Roca
El Hospital López Lima reorganiza su servicio de Tocoginecología para asegurar atención adecuada
La falta de médicos en ginecología y obstetricia es un problema recurrente en todo el país, y Río Negro no es una excepción.

El Hospital López Lima de General Roca cuenta con un Servicio de Tocoginecología cuyos profesionales brindan una atención adecuada y oportuna. Sin embargo, algunos días específicos no es posible lograr la cobertura de guardias con médicos tocoginecólogos. En estos casos, se asegura la asistencia por parte de licenciadas en obstetricia y médicos de guardia que realizan su mejor esfuerzo.
La falta de médicos en ginecología y obstetricia es un problema recurrente en todo el país, y Río Negro no es una excepción. Resolver esta situación requiere un abordaje multidimensional. Además de continuar con la búsqueda exhaustiva de recursos humanos para completar el staff de tocoginecología, se ha decidido reorganizar de manera transitoria el funcionamiento de la Red de Atención Materno-Perinatal durante días específicos, para dar una respuesta adecuada a la población y a los hospitales que derivan al Hospital López Lima.
Para gestionar esta readecuación, se ha desarrollado un Plan de Contingencia, una herramienta de gestión estratégico-operativa basada en la Regionalización Perinatal, acorde al marco normativo del Ministerio de Salud de la Nación. Este plan tiene como objetivo dar una respuesta coordinada, segura y oportuna. Define que cada nacimiento debe llevarse a cabo en una maternidad con el nivel de resolución adecuado a cada situación, dependiendo de la edad gestacional y el riesgo materno y/o neonatal. Las gestaciones o trabajos de parto prematuros se trasladarán a una institución determinada, mientras que las gestaciones de término y de bajo riesgo se derivarán a otra institución adecuada.
Hechos destacados:
En días sin cobertura de toco-ginecólogos en el Hospital López Lima, se reorganiza la red para asegurar el traslado de la persona gestante en trabajo de parto a una institución cercana que cumpla con las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE).
Hace más de 10 años, el Ministerio de Salud de la Nación implementó la Categorización Habilitante de Maternidades en todo el país, definiendo qué instituciones están en condiciones de realizar partos y su nivel de resolución.
En Río Negro, el 66% de los bebés nacen en hospitales públicos.
La tasa de mortalidad infantil en Río Negro se redujo de 10,7 por mil en 2013 a 7,4 por mil en 2022, por debajo del promedio nacional. Los datos de 2023, aún no publicados, indican una reducción adicional.
En Río Negro, se realizan partos en 13 de los 36 hospitales de la provincia, garantizando que los bebés nazcan en maternidades que cumplen con las CONE.
Desde hace más de 10 años, un porcentaje creciente de bebés nace en instituciones fuera de su localidad de residencia. En 2023, el 27% de los recién nacidos se trasladaron para nacer en instituciones adecuadas.
La práctica de trasladar parturientas a instituciones adecuadas se repite en todo el país y en los países más avanzados, siendo más seguro que realizar partos en instituciones que no cumplen con las CONE.
La organización de los servicios materno-perinatales es tan importante como la competencia técnica para lograr buenos resultados.
La Regionalización Perinatal ha demostrado ser efectiva y eficiente para reducir la morbimortalidad materna e infantil.
La tasa de natalidad en el país ha caído en promedio un 40% en los últimos 10 años.
Este Plan de Contingencia no soluciona el problema de fondo, que requiere de acciones adicionales ya en marcha, pero ofrece un marco normativo y previsibilidad a los equipos de salud en situaciones de contingencia. «Si bien entendemos que los traslados pueden afectar a las familias y exigir esfuerzos adicionales a los equipos de salud, la decisión busca asegurar que cada bebé nazca en el lugar adecuado según su riesgo, en una institución que cumpla con los criterios de Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE)», explicaron.
Judiciales
Disfonía irreversible: Una docente de Roca deberá ser indemnizada por la ART
La trabajadora se desempeñó durante más de dos décadas frente a alumnos y desarrolló una disfonía funcional crónica que fue reconocida como enfermedad profesional.

Durante más de dos décadas, una docente de nivel primario de Roca utilizó su voz como una herramienta esencial de trabajo. Se desempeñó frente a alumnos con jornadas de alta carga horaria. Con el paso del tiempo comenzó a presentar dificultades para hablar, alteraciones en la voz y una afectación progresiva de sus cuerdas vocales.
La trabajadora denunció que esas exigencias laborales derivaron en una disfonía funcional crónica. La patología fue reconocida como enfermedad profesional dentro del trámite ante la comisión médica, aunque ese organismo no había determinado incapacidad laboral. En la instancia judicial, una pericia médica concluyó que presentaba una disfonía irreversible y estableció una incapacidad permanente.
La docente inició una demanda contra Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. para reclamar la indemnización prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo. El fuero Laboral Roca hizo lugar al planteo y condenó a la ART a pagar una indemnización por la incapacidad laboral reconocida.
Durante el proceso, la aseguradora rechazó el reclamo. Sostuvo que no existía incapacidad indemnizable. Cuestionó la relación entre la dolencia y las tareas realizadas y objetó el porcentaje reclamado por la trabajadora. También defendió la aplicación el sistema utilizado para determinar el porcentaje de incapacidad.
La Cámara del Trabajo analizó la prueba incorporada al expediente y tomó como elemento central la pericia médica oficial. El especialista determinó que la trabajadora presentaba una incapacidad base del 15% por la disfonía funcional irreversible. A ese porcentaje sumó factores vinculados con la dificultad para realizar su tarea habitual, hasta alcanzar el 20,26% de incapacidad parcial y permanente.
En análisis se centró en cómo debía calcularse la incapacidad. En consecuencia, declaró inconstitucional el artículo 3 del Decreto 549/2025 que actualiza la tabla utilizada para determinar el porcentaje de incapacidad laboral.
Para resolver el caso, la Cámara sostuvo que una nueva norma no puede modificar las condiciones de una enfermedad laboral que ya se había manifestado, porque eso podría afectar derechos reconocidos. Además, recordó que el sistema de riesgos del trabajo debe brindar una protección adecuada a las personas trabajadoras.
La sentencia citó criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la aplicación temporal de las normas y precedentes del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro vinculados con contingencias laborales.
El fallo se dictó dentro del régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo y reconoció una prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial.
Policiales
Recuperaron una moto robada que estaba abandonada en un zanjón
El rodado registraba un pedido de secuestro vigente desde el 14 de agosto por un hecho de hurto ocurrido en Chacramonte.

Personal de la Brigada Motorizada de Apoyo (BMA) recuperó este martes (25/08) una motocicleta que registraba un pedido de secuestro por un hecho de hurto ocurrido días atrás en Chacramonte.
El procedimiento se realizó durante tareas preventivas en el sector de Quinta 25, donde los efectivos localizaron una motocicleta en aparente estado de abandono. Se trataba de una Skua de color blanco y rojo, que se encontraba dentro de un zanjón, oculta entre yuyos y pallets.
Los uniformados verificaron los datos identificatorios del rodado y realizaron la correspondiente consulta en el sistema policial. Allí constataron que tenía un pedido de secuestro vigente desde el 14 de agosto de 2026, solicitado por el Destacamento 177° de Chacramonte por un hecho de hurto.
Ante esta situación, los efectivos procedieron al secuestro de la moto. Debido a las condiciones del lugar y a factores climáticos, el rodado fue trasladado en un móvil policial hasta la Subcomisaría 69°.
La moto quedó a disposición para continuar con las diligencias de rigor y avanzar con la investigación y posterior restitución a su propietaria.
Policiales
Insultos y amenazas en el frente de una vivienda: Un hombre fue demorado
El hecho ocurrió durante la madrugada del martes, luego de que una mujer alertara a la Policía de una curiosa situación que ocurría frente a su domicilio.

Un hombre de 39 años fue demorado durante la madrugada del martes (25/08) luego de protagonizar un incidente frente a una vivienda ubicada sobre Avenida Roca.
La intervención de efectivos de la Comisaría 31° se inició luego de que una mujer solicitara presencia policial debido a que un hombre se encontraba frente a su domicilio y, según manifestó, intentaba ingresar a la vivienda.
Al arribar al lugar, los uniformados encontraron al sujeto en la vía pública, frente a la propiedad, mientras profería insultos hacia el interior.
Los efectivos intentaron dialogar con el hombre y le solicitaron que depusiera su actitud para evitar que pudiera lesionarse o provocar lesiones a terceros. Sin embargo, continuó con un comportamiento agresivo y manifestó intenciones de ingresar al domicilio.
Además, los policías constataron que presentaba aliento etílico, por lo que procedieron a demorarlo y trasladarlo a la unidad policial.
El hombre quedó demorado por provocar molestias y alterar el orden en la vía pública.








