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Judiciales

Preparaba milanesas de pollo: No estaba registrada, reclamó y terminó despedida

Además atendía y limpiaba el local. Cuando empezó a exigir que se cumpliera sus derechos le pidieron que renunciara.

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Una mujer de Cipolletti promovió un juicio laboral luego de requerir, sin resultados, la registración de sus labores. Ella trabajó varios años en una pollería pero cuando empezó a exigir que se cumpliera sus derechos le pidieron que renunciara. Mediante el reclamo judicial logró cobrar lo que le correspondía.

La trabajadora hacía varias tareas en la pollería, no solo preparaba las milanesas sino que también trozaba, fileteaba y envasaba pollos para la venta. Cuando inició el juicio laboral presentó como testigos varias clientas que afirmaron haberla visto en pleno desempeño. Además atendía y limpiaba el local.

En la contestación de la demanda, la parte empleadora negó el vínculo laboral. Pero la prueba demostró lo contrario. La mujer prestó tareas por varios años, en distintos horarios. Aunque cuando exigió que se cumplieran sus derechos laborales se los negaron. «Andá a ver a mi abogado y renunciá», le respondieron.

Ella no se conformó con la respuesta y le mandó a los dueños de la pollería una carta documento en la que exigía la registración del vínculo laboral. Ante la falta de respuestas se consideró despedida.

En el juicio, la Cámara Laboral de Cipolletti confirmó que el procedimiento adoptado por la trabajadora fue el adecuado. «Entiendo que, efectivamente, la reclamante se ajustó a derecho al considerarse en situación de despido, por cuanto, no sólo respetó las formalidades que requieren la situación, sino que, ante la omisión de la debida registración, habiéndose probado la prestación de servicios, surge el paradigma de la injuria legitimante del despido indirecto, constituyendo causal de gravedad tal que, hace intolerable la continuidad del vínculo laboral», surge del fallo que fijó una indemnización a favor de la empleada.

La sentencia condenó a los propietarios del local y fijó una indemnización por antigüedad, por falta de preaviso, más el sueldo anual complementario y otras diferencias salariales, todos los rubros con intereses.

Además se aplicó una multa que duplica en un cincuenta por ciento las indemnizaciones por el hecho de obligar a la trabajadora a recurrir a la instancia judicial para percibir lo que le correspondía por ley.

Judiciales

Destruyeron en Roca más de 610 kilos de marihuana que eran evidencia de 104 causas judiciales

Más de 10 kilos correspondían a marihuana prensada y unos 600 kilos a plantas y material vegetal, entre tallos, cogollos y hojas secas.

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Más de 610 kilos de marihuana secuestrada en distintos operativos de la Policía de Río Negro fueron destruidos en General Roca, en un procedimiento realizado bajo supervisión de la Justicia Federal. La droga había sido acumulada como evidencia en 104 causas judiciales y fue eliminada del circuito de custodia luego de cumplirse las disposiciones correspondientes.

La destrucción se llevó a cabo en el Parque Industrial II, ubicado sobre la Ruta Provincial N° 6, con la participación de autoridades policiales y representantes del Ministerio Público Fiscal del fuero Federal.

Del total destruido, más de 10 kilos correspondían a marihuana prensada, mientras que unos 600 kilos eran plantas y material vegetal, incluidos tallos, cogollos y hojas secas. Los estupefacientes habían sido secuestrados en diferentes investigaciones desarrolladas en la región.

En el procedimiento participaron autoridades de la Unidad Regional II de la Policía de Río Negro y efectivos de las áreas especializadas en investigaciones relacionadas con el narcomenudeo. También intervinieron integrantes de Toxicomanía y Leyes Especiales y de las distintas divisiones dependientes de esa estructura.

La destrucción se concretó bajo supervisión de la Unidad Fiscal correspondiente, a cargo del auxiliar fiscal federal interino Facundo Daniel Lencinas, de acuerdo con las disposiciones establecidas por las Leyes Nacionales N° 23.737 y N° 20.785.

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Judiciales

Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años

Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

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La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.

La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.

A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.

Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.

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Judiciales

Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro

La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

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Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.

La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.

Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.

El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.

Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.

Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.

Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.

La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.

El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.

Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.

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