Seguinos

Judiciales

Indemnización para consumidora: La informaron al Veraz por la supuesta deuda de un servicio que nunca contrató

Figuraba a su nombre un servicio impago de una empresa de televisión satelital en la provincia de Mendoza.

el

Una empresa de televisión satelital deberá indemnizar a una mujer por generarle una deuda por un servicio que ella nunca contrató y por informar esa supuesta falta de pago al Veraz. Por figurar en ese registro de deudores, varios comercios se negaron a darle créditos para consumo para el hogar.

La señora presentó la demanda ante el Juzgado Civil N° 5 de Roca, que condenó a la empresa a indemnizarla por daño moral y también por daño punitivo. Este último es una multa prevista por la Ley Nacional de Defensa del Consumidor para casos de graves incumplimientos por parte de proveedores de bienes y servicios.

Apenas la mujer supo que figuraba en el Veraz se comunicó con la empresa. Así supo que había a su nombre un servicio impago en un domicilio de la provincia de Mendoza, donde ella jamás vivió. En el juicio civil, la empresa dijo que ella había contratado el servicio pero no presentó ninguna prueba que demostrara esa relación. A pesar de haber sido intimada a aportar esa documentación, la empresa nunca la entregó, por lo que el juez aplicó una presunción legal: consideró «inexistente» la contratación y con ello cualquier deuda reclamada en ese sentido.

El fallo explicó que «debió ser la demandada la que acredite la celebración del contrato de servicio con la actora». Sin embargo «nada dice dicha parte sobre la modalidad de contratación, esto es, si fue presencial, a distancia, fuera del local comercial, o mediante medios electrónicos». Lo único que se presentó fueron facturas a nombre de la mujer por «un servicio que se habría brindado en la localidad de Godoy Cruz, provincia de Mendoza», un lugar donde la señora nunca vivió, según pudo demostrar con testigos.

«Al no existir contrato entre las partes, la facturación, la deuda y la información brindada por la demandada a la base de datos de deudores carecen de causa legítima», concluyó el juez.
La responsabilidad civil de la empresa derivó de su «conducta antijurídica», por «alegar una contratación inexistente para generar facturación indebida e información a base de datos de deudores».

La indemnización por daño moral valoró que la mujer tuvo que hacer múltiples reclamos, incluida una carta documento de la que jamás tuvo respuesta. La empresa sólo respondió cuando tuvo que contestar la demanda en el juzgado. Recién entonces «puso en cero la deuda e informó al Veraz para que se la excluya como deudora», afirmando que era una demostración de su «buena fe».

«Ello implica que para la actora debió transcurrir un plazo de aproximadamente tres años y el inicio de una acción judicial para obtener alguna respuesta de la demandada, teniendo en cuenta que la carta documento fue remitida en julio de 2019 y la demanda fue contestada en mayo de 2022», detalló la sentencia.

También se valoró que la mujer supo por casualidad de «la existencia de una deuda por un servicio que no contrató» y que esa información falsa «le generó dificultades para obtener créditos personales y tuvo que destinar tiempo y dinero para realizar reclamos sin obtener resultado alguno».

Por el daño punitivo el fallo aplicó una multa de 10 canastas básicas y declaró que se habían violado los derechos de información y trato digno que la mujer tenía como consumidora.

El juez analizó con dos hipótesis la «particular gravedad» del caso. Por un lado, si fue un error y el contrato se celebró con otra persona, existieron «fallas en la verificación de la identidad de la co-contratante que no pueden permitirse a una empresa profesional como la demandada, que cuenta con todos los medios técnicos, económicos y jurídicos suficientes para adoptar las precauciones del caso». Por otro lado, «si el contrato directamente no se celebró, la situación sería aún más grave, porque la deuda se habría generado sin causa alguna, con el riesgo que ello conlleva para la población en general que podría ser víctima de este tipo de situaciones».

La sentencia no se encuentra firme, puesto que fue apelada por la empresa.

Judiciales

La Fiscalía pidió declarar responsable a un hombre por el abuso sexual de su suegra

El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio de la mujer. La Fiscalía sostuvo su acusación con testimonios familiares y pericias psicológicas.

el

En el marco de los alegatos de clausura del debate oral, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare responsable penal a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su suegra, una mujer de 79 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2025 en el domicilio de la víctima.

La fiscal Julieta Villa sostuvo durante su exposición que el imputado ingresó a la vivienda simulando intenciones familiares y que, según la acusación, aprovechándose de la confianza y de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la agredió.

Para fundamentar el pedido de responsabilidad penal, la Fiscalía presentó durante el debate el testimonio de la propia víctima y las declaraciones de su nieta, su hija, su hijo y una amiga.

Según expuso la acusación, estos testimonios permitieron acreditar las revelaciones inmediatas realizadas por la mujer, su estado de shock inicial y la posterior admisión de los hechos que habría realizado el acusado ante integrantes de su entorno familiar.

También declaró la psicóloga Virginia Ansola, integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien expuso sobre el impacto emocional sufrido por la mujer.

A su vez, intervino una especialista del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), quien ratificó en audiencia la veracidad del relato, descartó fabulaciones y confirmó la presencia de un cuadro de trauma psíquico severo.

La Fiscalía encuadró la conducta atribuida al imputado como abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Por su parte, el defensor particular solicitó la absolución de su asistido.

Concluidos los alegatos de las partes, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Maximiliano Camarda y Oscar Gatti dará a conocer su veredicto el próximo martes (13/10) a las 12.00.

Continuar leyendo

Judiciales

Formularon cargos a un conductor de 71 años por la muerte de un motociclista en Roca

Según la acusación, el imputado realizó un giro a la izquierda de manera antirreglamentaria e interrumpió la trayectoria de la motocicleta que conducía la víctima.

el

La Fiscalía formuló cargos este miércoles (07/10) contra un conductor de 71 años por un siniestro vial ocurrido en junio pasado en la intersección de las calles Félix Heredia y 9 de Julio de General Roca, en el que murió Ezequiel Alfredo Giles.

Según explicó la representante fiscal Victoria Bou Abdo, el hecho ocurrió alrededor de las 18.00 horas, cuando el imputado circulaba en una camioneta en sentido norte-sur y realizó una maniobra de giro a la izquierda hacia 9 de Julio.

De acuerdo con la acusación, el giro fue realizado de manera antirreglamentaria e imprudente, interrumpiendo la trayectoria de la motocicleta que conducía Giles, quien avanzaba en sentido contrario.

«Debido a la repentina obstrucción de la calzada, Ezequiel Giles no pudo evitar la colisión e impactó contra el lateral de la camioneta», explicó la fiscal. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió un traumatismo encéfalocraneano grave que le provocó la muerte en el lugar.

Para sustentar la formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal presentó las actas del procedimiento policial, el croquis del lugar, el certificado médico de defunción y el resultado negativo del test de alcoholemia realizado al imputado.

También se incorporaron entrevistas a testigos, informes de la Dirección de Tránsito Municipal, peritajes mecánicos realizados sobre ambos vehículos, un relevamiento fotográfico y la pericia accidentológica del Gabinete de Criminalística de General Roca.

La Fiscalía atribuyó al hombre la calificación legal provisoria de “homicidio culposo cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”.

El defensor penal público Gustavo Viecens, quien asiste al imputado, no presentó objeciones a la formulación de cargos.

Luego de escuchar a la querella, que acompañó el pedido fiscal, la jueza Natalia González tuvo por formulados los cargos y estableció en cuatro meses el plazo de investigación penal preparatoria.

Continuar leyendo

Judiciales

Comenzó el juicio por la muerte de Horus, el perro que recibió dos disparos en Roca

La Fiscalía sostuvo que el acusado actuó deliberadamente para lastimar al animal, mientras que la defensa afirmó que no están acreditados los requisitos necesarios para considerar el hecho como delito.

el

Comenzó en los Tribunales de General Roca el juicio en el que se debate la responsabilidad penal de un hombre acusado de efectuar dos disparos contra Horus, el perro de sus vecinos, en agosto de 2024. Como consecuencia de las heridas, el animal murió en una veterinaria donde intentaron salvarle la vida.

Durante la primera jornada del debate declaró, en primer término y asistido por la Defensa Penal Pública, el imputado.

Luego fue el turno de la mujer que era cuidadora y tutora de Horus. Durante su declaración identificó distintos momentos del hecho a partir de la reproducción de las cámaras de seguridad de la vivienda.

Más adelante declaró el hijo de la mujer, quien junto con ella trasladó al perro hasta una veterinaria ubicada en calle Jujuy al 1900. Allí, el médico veterinario constató que Horus tenía dos heridas de arma de fuego y realizó una cirugía con el objetivo de salvarle la vida.

Después de un cuarto intermedio declaró el arquitecto Gabriel Tonón, integrante de la Unidad de Reconstrucción de los Cuerpos Especiales de Investigación del Ministerio Público.

El especialista explicó el informe elaborado a partir de distinta documentación incorporada a la causa. Entre los elementos analizados se encontraban la planimetría confeccionada por el Gabinete de Criminalística, fotografías del perro, el resultado de la pericia balística, imágenes de cámaras de seguridad particulares y el diagnóstico del médico veterinario.

Toda esa información fue incorporada por el profesional al programa 3DMax de Autodesk, una herramienta de diseño tridimensional que permitió generar objetos a escala y posicionarlos en una representación del lugar donde ocurrió el hecho.

Posteriormente declaró el hijo del denunciante, quien relató la situación atravesada por su familia y la exposición policial realizada.

También brindó su testimonio un médico del Cuerpo de Investigación Forense de la Segunda Circunscripción Judicial, quien se refirió a la evaluación realizada sobre una lesión que presentaba uno de los testigos.

El bloque de testimonios se cerró con las declaraciones de la esposa y otro de los hijos del imputado, ofrecidos como testigos por la Defensa Penal Pública.

Los planteos de las partes

Durante los alegatos de apertura, la Fiscalía sostuvo que la utilización de un arma de fuego resultó injustificada y desproporcionada frente a un conflicto de convivencia.

El fiscal del caso, Marcelo Ramos, afirmó que el imputado «actuó de manera deliberada con ánimo de causarle daños a Horus sin causal de justificación».

Por su parte, los defensores penales públicos Miguel Salomón y Máximo Ballvé plantearon una posición diferente y cuestionaron que estén acreditados los elementos necesarios para considerar que existió un delito.

La defensa hizo referencia a un antecedente del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro relacionado con la muerte del perro Byron, ocurrido en General Roca, y sostuvo que en ese caso el máximo tribunal provincial señaló la necesidad de probar la existencia de perversidad y no solamente enunciarla.

«En este caso, como en el de Byron, vamos a insistir en la inocencia de nuestro asistido pues se trata este también de un hecho atípico», señalaron los defensores.

La acusación

El hecho llevado a juicio por la Fiscalía y la querella ocurrió en agosto de 2024, aproximadamente a las 17.15, en la vereda del domicilio del imputado.

Según la acusación, el hombre salió de su vivienda con un arma de fuego semiautomática calibre .22, la amartilló y efectuó al menos dos disparos a corta distancia dirigidos hacia Horus, un perro macho de color blanco y marrón.

Para la Fiscalía, la acción fue desplegada deliberadamente con el objetivo de lastimar y causar sufrimiento al animal.

Como consecuencia de las heridas, Horus agonizó durante aproximadamente tres horas y finalmente murió en la clínica veterinaria, pese a los esfuerzos realizados por el profesional para salvarle la vida.

El debate continuará el jueves (08/10) a las 8.00, cuando se escuchen los alegatos de clausura de las partes. Luego, la jueza de juicio Verónica Rodríguez contará con los elementos del debate para resolver sobre la responsabilidad penal o no del imputado.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement