Río Negro
Aguas Rionegrinas habilitó un número de WhatsApp para reclamos
El nuevo servicio brindará mayor agilidad en la respuesta.

Aguas Rionegrinas incorporó un nuevo canal de comunicación para que, a partir de ahora, las y los usuarios puedan realizar sus reclamos, tanto por el servicio de agua como de cloacas.
Mediante el número de Whatsapp 2920402808, un chatbot guiará en el trámite a quienes se comuniquen, de forma simple e intuitiva. Una vez finalizado el proceso se recibirá un número de reclamo con el que se podrá hacer el seguimiento del inconveniente.
En forma paralela, el Centro de Atención al Usuario de Aguas Rionegrinas informará a la localidad correspondiente para que la cuadrilla pueda acercarse al lugar y resolver la situación.
Este sistema se suma al 0800 999 24827, que continúa funcionando en forma activa.
Actualmente, la empresa cuenta con un equipo de seis operadores dedicados a atender las consultas telefónicas, quienes están disponibles de lunes a viernes, desde las 7 de la mañana hasta las 9 de la noche y los sábados, domingos y días feriados, desde las 8 hasta las 21 horas.
Río Negro
Plan crónicos de IPROSS: Cómo acceder a descuentos de hasta el 70%
Los beneficios se aplican únicamente a quienes hayan realizado el trámite de empadronamiento.

Con la nueva cobertura de medicamentos ambulatorios ya activa en farmacias de toda la provincia, los afiliados de IPROSS con enfermedades crónicas deben estar debidamente empadronados para acceder a los descuentos correspondientes. Se trata de un requisito permanente para garantizar la cobertura adecuada de estos tratamientos.
La actualización incluye mejoras significativas en los niveles de cobertura: hasta un 50% para medicamentos ambulatorios (patologías agudas) y hasta un 70% para medicamentos destinados a enfermedades crónicas. En este último caso, los beneficios se aplican únicamente a quienes hayan realizado el trámite de empadronamiento.
¿Qué significa estar empadronado?
Estar empadronado implica registrar formalmente ante IPROSS la condición crónica del afiliado, con el aval médico correspondiente. Es un paso indispensable para acceder a los beneficios específicos que contempla la obra social para este grupo de pacientes.
¿Cómo se realiza el empadronamiento?
El trámite se debe gestionar en la delegación de IPROSS correspondiente, presentando el Formulario de Solicitud de Tratamiento para Patologías Crónicas, disponible en http://ipross.rionegro.gov.ar. Este formulario debe ser completado por el médico de cabecera e incluir:
Historia clínica o resumen del estado actual del paciente
- Estudios de laboratorio (con una antigüedad no mayor a seis meses)
Detalle de la medicación requerida
Estudios médicos que respalden el diagnóstico
Este procedimiento permite al organismo validar la situación de salud y asegurar una cobertura acorde a las necesidades del tratamiento.
Ante cualquier duda o situación de emergencia, se recuerda que se puede comunicar al Centro de Atención, que funciona todos los días de 8 de la mañana a 2 de la madrugada. Los canales disponibles son el 0800 333 4776 y el WhatsApp 2920 475511, donde podrán recibir asistencia y respuestas a sus consultas.
Próximamente, más información disponible en la web de IPROSS
En las próximas semanas, IPROSS habilitará en su sitio web una nueva sección donde los afiliados podrán consultar el monto cubierto para cada medicamento. Esta herramienta permitirá tomar decisiones informadas y refuerza el compromiso del organismo con una mayor transparencia en el acceso a los tratamientos.
Judiciales
La Provincia deberá indemnizar por omitir medidas de seguridad: Una pared abandonada cayó sobre dos adolescentes en Río Colorado
El hecho ocurrió en el año 2019 en un barrio de una localidad rionegrina.

Dos chicos resultaron heridos cuando una estructura de ladrillos, perteneciente a un antiguo obrador de obra pública, se desplomó sobre ellos en el barrio 80 Viviendas de Río Colorado. La pared había quedado en pie luego de que el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) recepcionara la obra, sin adoptar ninguna medida de seguridad. El juez del fuero Contencioso Administrativa de Roca atribuyó responsabilidad exclusiva al organismo estatal por omisión del deber de cuidado.
El hecho ocurrió en octubre de 2019, tres semanas después de que el IPPV firmara la recepción provisoria del complejo habitacional ejecutado en el marco del Programa Federal Techo Digno. El predio incluía un obrador construido por la empresa contratista para tareas auxiliares, depósito de materiales y uso del personal. Tras la entrega de la obra, la empresa ECA S.A. quedó desvinculada del lugar y el IPPV asumió la posesión material del inmueble.
El lugar permaneció abierto, sin cercos perimetrales, sin vigilancia, sin señalización y sin ningún dispositivo que restringiera el ingreso de personas ajenas. Vecinos declararon que la estructura permaneció varios días con paredes en pie, en condiciones precarias. También relataron que distintas personas retiraron ladrillos y otros elementos sin control, lo que debilitó la estabilidad de la construcción.
Uno de los niños debió ser hospitalizado y posteriormente intervenido quirúrgicamente por una rotura de ligamentos. El informe pericial determinó lesiones óseas en la columna lumbar. El diagnóstico psicológico confirmó la existencia de daño emocional con un grado de incapacidad del 20%. El otro menor resultó con lesiones leves, sin incapacidad física ni psicológica.
La demanda de daños y perjuicios fue impulsada por las madres de ambos chicos. Reclamaron la responsabilidad de la empresa constructora y del Estado provincial. El magistrado analizó el contrato de obra pública, la normativa provincial aplicable (Ley 5339) y los pliegos de condiciones legales y técnicas. Estableció que la empresa contratista había entregado formalmente la obra, que no se le realizaron observaciones sobre el obrador al momento de la recepción, y que a partir de ese acto dejó de tener control, posesión o facultades sobre el predio.
En cambio, consideró probado que el IPPV asumió la posesión del inmueble, que conocía la existencia del obrador, y que no tomó ninguna medida para preservar su integridad, impedir el ingreso de personas ajenas ni desmantelar la estructura. La inacción estatal fue encuadrada como falta de servicio por omisión.
Destacó que el Estado, al encontrarse en posición de garante de la seguridad del predio, tenía la obligación de impedir el acceso o de eliminar las fuentes de riesgo. También descartó el eximente por hecho del damnificado, al considerar que el ingreso de los menores de edad al lugar sin señalización ni control fue consecuencia directa del abandono estatal.
En su defensa, el IPPV sostuvo que no resultaba propietario del terreno donde se ubicaba la estructura. Sin embargo, el juez rechazó esa defensa por contradicción con los propios pliegos licitatorios, donde se reconoce que el Estado entrega al contratista el uso precario del inmueble. La falta de dominio tampoco exime de responsabilidad cuando el ente estatal ejerce poder de hecho sobre un bien, más aún cuando lo utiliza para fines públicos.
La empresa constructora, por su parte, fue desvinculada del proceso. El juez entendió que la responsabilidad por el control del obrador cesó con la recepción provisoria de la obra. Tampoco se acreditaron vicios ocultos ni defectos constructivos que pudieran justificar una responsabilidad residual.
La sentencia impuso al IPPV el pago de indemnizaciones por daño emergente, lucro cesante, daño moral y gastos médicos. También se reconoció el derecho al reintegro de erogaciones futuras para tratamiento psicológico, aunque limitado a un año.
El fallo ponderó informes médicos, psicológicos, declaraciones testimoniales y documentación administrativa del IPPV. Se valoró además el informe pericial realizado por una psicóloga oficial y un médico forense, quienes constataron secuelas físicas y emocionales atribuibles al accidente.
Río Negro
La Legislatura de Río Negro aprobó el histórico acuerdo por Vaca Muerta Sur
Se trata de un paso fundamental para que el proyecto del oleoducto Vaca Muerta Sur se traduzca en inversiones reales, empleo y desarrollo para todas las regiones de la provincia.

La Legislatura de Río Negro aprobó por amplia mayoría el acuerdo entre el Gobierno provincial y el consorcio de empresas VMOS S.A., un paso fundamental para que el proyecto del oleoducto Vaca Muerta Sur se traduzca en inversiones reales, empleo y desarrollo para todas las regiones de la provincia.
Con el acompañamiento legislativo, el Gobierno de Río Negro avanza para que la obra energética más importante del país, que unirá Vaca Muerta con la costa atlántica rionegrina, tenga un impacto directo en la vida de los rionegrinos.
La aprobación no solo valida el acuerdo firmado por el gobernador Alberto Weretilneck, sino que permite al Ejecutivo consolidar una estrategia de desarrollo productivo pensada para generar trabajo, infraestructura y oportunidades en el presente y el futuro.
Un acuerdo que garantiza beneficios concretos
El entendimiento con VMOS, un consorcio integrado por YPF, PAE, Vista, Pampa Energía, Chevron, Shell y Pluspetrol, prevé aportes inéditos para Río Negro:
- USD 60 millones por desarrollo territorial, a pagar por única vez.
- USD 40 millones anuales durante 13 años como aporte comunitario.
- USD 14 millones anuales en concepto de cánones por uso de espacio público.
- Tasas específicas para control, fiscalización y cuidado ambiental.
Además, el acuerdo asegura la estabilidad fiscal del proyecto por 30 años y la implementación de un sistema de monitoreo ambiental permanente en el Golfo San Matías, con participación de universidades, INVAP y otros organismos técnicos.
Durante la reunión plenaria realizada esta semana, equipos técnicos de la Secretaría de Energía y Ambiente, la Agencia de Recaudación Tributaria y la Fiscalía de Estado expusieron ante legisladores los alcances del acuerdo, explicando punto por punto su impacto para la provincia. El gobernador Alberto Weretilneck instruyó personalmente la defensa del proyecto con el objetivo de garantizar un control público activo y transparente en cada etapa de la obra.