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Acosó a su vecina: Deberá capacitarse en perspectiva de género y aportar dinero al fútbol femenino

El hombre de 40 años dijo no recordar el episodio denunciado por la joven, pero no negó haber cometido el acoso.

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Un hombre de Río Colorado acosó sexualmente a su vecina y fue condenado bajo las pautas del nuevo Código Contravencional de Río Negro, que penaliza el acoso callejero. Ahora deberá aportar dinero a una escuela de fútbol femenino y deberá realizar una capacitación sobre perspectiva de género.

Según denunció la mujer, el vecino golpeó a su puerta y ella atendió. «Hace rato te estoy mirando», le dijo el hombre, para luego ofrecerle dinero a cambio de mantener relaciones sexuales. Sorprendida, la mujer intentó cerrar la puerta pero el vecino comenzó a forcejear para abrirla. Finalmente ella logró expulsarlo, cerró con llave y pidió ayuda por teléfono. Poco después llegaron a la casa la dueña del complejo de departamentos y la madre de la joven mujer, ante quienes el hombre, de unos 40 años, negó todos los hechos.

El episodio de violencia de género fue denunciado primero en la Comisaría de la Familia y al día siguiente en el Juzgado de Paz. Como primera medida, la jueza Daniela Alberdi decidió unificar los dos procesos para concentrar la intervención judicial y evitar la revictimización de la mujer. En simultáneo, impuso al hombre una prohibición de ejercer cualquier acto molesto o perturbador hacia la mujer, por el término de 45 días.

Unas semanas después la jueza lo convocó a una audiencia. El hombre declaró estar cumpliendo las medidas preventivas y se comprometió a mudarse de domicilio a la brevedad. Si bien dijo que «no recordaba» el episodio, tampoco negó haber cometido el acoso.

Como reflexión, la jueza de Paz citó a la escritora y politóloga feminista María Florencia Freijo. «El acoso sexual se expresa de un modo diverso, a través de chistes, piropos, conversaciones de contenido sexual, miradas, gestos lascivos, muecas, llamadas telefónicas, presiones para salir o invitaciones sexuales, manoseos, acorralamientos, presiones físicas o psíquicas para tener relaciones sexuales, etcétera. La carga mental que sostenemos las mujeres requiere el esfuerzo de evaluar cada acercamiento, para protegerse y evitarlo».

«Estas situaciones que las mujeres viven a diario ponen sobre la mesa el nivel de desigualdad que aún vivimos, el beneplácito y la tolerancia de conductas que no pueden ser adjetivadas de otra forma que no sea un liso y llano acoso sexual», concluyó la jueza.

El caso encuadró en la figura de acoso callejero porque ocurrió en un lugar de uso común, en el acceso a la vivienda de la mujer. El artículo 44 del Código Contravencional define que «es punible quien ejecutare en espacios públicos o de acceso público, como medios de transportes y centros comerciales, conductas físicas o verbales de naturaleza o connotación sexual, basadas en el género, identidad y/u orientación sexual hacia terceros, en tanto afecten su dignidad o sus derechos fundamentales, creando intimidación, hostilidad, degradación o humillación».

La sentencia también invocó la reciente Acordada N°6/23 del Superior Tribunal de Justicia, que obliga a realizar un abordaje judicial con perspectiva de género en todas las situaciones que involucren los derechos de mujeres.

Sanción reparadora y preventiva

La sanción que impuso la jueza de Paz tuvo dos ejes. Por un lado, el hombre deberá pagar una multa cercana a los $35.000, destinada a la escuela de fútbol infantil femenino del Club Atlético Defensores de Buena Parada, de Río Colorado. Por el otro, deberá realizar un curso virtual sobre Masculinidades, relación de poder y cambio social que brinda el área de Género y Diversidad del gobierno de Río Negro y tendrá un mes de plazo para presentar el certificado de evaluación y aprobación.

La jueza lo instó además a «ampliar los conocimientos adquiridos» con la disertación del Lic. Sebastián Fonseca sobre Masculinidades, géneros y violencias que brindó la Oficina de Derechos Humanos y Género y que está disponible en forma abierta y gratuita en el canal de YouTube del Poder Judicial.

Por último, la jueza previó que el hombre podrá utilizar el Punto Digital ubicado en el Centro Cultural de Río Colorado para hacer las capacitaciones virtuales en caso de no contar con recursos tecnológicos propios.

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Formularon cargos y dictaron prisión preventiva a un hombre que atacó con un cuchillo a policías y a otro hombre en la zona del Aeropuerto

Uno de los efectivos permanece internado tras sufrir lesiones graves.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos este martes (16/12) a un hombre acusado de protagonizar dos hechos violentos ocurridos el domingo (14/12) por la noche en la zona del Aeropuerto Arturo Illia de General Roca, en los que habrían resultado lesionados integrantes de la Policía de Río Negro y otro hombre, todos atacados con un arma blanca. En la misma audiencia, se dispuso su prisión preventiva, por lo que continuará detenido.

Según la acusación fiscal, el primer hecho ocurrió cuando el imputado, junto a otro hombre, habría agredido con un cuchillo a una persona, quien tras el ataque se trasladó por sus propios medios al Hospital Francisco López Lima. Allí, la víctima dio aviso a las autoridades, lo que permitió iniciar las actuaciones de prevención.

El segundo episodio se produjo momentos después, cuando personal de la Comisaría 47º de J.J. Gómez logró dar con el presunto autor. Al intentar identificarlo, el hombre habría atacado nuevamente con un arma blanca a los efectivos policiales, provocando lesiones de distinta gravedad.

La Fiscalía calificó legalmente los hechos como lesiones leves en relación al primer ataque. Por el segundo episodio, imputó atentado a la autoridad agravado por haber puesto manos en la autoridad, en concurso ideal con lesiones leves respecto de uno de los empleados policiales, y lesiones graves en relación al otro efectivo, todas agravadas por haber sido cometidas contra miembros de una fuerza de seguridad, conforme a los artículos 45, 54, 55, 238 inciso 4, y 89 en función del 92 con remisión al 80 inciso 8 del Código Penal.

Entre los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público Fiscal se encuentran actas de procedimiento de las Comisarías 21º y 47º, la denuncia penal, historias clínicas de las tres víctimas, acta de allanamiento, croquis referencial, entrevistas, informes del Cuerpo de Investigación Forense sobre las lesiones sufridas por uno de los policías y el parte de internación en terapia intensiva del otro efectivo.

En función del riesgo procesal y la posibilidad de entorpecimiento de la investigación, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del imputado. La defensa penal pública se opuso al pedido, pero finalmente el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dictó la prisión preventiva por el plazo de dos meses.

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La Justicia ratificó la detención preventiva de Axel Araneda, acusado de la muerte de cuatro personas en la Ruta N° 22

La Fiscalía sostuvo que el imputado cuenta con capacidad económica, antecedentes penales y riesgo concreto de fuga, lo que impide una pena condicional.

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Esta mañana (16/12), la Justicia rechazó el pedido de la defensa particular para que se le concedan medidas cautelares menos gravosas a Axel Araneda, el joven imputado por homicidio culposo cuádruplemente agravado, y resolvió que continúe detenido en prisión preventiva.

El planteo fue formulado por el defensor del acusado, quien solicitó la morigeración de la detención. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido y la jueza interviniente resolvió en el mismo sentido que lo sostenido por la fiscalía.

Durante la audiencia, la fiscal jefa explicó que los informes requeridos a la Brigada de Investigaciones permitieron acreditar la capacidad económica de Araneda, a partir del análisis de perfiles de redes sociales de acceso público, tanto del acusado como de su pareja. Según detalló, en las imágenes y videos se observa un estilo de vida que incluye viajes y vacaciones en el exterior, vehículos de alta gama, además de los tres teléfonos celulares que llevaba al momento del hecho -dos de ellos iPhone- y el $1.000.000 en efectivo que tenía en su poder esa mañana.

«Todo lo enumerado hace presumir la capacidad económica del imputado y nos habla de las posibilidades que tiene para darse a la fuga y sustraerse del accionar de la Justicia», sostuvo la Fiscalía.

Desde el Ministerio Público Fiscal también se hizo referencia a un antecedente condenatorio en el fuero federal, señalando que, en caso de recaer condena en este legajo, no podría acceder a una pena de ejecución condicional, lo que incrementa el riesgo de fuga.

Finalmente, la jueza interviniente resolvió confirmar en todos sus términos la decisión adoptada por la jueza de Garantías el pasado 23 de noviembre, cuando se realizó la formulación de cargos y se dictó la prisión preventiva.

«Agrego que la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal cuenta con cuatro agravantes, por lo que no podemos pensar en una pena condicional en caso de condena», expresó la magistrada. Además, indicó que «existe riesgo de fuga, condicionado por los antecedentes del imputado, la expectativa de una pena superior al mínimo y los medios económicos a su disposición, aunque no sean propios, que podrían facilitar la evasión de la Justicia».

De esta manera, el hombre acusado como autor de homicidio culposo cuádruplemente agravado -por conducir un vehículo automotor a exceso de velocidad, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcohol superior a 500 miligramos por litro de sangre y por la cantidad de víctimas fatales- continuará detenido en prisión preventiva.

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Juicio abreviado por violento ataque a un menor de edad durante la madrugada: 5 años y 11 meses de prisión para uno de los acusados

El hecho ocurrió en junio pasado a la salida de un boliche, cuando tres personas atacaron a la víctima con golpes dirigidos a la cabeza.

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El Ministerio Público Fiscal y la Defensa Penal Pública coincidieron en solicitar una pena de 5 años y 11 meses de prisión para un hombre acusado como coautor de una tentativa de homicidio agravado por la participación de un menor de edad. El pedido se realizó en el marco de un juicio abreviado ante un Tribunal Colegiado, instancia en la que el imputado reconoció los hechos y aceptó la pena.

De acuerdo a lo resuelto, las partes solicitaron además la unificación con una condena anterior, por lo que el hombre deberá cumplir una pena única de 8 años y 11 meses de prisión efectiva, con declaración de primera reincidencia. Tanto la Fiscalía como la defensa renunciaron a los plazos procesales, motivo por el cual el condenado comenzó a cumplir la pena de manera inmediata, tras la resolución del Tribunal.

El hecho

El ataque ocurrió el 16 de junio, alrededor de las 6.10 de la madrugada, en la vereda de Avenida Roca y Tres Arroyos. Según la acusación, tres imputados, con un plan común y división de tareas, abordaron a la víctima, la insultaron, la rodearon y la golpearon en la cabeza con un pedazo de escombro, provocando que cayera al suelo.

Una vez allí, los agresores continuaron atacándolo con patadas y golpes de puño en la cabeza, con la intención de causarle la muerte. Sin embargo, el accionar fue interrumpido por la rápida intervención de una transeúnte y del personal de seguridad de un local bailable, quienes auxiliaron a la víctima y lograron alejar a los atacantes.

Situación de los otros imputados

En la jornada de hoy (16/12), se realizó el control de acusación respecto de los otros dos imputados mayores, con el objetivo de avanzar hacia el juicio. En esa audiencia, la Fiscalía y la querella solicitaron la prórroga de la prisión preventiva para uno de ellos y de la detención domiciliaria con tobillera electrónica para el otro.

En tanto, ayer se desarrolló una audiencia en la que la defensora penal de menores presentó informes de evolución favorable del adolescente punible imputado, quien se encontraba en un dispositivo socioeducativo de Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF). Allí se resolvió su externación bajo libertad asistida con tobillera electrónica, además de la prohibición de acercamiento a víctimas y testigos, y la obligación de continuar cumpliendo las pautas fijadas por la SENAF.

Desde la Fiscalía aclararon que, durante esa audiencia realizada por Zoom, se le informó al adolescente que la externación no implica el cierre de la causa penal, la cual continúa su curso.

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