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Judiciales

Identidad de género: Abordaje interinstitucional facilita la cirugía de masculinización

La obra social le exigió algunos requisitos que no están indicados en la ley, aunque finalmente pudo superar las dificultades.

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La actuación coordinada de varios organismos del Estado sirvió para eliminar los obstáculos administrativos en una cirugía de masculinización. Un joven de Cipolletti primero ejerció su derecho para obtener un DNI conforme a su identidad de género. Luego inició una terapia de hormonización hasta que decidió someterse a una intervención quirúrgica. En ese momento, la obra social le exigió algunos requisitos que no están indicados en la ley, aunque finalmente pudo superar las dificultades.

La Ley 26.743 garantiza el goce de la salud integral, el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar el cuerpo, incluida la genitalidad, a la identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa. Además, establece que el sistema público de salud, ya sea estatal, privado o del subsistema de obras sociales, debe garantizar de forma permanente los derechos que la ley reconoce, y que todas esas prestaciones de salud quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio.

El joven de Cipolletti cambió primero sus datos en el Registro Civil y obtuvo un DNI conforme a su identidad. Luego comenzó a recibir el acompañamiento del consultorio inclusivo del hospital de Cipolletti.

El equipo de salud realizó el seguimiento de la terapia de hormonización. Sin embargo, advirtió que la obra social solo le reconocía la medicación al 70 por ciento. Cuando solicitó la cirugía de masculinización de torso, se encontró con una serie de obstáculos, como trámites y requisitos que no figuran en la ley de Identidad de Género, entre ellos, un certificado de salud mental.

El hospital de Cipolletti, a través del consultorio inclusivo; la Defensoría del Pueblo y el Poder Judicial trabajaron de forma coordinada para remover esos obstáculos.

El joven interpuso un amparo ante un Juzgado de primera instancia y con el primer pedido de informes a la obra social desaparecieron las barreras administrativas. No fue necesario avanzar en el trámite judicial, aunque el amparista dejó constancia en un acta, a modo de reconocimiento de derechos, del proceso que había transitado.

Las autoridades que intervinieron destacaron la importancia de un enfoque interinstitucional para garantizar los derechos fundamentales en el proceso de adecuación a la identidad de género autopercibida. La colaboración entre el Registro Civil y de Capacidad de las Personas, el sistema de salud, la Defensoría del Pueblo y el Poder Judicial fue fundamental para asegurar el acceso a la cirugía.

En el acta judicial el joven resaltó la necesidad de dejar constancia de los requerimientos efectuados por la obra social en post de la sensibilización, educación y coordinación entre las instituciones para facilitar un camino más libre y justo hacia la plena realización de los derechos de las personas transgénero.

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Denuncian a falsa médica por ejercicio ilegal de la medicina

Una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de Roca y Regina el presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

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El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General contra una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de General Roca y Villa Regina por presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

La medida se fundamenta en la detección de irregularidades en la documentación que la mujer presentó ante la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria para obtener su registro profesional.

Salud ya había procedido a la suspensión preventiva de la matrícula provincial en marzo. Esta acción se tomó luego de que se iniciara una investigación al detectar inconsistencias en el título de Médico Cirujano y la correspondiente convalidación, supuestamente otorgados por la Universidad de Los Andes (ULA), en Mérida, Venezuela.

«El Ministerio continuará colaborando con la Justicia aportando toda la documentación del legajo personal para que se determinen las responsabilidades penales correspondientes», destacaron desde la cartera de Salud rionegrina.

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Judiciales

Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca

La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

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La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.

La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.

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Judiciales

Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión

El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

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Foto: Archivo.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.

El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.

La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.

El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.

Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.

La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.

En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.

Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.

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