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Sociedad

Planes de ahorro: Un fallo determinó que hubo captación mediante engaños

Un hombre fue engañado para ingresar a un círculo de ahorro de 84 cuotas. Él pretendía adquirir un cero kilómetro de forma directa con la entrega de un dinero y alguna financiación.

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En un caso de Cipolletti, un hombre fue engañado para ingresar a un círculo de ahorro de 84 cuotas. Él pretendía adquirir un cero kilómetro de forma directa con la entrega de un dinero y alguna financiación. Le prometieron que los formularios del plan eran solo un trámite burocrático para poder adjudicar el vehículo. Hizo juicio y consiguió un resarcimiento.

El proceso del hombre engañado ya transitó las dos instancias judiciales en el fuero Civil de Cipolletti. Hubo un fallo de primera instancia que fijó una indemnización en favor del consumidor y después, en la apelación, rechazaron los argumentos de las empresas demandadas.

El damnificado recibió un primer llamado telefónico en el que le ofrecieron un Renault Sandero con la promesa de entrega en 45 días. Cómo él tenía algo de dinero aceptó el ofrecimiento con una financiación para la cancelación total.

En la cadena de comercialización intervinieron cuatro sociedades: no solo la empresa automotriz, sino la compañía que comercializa sus planes de ahorro y otras dos entidades. Una de ellas, la que contactó telefónicamente al consumidor, no contestó la demanda civil y fue declarada en rebeldía.

El hombre hizo la transferencia del dinero y espero el envío de los formularios que debía firmar para la adjudicación del cero kilómetro.

Cuando pudo leer esos papeles, descubrió que se trataba de un plan de ahorro con 84 cuotas. Entonces hizo el reclamo, pero le pidieron que firmara igual ya que se trataba de una mera formalidad. Tiempo después comenzó a recibir los talonarios para abonar la cuota mensual.

El fallo consideró que estaba acreditada la cadena de comercialización entre las cuatro sociedades. La empresa que hizo las gestiones telefónicas con el cliente trabajaba para otra firma que es concesionaria oficial de Renault Argentina para quien opera Plan Rombo como administradora de los planes de ahorro como modalidad de colocación de los productos que fabrica. Por ello la sentencia condenó a las cuatro firmas intervinientes a indemnizar al consumidor por daño directo y daño moral.

«Entre la concesionaria y su colaboradora, captan los clientes que luego se suman a los planes de ahorro y acceden a la adquisición del bien que fabrica la empresa automotriz; y entre todos logran obtener cada uno su beneficio. Son todos sujetos vinculados en el mismo negocio, que completan la rueda que permite a los consumidores adquirir un bien automotor», surge de la sentencia.

Las pruebas aportadas durante el juicio civil demostraron que hubo un vicio en el consentimiento del damnificado, cuestión que se logró a través del engaño. También que falló el deber de información por parte del proveedor, quien está obligado a «a suministrar información al consumidor en forma cierta y detallada, respecto de todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, las condiciones de su comercialización y toda otra circunstancia relevante para el contrato».

Judiciales

Ordenan terminar con agravios en redes sociales y derivan un conflicto vecinal a mediación

El conflicto incluyó acusaciones públicas en Facebook y reclamos vinculados a una bicicleta.

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Un juzgado de Paz dictó medidas preventivas para poner fin a un conflicto vecinal que derivó en agravios públicos y publicaciones ofensivas en redes sociales. Para apaciguar la escalada de violencia digital utilizó la Ley Contravencional, que permite resoluciones más rápidas ante situaciones de menor gravedad.

La actuación se inició a partir de una denuncia presentada por una mujer contra otra vecina, a quien acusó de hostigarla en la vía pública y de publicar mensajes agraviantes en Facebook. La calificaba de «chorra». Según la denunciante, los comentarios también fueron replicados en páginas de amplia difusión local.

El origen del conflicto estaría vinculado a una bicicleta que permaneció en la chacra de la señora que inició la demanda. En una audiencia realizada posteriormente, la mujer denunciada sostuvo que le «prestó» ese rodado, pero luego alegó que «nunca me la pagó». Además, reconoció haber realizado publicaciones injuriantes en redes sociales y se comprometió a eliminarlas.

La jueza de Paz de Conesa recordó que la Ley Contravencional de Río Negro establece que, antes de continuar con una acción de instancia privada, las partes deben recurrir a mecanismos autocompositivos como la mediación o la conciliación para intentar recomponer los intereses afectados y restablecer la paz social.

Como medida cautelar y preventiva, ordenó que ambas partes se abstengan de protagonizar incidentes, proferir agravios o realizar reclamos personales, tanto en espacios públicos como privados. También dispuso que no efectúen comentarios ni publicaciones en redes sociales que puedan generar hostilidad, degradación o humillación hacia la otra parte.

Asimismo, resolvió remitir las actuaciones al Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC) para que intervenga en la búsqueda de una solución consensuada.

La resolución advirtió que el incumplimiento de las medidas podrá dar lugar a la aplicación de sanciones previstas por la legislación contravencional, entre ellas amonestaciones, prohibiciones de concurrir a determinados lugares, trabajo comunitario, multas o arresto.

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Judiciales

Entregó una Ranger con infracciones de tránsito y el Juzgado de Paz lo condenó a reintegrar los gastos

El fallo condenó al hombre a pagar más de $400.000 por la multa de tránsito, más los intereses.

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Una concesionaria recibió una Ford Ranger usada como parte de pago por la venta de una camioneta 0 km. Todo parecía encaminado hasta que la empresa intentó transferir el vehículo a su nombre. El trámite quedó trabado por deudas e infracciones anteriores a la entrega de la unidad.

La empresa automotriz reclamó al vendedor que regularizara la situación, pero no obtuvo una solución. Con la transferencia paralizada, la firma terminó por pagar una infracción de tránsito y los intereses punitorios de patente para poder avanzar con la inscripción registral. Finalmente la sociedad anónima inició una demanda de menor cuantía.

El Juzgado de Paz de General Enrique Godoy hizo lugar a la acción por el reintegro de las sumas que la empresa debió afrontar para completar la transferencia registral del vehículo usado.

La concesionaria afirmó que, ante la negativa del hombre a regularizar la situación, tuvo que abonar una multa de tránsito para destrabar la transferencia. Además, señaló que la demora generó intereses punitorios por deuda de patente.

Previamente, realizó reclamos extrajudiciales, tanto telefónicos como mediante cartas documento. Incluso se desarrollaron instancias de mediación sin alcanzar un acuerdo. Finalmente, decidió efectuar los pagos por su cuenta y se reservó el derecho de reclamar posteriormente el reintegro de esas sumas.

Durante el trámite judicial, el hombre fue debidamente notificado, pero no se presentó a la audiencia ni contestó la demanda. En virtud de las reglas procesales aplicables a los procesos de menor cuantía, esa ausencia produjo el reconocimiento de los hechos narrados por la empresa.

El juez de Paz analizó, además, la documentación presentada y la prueba informativa incorporada al expediente.

Entre los elementos valorados se encontraron informes registrales, cartas documento intercambiadas entre las partes y la declaración del gestor que intervino en la transferencia del vehículo. Esa prueba permitió corroborar que el dominio registraba deudas que obstaculizaban la inscripción y que la firma efectivamente realizó gestiones y pagos para superar esos impedimentos.

Al evaluar los rubros reclamados, el magistrado consideró plenamente acreditado el pago de la infracción de tránsito. También entendió probado el reclamo por intereses punitorios derivados de la deuda de patente.

Como resultado, el fallo condenó al hombre a pagar más de $400.000 por la multa de tránsito, más los intereses. Finalmente, se dispuso la notificación de las partes y se informó que la sentencia puede ser apelada dentro del plazo legal previsto.

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Roca

Avanza el plan de bacheo en Roca con obras en distintos puntos de la ciudad

Las cuadrillas municipales trabajan actualmente sobre calle La Plata y prevén avanzar en otros sectores durante los próximos días.

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El Municipio de General Roca continúa desarrollando el Plan Integral de Bacheo y Recuperación Vial con nuevas intervenciones en distintos sectores de la ciudad, en el marco de las acciones destinadas a mejorar la transitabilidad y reforzar la seguridad vial.

Durante las últimas semanas, las cuadrillas municipales realizaron reparaciones de paños de pavimento de hormigón en diversos puntos considerados estratégicos para la circulación urbana. Los trabajos se llevaron adelante en las intersecciones de Canadá y España, Canadá y Don Bosco, Canadá y Neuquén, además de Paraguay al 1146, Vintter y La Plata, San Martín y La Pampa, Santa Cruz y Moreno, Mitre y Chacabuco, Chile al 645, España al 306, 9 de Julio y Mendoza, y Rawson y República del Líbano.

Actualmente, los equipos trabajan sobre calle La Plata, entre Bahía Blanca y Paraná, donde se ejecutan tareas de demolición de sectores deteriorados, preparación de la base y posterior reconstrucción de la calzada.

Desde el Municipio adelantaron que en los próximos días las obras continuarán en República del Líbano y José Ingenieros, República Dominicana y Resistencia, y Canadá y Maipú.

Las autoridades destacaron que «este tipo de intervenciones requiere una importante logística y el traslado de maquinaria pesada, como retroexcavadoras, minicargadoras, motocompresores y camiones. Por ese motivo, en algunos casos se concentran varias tareas sobre una misma arteria para optimizar recursos y tiempos de ejecución».

Finalmente, se solicitó a conductores y peatones «extremar las precauciones al circular por los sectores intervenidos y respetar el vallado y la señalización dispuesta para garantizar la seguridad de los trabajos».

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