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Río Negro

Peligra la atención oftalmológica para afiliados al IPROSS

La Asociación que nuclea a los oftalmólogos rionegrinos denuncia atrasos en los pagos y falta de actualización en los valores.

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La Asociación de Oftalmólogos de Río Negro (AORN) dio a conocer la crítica situación que atraviesa la atención medica para afiliados a IPROSS en toda la provincia, debido a «los atrasos significativos en los plazos de pago que la obra social continúa manteniendo a 90 días o más, la no actualización de valores de las prestaciones médicas y por último, los débitos injustificados en la facturación que se aplican desde septiembre del año pasado».

«La crisis se profundiza en un contexto donde la escalada inflacionaria impacta directo en la provisión de insumos con los que diariamente trabajan los profesionales», agregaron desde AORN.

«Los pagos de las prestaciones que realiza IPROSS se establecen a 90 días o más, con lo cual resulta insostenible mantener y tolerar estos plazos en la coyuntura actual que atraviesa el país. A ello se suma el hecho de que el valor de las prácticas no ha sido actualizado, lo que provoca un desafío diario poder afrontar el ejercicio de la actividad, teniendo en cuenta que en oftalmología la totalidad de los insumos son importados, ya sea descartables, medicamentos, prótesis, y la compra y mantenimiento de los aparatos que se utilizan para desarrollar la profesión y brindar atención de calidad», añadieron desde la Asociación.

«Si bien, desde la AORN se ha solicitado una actualización del orden del 25%, aún así los valores se mantienen congelados», indicaron.

«A todo lo expuesto se agrega el acto injustificado que IPROSS ejecuta al retener un porcentaje de la facturación que corresponde abonar a los y las profesionales. El débito del 5% corresponde a un procedimiento administrativo que fija la obra social para corroborar que la factura emitida se corresponda con la prestación brindada. Ese monto una vez auditado debe ser devuelto a los prestadores de la especialidad, junto con el pago correspondiente a los servicios. Sin embargo, pese a los reclamos realizados aún no se han devuelto las retenciones efectuadas desde septiembre del año pasado a marzo de este año, que suman casi $17.000.000, así como tampoco se ha dado respuesta sobre las causas que originan el retraso de dichas devoluciones, incurriendo en una falta grave», explicaron desde la Asociación de Oftalmólogos.

«Es por ello que la extensión en los plazos de pago de las prácticas, las retenciones injustificadas en la facturación mensual de los y las profesionales y el congelamiento de los honorarios en un contexto inflacionario, no hacen más que desanimar los esfuerzos que los y las profesionales realizan para mantener la atención médica y pone en riesgo la cobertura oftalmológica para los miles de afiliados y afiliadas que IPROSS posee en la provincia», concluyeron.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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