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Camioneta atropelló a una ciclista: Culpas compartidas porque la bici no llevaba luces

El conductor del rodado más grande deberá cargar con mayor responsabilidad.

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Foto: Archivo.

Un incidente vial en Cinco Saltos terminó con una indemnización a favor de la ciclista que fue atropellada por una camioneta. Sin embargo el fallo distribuyó las culpas por la falta de elementos de seguridad en el rodado de la damnificada.

El episodio ocurrió de noche en la intersección de la avenida Argentina con la calle San Martín. El conductor de una camioneta Toyota Hilux trató de esquivar a otro vehículo y terminó embistiendo a la ciclista que sufrió traumatismos de tibia y peroné.

Cuando se inició la demanda civil, el fallo analizó la responsabilidad de cada uno de los involucrados. Al hombre que manejaba la Hilux le atribuyeron haber perdido el dominio del vehículo pero se advirtió que la ciclista no contaba con iluminación que la hiciera visible en el tránsito vehicular.

Surge del fallo que es un principio general en la materia de accidentes entre bicicletas y automotores que existe una mayor obligación de los conductores de automotores considerando el porte de los mismos, siempre y cuando el ciclista cumpla con las normas vigentes.

Se observó que la mujer se desplazaba en bicicleta durante el horario nocturno, sin medidas de señalización que la hicieran visible en dicho entorno, incrementando claramente el riesgo al que se exponen normalmente los vehículos de menor porte, tales como las bicicletas cuando comparten el tránsito con otros de mayor, como autos, camionetas o camiones.

En función de esos argumentos, la sentencia distribuyó las culpas por el incidente en un 75 por ciento al conductor de la camioneta y en un 25 por ciento en la ciclista.

«El conductor del rodado mayor deberá cargar con mayor responsabilidad, ya que conducía en un sector de escasa iluminación, con poca visibilidad para el, quien pretendía ingresar a la calle Av. Argentina, vía de doble sentido, por lo que debió haber circulado a una velocidad precautoria de manera tal de tener, en todo momento, el dominio total del vehículo, en función de las condiciones de la vía», surge de la sentencia que es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelada.

El hombre deberá indemnizar a la ciclista por el daño físico, el daño moral y otros gastos que incurrió a raíz del episodio.

¿Qué dice la ley respecto de la circulación de bicicletas?

El artículo 40 bis de la ley de Tránsito N° 24449 determina que es requisito indispensable para circular en bicicleta, que el vehículo tenga luces y señalización reflectiva, careciendo la bicicleta de la demandante de la iluminación requerida. De acuerdo con el informe obrante en la causa penal, en el caso de Cinco Saltos la bicicleta involucrada en el accidente carecía de luces y espejos, aunque poseía elementos retrorreflectivos de color amarillo en los pedales. La carencia de luces, dada la hora en que ocurrió el accidente, se constituye en una concausa del siniestro, toda vez que obstaculizó la correcta visualización del vehículo circulando en la vía pública.

Judiciales

Piden prisión perpetua para Pedro Acuña por el femicidio de Marisa Galdame

El hecho ocurrió el año pasado en Allen.

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Esta mañana (21/10) las partes realizaron sus alegatos en la audiencia de cesura de pena del juicio que se lleva adelante por el femicidio de Marisa Galdame. La Fiscalía y la querella solicitaron prisión perpetua para el imputado Pedro Acuña; por su parte, la jueza interviniente dará a conocer su resolución el próximo viernes (25/10) a las 10.30 en los Tribunales de General Roca.

La Fiscalía presentó prueba informativa, «de esta manera el Registro Nacional de Reincidencia informó que el imputado no registra antecedentes penales», explicó el equipo fiscal.

Según la acusación, el hecho ocurrió en la madrugada del 30 de octubre del año pasado, en una vivienda del barrio Islas Malvinas de Allen, y tras el llamado de un vecino, personal de la Comisaría 6ta. realizó las primeras intervenciones. Fue así que la policía ingresó a la casa señalada, y encontró a Marisa Galdame, de 30 años, sin vida y a su lado a Acuña, quien hoy está imputado, padre de los dos hijos de la víctima fatal, de 5 y 13 años.

Accedé a los alegatos de la fiscalía

Tras la audiencia la fiscal jefe explicó que «solicitamos la pena de prisión perpetua, accesorias legales del Artículo 12 y costas del proceso, teniendo presente la prueba que se acreditó durante el juicio por jurados concretado en agosto pasado. Considero que la pena es justa para el tipo penal por el cual ya fue declarado culpable, también tengo presente el grado de violencia con el que fue cometido el hecho contra una mujer que era su pareja».

«Hay que tener en cuenta la vulnerabilidad de la víctima, del contexto de violencia de género en el que sucedió este caso, que se coartó la vida de una mujer joven, madre de dos hijos, la extensión del daño, es una pena ajustada y plenamente justificada a todo lo descripto», agregó la fiscal jefe.

La querella adhirió a lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y la defensa expresó que la legislación vigente no les permite solicitar una pena menos gravosa.

Acaban de culminar los alegatos del juicio de cesura de pena, la resolución de la jueza interviniente se conocerá el próximo 25 de octubre a las 10.30

Cabe recordar que fue el decimonoveno juicio por jurados de Rio Negro y se llevó a cabo durante los primeros días de agosto de este año.

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Judiciales

Deudor alimentario no podrá cargar combustible hasta que no cumpla con la cuota de sus cuatro hijos

Así lo dictaminó una jueza rionegrina.

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Un hombre que ya fue apercibido por no pagar la cuota alimentaria de sus cuatro hijos no podrá cargar combustibles en las estaciones de servicio de su localidad hasta que no cumpla con su obligación. Para ello, la jueza de Familia de Viedma ordenó informar a las estaciones de YPF que tienen prohibido venderle gasolina.

Además, como abastece a un supermercado de una ciudad de la región Sur rionegrina, se le prohibió brindar cualquier servicio a ese establecimiento. Esto incluye contratar, vender productos, bienes, transporte, mudanzas, entre otros, «hasta tanto acredite fehacientemente el pago de la prestación alimentaria en favor de sus cuatro hijos’, dice el fallo. Para hacer efectiva esta prohibición, también se notificó al supermercado.

Como medida final, la magistrada también dispuso el embargo del 15% de las contrataciones que el deudor alimentario tiene con la Municipalidad de la localidad. En este caso, se incluyen contratos de locación de obras y servicios en general.

La contraparte había solicitado también el embargo de las cuentas y plazos fijos, pero primero deberá precisar cuáles son las entidades financieras que requieren la medida.

Las demandas, en números

En lo que va del año, el fuero de Familia de Río Negro tramitó 709 demandas por alimentos, sobre un total de 9.393 nuevos ingresos. Más de la mitad, corresponden a procesos sobre violencia.

Las demandas por alimentos y los divorcios, son parte de los procesos más frecuentes según el último informe del Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ)

El fuero de Familia en Río Negro se compone por 16 organismos entre juzgados, juzgados multifueros y unidades procesales.

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Judiciales

Cámara Gesell remota: Logran entrevistar a un niño a más de 600 kilómetros

Un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho.

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Gracias a la tecnología, un niño víctima de abuso sexual pudo ser entrevistado sin necesidad de viajar al lugar donde ocurrió el hecho. La investigación está a cargo del Poder Judicial de Mendoza, aunque después de la denuncia la familia damnificada se mudó al Alto Valle. La Oficina Judicial de Cipolletti ofreció el soporte digital para concretar la Gesell a más de 600 kilómetros de distancia.

La tecnología que incorporó el Poder Judicial de Río Negro para la reforma procesal penal y la digitalización que se consolidó en pandemia permitieron realizar una Gesell a distancia. En esta investigación, la Fiscalía de Mendoza solicitó dos intervenciones. Primero para tomar el testimonio de la víctima y luego para realizar una pericia clave.

En las dos oportunidades, la Oficina Judicial de Cipolletti estuvo a cargo de la logística para la conexión remota. La colaboración del Poder Judicial de Río Negro evitó la revictimización del niño, que no tuvo que viajar al lugar donde ocurrió el hecho. También aportó celeridad a las instancias procesales para que la denuncia pueda llegar rápidamente a juicio.

La Cuarta Circunscripción acumula experiencia en la realización de cámaras Gesell remotas. La última cámara Gesell en implementarse, el año pasado, fue la de Catriel. Antes de la incorporación del dispositivo en la localidad petrolera, los niños, niñas y adolescentes debían viajar hasta la ciudad cabecera de la Cuarta Circunscripción y en algunas ocasiones no coincidían los horarios de los servicios de colectivos, por lo que regresaban muy tarde a sus hogares.

En estas circunstancias, se buscó una solución para evitar la revictimización y el estrés de las infancias y aumentar el estándar fijado por la guía de buenas prácticas de Unicef, al que el Superior Tribunal de Justicia adhirió, y otros protocolos nacionales e internacionales.

Con la combinación de distintas tecnologías, el juez o jueza se conecta desde una sala en Cipolletti junto con las partes. La víctima, en cambio, es entrevistada por una psicóloga de cámara Gesell en el edificio del Poder Judicial de Catriel.

En lo que va del año, según los datos proporcionados por el Centro de Planificación Estratégica, se realizaron más de 350 Gesell en toda la provincia.

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