad de los actos administrativos cuestionados en esta etapa. Aun así, consideró que existía una apariencia suficiente de derecho para justificar una tutela precautoria, sin emitir juicio definitivo sobre el fondo.
Finalmente, la sentencia interlocutoria concluyó que se configuraban los requisitos para la procedencia de la medida cautelar solicitada. En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la medida de prohibición de innovar.
Así, ordenó a la Municipalidad de Roca abstenerse de ejecutar actos materiales de demolición, remoción o alteración de las construcciones existentes en el inmueble hasta el dictado de la sentencia definitiva o hasta que cambien las circunstancias que justificaron la decisión.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.








