Roca
El Hospital López Lima reorganiza su servicio de Tocoginecología para asegurar atención adecuada
La falta de médicos en ginecología y obstetricia es un problema recurrente en todo el país, y Río Negro no es una excepción.

El Hospital López Lima de General Roca cuenta con un Servicio de Tocoginecología cuyos profesionales brindan una atención adecuada y oportuna. Sin embargo, algunos días específicos no es posible lograr la cobertura de guardias con médicos tocoginecólogos. En estos casos, se asegura la asistencia por parte de licenciadas en obstetricia y médicos de guardia que realizan su mejor esfuerzo.
La falta de médicos en ginecología y obstetricia es un problema recurrente en todo el país, y Río Negro no es una excepción. Resolver esta situación requiere un abordaje multidimensional. Además de continuar con la búsqueda exhaustiva de recursos humanos para completar el staff de tocoginecología, se ha decidido reorganizar de manera transitoria el funcionamiento de la Red de Atención Materno-Perinatal durante días específicos, para dar una respuesta adecuada a la población y a los hospitales que derivan al Hospital López Lima.
Para gestionar esta readecuación, se ha desarrollado un Plan de Contingencia, una herramienta de gestión estratégico-operativa basada en la Regionalización Perinatal, acorde al marco normativo del Ministerio de Salud de la Nación. Este plan tiene como objetivo dar una respuesta coordinada, segura y oportuna. Define que cada nacimiento debe llevarse a cabo en una maternidad con el nivel de resolución adecuado a cada situación, dependiendo de la edad gestacional y el riesgo materno y/o neonatal. Las gestaciones o trabajos de parto prematuros se trasladarán a una institución determinada, mientras que las gestaciones de término y de bajo riesgo se derivarán a otra institución adecuada.
Hechos destacados:
En días sin cobertura de toco-ginecólogos en el Hospital López Lima, se reorganiza la red para asegurar el traslado de la persona gestante en trabajo de parto a una institución cercana que cumpla con las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE).
Hace más de 10 años, el Ministerio de Salud de la Nación implementó la Categorización Habilitante de Maternidades en todo el país, definiendo qué instituciones están en condiciones de realizar partos y su nivel de resolución.
En Río Negro, el 66% de los bebés nacen en hospitales públicos.
La tasa de mortalidad infantil en Río Negro se redujo de 10,7 por mil en 2013 a 7,4 por mil en 2022, por debajo del promedio nacional. Los datos de 2023, aún no publicados, indican una reducción adicional.
En Río Negro, se realizan partos en 13 de los 36 hospitales de la provincia, garantizando que los bebés nazcan en maternidades que cumplen con las CONE.
Desde hace más de 10 años, un porcentaje creciente de bebés nace en instituciones fuera de su localidad de residencia. En 2023, el 27% de los recién nacidos se trasladaron para nacer en instituciones adecuadas.
La práctica de trasladar parturientas a instituciones adecuadas se repite en todo el país y en los países más avanzados, siendo más seguro que realizar partos en instituciones que no cumplen con las CONE.
La organización de los servicios materno-perinatales es tan importante como la competencia técnica para lograr buenos resultados.
La Regionalización Perinatal ha demostrado ser efectiva y eficiente para reducir la morbimortalidad materna e infantil.
La tasa de natalidad en el país ha caído en promedio un 40% en los últimos 10 años.
Este Plan de Contingencia no soluciona el problema de fondo, que requiere de acciones adicionales ya en marcha, pero ofrece un marco normativo y previsibilidad a los equipos de salud en situaciones de contingencia. «Si bien entendemos que los traslados pueden afectar a las familias y exigir esfuerzos adicionales a los equipos de salud, la decisión busca asegurar que cada bebé nazca en el lugar adecuado según su riesgo, en una institución que cumpla con los criterios de Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE)», explicaron.
Judiciales
Cuatro policías fueron declarados responsables por vejaciones y otros delitos contra adolescentes
Uno de los policías fue declarado autor y los otros tres partícipes necesarios. Ahora deberán atravesar la audiencia de cesura para conocer la pena.

El Tribunal Colegiado declaró hoy (24/09) responsables penalmente a cuatro policías por hechos cometidos contra dos adolescentes en junio de 2024, en el playón deportivo del barrio Alta Barda.
De esta manera, el Tribunal consideró acreditada la plataforma fáctica y la teoría del caso presentada por la Fiscalía durante el juicio. Uno de los empleados policiales fue declarado responsable en carácter de autor, mientras que los otros tres fueron considerados partícipes necesarios.
La calificación legal comprende los delitos de vejaciones y severidades, lesiones leves calificadas por el carácter de funcionario policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma.
Los cuatro deberán atravesar ahora la audiencia de cesura de pena, instancia en la que se determinará el monto de la condena. La Fiscalía ya adelantó que solicitará que la pena sea de cumplimiento efectivo.
Como medida cautelar para asegurar el avance del proceso hacia esa próxima etapa, el Ministerio Público Fiscal había solicitado que los cuatro responsables utilicen tobillera electrónica y que se establezca una prohibición de acercamiento.
«El peligro procesal de entorpecimiento a la investigación quedó explicitado tanto en nuestros alegatos como en la resolución del Tribunal, además el de fuga también es latente», expresó el fiscal del caso, Gastón Britos Rubiolo.
El funcionario agregó que se debe tener en cuenta la ubicación territorial, que los imputados son empleados policiales y que podrían recibir o pedir ayuda para fugarse. También hizo referencia a las contradicciones acreditadas entre los acusados y otros empleados policiales durante el juicio.
Las defensas penales públicas y particulares se opusieron a la colocación de los dispositivos electrónicos. Finalmente, el Tribunal resolvió que los cuatro realicen presentaciones semanales ante la Fiscalía que lleva adelante el caso.
El proceso continuará cuando las partes presenten la prueba con la que cuentan para atravesar el juicio de cesura de pena y la Oficina Judicial establezca la fecha de la audiencia.
Policiales
Increíble persecución que comenzó en Roca y terminó a 40 kilómetros de Casa de Piedra, terminó con cuatro detenidos luego de que se quedaran sin combustible
En el auto encontraron dinero en efectivo y una réplica de arma de fuego. Uno de los detenidos es un adolescente.

Una prolongada persecución policial durante la madrugada terminó con cuatro personas detenidas sobre la Ruta Provincial N° 6, luego de que el vehículo en el que escapaban se quedara sin combustible. Entre los ocupantes había un adolescente.
La secuencia comenzó alrededor de las 5.00 en inmediaciones de Mitre y Damas Patricias, en Roca. En ese lugar, los ocupantes de un Volkswagen Bora emprendieron la fuga a alta velocidad al advertir la presencia de las patrullas.
Tras la alerta radial, móviles de distintas dependencias policiales desplegaron un operativo para intentar interceptar el automóvil, que estaría vinculado a un hecho de daños ocurrido en un comercio céntrico.
La persecución se extendió durante varios kilómetros hacia la zona norte por la Ruta Provincial N° 6. Finalmente, a unos 40 kilómetros del puesto de Casa de Piedra, el Bora detuvo su marcha luego de quedarse sin nafta.

Los efectivos rodearon el vehículo y redujeron a sus cuatro ocupantes. Durante la requisa del automóvil encontraron fajos de dinero en efectivo y una réplica de arma de fuego.
Los cuatro fueron trasladados a la Comisaría 3°, donde quedaron a disposición de las autoridades judiciales.
Judiciales
Se lesionó mientras trasladaba una escalera durante la cosecha y deberá ser indemnizada
El accidente ocurrió mientras trasladaba una escalera dentro del establecimiento donde trabajaba como cosechadora temporaria. La ART había aceptado el siniestro, pero no hubo acuerdo sobre el monto de la indemnización.

Una trabajadora que se desempeñaba como cosechadora de cerezas sufrió un accidente laboral durante una jornada de temporada y deberá recibir una indemnización superior a la que había sido calculada inicialmente por la aseguradora.
El accidente ocurrió una mañana, cuando la mujer tomó una escalera para trasladarla dentro del establecimiento. En ese momento, la lanza se cerró de manera repentina y el mecanismo le atrapó los dedos anular y medio de la mano derecha. El dolor que sufrió le impidió continuar con la jornada.
La empresa denunció el hecho ante la aseguradora, que aceptó el siniestro y le brindó atención médica. Una vez otorgada el alta, la trabajadora acudió a la Comisión Médica de Roca, donde se determinó que las secuelas le habían provocado una incapacidad laboral permanente del 10,19%.
La mujer aceptó el porcentaje establecido, pero rechazó el monto ofrecido en concepto de indemnización. Al no alcanzarse un acuerdo, quedó habilitada la vía judicial y posteriormente inició una demanda contra Asociart ART.
El reclamo no cuestionaba el porcentaje de incapacidad, sino la suma que correspondía cobrar. La aseguradora reconoció el accidente y las prestaciones médicas brindadas, pero rechazó el monto reclamado al considerar que había sido calculado sobre un salario mensual incorrecto y con una actualización que no correspondía.
La Cámara Laboral de Roca analizó los salarios anteriores al accidente y los días efectivamente trabajados, teniendo en cuenta que se trataba de una trabajadora de temporada.
Para establecer la reparación, aplicó las pautas de la Ley de Riesgos del Trabajo, la Ley N° 26.773 y la doctrina fijada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en el precedente Leiva.
Con esos parámetros, el Tribunal tomó el porcentaje de incapacidad del 10,19% y realizó el cálculo correspondiente con las actualizaciones previstas para este tipo de accidentes.
Finalmente, hizo lugar a la demanda y condenó a Asociart ART a pagar la indemnización dentro de los diez días posteriores a la notificación de la sentencia, incluyendo los intereses calculados y los que correspondan hasta el efectivo pago.
La resolución todavía no se encuentra firme y puede ser apelada.








