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Se separaron y en mediación acordaron compartir cuidados, gastos y hasta paseos de las mascotas

La familia, antes de divorciarse, tenía perros. En el ámbito de la mediación judicial, pudieron acordar un régimen de cuidado compartido.

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Un acuerdo de mediación realizado en Roca permitió que un matrimonio separado pudiera acordar un diagrama de cuidado personal de la hija de ambos, la prestación alimentaria y el régimen de comunicación. Pero además, el acuerdo también alcanzó a otros integrantes de la familia: las mascotas. La familia, antes de divorciarse, tenía perros. En el ámbito de la mediación, pudieron acordar un régimen de cuidado compartido.

Así, se consensuó que cada vez que el papá retirara a la hija de la casa materna, también podría llevarse a las mascotas para pasear y compartir la jornada con ellas, previo acuerdo con la mujer. El hombre aceptó también pagar una suma fija mensual destinada a afrontar los gastos de alimentos, vacunas y veterinaria.

Acordaron además que cualquier gasto «extraordinario» derivado de las mascotas sería afrontado en partes iguales por ambos. Allí mismo definieron dividir los gastos de una reciente operación de castración de una de las perritas que había sido afrontada por la mujer. El caso se presentó en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc) de Roca.

La mujer y el hombre participaron de la reunión de mediación con sus respectivas abogadas, mientras que el diálogo y el acercamiento de las partes estuvo a cargo de una mediadora especializada.

En términos generales la mediación permitió acordar los días y horarios que cada progenitor compartiría con la hija, los gastos de escolaridad y vestimenta, la cobertura médica y una porción del valor del alquiler y de los gastos de limpieza de la vivienda habitada por la madre. Ese domicilio, de común acuerdo, fue declarado como la residencia principal de la niña.

Además, la mujer y el hombre se comprometieron a hacer una distribución extrajudicial de los bienes del matrimonio para presentar ese pacto directamente en el proceso judicial de divorcio.

Una vez sellado el acuerdo durante la reunión en el Cimarc, el Poder Judicial asumió el costo de los honorarios de la mediadora, mientras que cada uno de los progenitores tuvo la carga de abonar los honorarios de sus respectivas abogadas contratadas de manera particular. Sin embargo, el servicio en Río Negro permite que cuando una o ambas partes no tengan la posibilidad económica de contratar un abogado o abogada, puedan acudir a la Defensa Pública, que cuenta con equipos de Defensores y Defensoras especialmente asignados para esa tarea.

Cómo funciona

El sistema de mediación prejudicial obligatoria del Poder Judicial permite abordar de manera integral los conflictos familiares y buscar soluciones adecuadas para cada una de las aristas de esas problemáticas. Un diálogo facilitado por un o una profesional neutral, en condiciones de igualdad entre las partes, permite que a través de la mediación se diseñen soluciones «a medida» para cada grupo familiar. Así se evita, en una gran proporción de los casos, la llegada a una instancia de juicio en el fuero de Familia. Otra característica de esta valiosa herramienta de acceso a justicia es que permite incorporar al temario de la mediación las distintas problemáticas que puedan ir surgiendo durante el mismo proceso de diálogo.

Durante 2022 se sustanciaron 6.591 legajos de mediación en toda la provincia. Sustanciar un legajo significa que efectivamente se produce el diálogo entre las partes, en una o más reuniones presenciales o virtuales. De ese total de sustanciaciones, 4.414 conflictos alcanzaron soluciones mediante acuerdos de mediación.

Existen Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos en Viedma, Roca, Bariloche y Cipolletti. Además, existen Delegaciones de esos Centros en San Antonio Oeste, Sierra Grande, Villa Regina, Choele Choel, Allen, Río Colorado, El Bolsón, Cinco Saltos y Catriel.

Las direcciones, mails, teléfonos y nombres de referentes de cada organismo están disponibles en la sección Acceso a Justicia de la página web del Poder Judicial o directamente a través del link https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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Negó ser el padre, murió durante el juicio y una prueba de ADN confirmó la paternidad

Antes de su fallecimiento, los progenitores habían firmado un acuerdo sobre distintos aspectos, entre ellos el nombre con el que quedaría inscripta la niña.

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La búsqueda de una madre por la identidad de su hija comenzó con una respuesta negativa. Cuando la niña tenía cuatro meses, la mujer le comunicó al hombre con quien había mantenido una relación que era el padre. Él rechazó esa posibilidad. Le dijo que tenía un problema orgánico que le impedía tener hijos. Con ese argumento, no asumió la paternidad.

Frente a esa negativa, la mujer inició un recorrido para que su hija tuviera reconocida su identidad y su vínculo paterno. Recurrió al Poder Judicial y, en representación de la niña, promovió una acción de filiación. De esta manera, el fuero de Familia de Villa Regina ordenó una prueba genética para determinar si existía el vínculo biológico.

Antes de que el proceso llegara a una sentencia, el hombre falleció. La mujer informó su muerte en y presentó el acta de defunción. También acompañó un acuerdo que ambos habían firmado unos meses antes. Allí habían establecido, entre otras cuestiones, el nombre con el cual quedaría inscripta la niña.

Durante el trámite judicial se ordenó una extracción de muestras y el análisis molecular de ADN. La pericia del Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro determinó una probabilidad de vínculo biológico de paternidad superior al 99,99998 por ciento. El resultado no recibió objeciones de las partes.

El fallecimiento del hombre no impidió que el expediente continuara. Se suspendió la tramitación y se citó a sus herederos. Luego se ordenó la publicación de edictos y, ante la eventual existencia de sucesores, se designó un Defensor de Ausentes. La Defensoría Oficial asumió esa representación. Antes de la sentencia, el Defensor de Menores e Incapaces dictaminó que correspondía hacer lugar a la acción de filiación.

Con la prueba genética como elemento central, el fuero de Familia tuvo por acreditado que el hombre era el progenitor biológico de la niña. La sentencia destacó el valor de este tipo de estudios para establecer la denominada verdad biológica y señaló que el resultado obtenido aportaba una certeza casi absoluta sobre la paternidad.

El fallo también hizo lugar a la incorporación del apellido paterno. De acuerdo con lo que los progenitores habían pactado antes del fallecimiento del hombre, la niña llevará un apellido compuesto, primero el materno y luego el paterno.

La jueza ordenó librar oficio y testimonio al Registro Civil para que se modifique la inscripción correspondiente y dispuso que las costas del proceso sean soportadas en el orden causado.

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Entró por una ventana, golpeó a su ex pareja y la amenazó de muerte frente a sus hijos: Fue condenado a un año y dos meses de prisión

El hecho ocurrió un domingo al mediodía en Roca. La víctima estaba junto a sus tres hijos cuando su ex pareja irrumpió en la vivienda. Tras un llamado a la Policía, fue detenido.

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Un hombre fue condenado a un año y dos meses de prisión efectiva luego de reconocer su responsabilidad por un violento episodio ocurrido en General Roca, cuando ingresó por la fuerza a la vivienda de su ex pareja, la golpeó y la amenazó de muerte con un cuchillo frente a los tres hijos de la mujer.

El hecho ocurrió un domingo, alrededor de las 13.10, antes del inicio de las vacaciones de invierno. Según explicó la fiscal Natalia Pascual, el hombre ingresó a la casa a través de una ventana de una habitación, donde se encontraba su ex pareja junto a sus tres hijos, uno de ellos en común con el imputado.

Una vez dentro de la vivienda, se produjo la agresión contra la mujer. En ese contexto, el hombre tomó un cuchillo y la amenazó de muerte.

La situación terminó luego de que se realizara un llamado a la Policía. La intervención de los efectivos permitió que cesara la actitud del hombre y que fuera aprehendido en el lugar.

«Fue un llamado a la policía lo que permitió que la actitud del hombre cesara y que fuera detenido», explicó la fiscal. Al día siguiente se formularon los cargos y se solicitó la prisión preventiva, por lo que el acusado llegó detenido a la audiencia en la que finalmente se resolvió su condena.

Reconoció los hechos y aceptó la pena

Con la conformidad de la víctima, el Ministerio Público Fiscal solicitó una pena única de un año y dos meses de prisión efectiva. Tanto la Fiscalía como la Defensa Penal Pública renunciaron a los plazos procesales y, una vez conocida la resolución judicial, el hombre comenzó a cumplir la condena.

Asistido por el defensor penal público Juan Pablo Chirinos, el imputado reconoció ante el juez Maximiliano Camarda haber cometido los hechos. También aceptó la calificación legal y la pena acordada.

La condena fue dictada por los delitos de violación de domicilio, lesiones leves doblemente calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y amenazas calificadas, todo en concurso real.

El caso fue encuadrado además en las disposiciones de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Las pruebas que sustentaron la acusación

Entre los elementos reunidos durante la investigación se incorporaron la denuncia realizada por la víctima, un video en el que quedó registrada la agresión, el acta del procedimiento realizado por personal del Destacamento 177 y el certificado médico confeccionado por el Hospital de General Roca.

También intervinieron el Gabinete de Criminalística y profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quienes realizaron una evaluación de riesgo.

A esto se sumaron entrevistas a vecinos y un informe elaborado por el Cuerpo de Investigación Forense (CIF) de la Segunda Circunscripción Judicial.

Con el reconocimiento de los hechos y la aceptación de la pena, el proceso quedó resuelto y el hombre ya cumple la condena de un año y dos meses de prisión efectiva.

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Ampliaron la acusación contra los 11 imputados por una asociación ilícita que operaba en el Alto Valle y prorrogaron las medidas cautelares

5 de ellos continuarán en prisión preventiva y otros 2 permanecerán con tobillera electrónica.

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Este martes (11/08) se desarrolló en General Roca una audiencia en la que el Ministerio Público Fiscal reformuló y precisó la acusación contra 11 imputados, entre ellos un adolescente de 16 años, en el marco de una investigación por una asociación ilícita que habría actuado en distintas ciudades del Alto Valle y Neuquén.

La nueva instancia judicial se produjo luego de los resultados obtenidos a partir de distintas pericias, entre ellas el análisis de los teléfonos celulares de las personas señaladas como presuntos integrantes de la organización.

Los dispositivos fueron peritados por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel), organismo dependiente de la Procuración General. Según explicó la Fiscalía, los informes permitieron obtener datos que ubicaron a los imputados en los lugares donde se produjeron distintos hechos investigados.

A partir de esos elementos, la fiscal jefe Belén Calarco y la fiscal del caso Verónica Villarruel solicitaron al juez de Garantías Gustavo Quelín que tuviera por reformulados los cargos contra los acusados como integrantes de una asociación ilícita.

La Fiscalía sostuvo que los hechos investigados se desarrollaron entre el 1 de octubre de 2024 y el 22 de diciembre de 2025, en un lugar no determinado con exactitud pero ubicable en General Roca.

De acuerdo con la acusación, los 11 imputados habrían acordado formar parte de una asociación ilícita destinada a cometer delitos indeterminados contra la seguridad y el orden público y contra la propiedad. La organización habría desarrollado actividades en Villa Regina, Allen, General Roca, Cipolletti y Neuquén capital, con una pluralidad y diversidad de maniobras y una distribución de tareas caracterizada, según la Fiscalía, por estabilidad y permanencia en el tiempo.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal detalló además qué función habría cumplido cada uno de los integrantes dentro de la organización y sumó dos hechos ocurridos en Cipolletti.

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con el adolescente de 16 años. Las defensas cuestionaron su incorporación a la asociación ilícita, mientras que la Fiscalía lo identificó como partícipe.

El juez explicó que existe una diferencia respecto de la situación del menor, dado que no se le atribuye la participación directa en ninguno de los 14 hechos imputados. Sin embargo, aclaró que la asociación ilícita constituye un delito autónomo y que una persona puede formar parte de ella sin intervenir necesariamente en los robos concretos.

En ese sentido, señaló que pueden existir tareas preparatorias o de colaboración destinadas a posibilitar la concreción de los hechos, sin que necesariamente quien las realiza participe directamente en cada uno de los delitos.

Durante la audiencia, la Fiscalía también solicitó la prórroga de todas las medidas cautelares y del plazo de la investigación penal preparatoria hasta el 10 de diciembre.

El pedido contó con el acuerdo de la Fiscalía y de los abogados defensores, tanto particulares como los representantes de la Defensa Penal Pública, Estela Aroca Alvarez y Juan Pablo Chirinos. El juez Quelín hizo lugar a la solicitud.

Además, pese a la oposición planteada por algunos defensores, el magistrado autorizó la realización de ruedas de reconocimiento.

¿Cuál es la situación de los acusados?

Con la resolución adoptada este martes, quedaron prorrogadas las prisiones preventivas de 5 imputados. Otros 2 continuarán bajo medidas cautelares con tobillera electrónica. A su vez, 2 imputados permanecen detenidos en prisión preventiva en el marco de otra causa.

Los 2 restantes continúan sujetos a medidas cautelares consideradas suficientes para garantizar los fines del proceso.

De esta manera, al día de la fecha, 10 personas mayores de edad y un adolescente de 16 años continúan vinculados a la causa con formulación de cargos.

Uno de los imputados ya había aceptado su responsabilidad y cumple una condena, que fue unificada en 13 años de prisión.

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