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Judiciales

Adoptó «por integración» a la hija de su pareja, con la que convive hace casi tres décadas

Mantendrá el apellido de su papá biológico y se añadirá el de su progenitor adoptivo.

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Un fallo hizo lugar a la pretensión de «adopción por integración» de un hombre hacia la hija de su pareja. Llevan casados más de un cuarto de siglo. La hija hoy tiene casi 40 años. Entre las pruebas, presentaron fotos familiares tomadas con cámaras analógicas, que dan cuenta del vínculo afectivo. Mantendrá el apellido de su papá biológico y se añadirá el de su progenitor adoptivo.

El hombre conoció a su pareja 29 años atrás. Tres años después, se casaron. La mujer tenía una hija pequeña. En su pedido judicial, el señor expresó que «durante la convivencia y a medida que fue pasando el tiempo, la relación con la hija de su pareja se volvió cada vez más cercana, llegando a tener una rutina familiar organizada entre el trabajo, la escuela, los quehaceres, vacaciones, etc».

También indicó que con su pareja «no solo compartieron los cuidados necesarios de la niña, sino también el cariño y amor que se le brinda a un hijo». Hoy, «es un deseo de ambos que se brinde este reconocimiento al vínculo familiar que se ha construido y consolidado durante estos años».

El fallo pertenece al Juzgado Multifueros de San Antonio. La jueza en primer término explicó cual era la plataforma jurídica para enmarcar el caso. Recordó que el artículo 597 del Código Civil y Comercial dice que excepcionalmente puede ser adoptada la persona mayor de edad cuando se trate del hijo del cónyuge o conviviente de la persona que pretende adoptar o cuando hubo posesión de estado de hijo mientras era menor de edad, fehacientemente comprobada.

En el expediente constan fotografías que «permiten observar una dinámica familiar consolidada, cuyos integrantes -como toda familia- han compartido a lo largo del tiempo diferentes momentos, anécdotas y eventos importantes», dice el fallo.

El informe del Equipo Técnico Interdisciplinario señaló que los relatos de «no solo se desarrollan con términos amorosos sobre cada cual, sino que además aluden a mutua gratitud».

La hija, «pese a conocer y respetar su identidad biológica la cual lógicamente se mantiene incólume, ha encontrado» en la pareja de su mamá «una figura paterna -sin que ello implique un desplazamiento de su padre biológico».

«Así, naturalmente fue creciendo, y en dicha trayectoria se encontró con dos padres el biológico y el padre afín, cada uno ocupando diferentes lugares en su vida, pero brindando a lugares de afecto seguro, como debe hacerlo cualquier padre», destaca la sentencia.

Luego, considera las circunstancias de este tipo de resolución. «La adopción por integración no busca brindar una familia al niño que carece de ella sino de integrar al cónyuge o conviviente del/la progenitor/a. De allí que no son de aplicación los requisitos de guarda previa, ni la inscripción en el RUAGFA, ni es necesaria la diferencia de edad entre adoptante y adoptado, y tampoco la declaración de adoptabilidad», agrega.

«De esta manera, la adopción por integración pasa a conformar un tercer tipo con rasgos propios y regulación especial, y queda expresamente excluida de la definición al funcionar de manera inversa a la adopción de niños y niñas con derechos insatisfechos», expresa.

Explicó que «en este caso ya estamos frente a dos personas adultas y mayores de edad. Con este tipo adoptivo se pretende concretar jurídicamente lo que ya existe hace mucho tiempo en el plano de la realidad».

La hija también manifestó el deseo de adicionar el apellido de su padre adoptivo, sin suprimir el de su padre biológico. Por eso se ordenó la ratificación de la partida de nacimiento y el documento de identidad.

Judiciales

Caso Julián Dobra: un nuevo detenido por el crimen del joven roquense

El Ministerio Público Fiscal imputó a un joven de 18 años, acusado de participar en el homicidio ocurrido en abril pasado. Se convirtió en el octavo implicado en la causa.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un nuevo imputado acusado de haber participado en el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. El joven, de 18 años, fue detenido durante la mañana de este viernes (07/11) y se convirtió en el octavo acusado en la causa.

Según la hipótesis fiscal, el detenido formó parte del grupo que, entre las 19.48 y las 20.23, coordinó un encuentro con la víctima detrás de la defensa aluvional. Allí lo habrían engañado para concretar una reunión y posteriormente lo agredieron con golpes y un arma de fuego, provocándole las lesiones que derivaron en su muerte. Todo ello en el marco de un plan ideado por otro de los imputados.

De acuerdo con la acusación, el joven participó también del robo del automóvil de Dobra y del ingreso a su domicilio, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos utilizando la llave original.

La calificación legal atribuida es la de coautor de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego, en concurso real con hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída, agravados por la participación de menores de edad.

Durante la audiencia, la Fiscalía presentó pruebas que incluyen rastros levantados en el lugar del hecho, informes de cámaras del 911, pericias telefónicas y análisis biológicos, entre otros elementos.

El defensor oficial se opuso a la formulación de cargos y pidió medidas de protección para las víctimas, mientras que la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del acusado. El juez de Garantías hizo lugar al pedido del Ministerio Público, imponiendo la medida cautelar y recordando que la causa fue declarada compleja, lo que extiende el plazo de investigación hasta mayo de 2026.

Con esta nueva imputación, el caso que conmocionó a General Roca ya cuenta con 8 personas acusadas, entre mayores y menores de edad, por su presunta participación en el brutal homicidio.

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Por una apuesta familiar la inscribieron con otro nombre: 60 años después logró cambiarlo

El fallo consideró que existían “justos motivos” para el cambio, por el sufrimiento que le generó y por el uso habitual de su nombre elegido.

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Una mujer del Alto Valle logró una resolución histórica: el Poder Judicial de Cipolletti autorizó el cambio de su nombre, inscripto hace más de 6 décadas a raíz de una apuesta familiar.

La historia comenzó a principios de los años ‘60, cuando su padre acudió solo al Registro Civil para inscribirla. En la puerta, un primo lo desafió a anotarla con un nombre inusual, elegido al azar. El hombre aceptó la broma, sin imaginar que ese gesto definiría parte de la vida de su hija.

Desde niña, la mujer soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia abandonó la escuela para evitar oírlo en público y, ya de adulta, evitó todo trámite donde figurara su documento. «No tramitó pasaporte, ni tarjetas de crédito, ni se inscribió en su jubilación», indica el fallo. Incluso en su casamiento, escuchar su nombre en voz alta fue una experiencia dolorosa.

Durante décadas, se presentó socialmente con otro nombre -una inicial, ‘A.’, en los documentos judiciales-, el mismo que usó en su entorno, en redes sociales y en actividades artísticas. En agosto de 2025, inició una acción judicial para reemplazar los prenombres impuestos por el que la representaba realmente.

El pedido fue acompañado por testimonios, capturas de pantalla, certificados y un informe técnico interdisciplinario que concluyó que el cambio sería «una forma simbólica de reparación».

Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil avalaron el pedido. El tribunal de Familia consideró que existían «justos motivos» conforme al Código Civil y Comercial, que contempla la modificación cuando el nombre afecta la personalidad o cuando la persona usa habitualmente otro.

En noviembre de 2025, la Justicia ordenó eliminar los prenombres originales y rectificar su partida de nacimiento, reconociendo oficialmente su identidad elegida.

Después de 60 años de cargar con un nombre impuesto por una broma, la mujer consiguió finalmente llamarse como siempre quiso.

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Nuevos elementos del celular de la víctima reconfiguran la investigación por el crimen de Julián Dobra de la Canal

El juez de Garantías declaró la causa como compleja y extendió el plazo de investigación hasta mayo de 2026.

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El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción reformuló cargos en la causa que investiga el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. La medida se basó en nuevos elementos incorporados a la investigación, principalmente el análisis del celular de la víctima, que permitió precisar detalles sobre el hecho y las responsabilidades de cada imputado.

Según la hipótesis fiscal, el crimen ocurrió entre las 19.48 y las 20.23, en una zona ubicada detrás de la defensa aluvional. En ese lapso, cuatro hombres agredieron a la víctima con golpes y un arma de fuego, cumpliendo un plan previamente ideado por una quinta persona.

Dobra fue arrastrado y abandonado detrás de unos arbustos, donde finalmente falleció a causa de las lesiones en el cráneo. Posteriormente, los agresores se apoderaron de su automóvil y lo utilizaron para ingresar a su departamento, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos.

Además, se acreditó que un sexto implicado omitió brindar información sobre el paradero de la víctima pese a conocer lo ocurrido, mientras que un séptimo hombre ocultó el vehículo sustraído en una vivienda de calle Urquiza.

El análisis del celular, clave para el avance de la causa

El avance de la investigación se fortaleció a partir del trabajo técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, que logró acceder al contenido del celular de Dobra sin necesidad de enviarlo al exterior.

Del dispositivo se recuperaron más de 1.400 puntos de geolocalización, registros de llamadas, mensajes, videos e imágenes que vinculan directamente a los imputados entre sí y con la víctima.

La información fue cotejada con testimonios, informes del 911 y pericias previas, confirmando la hipótesis del Ministerio Público.

También se hallaron mensajes entre los acusados donde coordinaban acciones posteriores al homicidio, como ocultar el vehículo e incluso intentar incendiarlo.

7 imputados y causa declarada compleja

Dos de los implicados fueron acusados de homicidio triplemente agravado (por el concurso premeditado de dos o más personas, por el uso de arma de fuego y por la intervención de menores). A uno de ellos se le sumó el cargo de hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída.

Tres personas menores de edad fueron imputadas por los mismos delitos en concurso real con hurto calificado, y un cuarto adolescente también fue acusado de portación ilegal de arma de fuego de uso civil. Los dos restantes fueron imputados por encubrimiento agravado.

Durante la audiencia, las partes debatieron sobre la complejidad del caso. Finalmente, el juez de Garantías admitió la reformulación de cargos y declaró la causa como compleja, extendiendo el plazo de investigación hasta el 9 de mayo de 2026.

El magistrado también resolvió prorrogar la prisión preventiva de los imputados mayores de edad hasta esa fecha, y mantener las medidas cautelares para los menores. Uno de ellos deberá presentarse periódicamente ante la Fiscalía.

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