Río Negro
Cumplió 26, estudia en la UNRN y tiene una discapacidad: Su progenitor debe continuar pagando la cuota alimentaria
La joven solicitó en la Justicia que su padre continúe abonando la cuota alimentaria.

Una mujer de 26 años solicitó judicialmente que el padre continúe abonando la cuota alimentaria. Ella es estudiante de la universidad y tiene una discapacidad mental leve. El Código Civil y Comercial establece la obligación en materia alimentaria para los progenitores hasta los 21 años. Se puede extender hasta los 25 cuando el hijo o hija «que se capacita en una profesión, arte u oficio se encuentra impedido de proveerse los medios necesarios para sostenerse en forma independiente».
Durante casi toda su vida fue su mamá quien se hizo cargo de su crianza y manutención. Acompañada por la Defensa Pública, presentó su pedido ante una jueza de Familia de Viedma. Su padre nunca compareció en el expediente. Consta en el proceso el certificado de estudiante regular de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN), el Certificado de Discapacidad de la joven y quedó acreditado el vínculo.
Al analizar el caso, la magistrada tuvo en cuenta lo establecido por la norma en cuanto a la edad límite de la cuota alimentaria.
Dice el fallo: «en esta especial situación que no se encuentra expresamente prevista por el Código debo valorarla a través del diálogo de fuentes conforme lo prescribe el art. 2», que refiere: «la ley debe ser interpretada teniendo en cuenta sus palabras, sus finalidades, las leyes análogas, las disposiciones que surgen de los tratados sobre derechos humanos, los principios y los valores jurídicos, de modo coherente con todo el ordenamiento».
Puso especial énfasis en la obligación de los progenitores en «procurar que sean personas de bien y alcancen una autonomía en beneficio de su persona y de la sociedad”. Justamente en términos de autonomía, “cuando la persona con discapacidad intelectual puede desenvolverse en el mercado laboral con tareas acordes a sus capacidades, menor será la necesidad alimentaria por la mayor autonomía personal».
Recordó que «la discapacidad intelectual es tutelada por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad».
Respecto a la edad tope, la jueza expresó: «entiendo que ello está previsto para personas que no encuentran ninguna limitación para adquirir su libre autonomía personal y con la manutención de sus progenitores durante la infancia y adolescencia, se han podido preparar para la vida en comunidad».
Citó antecedentes de fallos y también convencionales. «El hecho de que una persona discapacitada cumpla la mayoría de edad no puede ser considerada como una regla general para la cesación de los alimentos que le prestan sus progenitores», concluyó.
Aseguró que «la Judicatura debe valorar en forma concreta y particular si la situación de discapacidad le impide a la persona subsistir por su propio esfuerzo. En el caso, concluyo que resulta necesario acompañar la decisión de la joven de finalizar sus estudios universitarios para facilitar su incorporación al ámbito laboral profesional. Ello, sustentado en que el derecho alimentario de la hija mayor de edad que se capacita además de las dificultades que se le presentan por su discapacidad, subsiste hasta que se inserte efectivamente en el mercado laboral».
Explicó con antecedentes que corresponde «un enfoque diferencial por discapacidad» por parte del Estado. De esta manera, impuso el pago de un porcentaje del sueldo del progenitor como cuota alimentaria.
Río Negro
Río Negro pagará los sueldos estatales el 2 de abril
De esta manera, las y los estatales tendrán su salario disponible durante el fin de semana largo de Semana Santa.

El Gobierno de Río Negro depositará los sueldos de todo el personal de la Administración Pública el jueves 2 de abril, garantizando que las y los estatales tengan su salario disponible durante el fin de semana largo de Semana Santa.
«De esta forma, la Provincia ratifica el rumbo de una gestión ordenada, que garantiza previsibilidad y protege el ingreso de los trabajadores estatales, y que además permite que esos recursos estén disponibles para el fin de semana largo, impulsando el turismo y la actividad económica», indicaron desde el Ejecutivo.
De esta manera, el jueves 2 de abril cobrarán su salario los agentes de la Salud Pública (con guardias y horas extras incluidas); Policía de Río Negro; Servicio Penitenciario Provincial; Docentes; Porteros; Ley 1.844; Vialidad Rionegrina; Pensiones de Bomberos Voluntarios; Poder Legislativo; Poder Judicial; y Órganos de Control.
Río Negro
Radares: Empiezan a controlar la velocidad en la rutas de Río Negro
La primera etapa será sin multas y está enfocada en la concientización.

La Agencia Provincial de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro, puso en marcha el sistema de radares para controlar la velocidad en distintas rutas. La primera etapa será sin multas y está enfocada en la concientización, con el objetivo de que los conductores conozcan cómo funciona el sistema antes de comenzar con las sanciones.
En este contexto, la medida ya se encuentra operativa en corredores donde circulan a diario miles de vehículos. En concreto, los dispositivos están ubicados sobre la Ruta Nacional N° 22, en Villa Regina, Cervantes y Río Colorado; la Ruta Nacional N° 3, en Viedma y Sierra Grande; la Ruta Nacional N° 250, en Lamarque; y la Ruta Nacional N° 151, en Cipolletti, Cinco Saltos y Sargento Vidal. La decisión apunta a ordenar la circulación y reducir riesgos en tramos donde, según registros oficiales, se repiten maniobras peligrosas y excesos de velocidad.
Durante esta etapa inicial, quienes superen los límites permitidos no serán multados. En cambio, recibirán una notificación informativa que incluye la imagen del vehículo, la velocidad registrada y el lugar exacto de la infracción. La idea que cada conductor vea en primera persona cómo funciona el radar y tome conciencia antes de que haya consecuencias económicas.
Además, el sistema utiliza tecnología de última generación que permite registrar con precisión cada evento. Las cámaras capturan evidencia fotográfica y datos técnicos que respaldan cada detección, lo que garantiza transparencia y reduce al mínimo cualquier margen de error. Esto no solo fortalece el control, sino que también brinda garantías a quienes circulan por las rutas.
Por otro lado, desde el área de seguridad vial se trabaja en ajustar detalles operativos y administrativos para que, una vez finalizado el período de adaptación, el sistema funcione de manera ágil y clara. En esa segunda etapa, las infracciones comenzarán a ser sancionadas con los valores establecidos por la ley vigente.
Mientras tanto, el foco está puesto en cambiar hábitos. En rutas donde circulan familias, trabajadores y transportistas, el exceso de velocidad sigue siendo uno de los factores más determinantes en los siniestros graves.
Judiciales
Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión
La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.
La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.
Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.
El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.
La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.








