Judiciales
Declararon culpable al periodista Emiliano Gatti
El periodista podría afrontar una pena de cumplimiento efectiva de más de 4 años de prisión.

Un Tribunal de Juicio de Roca declaró hoy (04/06) la responsabilidad penal del periodista Emiliano Gatti, de 53 años, por los delitos de «tenencia y facilitación de imágenes de abuso sexual infantil». Por tratarse de 50 videos descargados en momentos distintos y puestos a disposición de otros usuarios de la plataforma E-Mule, el Tribunal definió que se trata de 50 hechos de facilitación independientes, lo que jurídicamente se conoce como concurso real de delitos. En tanto que la tenencia y la facilitación integran entre sí un concurso ideal de delitos, todos los cuales están agravados porque las víctimas que aparecen en las imágenes son menores de 13 años de edad.
La próxima instancia del juicio será la cesura, para definir el monto de la pena que se deberá imponer al conductor de televisión, poseedor de las imágenes.
El juicio se desarrolló la segunda quincena de mayo, en un total de seis audiencias. Hoy se conoció el veredicto de culpabilidad que hizo lugar a dos de los tres delitos sostenidos por las partes acusadoras. No se declaró la culpabilidad por el delito de «tenencia con fines inequívocos de distribución». El juez Luciano Garrido dio a conocer el fallo y anticipó los fundamentos. Los argumentos de la condena se desarrollarán íntegramente más adelante, con la sentencia definitiva de la cesura.
El Tribunal estuvo integrado por el juez Garrido, el juez Emilio Stadler y la jueza Verónica Rodríguez, quienes fallaron por unanimidad. La acusación estuvo a cargo de la fiscal jefa Graciela Echegaray y por la querellante Gabriela Prokopiw, por la asociación civil “Madres que rompen el silencio”. La defensa del imputado fue de los defensores particulares Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena.
Fundamentos
Entre sus fundamentos el Tribunal anticipó hoy que «los hechos de la acusación se encuentran certeramente acreditados, más allá de toda duda razonable. Destacamos que en este caso resulta contundente y decisiva la prueba científica y técnica que se ha producido en el juicio», se agregó.
Los jueces señalaron la gravedad de los delitos acreditados, al afirmar que la simple tenencia de ese tipo de videos «favorece el crecimiento de este mercado, dado que la demanda de material incentiva la comisión de más abusos».
El veredicto reseñó que la investigación comenzó en el área de Cibercrimen del Departamento de Investigaciones Judiciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en agosto de 2022. Ese equipo realizó una pesquisa en las plataformas ICACCOPS y CPS para detectar usuarios que compartieron material de abuso sexual infantil entre junio de 2021 y agosto de 2022.
De esa búsqueda se identificaron 92 usuarios en Argentina, cinco de ellos en Río Negro, a los cuales se les asignó un número de objetivo. El objetivo F66 se asignó al imputado y se determinó que el 2 de febrero de 2022 se produjo desde su computadora la primera descarga. La última fue el 12 de abril del mismo año. Esa información llegó a la provincia a través de la Red 24/7, que se dedica a la persecución de casos de distribución de material de abuso infantil, y así se activó el protocolo de investigación local, que finalizó con el allanamiento del 15 de noviembre de 2022 en la vivienda del acusado.
El Tribunal evaluó que el imputado dijo en el juicio que no tenía conocimiento de la existencia de esos videos que estaban en su computadora, en un disco rígido en desuso, en un disco externo y en un pen drive. Sobre este último, que contenía únicamente la carpeta con los 50 videos, el imputado dijo que no le pertenecía.
Las pericias demostraron que los videos fueron abiertos y visualizados en la PC desde el mes de agosto de 2022 hasta unos pocos días antes del allanamiento. En ese lapso la vivienda estuvo vigilada por los investigadores, quienes confirmaron que el imputado fue la única persona que ingresó al domicilio por esos días. «Esto da por tierra lo sostenido por el imputado y su defensa técnica en cuanto a que no conocía la existencia de los videos», concluyó el Tribunal.
Finalmente el Tribunal rechazó los planteos de inconstitucionalidad que había presentado la defensa. Esa parte sostuvo que el mecanismo de identificación de usuarios de la red viola derechos fundamentales de la Constitución Nacional, como la intimidad. También cuestionó la legalidad del allanamiento y la constitucionalidad de los delitos de facilitación y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil.
Según el veredicto, la pesquisa se realizó en cumplimiento de obligaciones internacionales asumidas para la protección de la integridad de niños, niñas y adolescentes, no se violaron garantías constitucionales ni se obtuvieron datos sensibles del imputado en forma ilegal.
Judiciales
Caso Julián Dobra: un nuevo detenido por el crimen del joven roquense
El Ministerio Público Fiscal imputó a un joven de 18 años, acusado de participar en el homicidio ocurrido en abril pasado. Se convirtió en el octavo implicado en la causa.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un nuevo imputado acusado de haber participado en el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. El joven, de 18 años, fue detenido durante la mañana de este viernes (07/11) y se convirtió en el octavo acusado en la causa.
Según la hipótesis fiscal, el detenido formó parte del grupo que, entre las 19.48 y las 20.23, coordinó un encuentro con la víctima detrás de la defensa aluvional. Allí lo habrían engañado para concretar una reunión y posteriormente lo agredieron con golpes y un arma de fuego, provocándole las lesiones que derivaron en su muerte. Todo ello en el marco de un plan ideado por otro de los imputados.
De acuerdo con la acusación, el joven participó también del robo del automóvil de Dobra y del ingreso a su domicilio, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos utilizando la llave original.
La calificación legal atribuida es la de coautor de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego, en concurso real con hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída, agravados por la participación de menores de edad.
Durante la audiencia, la Fiscalía presentó pruebas que incluyen rastros levantados en el lugar del hecho, informes de cámaras del 911, pericias telefónicas y análisis biológicos, entre otros elementos.
El defensor oficial se opuso a la formulación de cargos y pidió medidas de protección para las víctimas, mientras que la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del acusado. El juez de Garantías hizo lugar al pedido del Ministerio Público, imponiendo la medida cautelar y recordando que la causa fue declarada compleja, lo que extiende el plazo de investigación hasta mayo de 2026.
Con esta nueva imputación, el caso que conmocionó a General Roca ya cuenta con 8 personas acusadas, entre mayores y menores de edad, por su presunta participación en el brutal homicidio.
Judiciales
Por una apuesta familiar la inscribieron con otro nombre: 60 años después logró cambiarlo
El fallo consideró que existían “justos motivos” para el cambio, por el sufrimiento que le generó y por el uso habitual de su nombre elegido.

Una mujer del Alto Valle logró una resolución histórica: el Poder Judicial de Cipolletti autorizó el cambio de su nombre, inscripto hace más de 6 décadas a raíz de una apuesta familiar.
La historia comenzó a principios de los años ‘60, cuando su padre acudió solo al Registro Civil para inscribirla. En la puerta, un primo lo desafió a anotarla con un nombre inusual, elegido al azar. El hombre aceptó la broma, sin imaginar que ese gesto definiría parte de la vida de su hija.
Desde niña, la mujer soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia abandonó la escuela para evitar oírlo en público y, ya de adulta, evitó todo trámite donde figurara su documento. «No tramitó pasaporte, ni tarjetas de crédito, ni se inscribió en su jubilación», indica el fallo. Incluso en su casamiento, escuchar su nombre en voz alta fue una experiencia dolorosa.
Durante décadas, se presentó socialmente con otro nombre -una inicial, ‘A.’, en los documentos judiciales-, el mismo que usó en su entorno, en redes sociales y en actividades artísticas. En agosto de 2025, inició una acción judicial para reemplazar los prenombres impuestos por el que la representaba realmente.
El pedido fue acompañado por testimonios, capturas de pantalla, certificados y un informe técnico interdisciplinario que concluyó que el cambio sería «una forma simbólica de reparación».
Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil avalaron el pedido. El tribunal de Familia consideró que existían «justos motivos» conforme al Código Civil y Comercial, que contempla la modificación cuando el nombre afecta la personalidad o cuando la persona usa habitualmente otro.
En noviembre de 2025, la Justicia ordenó eliminar los prenombres originales y rectificar su partida de nacimiento, reconociendo oficialmente su identidad elegida.
Después de 60 años de cargar con un nombre impuesto por una broma, la mujer consiguió finalmente llamarse como siempre quiso.
Judiciales
Nuevos elementos del celular de la víctima reconfiguran la investigación por el crimen de Julián Dobra de la Canal
El juez de Garantías declaró la causa como compleja y extendió el plazo de investigación hasta mayo de 2026.

El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción reformuló cargos en la causa que investiga el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. La medida se basó en nuevos elementos incorporados a la investigación, principalmente el análisis del celular de la víctima, que permitió precisar detalles sobre el hecho y las responsabilidades de cada imputado.
Según la hipótesis fiscal, el crimen ocurrió entre las 19.48 y las 20.23, en una zona ubicada detrás de la defensa aluvional. En ese lapso, cuatro hombres agredieron a la víctima con golpes y un arma de fuego, cumpliendo un plan previamente ideado por una quinta persona.
Dobra fue arrastrado y abandonado detrás de unos arbustos, donde finalmente falleció a causa de las lesiones en el cráneo. Posteriormente, los agresores se apoderaron de su automóvil y lo utilizaron para ingresar a su departamento, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos.
Además, se acreditó que un sexto implicado omitió brindar información sobre el paradero de la víctima pese a conocer lo ocurrido, mientras que un séptimo hombre ocultó el vehículo sustraído en una vivienda de calle Urquiza.
El análisis del celular, clave para el avance de la causa
El avance de la investigación se fortaleció a partir del trabajo técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, que logró acceder al contenido del celular de Dobra sin necesidad de enviarlo al exterior.
Del dispositivo se recuperaron más de 1.400 puntos de geolocalización, registros de llamadas, mensajes, videos e imágenes que vinculan directamente a los imputados entre sí y con la víctima.
La información fue cotejada con testimonios, informes del 911 y pericias previas, confirmando la hipótesis del Ministerio Público.
También se hallaron mensajes entre los acusados donde coordinaban acciones posteriores al homicidio, como ocultar el vehículo e incluso intentar incendiarlo.
7 imputados y causa declarada compleja
Dos de los implicados fueron acusados de homicidio triplemente agravado (por el concurso premeditado de dos o más personas, por el uso de arma de fuego y por la intervención de menores). A uno de ellos se le sumó el cargo de hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída.
Tres personas menores de edad fueron imputadas por los mismos delitos en concurso real con hurto calificado, y un cuarto adolescente también fue acusado de portación ilegal de arma de fuego de uso civil. Los dos restantes fueron imputados por encubrimiento agravado.
Durante la audiencia, las partes debatieron sobre la complejidad del caso. Finalmente, el juez de Garantías admitió la reformulación de cargos y declaró la causa como compleja, extendiendo el plazo de investigación hasta el 9 de mayo de 2026.
El magistrado también resolvió prorrogar la prisión preventiva de los imputados mayores de edad hasta esa fecha, y mantener las medidas cautelares para los menores. Uno de ellos deberá presentarse periódicamente ante la Fiscalía.









