Judiciales
Le retuvieron el carnet por no pagar la cuota alimentaria
Fue luego de que la madre del menor realizara la denuncia correspondiente en la Justicia.

Un padre que adeuda la cuota alimentaria desde agosto de este año fue compelido a regularizar la obligación. Como medida razonable para asegurar el cumplimiento, una resolución del fuero de Familia de Cipolletti le suspendió y le retiró la licencia de conducir. En el expediente no surgieron bienes ni empleo en relación de dependencia.
El caso tramitó con la asistencia de la defensa pública, quién hizo una presentación en septiembre luego de que la madre denunciara el incumplimiento. Se consideró que la obligación alimentaria del progenitor emerge de la responsabilidad parental y que la omisión de pagar no es otra cosa que una vulneración a los Derechos Humanos de sus propios hijos.
Surge del expediente que la falta de prestación configura una violación a un derecho elemental básico del hijo y constituye un claro caso de violencia, desde el momento en que la ley provincial N° 4241, de Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares dispone en el artículo 8 inciso e que son considerados actos de violencia económica familiar: «aquellas acciones y conductas que impidan o restrinjan el ejercicio del derecho de propiedad, el acceso o administración de bienes, propios o gananciales, dinero, falta de cumplimiento adecuado de los deberes alimentarios que pongan en riesgo el bienestar o desarrollo de las personas o de sus hijos menores de edad».
Al padre lo intimaron a fines de agosto para que regularizara la deuda pero no se presentó ni cumplió con el pago. De todos modos, como no se aportó información respecto de algún trabajo en relación de dependencia o de bienes registrables a su nombre, la resolución estimó que la suspensión y retención del carnet de conducir era una medida razonable para compeler a cumplir con la prestación. Para ello se enviaron oficios a la municipalidad de Cipolletti y a la Policía de Río Negro.
Las demandas por alimentos en el fuero de Familia forman parte de los procesos más frecuentes. Lo que se pretende es garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes. Por ello la normativa contempla medidas para el cumplimiento de las cuotas alimentarias: embargos, subastas y suspensión de actividades. Cuando no es posible ubicar a las y los progenitores, la demanda puede dirigirse a abuelos y abuelas.
Además de las y los jueces de Familia, la defensa pública y la defensa de menores cumplen un rol preponderante en las causas por alimentos. Muchos de esos reclamos se resuelven a través de la mediación, que en Río Negro también es gratuita y obligatoria para determinados procesos.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.
Judiciales
Hallaron a tres adolescentes que eran intensamente buscados, pero siguen dos búsquedas activas en Roca
Siguen siendo intensamente buscados Cintia Campos y Axel Ezequiel Aguilar.

Durante el fin de semana, el Ministerio Público Fiscal encabezó distintas intervenciones vinculadas a denuncias por desaparición de personas en General Roca y Viedma, coordinando las tareas de búsqueda realizadas por efectivos de la Policía de Río Negro.
En General Roca se registraron cuatro denuncias durante el turno del fiscal Gastón Britos Rubiolo. Dos de ellas correspondieron a adolescentes alojados en el CAINA, cuya ausencia fue advertida por operadores de la institución el viernes (12/06) por la tarde.
Tras diversas diligencias, uno de los jóvenes fue encontrado el sábado (13/06) a las 20 horas en la vivienda de su madre, mientras que el otro regresó al espacio donde reside alrededor de las 21.30. Ambos continúan alojados en el centro.
Sin embargo, permanecen activas dos búsquedas en la ciudad. Una de ellas corresponde a Cintia Campos, cuya desaparición fue denunciada recientemente, aunque había sido vista por última vez el pasado 9 de junio. La mujer es de contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros, tiene tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro con rulos hasta los hombros.
También continúa la búsqueda de Axel Ezequiel Aguilar, de 1,75 metros de estatura, tez trigueña, ojos marrones oscuros y una cicatriz en la ceja derecha. La última vez que fue visto se encontraba en inmediaciones de las Rutas Provinciales N° 65 y N° 6. Vestía un jean cargo color mostaza y una parka negra.
Por otra parte, en Viedma se recibió una denuncia por la desaparición de un adolescente de 15 años. Su madre informó que había salido de su vivienda en bicicleta el domingo por la noche. Horas después, el joven regresó por sus propios medios a su hogar.
Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que el protocolo provincial de búsqueda establece la atención inmediata de toda denuncia por desaparición, ya que las primeras horas son fundamentales para aumentar las posibilidades de localización.
Judiciales
Levantan la tutela sindical de un trabajador municipal acusado de reiteradas inasistencias
La Cámara Laboral de Roca autorizó al Municipio de Chichinales a avanzar con un procedimiento disciplinario por ausencias injustificadas.

Un trabajador municipal tenía tutela sindical por su rol de delegado gremial. Esa protección le otorgaba un resguardo especial frente a sanciones laborales, pero el Municipio sostuvo que el hombre enfrentaba un problema disciplinario. Durante 2025 faltó a su lugar de trabajo en ocho oportunidades sin justificación.
Para la Municipalidad, las ausencias no constituyeron un hecho aislado, sino un patrón reiterado de incumplimientos que afectó la confianza depositada en el trabajador. También afectó el funcionamiento del servicio público. Por ese motivo, la comuna solicitó al Poder Judicial el levantamiento de la tutela sindical.
El fuero laboral de Roca hizo lugar a una demanda presentada por la Municipalidad de Chichinales. El fallo habilita al Municipio a avanzar con un procedimiento disciplinario y, eventualmente, aplicar una sanción vinculada con reiteradas inasistencias laborales que consideró injustificadas.
El expediente avanzó sin que el trabajador contestara. Ante esa falta de respuesta, el tribunal declaró su rebeldía procesal y consideró acreditados los hechos expuestos. Además, entendió que esos hechos resultaban verosímiles y que contaban con respaldo en la documentación presentada.
Entre los elementos valorados figuraron constancias del sumario administrativo, documentación laboral y antecedentes que acreditaban su condición de delegado sindical.
Al analizar el caso, la Cámara destacó la relevancia constitucional y legal de la tutela sindical como mecanismo destinado a proteger la actividad gremial y garantizar la libertad sindical. Sin embargo, señaló que esa protección no constituye una inmunidad absoluta frente al incumplimiento de obligaciones laborales.
El fallo remarcó que la garantía existe para resguardar el ejercicio de la representación sindical y no para impedir toda actuación disciplinaria cuando se atribuyen conductas ajenas a la actividad gremial.
La sentencia también precisó que el proceso de exclusión de tutela sindical tiene un alcance limitado. Su finalidad no consiste en aplicar directamente una sanción, sino en determinar si corresponde levantar la protección sindical para que el empleador pueda ejercer sus facultades disciplinarias. La eventual sanción y la discusión sobre su procedencia podrán ser objeto de otras instancias o planteos posteriores.
Sobre la base de la falta de contestación de la demanda, la documentación acompañada y la acreditación de la condición de delegado sindical, el tribunal concluyó que correspondía excluir al trabajador de la tutela sindical respecto de los hechos investigados. En consecuencia, autorizó al Municipio a adoptar la medida disciplinaria que considerara pertinente dentro del marco de sus facultades legales.








