Río Negro
«El 70% de lo que se paga en una factura de energía eléctrica, no depende ni de EdERSA ni del gobierno provincial»
Así lo explicó el gerente general de la distribuidora de energía en la audiencia pública en la que empresa solicitó el 8,5% de incremento en la tarifa.

«Más del 70% del costo en las facturas de luz que pagan los rionegrinos en la actualidad no dependen ni de EdERSA ni del gobierno provincial», explicó el gerente general de la distribuidora eléctrica, Ing. Fernando Barreto, horas después de la audiencia pública extraordinaria en la que la empresa reclamó una actualización tarifaria por inflación del orden del 8,5% -promedio-.
El incremento que pide EdERSA responde a los desfasajes generados por el escenario inflacionario que se vive en el país desde hace ya meses. De acuerdo a lo que indicó Barreto, sólo entre enero y marzo de este año, la compañía experimentó subas de precios en costos de materiales, suministros y servicios, contratistas y obras, del orden del 43%.
Ahora, la realidad es que las constantes subas en las facturas de Energía, tanto de usuarios residenciales como de comerciales e industriales, se deben en «gran medida a los ajustes permanentes que realiza el Mercado Mayorista en el costo de abastecimiento», remarcó Barreto.
Y explicó que «en la actualidad, el Costo de Abastecimiento representa el 44% de la factura de nuestros usuarios, los impuestos el 28% y el VAD de EdERSA, el otro 28%. Entendemos los reclamos de cámaras de productores, empresarios y demás, pero nuestra empresa tiene que operar y mantener el servicio, hacer obras e inversiones, y pagar sueldos con ese escueto 28% de los ingresos. No es posible sin actualizaciones por inflación», agregó.
Es decir, «más del 70% de lo que pagan hoy los usuarios de EdERSA en sus facturas tiene que ver con costos e impuestos que dependen estrictamente del gobierno nacional», siguió.
Para el caso, el gerente general de la distribuidora graficó el panorama. «En abril de 2023, el costo de abastecimiento del Mercado Mayorista para un comercio tipo era de $9,77 el kwh, mientras que en la actualidad ese importe pasó a ser de $47 el kwh. Es decir, el incremento en el costo de la energía que EdERSA le paga a CAMMESA fue del 371%. Cabe remarcar que el golpe fuerte se produjo en el mes de febrero pasado, incrementándose el costo de abastecimiento en un 196%», siempre tomando como base resoluciones del precio estacional de CAMMESA.
El directivo también recordó que se mantienen vigentes y abiertos los esquemas de subsidios energéticos, tanto los nacionales como los provinciales. «Es importantes que nuestros usuarios realicen la tramitación de beneficios que tienen que ver con la Segmentación Tarifaria y los subsidios que dependen del gobierno provinciales», explicó. Para ello encontrarán toda la información en la página web oficial de la distribuidora EdERSA.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








