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El Municipio deberá pagar $7.000.000 a un motociclista que chocó contra un montículo instalado durante la pandemia

Tras el accidente, la víctima sufrió una fractura de clavícula. La sentencia aun no se encuentra firme.

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Foto: Archivo.

Un motociclista chocó contra un terraplén que había levantado la Municipalidad para cerrar los accesos a Roca durante el período más restrictivo de la pandemia de Covid 19. El montículo, de más de un metro de altura, bloqueaba la esquina de las calles Sargento Cabral y Cacique Catriel, en el extremo Este del ejido urbano, cerca de Colonia Fátima. Por la caída el joven sufrió una fractura de clavícula que demandó una operación y la colocación de placas y tornillos. A pesar de los tratamientos médicos, resultó con una limitación irreversible de la funcionalidad de su brazo izquierdo.

El afectado inició una demanda contra el Municipio y demostró que el terraplén no tenía la señalización obligatoria. Un fallo del juez Contencioso Administrativo de Roca condenó al Estado Municipal y a su aseguradora a indemnizar al motociclista por la incapacidad laboral, las pérdidas económicas y el daño moral que sufrió a raíz de la «falta de servicio» de la administración local. La condena, con todos los rubros reconocidos, fue por una suma cercana a los $7.000.000.

En el juicio se demostró que el montículo había sido colocado por la municipalidad para «desincentivar» el ingreso y salida de personas a la ciudad, a raíz del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) que había decretado el gobierno nacional.

En su defensa la Municipalidad dijo que el joven «no debía transitar» por esa ni por ninguna otra calle, porque no estaba habilitado como «trabajador esencial». También afirmó que el bloqueo de la calle no fue una acción «irregular» sino un «cumplimiento de las normas nacionales y provinciales que disponían el régimen de ASPO».

Al respecto, la sentencia indicó que «cierto resulta que el Municipio debía cumplir con las disposiciones nacionales dictadas en el marco de un suceso extraordinario como resultó ser la pandemia Covid-19 del año 2020 y con ello procurar restringir la circulación vial de la ciudad. Sin embargo, el cumplimiento de los imperativos nacionales y provinciales, no lo eximían de mantener las calle públicas en condiciones de seguridad y mantenimiento que permitiera a los ciudadanos transitar por las mismas sin riesgo a ser dañados».

Ni luces, ni carteles ni tambores

El acta policial en el lugar del accidente indicó que no había iluminación artificial y que había baja visibilidad. Una pericia accidentológica explicó que era casi imposible hacer «maniobras de esquive» porque «el obstáculo ocupaba toda la calle». El perito concluyó que «la causa del accidente vial se debe, en un alto grado de probabilidad, a la carencia de señalización vial en la zona del hecho».

El juez analizó que el Municipio «ha reglamentado el derecho a circular por las calles mediante el Código de Tránsito» (Ordenanza Nº 4845/18). Con esa norma, «ha sido el propio Estado Municipal quien ha decidido detentar el Poder de Policía sobre las calles», con lo cual «como cuestión accesoria a la posibilidad de reglamentar, surge también la necesidad de verificar que las vías de circulación vial se encuentren en condiciones de poder ser transitadas sin generar daños al ciudadano», argumentó.

El magistrado también recordó que «en todo aquello no regulado en el Código de Tránsito» local, se aplica la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, que es muy específica en materia de señalización y prevención.

Analizó así el decreto reglamentario de la Ley de Tránsito, que define hasta el color, el tamaño, el material y la ubicación que deben tener los distintos carteles en función del tipo de obstáculo que esté afectando la seguridad o la fluidez de la circulación.

El decreto define que cuando una calle está cortada o cerrada, la autoridad pública debe colocar un cartel grande, naranja y de letras negras con el mensaje «calle cortada», sumado a vallas y tambores pintados de color blanco y naranja y «luces permanentes de advertencia». Esas señales eran «obligaciones concretas a cargo del Estado Municipal», que tiene el deber de «garantizar la integridad personal» de quienes circulan, indicó el juez. «La vía pública destinada a la circulación cumple una finalidad pública, y en consecuencia es responsabilidad del Estado Municipal mantenerla en condiciones de ser utilizada sin riesgos, encontrándose obligado a realizar todas las acciones de prevención de daños necesarias para cumplimentar la obligación de seguridad en beneficio de los habitantes», definió la sentencia, que no se encuentra firme.

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Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca

La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

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Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.

Cabe recordar que, en noviembre del año pasado, otra persona señalada por la Fiscalía como coautor de los hechos reconoció su responsabilidad en un juicio abreviado y actualmente cumple la condena impuesta.

Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.

Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.

El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.

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Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz

La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

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Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.

La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.

En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.

Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.

Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.

Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.

La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.

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Ya son 12 los acusados por integrar una organización dedicada a violentos robos en el Alto Valle

La causa ya cuenta con doce personas imputadas por una organización que habría cometido catorce hechos entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.

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El equipo fiscal que investiga una asociación ilícita acusada de cometer una serie de robos en Río Negro y Neuquén formuló cargos contra un nuevo integrante de la organización, por lo que ya son 12 las personas imputadas en la causa.

Durante la audiencia, y tras escuchar la oposición de la defensa particular, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal y dio inicio a la etapa de investigación penal preparatoria, que tendrá un plazo de cuatro meses.

La fiscal Verónica Villarruel explicó que una de las principales evidencias surge de la extracción forense realizada por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) sobre el teléfono celular de uno de los imputados. A ello se suman informes de las empresas de telefonía móvil y análisis efectuados por la Comisión de Investigación Judicial.

Según indicó la representante fiscal, de esa pericia surgieron comunicaciones entre el nuevo imputado y otros integrantes de la organización durante la jornada de uno de los hechos investigados, además de registros que lo ubicarían en uno de los lugares donde se cometieron los delitos.

De acuerdo con la acusación, la banda actuaba con un mismo modus operandi: realizaba tareas de vigilancia sobre los objetivos, llegaba en uno o dos vehículos previamente robados, ingresaba por la parte trasera de las viviendas tras escalar muros y techos, reducía a las víctimas mediante armas de fuego y luego las ataba con alambres o precintos. Posteriormente exigían dinero en dólares, cajas fuertes, oro y dispositivos electrónicos, evitando sustraer teléfonos celulares, además de llevarse los DVR de las cámaras de seguridad.

El nuevo imputado habría participado en varios de los hechos atribuidos a la asociación ilícita y también en el robo de un vehículo perteneciente a una de las víctimas.

La investigación comprende 14 hechos atribuidos a la organización: 11 ocurridos en General Roca, 2 en Cipolletti y 1 en Allen, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.

Actualmente, 6 de los imputados permanecen con prisión preventiva en esta causa, 2 cumplen esa medida en otro expediente, 2 llevan tobillera electrónica y otros 2 están sujetos a medidas cautelares para garantizar el proceso. En el caso del último acusado, tiene prohibido ingresar a General Roca, mantener contacto con uno de los imputados y deberá presentarse periódicamente en una comisaría de Neuquén, ciudad donde fijó domicilio.

Desde el Ministerio Público Fiscal informaron que la investigación continúa, al tiempo que siguen las impugnaciones presentadas por algunas defensas y avanzan otras medidas probatorias, entre ellas reconocimientos de personas. Para lograr la detención del último imputado se realizaron diversas tareas de campo encabezadas por la Comisión Investigativa de la Policía de Río Negro junto al Departamento de Delitos Patrimoniales y Leyes Especiales y la División de Evadidos y Recapturas de la Policía de Neuquén.

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