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Sociedad

¿Qué se puede hacer durante la veda electoral?

Conocé las prohibiciones que establece el Código Nacional Electoral para el domingo, día de elecciones.

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Con motivo de las elecciones generales para presidente/a, vicepresidente/a y diputados/as nacionales de Argentina, a realizarse el domingo (22/10) próximo, rige la veda electoral prevista en el Código Electoral Nacional.

La Ley N° 19.945 -Código Electoral Nacional (Art. N° 71, 135 y 136)-, establece la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta 3 horas después de finalizado el acto eleccionario. Se autoriza a vender/expender bebidas alcohólicas hasta las 20 horas del sábado (2/10) y retomar la venta a las 21 horas del domingo (22/10).

Confiterías, bares, restaurantes o comercios afines, podrán abrir hasta las 18 horas del día de elecciones, únicamente bajo modalidad take away (retiro en puerta) o delivery. Luego de ese horario, se puede regresar a la actividad normal de cada local comercial, cumpliendo con la prohibición de venta de alcohol hasta las 21 horas.

Además queda prohibido admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial; los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado; tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas 3 horas del cierre de los comicios; ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino; a los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada; realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.

Asimismo, no se permite la apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de 80 metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.

A su vez, está prohibido publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta 3 horas después de su cierre.

Respecto a los juegos de azar, se impondrá prisión de 6 meses a 2 años a las personas que integren comisiones directivas de clubes o asociaciones, o desempeñen cargos en comités o centros partidarios, que organicen o autoricen durante las horas fijadas para la realización del acto comicial el funcionamiento de juegos de azar dentro de los respectivos locales. Con igual pena se sancionará al empresario de dichos juegos.

En cuanto al expendio de bebidas alcohólicas, la pena va de 15 días a 6 meses de prisión a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta 3 horas después de finalizado el acto eleccionario.

Río Negro

Ministerio de Salud invalidó caso sospechoso de intoxicación por fentanilo

El paciente evolucionó favorablemente y se confirmó que el cuadro no guarda relación con la partida de medicamentos contaminados.

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El Ministerio de Salud de Río Negro informó que, tras un exhaustivo análisis, se ha declarado inválido el caso sospechoso de intoxicación por fentanilo que había sido notificado a las autoridades nacionales.

La cartera sanitaria, en un ejercicio de transparencia y responsabilidad, había elevado la notificación del caso al Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica luego de que un paciente presentara un cuadro clínico compatible con un posible brote de enfermedad invasiva asociada a fentanilo contaminado.

Tras la investigación epidemiológica y el seguimiento clínico del paciente, así como los resultados de los análisis de laboratorio pertinentes, se confirmó que el cuadro no guarda relación con la partida de medicamentos contaminados. El paciente, que recibió atención en una institución privada de salud de Viedma, ha evolucionado favorablemente.

«El Gobierno de Río Negro mantiene la vigilancia activa sobre los stocks de medicamentos en el sistema de salud público y privado, en estrecha colaboración con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Se reitera que se ha completado el retiro preventivo de todas las ampollas del laboratorio en cuestión», destacaron desde la cartera sanitaria.

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Roca

48 vehículos fueron retenidos en los controles de tránsito de la última semana en Roca

De los test de alcoholemia realizados, 9 conductores dieron positivo.

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Como ocurre semanalmente en General Roca, inspectores municipales de Tránsito realizaron controles en distintos sectores de la ciudad con el objetivo de reforzar la seguridad vial tanto en la zona céntrica como en los accesos rurales.

Durante los operativos desarrollados entre el lunes 18 y el domingo 24 de agosto, se confeccionaron 220 actas de infracción. De ese total, 9 correspondieron a conductores que dieron alcoholemia positiva, lo que derivó en la retención preventiva de 6 vehículos. En paralelo, se efectuaron otras 42 retenciones por diferentes infracciones, alcanzando un total de 48 vehículos secuestrados: 44 motocicletas y 4 automóviles.

Las faltas más frecuentes detectadas fueron la falta de seguro obligatorio, la ausencia de licencia habilitante y el mal estacionamiento. Desde la Dirección de Tránsito remarcaron la importancia de cumplir con la normativa vigente para prevenir siniestros viales.

En este sentido, recordaron que en Roca rige la Ordenanza 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier vehículo con un nivel de alcohol superior a 0 mg/l de sangre. La infracción es considerada falta grave, con multas que van de 1.000 a 3.000 USAM ($1.000.000 a $3.000.000 al valor actualizado) e inhabilitación de la licencia. «Incluso pequeñas cantidades de alcohol aumentan el riesgo de choques; es fundamental evitar la ingesta o designar a un conductor responsable», remarcaron desde el área.

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Roca

Aumentó el Estacionamiento Medido y el valor de las multas en Roca

La media hora ahora tiene un costo de $200.

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El Municipio de General Roca informó que a partir de ayer lunes (25/08) entraron en vigencia los nuevos valores del Servicio de Estacionamiento Medido (SEM), de acuerdo con lo dispuesto por la Ordenanza 5072/25 y la Resolución 1840/25.

La actualización establece que la media hora de estacionamiento pasa a costar $200, mientras que el abono mensual tiene un valor de $28.500 y el trimestral de $68.500. En el caso de los comerciantes con locales dentro del radio del SEM, el abono mensual exclusivo quedó fijado en $20.300 y el trimestral en $47.200.

Además, se modificó el valor de la multa por falta de tarjeta de estacionamiento con pago espontáneo, que ahora asciende a $10.000. Desde el Ejecutivo Municipal remarcaron que «la tarifa vigente sigue siendo la más baja de la región y permite fraccionar el pago cada media hora».

Los ingresos que se generan a través del sistema de estacionamiento se destinan íntegramente al financiamiento de las Becas Municipales. Asimismo, recordaron a los usuarios que el servicio puede abonarse de manera sencilla mediante la aplicación para celulares o a través del portal web oficial del SEM Roca.

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