Río Negro
Con grandes expectativas se licitó la renovación de las Rutas 6 y 8
Son dos tramos; desde la Ruta 22 hasta el empalme con la Ruta Provincial N° 68, sobre 57 kilómetros y la N° 8, desde el empalme de la N° 68 hasta La Esperanza.

Ayer (28/02) se realizó la apertura de sobres y la licitación de las obras de repavimentación de las Rutas Provinciales N° 6 y N° 8, un proyecto trascendental para el desarrollo socioeconómico de Río Negro que permitirá fortalecer la vinculación interprovincial.
Se trata de obras clave para la provincia, ya que une el Alto Valle con la Región Sur y permite fortalecer sectores productivos estratégicos, potenciar el turismo, favorecer la industria hidrocarburífera y minera, agilizar la comunicación interregional e integrarse y ser protagonista en los corredores nacionales de características bioceánicas, como lo son las Rutas Nacionales N° 22 y N° 23.
Con la participación de 19 oferentes, el Gobierno realizó en Viedma la apertura de sobres y la licitación estuvo presidida por el vicegobernador Pedro Pesatti, junto al ministro de Obras y Servicios Públicos, Alejandro Echarren y el presidente de Vialidad Rionegrina, Raúl Grün.
La obra fue licitada en dos tramos. El primero corresponde a la Ruta Provincial N° 6, desde su intersección con la Ruta Nacional N° 22 hasta el empalme con la Ruta Provincial N° 68 (este), sobre 57 kilómetros; para la cual se presentaron 11 oferentes. En tanto, para el segundo correspondiente a la N° 8, desde el empalme de la N° 68 hasta La Esperanza, con una extensión de 128 kilómetros, se abrieron los sobres de un total de 8 empresas.
El ministro Echarren destacó el trabajo del equipo técnico de Vialidad Rionegrina y contextualizó la difícil situación que atraviesa la obra pública a nivel nacional. Destacó que en Río Negro «tenemos un Estado presente, un Estado que trabaja en la necesidad que tienen los vecinos», agregó.
«Hace poquitos días estuvimos con el gobernador inaugurando obras de gas en El Bolsón, tenemos para inaugurar obras de gas en Darwin, en Godoy, estuvimos inaugurando la la estación transformadora de Conesa y el edificio de Energía en Cipolletti, con lo cual desde el Gobierno nos hemos planteado, sobre todas las cosas, tratar de mantener con mucho esfuerzo las obras en Río Negro», indicó.
Por su parte Pesatti afirmó que «la obra pública es indisociable de uno de los roles que el Estado tiene que cumplir y no puede delegar. Sobre todo en una provincia tan grande como la nuestra y en la Región Sur, es fundamental desarrollar con inversión estatal».
«La 6 y la 8 son rutas que van a mejorar la dinámica de nuestro desenvolvimiento y es importante que podamos estar avanzando en el terreno de la obra pública en un contexto tan complejo como el actual», remarcó el vicegobernador.
Estuvieron presentes en el acto el ministro de Gobierno, Modernización, Turismo y Trabajo, Federico Lutz, el diputado Agustín Domingo, la jefa comunal de Los Menucos, Mabel Yahuar, el comisionado de Fomento de El Cuy, Jesus Peña, la Contadora General, Nancy Pico, la defensora del Pueblo, Adriana Santagatti, y los legisladores Facundo López y Soraya Yahuar.
El detalle de las ofertas:
Tramo 1:
Ingenieria y Arquitectura $15.439.760,721
UTE Hidraco SA y Briales SA 18.940.926.200
CN Sapag SA 14.974.365.810
Vial Agro SA $16.790.242.644
Luciano SA $18.390.162.973
Lemiro Pablo Pietroboni SA $16.687.712.446
Centro Construcciones SA $16.109.743.156
Roque Mocciola SA: 24.767.544.261
Plantel SA 17.254.735.316
Pose $16.492.285.527
Coarco SA $17.975.568.998
Tramo 2:
UTE Losi y Roque Mocciola $23.729.122.462
Lemiro Pablo Pietroboni $18.367.810.918
UTE Hidraco y Briales SA 19.411.683.431
Pose SA: $19.219.640.258
Coarco SA: $18.879.538.062
Centro Contrucciones SA $16.810.577.945
Vial Agro SA: $19.492.077.300
UTE Semisa Infraestructura e ingeniería y Arquitectura $17.694.895.387
¿Cuál es la importancia de la repavimentación de las Rutas N° 6 y N° 8?
Entre los principales objetivos, la obra busca reconstruir y jerarquizar las condiciones de seguridad vial de las dos rutas primarias de la Provincia, pretendiendo fomentar un manejo seguro para los diferentes tipos de usuarios que hacen uso del corredor vial.
Al unir el Alto Valle con la Región Sur, estas obras no solo fortalecen sectores productivos, sino que también impulsan el turismo, benefician a la industria hidrocarburífera y minera, mejoran la comunicación interregional y posicionan a la provincia en los corredores nacionales bioceánicos, especialmente en las Rutas Nacionales N° 22 y N° 23.
Hoy se realizó la apertura de sobres y licitación para las obras de repavimentación de estas dos rutas, un proyecto contempla la repavimentación de 151,40 km en diferentes espesores de acuerdo a la condición estructural y 23 km de microaglomerado en frío, a raíz de su mejor condición de origen.
De la misma manera, se harán obras complementarias adicionales como el acondicionamiento de banquinas, alambrado perimetral, colocación de tranqueras, accesos en intersecciones con rutas provinciales y en la localidad de El Cuy, un derivador iluminado y colectoras, reconstitución de alcantarillas, señalización horizontal y vertical y obras de defensa.
Además se llevará a cabo un puesto de control de pesaje dinámico en Paso Córdoba y control vehicular, con el fin de preservar las buenas condiciones del pavimento.
Cabe destacar que la Ruta N° 6 nace en el límite con La Pampa, sobre el dique Casa de Piedra, y culmina en la intersección con la Ruta Nacional N° 40 en cercanías a El Bolsón. En su recorrido, de 672 kilómetros, vincula Roca, El Cuy, Jacobacci, Ojos de Agua, Mamuel Choique, Río Chico y Ñorquinco.
En tanto, la N° 8 se desarrolla en el mismo sentido. Nace en la intersección con la N° 6 y finaliza, después de recorrer 246 kilómetros. Inicia a 28 km de El Cuy, pasa por Los Menucos y finaliza a 27 km de Pilquiniyeu, en el límite con Chubut.
Judiciales
Un divorcio y una fotografía patrimonial incompleta fue determinante para rechazar la compensación económica
La jueza consideró que ambos integrantes de la pareja trabajaron durante toda la relación y compartieron las dificultades financieras.

La pareja se conoció mientras trabajaba en un galpón de empaque. Ella buscaba empleo y una oportunidad mejor para su hija. Él realizaba tareas rurales junto a su padre. Entre cajones de fruta y largas temporadas laborales comenzó la relación.
Los comienzos fueron difíciles. No tenían vivienda propia ni estabilidad económica. Vivían en un monoambiente alquilado y trataban de sostenerse con trabajos temporarios. En ese contexto nació el primer hijo de la pareja. La situación económica era frágil y las discusiones comenzaron temprano.
Finalmente se casaron y la vida continuó siendo trabajosa. Ella hizo temporadas en empaque, tareas rurales y pequeños emprendimientos. Más adelante vendió ropa y luego estudió un oficio. Él continuó vinculado al trabajo rural y a las actividades de la chacra familiar.
Con el paso de los años la relación se deterioró. Finalmente se divorciaron. Para entonces, la dinámica familiar ya había cambiado mucho. El hijo menor eligió vivir con el padre y los abuelos paternos.
Luego de la separación, la mujer inició una demanda de compensación económica. Sostuvo que había dedicado gran parte de su vida al cuidado familiar y que terminó en una situación de desventaja económica. Él respondió que ambos siempre trabajaron y que ninguno construyó riqueza a costa del otro.
El fuero de Familia de Luis Beltrán rechazó la demanda. La jueza consideró que la historia de la pareja reflejaba años de esfuerzo compartido. También entendió que no existió una situación en la que uno hubiera sacrificado su desarrollo personal para que el otro prosperara económicamente.
La sentencia concluyó que no se acreditó un desequilibrio económico actual, manifiesto y directamente derivado del matrimonio y de su ruptura.
El fallo aclara que la compensación económica prevista el Código Civil y Comercial no es automática, sino una herramienta para equilibrar. El divorcio, por sí solo, no genera derecho a cobrar una compensación. La persona que la reclama debe probar cómo era su situación antes y durante el matrimonio, qué sacrificios o postergaciones realizó, de qué manera eso favoreció el crecimiento del otro cónyuge y cuál es el desequilibrio económico manifiesto que sufrió la persona tras la separación.
La jueza utilizó la «metáfora de la fotografía» para explicar cómo debe analizarse una compensación económica después del divorcio. Señaló que no basta con afirmar que una persona quedó en peor situación económica, sino que resulta necesario comparar dos momentos concretos de la vida de la pareja.
La metáfora consiste en tomar dos «fotografías» patrimoniales: una al inicio de la convivencia o del matrimonio y otra al momento de la ruptura. A partir de esa comparación, se determina si existe un desequilibrio económico relevante provocado por la relación y su finalización.
En este caso, la jueza valoró que esa «fotografía inicial» no pudo reconstruirse porque la actora no aportó pruebas suficientes sobre cuál era su situación económica al comienzo de la relación. Ese punto resultó central para rechazar la demanda.
Según la sentencia, si no se conoce la situación económica inicial de la actora, no es posible establecer si realmente empeoró como consecuencia del matrimonio o si las diferencias actuales ya existían antes.
Respecto del hombre, el fallo señaló que tampoco se comprobó que tuviera una posición económica significativamente superior. Los informes oficiales indicaron que no registraba actividad económica formal relevante, bienes rurales propios ni cuentas bancarias importantes. La explotación agropecuaria mencionada por la mujer figuraba registrada a nombre de su padre.
La sentencia también destacó que, tras la separación, el hijo menor quedó bajo el cuidado cotidiano del padre, con residencia principal junto a los abuelos paternos, y que incluso la madre asumió una cuota alimentaria. Esa circunstancia fue considerada relevante porque modificó la organización familiar.
Río Negro
Comenzó la inscripción para las becas terciarias y universitarias
Hay tiempo de inscribirse hasta el 25 de mayo.

A partir de ayer lunes (11/05) y hasta el 25 de mayo está abierta la inscripción para que estudiantes de la provincia puedan inscribirse en el Programa de Becas para Carreras Terciarias y Universitarias.
Se trata de una política del Gobierno de Río Negro que a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, acompaña a las y los estudiantes en su formación y que en este caso brinda la posibilidad de asignar una beca a quienes precisen de ese recurso para poder continuar con sus estudios.
Las inscripciones se reciben en la página del Ministerio de Educación en el botón Becas mientras que también se pueden realizar consultas en el correo [email protected].
Luego, habrá una instancia de entrega de la documentación correspondiente (digital y/o presencial) la cual estará vigente desde el 25 de mayo hasta el 8 de junio en los Consejos Escolares correspondientes al lugar de residencia.
De acuerdo a los establecido por el Consejo Provincial de Becas, las mismas están destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública o privada, que cursen sus estudios dentro o fuera de la provincia.
Un aspecto importante reside en que aquellos estudiantes que hoy cuenten con alguna beca de otra institución o entidad educativa, también podrán inscribirse en este programa.
Quienes quieran anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.
También se solicitará constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.
Judiciales
Autorizan a una mujer a donar un riñón a su amigo, que lleva 12 años en diálisis y espera un trasplante
La ley exige autorización judicial cuando el donante no tiene vínculo familiar ni convivencial con el receptor.

Se conocieron hace más de 10 años y forjaron una profunda amistad. Se acompañaron en momentos de crisis y construyeron un vínculo con rasgos de familiaridad que se sostuvo en el tiempo. Él ya convivía con un diagnóstico que con los años derivó en una insuficiencia renal terminal y en una vida atada a la diálisis. Su estado es grave y desde hace tiempo espera un donante. En ese contexto, ella tomó una decisión fuerte: ofrecerle uno de sus riñones.
Pero su voluntad no es suficiente: los estudios debían confirmar compatibilidad, los equipos médicos debían validar la intervención y, además, la ley imponía un límite: sin vínculo familiar, el trasplante requería autorización judicial. Con todos los informes a favor, el caso llegó al fuero de Familia de Bariloche. La jueza analizó las pericias médicas, psicológicas y sociales, evaluó el vínculo entre ambos y autorizó la donación.
El planteo se presentó como una medida autosatisfactiva, una vía excepcional que permite obtener una respuesta urgente cuando no hay otra alternativa eficaz. El objetivo fue concreto: remover el obstáculo legal que impide, en principio, la donación entre personas sin parentesco. La ley de trasplantes limita estos casos a vínculos familiares o convivenciales, con la intención de evitar cualquier forma de comercialización de órganos. Fuera de ese esquema, la intervención judicial resulta indispensable.
En ese marco, también intervinieron organismos especializados. El INCUCAI señaló que los trasplantes con donante vivo sin vínculo familiar solo pueden realizarse de manera excepcional y con autorización judicial, y remarcó la necesidad de garantizar la voluntariedad, el carácter altruista y la gratuidad de la donación. En la misma línea, CUCAI Río Negro avaló esos criterios y destacó que el procedimiento debe cumplir con todos los requisitos médicos y legales vigentes.
Para resolver, la Unidad Procesal de Familia reunió una batería de pruebas. Los estudios médicos confirmaron que existía compatibilidad y que el trasplante representaba la mejor alternativa terapéutica. También se determinó que el receptor no presentaba contraindicaciones para atravesar la intervención.
Las evaluaciones psicológicas indicaron que ambos comprenden el alcance del procedimiento, sus riesgos y sus implicancias. En el caso de la donante, se destacó la capacidad de decidir con autonomía, con un nivel de madurez adecuado y sin interferencias externas. Los informes descartaron la presencia de presiones o condicionamientos que pudieran afectar su voluntad.
Las pericias sociales reforzaron ese cuadro. Describieron una relación previa, estable y verificable, con cercanía y participación compartida en distintos momentos de sus vidas. También señalaron la inexistencia de intereses económicos o beneficios indirectos, un punto central en este tipo de procesos.
Durante la audiencia, la mujer ratificó su decisión y explicó sus motivos. Expuso que su única intención era mejorar la calidad de vida de su amigo. La jueza dejó constancia de que podía revocar su consentimiento en cualquier momento antes de la cirugía, sin consecuencias.
Con ese conjunto de elementos, la magistrada concluyó que se trataba de un caso excepcional en el que correspondía apartarse de la restricción legal. La autorización habilita la donación, aunque el procedimiento queda sujeto al cumplimiento de todos los requisitos médicos, controles y condiciones establecidos por la normativa vigente.








