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Le cobraron consumos que no hizo y tuvo que sacar un préstamo para pagar: Condenan al banco

El hombre sacó un crédito porque le habían debitado más de la mitad del sueldo.

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A un hombre de Viedma el banco le descontó más de la mitad del sueldo por consumos que no realizó. A pesar de sus reclamos, tuvo que sacar un préstamo para poder afrontar los gastos. La tarjeta le dio la razón, pero el banco siguió adelante y ahora deberá indemnizarlo por los daños sufridos.

Todo comenzó cuando al cliente le llegó el resumen de la tarjeta con 12 gastos que no había hecho. Además, figuraban adhesiones a débitos automáticos. Inmediatamente llamó a Visa, donde le reconocieron que los consumos no habían sido realizados por el usuario, le dieron de baja el plástico y le enviaron uno nuevo.

Entre los consumos figuraban débitos automáticos a varios meses. La tarjeta le informó que el ‘stop debit’ debía tramitarlo de forma directa con el Banco Hipotecario, por ser la entidad financiera que manejaba dichas operaciones.

Buscó en internet y allí encontró un teléfono 0810. Realizó 8 llamadas. En una de ellas se le informó que el trámite debía concretarse por homebanking, cuestión que intentó numerosas veces sin éxito.

A pesar de los reiterados reclamos, se le volvió a cobrar el débito automático. Aún cuando la tarjeta ya le había dado la razón, el banco le descontó la totalidad del monto de los consumos impugnados.

Como esos gastos no realizados implicaban más de la mitad de su sueldo, debió sacar un préstamo en el mismo banco, en 12 cuotas y con una alta tasa de interés.

En la práctica, según la denuncia, el banco «además de no accionar a los fines de defenderlo de ese cobro extra, le cobra una tasa de interés anual para otorgarle un préstamo, a los fines de cubrir su propia ineptitud».

Expresó que la tarjeta «reaccionó de forma positiva, atenta y rápida, otorgando todas las soluciones que podía en el momento, quedando únicamente a solucionar frenar el débito automático de la tarjeta de crédito, tarea encomendada al Banco Hipotecario».

Por su parte, la entidad crediticia afirmó que «posee un sistema sencillo que puede gestionar el propio cliente desde Home Banking o Banca Móvil con la opción detener débito automático, en el menú de tarjeta de Crédito». También «tiene la opción de comunicarse al Centro de Atención al Cliente, al 0810-222-7777, de lunes a viernes de 8 a 20 hs».

En el expediente intervino el área de Informática Forense del Poder Judicial. Utilizando un dispositivo móvil se accedió sitio web del banco y utilizando la funcionalidad provista en el dispositivo se realizó grabación de la pantalla. Concluyó que «accediendo al home banking vía navegador web no es posible realizar ‘stop debit’ de las tarjetas de crédito».

Tras analizar la prueba, el juez civil de Viedma tuvo por acreditado que el usuario «se comportó diligentemente respecto de la cuestión acaecida con su tarjeta de crédito, al formular el reclamo no solo ante Prisma sino también ante la demandada».

Concluyó que «se le debitó un saldo de consumos cuestionados con resultado favorable por parte de Prisma». Se trató de un «descuento sin causa».

Acreditado el incumplimiento, el juez analizó si el crédito que tomó el cliente fue para saldar esa deuda. Tras analizar la documentación, concluyó afirmativamente. El hombre sacó el préstamo porque le habían debitado más de la mitad del sueldo.

De esta manera, condenó al Banco Hipotecario por un triple daño: moral, punitivo y emergente. Por cada rubro corresponde una indemnización.

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Condenaron a cuatro policías por agredir y amenazar a dos adolescentes en Roca

El hecho ocurrió el 15 de junio de 2024 en un playón deportivo del barrio Alta Barda. El policía considerado autor recibió 3 años de prisión en suspenso, mientras que los otros tres fueron condenados a penas de entre 24 y 30 meses.

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Cuatro empleados policiales fueron condenados a penas de prisión en suspenso por un hecho ocurrido con dos adolescentes en un playón deportivo del barrio Alta Barda, en General Roca. El policía considerado autor recibió una pena de tres años de ejecución condicional, mientras que los otros tres fueron considerados partícipes necesarios y recibieron condenas de entre 24 y 30 meses.

La sentencia fue dictada por los jueces Oscar Gatti, Emilio Stadler y Verónica Rodríguez. Según lo resuelto, el funcionario policial declarado autor fue quien llevó adelante las conductas agresivas contra las víctimas y les profirió amenazas con un arma.

Durante el debate, las defensas penal pública y particular solicitaron modificar la calificación legal propuesta por la Fiscalía. El planteo fue admitido por el Tribunal. Posteriormente, durante la etapa de cesura, insistieron en que las penas requeridas por la acusación eran elevadas.

La defensora penal pública Flavia Rojas explicó que, en el caso de una de sus asistidas, la pretensión fiscal no contemplaba su historia personal ni los testimonios que la describían como una persona pacífica. También destacó que las dos mujeres involucradas habían reclamado al policía considerado autor que cesara su accionar contra los adolescentes.

Por su parte, el defensor Juan Pablo Chirinos sostuvo que no existían elementos para justificar una pena de cumplimiento efectivo y pidió que se contemplaran la situación familiar y las responsabilidades de cuidado de su asistido.

El hecho por el que los policías llegaron a juicio ocurrió el 15 de junio de 2024, entre las 2.05 y las 4.30. Los imputados se movilizaban en una camioneta policial tipo pick up mientras prestaban funciones en la Comisaría 47° de J.J. Gómez. En ese contexto, llegaron a un playón deportivo del barrio Alta Barda, donde se produjeron las acciones investigadas contra dos adolescentes.

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Pidieron más de 4 años de prisión para la mujer que atacó a la ex pareja y 3 años y medio para su cómplice

La agresión ocurrió en abril de 2025 en una vivienda de San Juan al 2200.

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Tras haber sido declarados culpables por atacar a la ex pareja de la mujer en abril de 2025, en General Roca, un hombre y una mujer esperan conocer las penas que deberán cumplir. La Fiscalía solicitó 4 años y 6 meses de prisión efectiva para ella y 3 años y 6 meses para él.

El fiscal Daniel Zornitta requirió al Tribunal que condene a la mujer como autora de lesiones graves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima. Para el hombre pidió 3 años y 6 meses de prisión como partícipe necesario de las lesiones graves.

Durante sus alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que ambos atacaron a la víctima por la espalda, impidiéndole defenderse. También señaló que el objetivo era causarle daño y remarcó que su vida corrió riesgo, ya que un amigo debió trasladarlo al hospital local, donde fue internado inmediatamente en terapia intensiva.

Zornitta también hizo referencia a las consecuencias que dejó la agresión. Explicó que las lesiones le impidieron a la víctima trabajar con normalidad y lo obligaron a cerrar su taller. Además, mencionó el informe de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien indicó que el hombre continúa con un alto grado de vulnerabilidad y temor, al igual que integrantes de su familia.

Durante la audiencia de cesura realizada este lunes (02/11) declararon la víctima, quien también había brindado su testimonio durante el debate de responsabilidad penal, y Virginia Ansola, psicóloga de la OFAVI del Ministerio Público. También lo hicieron familiares y conocidos de los autores del hecho, por parte de las defensas particulares.

El Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Maximiliano Camarda, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler, dará a conocer la sentencia el próximo miércoles 11 de noviembre al mediodía en los Tribunales roquenses.

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Una mediación permitió resolver el contacto de una madre detenida con su hijo y autorizar viajes al exterior

El acuerdo establece comunicaciones por Zoom tres veces por semana, sujetas a las condiciones del establecimiento penitenciario. También contempla una autorización para que el padre pueda viajar con el niño fuera del país hasta que cumpla 18 años.

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Una mujer que se encuentra privada de su libertad en General Roca acordó, mediante una mediación, un nuevo régimen de comunicación con su hijo. El entendimiento establece que podrán mantener contacto a través de videollamadas por Zoom tres veces por semana, de acuerdo con las condiciones del establecimiento penitenciario.

El encuentro se realizó en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC) de Roca. El padre participó de manera presencial, mientras que la madre intervino por videollamada desde el establecimiento donde permanece alojada. El proceso estuvo dirigido por una mediadora oficial.

El objetivo fue modificar un régimen de comunicación acordado anteriormente y establecer una modalidad que permitiera sostener el vínculo entre la mujer y su hijo, pese a las limitaciones derivadas de su situación de detención.

Durante la audiencia, el padre manifestó su conformidad con que el niño mantenga contacto con su madre y propuso dos franjas horarias por la tarde para realizar las comunicaciones: de 17 a 18 o de 18 a 19, según su disponibilidad laboral.

La puesta en marcha del régimen dependerá de las disposiciones del establecimiento penitenciario. Su Centro de Monitoreo deberá coordinar los días, horarios y enlaces de las videollamadas mediante una plataforma digital.

La mediación también permitió resolver otra cuestión familiar: la madre otorgó una autorización general para que el niño pueda salir del país acompañado por su padre hasta alcanzar la mayoría de edad. Como parte del acuerdo, el hombre se comprometió a informar las fechas y los destinos de cada viaje.

Las partes solicitarán la homologación judicial del acuerdo para formalizar la autorización de viaje y poner en funcionamiento la nueva modalidad de comunicación. Hasta que se concrete ese trámite, continuará vigente el régimen anterior.

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