Judiciales
El Municipio deberá pagar $7.000.000 a un motociclista que chocó contra un montículo instalado durante la pandemia
Tras el accidente, la víctima sufrió una fractura de clavícula. La sentencia aun no se encuentra firme.

Un motociclista chocó contra un terraplén que había levantado la Municipalidad para cerrar los accesos a Roca durante el período más restrictivo de la pandemia de Covid 19. El montículo, de más de un metro de altura, bloqueaba la esquina de las calles Sargento Cabral y Cacique Catriel, en el extremo Este del ejido urbano, cerca de Colonia Fátima. Por la caída el joven sufrió una fractura de clavícula que demandó una operación y la colocación de placas y tornillos. A pesar de los tratamientos médicos, resultó con una limitación irreversible de la funcionalidad de su brazo izquierdo.
El afectado inició una demanda contra el Municipio y demostró que el terraplén no tenía la señalización obligatoria. Un fallo del juez Contencioso Administrativo de Roca condenó al Estado Municipal y a su aseguradora a indemnizar al motociclista por la incapacidad laboral, las pérdidas económicas y el daño moral que sufrió a raíz de la «falta de servicio» de la administración local. La condena, con todos los rubros reconocidos, fue por una suma cercana a los $7.000.000.
En el juicio se demostró que el montículo había sido colocado por la municipalidad para «desincentivar» el ingreso y salida de personas a la ciudad, a raíz del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) que había decretado el gobierno nacional.
En su defensa la Municipalidad dijo que el joven «no debía transitar» por esa ni por ninguna otra calle, porque no estaba habilitado como «trabajador esencial». También afirmó que el bloqueo de la calle no fue una acción «irregular» sino un «cumplimiento de las normas nacionales y provinciales que disponían el régimen de ASPO».
Al respecto, la sentencia indicó que «cierto resulta que el Municipio debía cumplir con las disposiciones nacionales dictadas en el marco de un suceso extraordinario como resultó ser la pandemia Covid-19 del año 2020 y con ello procurar restringir la circulación vial de la ciudad. Sin embargo, el cumplimiento de los imperativos nacionales y provinciales, no lo eximían de mantener las calle públicas en condiciones de seguridad y mantenimiento que permitiera a los ciudadanos transitar por las mismas sin riesgo a ser dañados».
Ni luces, ni carteles ni tambores
El acta policial en el lugar del accidente indicó que no había iluminación artificial y que había baja visibilidad. Una pericia accidentológica explicó que era casi imposible hacer «maniobras de esquive» porque «el obstáculo ocupaba toda la calle». El perito concluyó que «la causa del accidente vial se debe, en un alto grado de probabilidad, a la carencia de señalización vial en la zona del hecho».
El juez analizó que el Municipio «ha reglamentado el derecho a circular por las calles mediante el Código de Tránsito» (Ordenanza Nº 4845/18). Con esa norma, «ha sido el propio Estado Municipal quien ha decidido detentar el Poder de Policía sobre las calles», con lo cual «como cuestión accesoria a la posibilidad de reglamentar, surge también la necesidad de verificar que las vías de circulación vial se encuentren en condiciones de poder ser transitadas sin generar daños al ciudadano», argumentó.
El magistrado también recordó que «en todo aquello no regulado en el Código de Tránsito» local, se aplica la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, que es muy específica en materia de señalización y prevención.
Analizó así el decreto reglamentario de la Ley de Tránsito, que define hasta el color, el tamaño, el material y la ubicación que deben tener los distintos carteles en función del tipo de obstáculo que esté afectando la seguridad o la fluidez de la circulación.
El decreto define que cuando una calle está cortada o cerrada, la autoridad pública debe colocar un cartel grande, naranja y de letras negras con el mensaje «calle cortada», sumado a vallas y tambores pintados de color blanco y naranja y «luces permanentes de advertencia». Esas señales eran «obligaciones concretas a cargo del Estado Municipal», que tiene el deber de «garantizar la integridad personal» de quienes circulan, indicó el juez. «La vía pública destinada a la circulación cumple una finalidad pública, y en consecuencia es responsabilidad del Estado Municipal mantenerla en condiciones de ser utilizada sin riesgos, encontrándose obligado a realizar todas las acciones de prevención de daños necesarias para cumplimentar la obligación de seguridad en beneficio de los habitantes», definió la sentencia, que no se encuentra firme.
Judiciales
Comenzó en Roca el juicio contra tres hombres acusados de intentar robar una vivienda
El hecho ocurrió en octubre de 2024 en una vivienda de calle Nicaragua.

Tres hombres comenzaron a ser juzgados en General Roca por un hecho ocurrido en octubre de 2024, cuando habrían intentado robar en una vivienda tras forzar el ingreso al domicilio.
El juicio se desarrolla ante un Tribunal Colegiado, ya que la Fiscalía prevé solicitar una pena superior a los 3 años de prisión. Los tres acusados llegan al debate cumpliendo prisión preventiva.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 29 de octubre en una vivienda ubicada en calle Nicaragua al 400. Los imputados habrían llegado al lugar a bordo de una Volkswagen Amarok, vehículo que contaba con pedido de secuestro tras haber sido robado días antes, el 24 de octubre.
De acuerdo a lo informado por la Fiscalía, los hombres forzaron el portón de ingreso y la puerta de la vivienda con la intención de apoderarse de distintos elementos.
Sin embargo, el robo no llegó a concretarse debido a la intervención de personal policial de la Comisaría 31°, que acudió al lugar tras el aviso de vecinos.
Posteriormente, los sospechosos intentaron escapar en un Ford Fiesta conducido por un menor de edad, pero tras una persecución policial fueron detenidos.
La Fiscalía los acusa como coautores de los delitos de encubrimiento agravado con ánimo de lucro, sustitución de numeración y tentativa de robo en lugar poblado y en banda, agravado por escalamiento y por la intervención de un menor de 18 años.
El debate continuará mañana miércoles (11/03) desde las 8.30 en los Tribunales de General Roca, con la declaración de los testigos convocados por las partes.
Judiciales
Identificaron a las dos víctimas fatales que murieron tras caer en un auto al Canal Grande: Eran trabajadores judiciales
Una tercera ocupante logró salir del vehículo y permanece hospitalizada.

Un trágico siniestro vial ocurrido durante la mañana de este martes (10/03) generó conmoción en la región y especialmente en el ámbito judicial, luego de que dos trabajadores del Poder Judicial de Río Negro murieran tras caer el vehículo en el que viajaban al Canal Principal de Riego.
El hecho ocurrió alrededor de las 7 de la mañana en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías del Puente Palermiti. Por motivos que aún se investigan, un automóvil Ford Ka en el que viajaban tres personas terminó dentro del canal.
Según las primeras informaciones, la conductora, identificada como Laura Soledad Morales, de 37 años, logró salir del rodado en estado de shock y fue trasladada para recibir atención médica. Sin embargo, su pareja y otra mujer que los acompañaba quedaron atrapados en el interior del vehículo y fallecieron en el lugar.
Las víctimas fatales, por su parte, fueron identificadas como Yanet Daiana Amarilla Alba, de 34 años, quien se desempeñaba en la Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil (OTIC), y Diego Antú Díaz, de 37 años, trabajador de la Subdelegación de la Oficina Judicial (OJU). Eran oriundos de Roca y viajaban hacia Regina
Ante lo ocurrido, el Poder Judicial de Río Negro expresó su profundo dolor y condolencias a los familiares por el trágico accidente que produjo el fallecimiento de los dos trabajadores judiciales. También anhela la pronta recuperación de la trabajadora hospitalizada.
En este sentido, la presidencia del Superior Tribunal de Justicia dispuso asueto con suspensión de términos para el día de hoy (10/03) en todos los organismos judiciales de Villa Regina. Solo continuarán los trámites urgentes.
Judiciales
Disparos y persecución en Roca: Imputaron a dos personas y dictaron prisión preventiva para uno de ellos
El hecho ocurrió durante la madrugada del domingo y comenzó cuando un auto escapó de un control policial.

Ayer (09/03) al mediodía el equipo fiscal de turno formuló cargos contra dos personas por hechos ocurridos durante la madrugada del domingo (08/03) pasado que derivaron en una persecución y posterior detención en General Roca. Tras el pedido fiscal, el hombre cumplirá prisión preventiva, mientras que a la mujer se le colocará un dispositivo de control satelital.
Según la acusación fiscal, «alrededor de la 1 de la madrugada del 8 de marzo, mientras personal de la Subcomisaría 69° realizaba tareas de prevención, observaron un automóvil Bora gris que, al advertir la presencia policial, aumentó la velocidad y emprendió la huida».
«En el marco de un plan común y con clara división de tareas para evadir a la policía, dispararon seis veces desde el vehículo. Luego, el hombre imputado y otro sujeto -que aún no ha sido identificado- se arrojaron del auto en movimiento y emprendieron la fuga a pie, mientras descartaban distintos elementos, entre ellos un arma tipo pistola, cuatro cartuchos, un revólver con un cartucho en su interior y un almacén cargador con nueve cartuchos, apto para el disparo, además de un teléfono celular», describió la Fiscalía.
«De manera paralela, el personal policial logró detener a la mujer mientras conducía el Bora. En el vehículo se encontró una escopeta con una vaina servida y un cartucho en el almacén cargador, un chaleco balístico, un portaplacas y una caja metálica. Todas las armas eran portadas sin la correspondiente autorización legal», explicó la representante fiscal.
La calificación legal por la cual quedaron imputados los cargos es para el hombre abuso de arma de fuego agravado para ocultar otro delito, lograr la impunidad y por haber sido cometido contra miembros de la fuerza de seguridad en concurso ideal con portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal en concurso real con atentado contra la autoridad agravado por haber sido cometido con arma de fuego, En relación a la mujer: tenencia de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal en concurso real con atentado contra la autoridad agravado por haber sido cometido con arma de fuego.
Entre el sustento probatorio presentado para esta instancia se encuentran el acta de procedimiento policial, entrevistas, el informe del Gabinete de Criminalística, el informe del perito armero y balístico, y fotografías.
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva del hombre por el plazo de dos meses, teniendo presente el peligro de fuga, «que quedó plasmado en la persecución que tuvo que realizar la policía para detenerlo», dijo la fiscal, además del riesgo de entorpecimiento de la investigación. En relación con la mujer, se solicitó por el mismo plazo la colocación de un dispositivo de pulsera electrónica.
La defensa penal pública se opuso al pedido respecto de su asistido, ya que «se vulnera el principio de inocencia y no se acreditó de manera fehaciente ninguno de los riesgos procesales que habilitan solicitar la medida cautelar más gravosa. Por ello solicitamos la colocación de una tobillera electrónica».
Finalmente, la jueza de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos solicitados por la Fiscalía, así como las medidas cautelares requeridas.








