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Río Negro

Peligra la atención oftalmológica para afiliados al IPROSS

La Asociación que nuclea a los oftalmólogos rionegrinos denuncia atrasos en los pagos y falta de actualización en los valores.

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La Asociación de Oftalmólogos de Río Negro (AORN) dio a conocer la crítica situación que atraviesa la atención medica para afiliados a IPROSS en toda la provincia, debido a «los atrasos significativos en los plazos de pago que la obra social continúa manteniendo a 90 días o más, la no actualización de valores de las prestaciones médicas y por último, los débitos injustificados en la facturación que se aplican desde septiembre del año pasado».

«La crisis se profundiza en un contexto donde la escalada inflacionaria impacta directo en la provisión de insumos con los que diariamente trabajan los profesionales», agregaron desde AORN.

«Los pagos de las prestaciones que realiza IPROSS se establecen a 90 días o más, con lo cual resulta insostenible mantener y tolerar estos plazos en la coyuntura actual que atraviesa el país. A ello se suma el hecho de que el valor de las prácticas no ha sido actualizado, lo que provoca un desafío diario poder afrontar el ejercicio de la actividad, teniendo en cuenta que en oftalmología la totalidad de los insumos son importados, ya sea descartables, medicamentos, prótesis, y la compra y mantenimiento de los aparatos que se utilizan para desarrollar la profesión y brindar atención de calidad», añadieron desde la Asociación.

«Si bien, desde la AORN se ha solicitado una actualización del orden del 25%, aún así los valores se mantienen congelados», indicaron.

«A todo lo expuesto se agrega el acto injustificado que IPROSS ejecuta al retener un porcentaje de la facturación que corresponde abonar a los y las profesionales. El débito del 5% corresponde a un procedimiento administrativo que fija la obra social para corroborar que la factura emitida se corresponda con la prestación brindada. Ese monto una vez auditado debe ser devuelto a los prestadores de la especialidad, junto con el pago correspondiente a los servicios. Sin embargo, pese a los reclamos realizados aún no se han devuelto las retenciones efectuadas desde septiembre del año pasado a marzo de este año, que suman casi $17.000.000, así como tampoco se ha dado respuesta sobre las causas que originan el retraso de dichas devoluciones, incurriendo en una falta grave», explicaron desde la Asociación de Oftalmólogos.

«Es por ello que la extensión en los plazos de pago de las prácticas, las retenciones injustificadas en la facturación mensual de los y las profesionales y el congelamiento de los honorarios en un contexto inflacionario, no hacen más que desanimar los esfuerzos que los y las profesionales realizan para mantener la atención médica y pone en riesgo la cobertura oftalmológica para los miles de afiliados y afiliadas que IPROSS posee en la provincia», concluyeron.

Judiciales

Más de 100 causas de Defensa del Consumidor ingresaron solo al fuero Civil en lo que va de 2025

Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos.

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En los primeros 6 meses del año, los Juzgados y unidades jurisdiccionales Civiles tramitaron 108 causas por denuncias de Defensa del Consumidor. Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos alcanzados entre las partes. Es una de las vías de ingreso, aunque no la única, de temas de consumo.

El fuero civil provincial cuenta actualmente con 16 organismos distribuidos en 8 ciudades: Viedma, San Antonio Oeste, Roca, Villa Regina, Choele Choel, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti. Desde estos organismos se tramitan procesos que van desde reclamos de consumidores hasta sucesiones, daños y perjuicios, ejecuciones y amparos, entre otros.

Existen otros organismos que también reciben denuncias de las y los consumidores como por ejemplo los juzgados de Paz, algunas oficinas municipales y las áreas de Defensa del Consumidor del poder Ejecutivo.

En el Poder Judicial de Río Negro, durante el primer semestre de 2025, el fuero Civil recibió 3.056 causas nuevas. En ese mismo período, dictó 2.213 sentencias que pusieron fin a los procesos, lo que refleja un alto nivel de resolución de expedientes. Entre los tipos de procesos más frecuentes se destacan las sucesiones intestadas (953 casos, 30% del total), los reclamos por daños y perjuicios (395) y los procesos ejecutivos (379), además de las denuncias de Defensa del Consumidor.

La Ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. Una relación de consumo es un vínculo que se establece entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor o usuario del mismo. Incluye el antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio.

Esta norma garantiza que las personas tengan derecho a recibir información cierta, clara y detallada sobre los productos o servicios, a ser tratadas de manera digna y equitativa, a obtener comprobantes de las operaciones y a contar con bienes y servicios que no representen riesgos para su salud o seguridad.

También regula aspectos clave como las garantías legales, los plazos de entrega, las condiciones de las compras por internet y la calidad en la prestación de servicios públicos esenciales.

La información estadística del fuero Civil forma parte de los informes semestrales realizados por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia. Las estadísticas permiten optimizar la toma de decisiones al apuntalar determinados fueros u organismos de acuerdo a la carga de trabajo.

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Política

«Un país no se construye abandonando las universidades y la salud»

Weretilneck habló tras los nuevos vetos de Milei a las leyes aprobadas en el Congreso y aseguró que no hubo ningún llamado del presidente.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, cuestionó con firmeza los vetos del presidente Javier Milei a leyes claves para el financiamiento de la educación, la salud pública y las provincias. Anticipó que en el Congreso se rechazarán estas decisiones. «Un país no se construye abandonando a las universidades, quitándole la salud a los niños y negándole a las provincias los recursos que les corresponden. Eso no es federalismo, es un castigo injusto», afirmó.

El mandatario provincial remarcó que los vetos dejaron sin efecto normas votadas por amplia mayoría en el Congreso: la ley de financiamiento universitario, la emergencia pediátrica y la redistribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). «Estamos hablando de derechos básicos: educación, salud y federalismo. No de privilegios», enfatizó.

En relación a los ATN, explicó que «son fondos que se descuentan de la coparticipación, es decir, de los impuestos que nos pertenecen a las provincias. No pedimos nada más que lo que corresponde: esos recursos son de los rionegrinos y deben volver en obras, en escuelas, en hospitales y en servicios para nuestra gente».

En diálogo con LU19, Weretilneck también advirtió que «no hubo ninguna convocatoria institucional a las provincias» por parte del Gobierno Nacional. «El diálogo que existió fue partidario, con gobernadores aliados a La Libertad Avanza. Exigimos un ámbito federal serio, con temario claro, donde estemos todas las provincias, no un encuentro político a puertas cerradas», sostuvo.

Finalmente, fue categórico. «Río Negro no se va a quedar en silencio frente a estas decisiones. Vamos a defender en el Congreso lo que corresponde a nuestra gente. Porque la defensa nace acá, en cada provincia, en cada universidad, en cada hospital que necesita recursos para seguir de pie», concluyó.

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Judiciales

Estuvo varado más de 12 horas sin agua ni asistencia: Condenan a empresa de transporte por trato indigno

El colectivo se quedó sin combustible a pocos kilómetros de Chimpay.

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Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande quedó varado en la ruta, sin agua ni comunicación, cuando el colectivo de larga distancia en el que se trasladaba se detuvo por falta de combustible a pocos kilómetros de la localidad de Chimpay. Horas más tarde, al retomar el viaje en otra unidad, el colectivo no se detuvo en el parador correspondiente y, luego de una discusión con los choferes, la persona fue obligada a descender a la intemperie, sin su equipaje.

Tras varios intentos administrativos para obtener una compensación por parte de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., y al no lograrlo, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.

En el fallo se explicó que el hombre abordó el colectivo interno 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario estipulado. Hacia el mediodía, a unos 15 kilómetros de Chimpay, la unidad se detuvo por falta de combustible. Las personas pasajeras permanecieron en el lugar hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados particulares hacia la terminal de esa localidad. Recién a las 22 horas llegó otra unidad para continuar el viaje.

Durante la madrugada siguiente, ya en las proximidades de Sierra Grande, el colectivo pasó de largo por el lugar donde la persona solía descender. Al pedir que se detuviera, el chofer la insultó y se negó a retroceder. Un segundo conductor, que no se encontraba de servicio, intervino en la discusión. Según el relato, descendió del vehículo con el torso descubierto y un cinturón en la mano, y obligó al pasajero a bajar, lejos de su destino y sin su valija.

Frente a esta situación, presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos denunciados y ofreció una suma compensatoria que fue rechazada por el cliente. Luego, las partes intentaron una instancia de mediación, sin resultados.

En su análisis, la jueza de Paz sostuvo que existió una relación de consumo encuadrada en la Ley 24.240 y en el Código Civil y Comercial. Señaló que el proveedor debe garantizar información clara, trato digno y cumplimiento del servicio contratado. También indicó que, ante la existencia de dudas, corresponde interpretar el contrato de manera más favorable a la persona usuaria.

El fallo consideró acreditada la situación de vulnerabilidad de la parte actora y concluyó que el accionar de la empresa vulneró los derechos protegidos por la normativa vigente. Además del daño material, el juzgado identificó una afectación moral relacionada con la angustia, el maltrato sufrido y la pérdida del equipaje.

La sentencia también impuso un resarcimiento en concepto de daño punitivo, al considerar que la empresa ignoró los distintos reclamos administrativos y obligó a la persona afectada a acudir al Poder Judicial para resolver el conflicto.

Finalmente, la magistrada condenó a la empresa Andesmar a pagar, en concepto de daño directo, la suma de $1.400.000; en concepto de daño extrapatrimonial, $200.000; y en concepto de daño punitivo, $200.000, más intereses.

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