Río Negro
Cumplió 26, estudia en la UNRN y tiene una discapacidad: Su progenitor debe continuar pagando la cuota alimentaria
La joven solicitó en la Justicia que su padre continúe abonando la cuota alimentaria.

Una mujer de 26 años solicitó judicialmente que el padre continúe abonando la cuota alimentaria. Ella es estudiante de la universidad y tiene una discapacidad mental leve. El Código Civil y Comercial establece la obligación en materia alimentaria para los progenitores hasta los 21 años. Se puede extender hasta los 25 cuando el hijo o hija «que se capacita en una profesión, arte u oficio se encuentra impedido de proveerse los medios necesarios para sostenerse en forma independiente».
Durante casi toda su vida fue su mamá quien se hizo cargo de su crianza y manutención. Acompañada por la Defensa Pública, presentó su pedido ante una jueza de Familia de Viedma. Su padre nunca compareció en el expediente. Consta en el proceso el certificado de estudiante regular de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN), el Certificado de Discapacidad de la joven y quedó acreditado el vínculo.
Al analizar el caso, la magistrada tuvo en cuenta lo establecido por la norma en cuanto a la edad límite de la cuota alimentaria.
Dice el fallo: «en esta especial situación que no se encuentra expresamente prevista por el Código debo valorarla a través del diálogo de fuentes conforme lo prescribe el art. 2», que refiere: «la ley debe ser interpretada teniendo en cuenta sus palabras, sus finalidades, las leyes análogas, las disposiciones que surgen de los tratados sobre derechos humanos, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento».
Puso especial énfasis en la obligación de los progenitores en «procurar que sean personas de bien y alcancen una autonomía en beneficio de su persona y de la sociedad”. Justamente en términos de autonomía, “cuando la persona con discapacidad intelectual puede desenvolverse en el mercado laboral con tareas acordes a sus capacidades, menor será la necesidad alimentaria por la mayor autonomía personal».
Recordó que «la discapacidad intelectual es tutelada por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad».
Respecto a la edad tope, la jueza expresó: «entiendo que ello está previsto para personas que no encuentran ninguna limitación para adquirir su libre autonomía personal y con la manutención de sus progenitores durante la infancia y adolescencia, se han podido preparar para la vida en comunidad».
Citó antecedentes de fallos y también convencionales. «El hecho de que una persona discapacitada cumpla la mayoría de edad no puede ser considerada como una regla general para la cesación de los alimentos que le prestan sus progenitores», concluyó.
Aseguró que «la Judicatura debe valorar en forma concreta y particular si la situación de discapacidad le impide a la persona subsistir por su propio esfuerzo. En el caso, concluyo que resulta necesario acompañar la decisión de la joven de finalizar sus estudios universitarios para facilitar su incorporación al ámbito laboral profesional. Ello, sustentado en que el derecho alimentario de la hija mayor de edad que se capacita además de las dificultades que se le presentan por su discapacidad, subsiste hasta que se inserte efectivamente en el mercado laboral».
Explicó con antecedentes que corresponde «un enfoque diferencial por discapacidad» por parte del Estado. De esta manera, impuso el pago de un porcentaje del sueldo del progenitor como cuota alimentaria.
Política
Cesantearon a 6 agentes y sancionaron a otros 36 por incumplimientos
Se registraron casos de abandono de servicio y conductas indebidas.

El Gobierno de Río Negro dispuso 6 cesantías, 33 suspensiones sin goce de haberes y 3 apercibimientos tras las últimas reuniones de la Junta de Disciplina, en el marco de sumarios por incumplimientos graves dentro de la administración pública.
Según se informó oficialmente, «las sanciones son firmes y buscan garantizar el correcto funcionamiento del Estado, así como el uso adecuado de los recursos públicos».
Entre los principales motivos se encuentran casos de abandono de servicio, con agentes que se ausentaron de sus puestos durante períodos prolongados sin justificación, incluso tras ser intimados a retomar sus tareas.
También se detectaron situaciones que afectaron directamente la atención a la comunidad, como la ausencia de un trabajador encargado de otorgar turnos para tomografías en un hospital público, lo que impedía el acceso a estudios médicos de alta complejidad.
En la misma línea, se dictó la cesantía de un agente de salud por maltrato reiterado a compañeros y pacientes, quien además abandonó su puesto dejando a personas internadas sin el cuidado correspondiente. También se aplicaron suspensiones sin goce de haberes por conductas inaceptables, como el uso de una ambulancia oficial para participar de una manifestación o presentarse a trabajar en estado de ebriedad y acosar a una compañera.
Cabe destacar que el sistema es progresivo: si un agente acumula sanciones que superan los 30 días de suspensión, el estatuto prevé la aplicación de la cesantía.
Desde el inicio de la gestión en enero de 2024, se procesaron más de 1.200 expedientes disciplinarios, destrabando trámites que antes sufrían grandes demoras. Este ordenamiento integral resultó en un balance de 102 cesantías, 6 exoneraciones y 492 suspensiones. También se dictaron 91 sobreseimientos y el archivo de 245 expedientes donde no se comprobaron faltas.
El control que realiza el Gobierno es transversal, más allá de que la mayor cantidad de sanciones se concentra en el Ministerio de Salud, debido a su gran densidad de empleados y a la sensibilidad crítica de servicios como guardias hospitalarias. Durante este año se aplicaron sanciones también en la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), IPROSS, IPPV, Desarrollo Humano, Deporte, Cultura y Educación, entre otros.
«Este proceso es riguroso y transparente: las sanciones no son arbitrarias, sino el resultado de sumarios donde instructores especializados reúnen pruebas y garantizan el derecho a defensa. La decisión final recae en la Junta de Disciplina, integrada por representantes del Ejecutivo y los gremios ATE y UPCN», sostuvo la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra..
«Río Negro está en marcha y eso nos exige un Estado eficiente. Tenemos la responsabilidad de usar las herramientas legales para poner orden. No hacerlo sería fallarle a la gran mayoría de los empleados que cumplen con orgullo y a los rionegrinos que sostienen el sistema con sus impuestos», afirmó Lastra.
Río Negro
Becas terciarias y universitarias: Requisitos para la inscripción
El monto de las mismas estará establecido en base al Salario Mínimo, Vital y Móvil, calculado al 1 de agosto de 2026

El próximo 11 de mayo comienzan las inscripciones para el Programa de Becas Terciarias/Universitarias 2026, un programa del Gobierno de Río Negro para acompañar a estudiantes de la provincia en su formación.
El Consejo Provincial de Becas definió los criterios de acceso a estas becas destinadas a estudiantes terciarios y universitarios de gestión pública y privada. El monto de las mismas estará establecido en base al Salario Mínimo, Vital y Móvil, calculado al 1 de agosto de 2026, y se fijó como requisito que los ingresos mensuales del grupo familiar no superen los $1.129.800 netos.
Las y los estudiantes podrán inscribirse a través de la página web del Ministerio de Educación y Derechos Humanos donde deberán completar un formulario que estará habilitado en la fecha mencionada.
Posteriormente tendrán que entregar la documentación correspondiente en los Consejos Escolares al que pertenecen por lugar de residencia.
Para anotarse deberán presentar Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su grupo familiar; título de Nivel Medio y título analítico o su constancia en trámite, sin adeudar materias al momento de la entrega de la documentación; constancia de inscripción a una carrera de grado de universidades e institutos terciarios de gestión pública y/o privada, y acreditar Plan de Estudios.
También tendrán que presentar constancia de CBU como titular de cuenta; recibos de sueldos del grupo familiar, constancia de inscripción al monotributo o como responsable inscripto, según correspondiera; rendimiento académico con la cursada y finales de materias; Certificado Único de Discapacidad (CUD), si lo hubiera; Certificación Negativa de Anses de los miembros del grupo familiar, si los hubiera y Declaración Jurada de domicilio.
Para más información, se pueden realizar consultas a [email protected].
Política
Río Negro desregula farmacias y amplía el acceso a medicamentos
Elimina restricciones y suma nuevas herramientas digitales que buscan garantizar una mejor atención y más accesibilidad a los medicamentos.

La Legislatura de Río Negro sancionó la ley impulsada por el gobernador Alberto Weretilneck que desregula el sistema de farmacias, eliminando restricciones y sumando nuevas herramientas digitales que buscan garantizar una mejor atención y más accesibilidad a los medicamentos.
«La nueva ley reconoce una realidad que cambió y actualiza el sistema para responder a las demandas actuales, ampliando la libertad de elección y facilitando el acceso a un servicio esencial, con más competencia, innovación y mejores respuestas para los rionegrinos», destacó el ministro de Salud, Demetrio Thalasselis.
Entre las nuevas herramientas digitales, se destacan la implementación obligatoria de la receta electrónica y la incorporación de la telefarmacia, lo que permitirá gestionar prescripciones de manera digital y acceder a medicamentos mediante envíos seguros y trazables.
En este sentido, el ministro de Salud, Demetrio Thalasselis, explicó que «buscamos simplificar y ampliar el acceso. Con esta ley vamos a tener menos barreras para su instalación y herramientas modernas como la receta electrónica y el envío a domicilio. Esto significa que cada vecino va a poder acceder a sus medicamentos de forma más rápida, más cómoda y segura».

Otro de los avances es la posibilidad de prescripción diferida de hasta seis meses para personas con enfermedades crónicas, evitando la necesidad de renovar recetas de manera mensual y facilitando la continuidad de los tratamientos.
Se habilita la apertura del régimen de propiedad. Esto permite que personas físicas o jurídicas puedan ser titulares de farmacias, pero manteniendo la obligatoriedad de la Dirección Técnica a cargo de un farmacéutico matriculado para asegurar estándares de calidad y seguridad sanitaria.
Finalmente, la norma fortalece a la Productora Farmacéutica Rionegrina (PROFARSE), habilitándola a proveer directamente a farmacias locales. Esto permitirá optimizar la red de abastecimiento y contribuir a precios más accesibles para la población, consolidando un sistema más eficiente y cercano.








