Judiciales
Muerte de Byron: A dos años del crimen, el STJ confirmó absolución del acusado
El animal murió como consecuencia de una fuerte patada, El acusado fue condenado y luego absuelto.

Este jueves 21 de septiembre se cumplen dos años de la muerte del perro Byron, un hecho que conmocionó a toda la comunidad por la violencia del hecho ocurrido esa noche del inicio de la primavera, en la plaza de la calle Mitre casi Avenida Roca, de nuestra ciudad.
A partir de este hecho agrupaciones proteccionistas radicaron una denuncia penal, acompañadas por abogadas animalistas. Se realizó un juicio y el imputado por haber atacado a patadas al animal, fue condenado en primera instancia en el contexto de la ley de Maltrato Animal pero después un Tribunal de Impugnación lo absolvió.
Este martes (19/9) se conoció la decisión del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que confirmó la absolución que había dictado el primer Tribunal de Impugnación.
Cuando el caso llegó al máximo órgano, la acusación estaba encuadrada como “matar por espíritu de perversidad”. Tras analizar los fundamentos, concluyó que esa circunstancia no había sido establecida. Tampoco podría ser probada en un eventual nuevo juicio, por lo que correspondía no dilatar el procedimiento.
El STJ nuevamente priorizó la necesidad de otorgar una rápida solución a los procesos penales.
Todo comenzó el 21 de septiembre de 2021. Un hombre paseaba por una plaza céntrica de Roca con un cachorro en sus brazos, cuando intempestivamente apareció Byron, un perro de gran tamaño. Según declaró, la persona se asustó, temió por la integridad de su cachorro y le propinó al can una o dos patadas que causaron su muerte por heridas internas. El suceso quedó filmado.
En el caso de Byron, la sentencia del STJ, primero estableció las limitaciones procesales y su relación con garantías constitucionales. Luego profundizó sobre las dos interpretaciones posibles del concepto de “perversidad” y concluyó que ninguna de las dos hipótesis podría ser probada en un eventual nuevo juicio.
STJ: Una primera interpretación, que equipara perversidad con “matar sin motivo”, se descartó porque “el imputado no buscó atacar sin más; fue una reacción, cierto que sin medida, ante un motivo; y nada indica que tuviera algún tipo de animosidad contra los perros, dado que estaba paseando uno”.
Una segunda interpretación, que equipara el concepto de perversidad con “matar por placer”, también fue descartada. En este punto se valoró que desde el inicio del caso, incluso en la primera sentencia en la que el imputado había sido condenado, se demostró que la agresión al perro fue un hecho “aislado y circunstancial” en la vida del acusado.
También se señaló que en el video presentado como prueba al juicio, se ve que el joven “se quedó en el lugar con el otro perro en brazos, mientras su acompañante llamaba a un veterinario, y que volvió sobre sus pasos sin continuar la agresión contra Byron más allá de que éste todavía se mantenía en pie”.
STJ: «La decisión de absolver no implica considerar que la respuesta (del imputado) fue la correcta, todo lo contrario”. Pero la ley 14.346 en su artículo 3 establece como requisito para que alguien pueda ser condenado por matar que esto sea consecuencia de un ánimo perverso del acusado y esto no había sido acreditado.
Judiciales
Confirmaron la identidad del hombre hallado sin vida en el Canal Grande
El cuerpo ya fue entregado a la familia y la investigación continúa.

El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción Judicial confirmó este mediodía (17/12) la identidad del cuerpo hallado el viernes pasado por la mañana en el Canal Grande de General Roca. Se trata de Jorge Roberto Candia, un hombre de 73 años, oriundo de la ciudad de Allen, cuyos restos ya fueron entregados a su familia para su sepultura.
Según se informó oficialmente, la identificación fue posible tras los análisis realizados por el Cuerpo de Investigación Forense, una vez concretada la autopsia. El procedimiento se había visto demorado durante aproximadamente 72 horas, debido al avanzado estado de descomposición del cuerpo, que llevaba varios días en el agua al momento del hallazgo.
El cuerpo fue encontrado alrededor de las 8 de la mañana del viernes (12/12), en el Canal Principal de Riego, en la zona de Gelonch y Kennedy, luego del aviso de vecinas y vecinos que transitaban por el sector. En el lugar trabajaron efectivos policiales, Bomberos Voluntarios y personal del Gabinete de Criminalística, quienes llevaron adelante las primeras diligencias.
Desde el Ministerio Público Fiscal aclararon que aún no se han informado las causas del fallecimiento, y que la investigación continúa en curso para determinar las circunstancias que derivaron en la muerte del hombre.
Judiciales
Formularon cargos y dictaron prisión preventiva a un hombre que atacó con un cuchillo a policías y a otro hombre en la zona del Aeropuerto
Uno de los efectivos permanece internado tras sufrir lesiones graves.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos este martes (16/12) a un hombre acusado de protagonizar dos hechos violentos ocurridos el domingo (14/12) por la noche en la zona del Aeropuerto Arturo Illia de General Roca, en los que habrían resultado lesionados integrantes de la Policía de Río Negro y otro hombre, todos atacados con un arma blanca. En la misma audiencia, se dispuso su prisión preventiva, por lo que continuará detenido.
Según la acusación fiscal, el primer hecho ocurrió cuando el imputado, junto a otro hombre, habría agredido con un cuchillo a una persona, quien tras el ataque se trasladó por sus propios medios al Hospital Francisco López Lima. Allí, la víctima dio aviso a las autoridades, lo que permitió iniciar las actuaciones de prevención.
El segundo episodio se produjo momentos después, cuando personal de la Comisaría 47º de J.J. Gómez logró dar con el presunto autor. Al intentar identificarlo, el hombre habría atacado nuevamente con un arma blanca a los efectivos policiales, provocando lesiones de distinta gravedad.
La Fiscalía calificó legalmente los hechos como lesiones leves en relación al primer ataque. Por el segundo episodio, imputó atentado a la autoridad agravado por haber puesto manos en la autoridad, en concurso ideal con lesiones leves respecto de uno de los empleados policiales, y lesiones graves en relación al otro efectivo, todas agravadas por haber sido cometidas contra miembros de una fuerza de seguridad, conforme a los artículos 45, 54, 55, 238 inciso 4, y 89 en función del 92 con remisión al 80 inciso 8 del Código Penal.
Entre los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público Fiscal se encuentran actas de procedimiento de las Comisarías 21º y 47º, la denuncia penal, historias clínicas de las tres víctimas, acta de allanamiento, croquis referencial, entrevistas, informes del Cuerpo de Investigación Forense sobre las lesiones sufridas por uno de los policías y el parte de internación en terapia intensiva del otro efectivo.
En función del riesgo procesal y la posibilidad de entorpecimiento de la investigación, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del imputado. La defensa penal pública se opuso al pedido, pero finalmente el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dictó la prisión preventiva por el plazo de dos meses.
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La Justicia ratificó la detención preventiva de Axel Araneda, acusado de la muerte de cuatro personas en la Ruta N° 22
La Fiscalía sostuvo que el imputado cuenta con capacidad económica, antecedentes penales y riesgo concreto de fuga, lo que impide una pena condicional.

Esta mañana (16/12), la Justicia rechazó el pedido de la defensa particular para que se le concedan medidas cautelares menos gravosas a Axel Araneda, el joven imputado por homicidio culposo cuádruplemente agravado, y resolvió que continúe detenido en prisión preventiva.
El planteo fue formulado por el defensor del acusado, quien solicitó la morigeración de la detención. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal se opuso al pedido y la jueza interviniente resolvió en el mismo sentido que lo sostenido por la fiscalía.
Durante la audiencia, la fiscal jefa explicó que los informes requeridos a la Brigada de Investigaciones permitieron acreditar la capacidad económica de Araneda, a partir del análisis de perfiles de redes sociales de acceso público, tanto del acusado como de su pareja. Según detalló, en las imágenes y videos se observa un estilo de vida que incluye viajes y vacaciones en el exterior, vehículos de alta gama, además de los tres teléfonos celulares que llevaba al momento del hecho -dos de ellos iPhone- y el $1.000.000 en efectivo que tenía en su poder esa mañana.
«Todo lo enumerado hace presumir la capacidad económica del imputado y nos habla de las posibilidades que tiene para darse a la fuga y sustraerse del accionar de la Justicia», sostuvo la Fiscalía.
Desde el Ministerio Público Fiscal también se hizo referencia a un antecedente condenatorio en el fuero federal, señalando que, en caso de recaer condena en este legajo, no podría acceder a una pena de ejecución condicional, lo que incrementa el riesgo de fuga.
Finalmente, la jueza interviniente resolvió confirmar en todos sus términos la decisión adoptada por la jueza de Garantías el pasado 23 de noviembre, cuando se realizó la formulación de cargos y se dictó la prisión preventiva.
«Agrego que la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal cuenta con cuatro agravantes, por lo que no podemos pensar en una pena condicional en caso de condena», expresó la magistrada. Además, indicó que «existe riesgo de fuga, condicionado por los antecedentes del imputado, la expectativa de una pena superior al mínimo y los medios económicos a su disposición, aunque no sean propios, que podrían facilitar la evasión de la Justicia».
De esta manera, el hombre acusado como autor de homicidio culposo cuádruplemente agravado -por conducir un vehículo automotor a exceso de velocidad, bajo los efectos de estupefacientes, con un nivel de alcohol superior a 500 miligramos por litro de sangre y por la cantidad de víctimas fatales- continuará detenido en prisión preventiva.









