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El mecánico le tuvo el auto más de seis meses en el taller y se lo arregló mal: La indemnizarán

La dueña del rodado abonó el total del presupuesto apenas se lo entregaron.

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Un mecánico deberá indemnizar a una mujer, tras una serie de arreglos deficientes que le privaron del uso del auto durante seis meses, cuando la reparación no debía llevar más de 30 días. La señora debió sacar un préstamo pero el vehículo nunca quedó bien.

Todo comenzó cuando una viedmense llevó su Clío Diesel a un taller en Patagones. El diagnóstico era la rotura del turbo e inyectores. La dueña canceló la totalidad de lo presupuestado. En el medio, el mecánico dejó de contestarle mensajes de texto. Finalmente, le entregó el auto en las mismas condiciones que lo había llevado.

Como la dueña del vehículo reclamó, el mecánico lo trasladó a otro taller de Patagones. Pero al ser devuelto, la propietaria constató que el vehículo no solo no había sido reparado, sino que tenía un daño mayor al preexistente.

Para afrontar los los gastos derivados del arreglo del automóvil tuvo que solicitar un préstamo, ya que inicialmente el mecánico le había comunicado que la reparación se llevaría a cabo dentro del lapso de 30 días. Si hubiera sabido que tardaría seis meses, no se hubiese endeudado. Para poder movilizarse durante la mitad del año, acudió al auto que le prestó su hija. Finalmente, la mujer inició un proceso de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Viedma.

En la audiencia entre las partes, el mecánico ofreció llevar el auto nuevamente a un taller de Bahía Blanca, a su costo. Luego, informó que «fue escaneado electrónicamente con equipos de última generación y habían detectado que la bomba de inyección tiene una pequeña falla por su antigüedad y desgaste».

Argumentó que los defectos encontrados surgieron después y «son propios del desgaste», es decir «no han sido objeto del contrato de reparación primario».

Sin embargo, el detalle del Presupuesto N° 00000216 en uno de sus ítems estableció de puño y letra «Mano de obra por colación de Turbo, filtros y colocación de Inyectores». De esta manera, dice el fallo, «deja visiblemente acreditado el incumplimiento contractual y una palmaria violación al deber de actuar con buena fe» por parte del mecánico.

Además, «se puede apreciar que el mecánico en reiteradas oportunidades, no ha dado respuesta a los reclamos de la actora otorgando respuestas evasivas, sumado a ello no puedo soslayar que en ocasiones ha decidido directamente no contestar los mensajes, lo que deja en evidencia una clara violación al deber de trato digno exigido», argumenta la sentencia.

De esta manera, «no respetó el derecho a la información ni el trato digno que merece la actora, comportamientos que evidencian su falta de consideración hacia los derechos de la accionante».

Finalmente, tuvo en cuenta el padecimiento de la señora, prolongado en el tiempo, que nace a partir de no poder disponer de su medio de transporte particular «en debidas condiciones, pese a haber abonado casi en su totalidad el precio presupuestado por la contraprestación pactada».

De esta manera, condenó al mecánico a pagar poco mas de $400.000 a la propietaria del vehículo.

Judiciales

Imputaron a una quinta persona por la presunta millonaria defraudación al IPROSS en Valle Sereno

Se trata de una acompañante terapéutica, acusada de participar en una presunta maniobra que habría perjudicado a la obra social provincial mediante la facturación de prestaciones que no se habrían realizado.

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La investigación por la presunta defraudación al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) sumó este jueves (02/07) una quinta imputación. El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una acompañante terapéutica, a quien acusa de haber participado en una maniobra para facturar prestaciones de salud mental que, según la investigación, nunca fueron brindadas a pacientes del establecimiento Valle Sereno-San Cirano S.A., de General Roca.

Durante la audiencia, la fiscal adjunta Gimena Ducca sostuvo que la imputada habría intervenido en 21 hechos ocurridos entre noviembre de 2021 y julio de 2023, junto a un médico clínico y psiquiatra, una licenciada en Psicología, directivos del establecimiento y otros integrantes del equipo profesional.

De acuerdo con la acusación, el grupo habría confeccionado historias clínicas, planillas de asistencia y registros de pacientes con datos falsos, incluyendo internaciones ambulatorias bajo la modalidad Hospital de Día que, en realidad, no se habrían concretado. Esa documentación era utilizada para emitir facturas que luego eran presentadas al IPROSS para el cobro de prestaciones.

La Fiscalía indicó que el establecimiento mantenía un convenio con la obra social provincial para brindar distintos módulos de atención en salud mental, entre ellos Hospital de Día, una modalidad con un valor superior al de otras prestaciones. Según la investigación, esa circunstancia habría permitido incrementar el monto de las facturaciones presuntamente irregulares.

Como sustento de la imputación, el Ministerio Público Fiscal mencionó la denuncia presentada por el IPROSS en mayo de 2024, documentación administrativa de la obra social, informes contables elaborados por la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal, registros bancarios, informes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), documentación del Ministerio de Salud de Río Negro y diversas entrevistas realizadas durante la investigación.

La acompañante terapéutica fue imputada como presunta partícipe necesaria del delito de estafas reiteradas agravadas por haber sido cometidas en perjuicio de la administración pública.

Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos no presentó objeciones a la formulación de cargos, aunque informó que ya solicitó la realización de una pericia caligráfica.

Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.

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Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca

La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

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Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.

Cabe recordar que, en noviembre del año pasado, otra persona señalada por la Fiscalía como coautor de los hechos reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado y actualmente cumple la condena impuesta.

Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.

Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.

El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.

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Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz

La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

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Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.

La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.

En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.

Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.

Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.

Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.

La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.

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