Roca
Se hizo pasar por un operario de EdERSA e ingresó a una casa para estafar a la dueña
Le bajaron las llaves de protección del pilar para simular un desperfecto técnico y le pidieron $53.000 para cambiar la térmica y el disyuntor.

EdERSA, la prestadora del servicio de electricidad de Río Negro, advirtió sobre una modalidad de estafa que se multiplica en la región. Delincuentes se hacen pasar por operarios de la empresa para robarle dinero a las personas. El último hecho causó estupor, ya que un individuó logró ingresar a la casa de una persona. Desde la compañía piden estar atentos y ofrecen consejos para no caer en la trampa.
La mujer cuenta que se quedó sin luz, que sonó el timbre y que un hombre la convenció de ingresar a su vivienda diciendo ser «operario de EdERSA. Esta persona se presentó como Luis García. Me dijo que venía de parte de EdERSA, que vivía en Stefenelli y que se había producido una explosión en mi pilar. Entró a mi casa, la recorrió entera y luego me pidió $53.000 para cambiar la térmica y el disyuntor».
El hecho ocurrió el martes en un barrio de General Roca. La usuaria se comunicó alarmada con el Sistema de Reclamos Automáticos (SARA) de EdERSA y desde ahí se activaron todos los protocolos de seguridad. Pese a que la mujer no llegó a ser estafada por el delincuente, la modalidad generó estupor porque el falso operario logró entrar en la vivienda.
Durante los últimos tres días, hechos similares se vivieron en el Alto Valle y en la Comarca Andina. Con la misma metodología de engaño, los delincuentes llamaron a usuarios de Villa Regina, Cinco Saltos, Catriel y el Bolsón, siempre con la excusa de realizar algún trabajo de cambio de medidor, reparación en el pilar o gestiones por un corte programado.
«Al principio las denuncias eran similares: una persona que a través de un llamado telefónico se hacía pasar por un colaborador de EdERSA informando de un corte programado en el domicilio de la víctima. Mediante una charla donde le iba brindando algunos datos que convencían al usuario, le ofrecían la opción de ser excluidos de ese corte, para lo cual debía enviar un código de 6 dígitos que les extraían mediante un link de WhatsApp. Con este código hackeaban el teléfono y comenzaban a estafar a los contactos del damnificado», indicó Sebastián Busader, responsable de Comunicación y RRII de EdERSA.
Con el tiempo y las campañas de información y concientización realizadas, la estafa perdió efectividad, pero a la vez fue mutando, y se perfeccionó. «Ahora llaman con la excusa de cambiar el medidor actual por uno digital, le informan al usuario que el mismo tiene un costo, del cual pueden obtener un descuento si realizan el pago online a través de un link que envían para gestionar el cobro. Pero no sólo eso: se presentan con nombre y apellido, cargos y funciones, y hasta dicen donde viven -todo ficticio-, como para generar tranquilidad y cierta cercanía con la potencial víctima», explicó Busader.
Ahora la preocupación es más profunda, sobre todo después del caso de General Roca. «A esa vecina le bajaron las llaves de protección del pilar, haciéndole creer que tenía un desperfecto. Por suerte el hecho no pasó a mayores, pero es fundamental que todos los vecinos de Río Negro recuerden que los operarios de EdERSA nunca deben ingresar a una casa. Su trabajo está en la calle, y llega hasta el pilar», remarcó.
Para evitar caer en estas trampas es importante estar alerta y tomar estos consejos:
1° EdERSA nunca pide ningún tipo de clave de 6 dígitos a los usuarios. Los cortes programados se realizan para mejorar la calidad del servicio y en ninguna circunstancia le solicitarán algún dato para quedar exceptuado del mismo.
2° El personal de la distribuidora y su trabajo sólo llegan hasta el pilar de luz, y no tienen permitido en ninguna circunstancia ingresar a domicilio o comercio.
3° EdERSA no cobra por el cambio de medidor, es un costo que absorbe la empresa.
Ante cualquier duda o inquietud recomendamos comunicarse a través de nuestras plataformas comunicacionales como el sistema de Reclamos Automáticos SARA (08102229500); la APP; la web oficial (www.edersa.com.ar); la Oficina Virtual y el asistente virtual (ambos en la web); el mail corporativo ([email protected]); y las redes sociales (en Facebook, Instagram y X).
Judiciales
El perro dogo no constituye una amenaza para su hijo: Podrá quedarse a dormir en la casa del padre
El papá de un niño pequeño recurrió al Poder Judicial luego de que la madre planteara que la casa no era un lugar seguro, ya que el hombre convive con un perro dogo de gran tamaño.

El papá de un niño pequeño recurrió al Poder Judicial para poder pasar más tiempo con su hijo. Mediante una sentencia, logró obtener visitas semanales y pernoctes en su casa. La madre cuestionó la decisión, alegando que el niño no tiene la capacidad cognitiva para decidir. Además, planteó que la casa del padre no es un espacio seguro, ya que convive con un perro dogo de gran tamaño.
La Cámara de Apelaciones de Roca rechazó la apelación presentada por la mujer y confirmó la sentencia de primera instancia. Se mantuvo así el régimen de comunicación provisorio dispuesto.
La madre sostuvo que el perro representa un riesgo para un niño de tan corta edad, pero un informe socioambiental determinó lo contrario. Se concluyó que si bien en el domicilio paterno hay un perro dogo como mascota, al momento de la entrevista no presentó conductas agresivas.
El animal fue observado y no se detectaron actitudes violentas, por lo que se concluyó que no existían antecedentes ni indicadores de peligro inmediato. Pese al informe el fallo también impuso una obligación expresa al progenitor: debe garantizar los cuidados pertinentes cuando ejerza tareas de cuidado hacia su hijo.
Así, la sentencia remarca la igualdad parental y la necesidad de sostener vínculos afectivos con ambos progenitores, sin descuidar la protección integral del niño en sus primeras etapas de vida.
La resolución ordenó que los progenitores informaran al juzgado sobre cualquier imprevisto relacionado con el niño dentro de las 24 horas de ocurrido, y aclaró que las medidas eran provisorias y sujetas a revisión según hechos futuros.
La jueza sostuvo que la sentencia recurrida priorizó correctamente el interés superior del niño, y que el derecho a la coparentalidad es fundamental y no puede ser restringido sin motivos graves, los cuales no se evidencian en este caso.
La Cámara valoró especialmente un informe socioambiental presentado después del recurso, que concluyó que ambos progenitores ofrecen entornos aptos para el desarrollo saludable del niño.
Se sugirieron además medidas complementarias para proteger su bienestar, como favorecer un entorno armónico durante los intercambios parentales, incluir la posible participación de una tercera persona -como la abuela materna- y mejorar la comunicación entre los progenitores.
Roca
Controles de tránsito en Roca: Labraron más de 100 actas y retuvieron 15 vehículos
La falta de licencia, de seguro y el mal estacionamiento encabezaron el ranking de infracciones.

Como ocurre semanalmente en la ciudad, inspectores municipales de Tránsito llevaron adelante operativos de control en distintos sectores de General Roca, tanto en la zona urbana como rural, con el objetivo de reforzar la seguridad vial.
Según se informó oficialmente, los controles realizados entre el lunes (19/01) y el domingo (25/01) arrojaron un total de 107 actas de infracción. De ese número, 7 correspondieron a alcoholemias positivas, lo que derivó en la retención preventiva de 4 vehículos.
A estas actuaciones se sumaron otras 11 retenciones por diferentes infracciones, alcanzando un total de 15 vehículos retenidos, de los cuales 10 fueron motocicletas y 5 automóviles.
Entre las infracciones más frecuentes detectadas durante los operativos se encuentran la falta de licencia de conducir, la ausencia de seguro obligatorio y el mal estacionamiento.
Desde la Dirección de Tránsito del Municipio recordaron que se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre. El incumplimiento de esta normativa es considerado una falta grave y contempla multas que van de 1.000 a 3.000 USAM, equivalentes a montos que oscilan entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Finalmente, las autoridades municipales remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en cantidades mínimas, incrementa significativamente el riesgo de siniestros viales», por lo que instaron a evitar su ingesta al momento de conducir o a designar un conductor responsable, «en resguardo de la seguridad de todos los usuarios de la vía pública».
Judiciales
Le llevó té con vainillas a un paciente con dieta estricta y puso en riesgo el tratamiento: Quedó fuera de la tutela sindical
El cocinero mostró la reiteración de conductas que comprometían el servicio asistencial, pese a haber recibido múltiples sanciones.

La indicación médica fue clara: un paciente de un centro de salud de Roca debía mantenerse con dieta estricta, sin nada por boca. Sin embargo, desde la cocina de la clínica le enviaron un té con vainillas y azúcar.
La mucama advirtió la situación y no le entregó la comida al paciente. Esto evitó que se agravara su situación de salud. Las autoridades solicitaron la suspensión del cocinero, pero el hombre tenía un cargo de congresal sindical.
La legislación vigente garantiza una organización sindical libre y protege a quienes ejercen la función gremial. Por eso, para llevar adelante las sanciones laborales se requiere previamente un proceso judicial de exclusión de la tutela sindical, para que el Poder Judicial analice los argumentos.
La Cámara Segunda del Trabajo de Roca resolvió hacer lugar a la demanda presentada por la clínica para excluir al trabajador de la tutela. De esta manera, se le aplicó una sanción sin goce de haberes por el término de 10 días.
En la presentación, el centro de salud mencionó otros episodios similares: la entrega de una porción de tortilla de papa a un paciente en terapia intensiva con dieta líquida, y el envío de un omelette a otro paciente con requerimiento de dieta sin lactosa.
Todos estos episodios fueron considerados una falta de atención y de buena fe en el servicio. La clínica argumentó que el cocinero mostró la reiteración de conductas que comprometían el servicio asistencial, pese a haber recibido múltiples sanciones.
La empresa expuso un largo historial de inconductas del trabajador entre 2018 y 2024, que incluía ausencias injustificadas, llegadas tarde y entregas incorrectas de dietas a pacientes con restricciones alimentarias, sumando un total de 47 sanciones.
El trabajador no contestó la demanda, no compareció al proceso ni presentó descargo alguno, motivo por el cual el tribunal declaró su rebeldía procesal.
En este contexto, y conforme a la legislación vigente, los jueces tomaron como ciertos los hechos afirmados por la clínica.
La Cámara consideró que no existían elementos que permitieran presumir un accionar antisindical por parte de la clínica, ni que la medida disciplinaria tuviera motivaciones discriminatorias.
Por el contrario, entendió que el trabajador incurrió en hechos graves y reiterados que justificaban la aplicación de la sanción, y que la conducta atribuida no se relacionaba con el ejercicio de sus funciones sindicales.
La exclusión de la tutela sindical se basó en la protección del correcto funcionamiento de la organización laboral y en el principio de buena fe contractual.









