Roca
Hoy se desarrolla la primera subasta de terrenos municipales
Las subastas continuarán los miércoles 14, 21 y 28 de agosto.

Esta mañana (06/08) se realizará la primera fecha de subasta de terrenos que desarrollará el Municipio de Roca durante el mes de agosto. Además del listado de los 77 lotes, ya se encuentra publicada en la página web la lista de terrenos correspondientes a esta primera fecha.
Un total de 77 lotes serán subastados en el marco de la Ordenanza N° 5035/24. Todos los terrenos son propiedad del Municipio en virtud de las cesiones realizadas en los loteos establecidas por el Plan Director de Roca. Se ubican en zonas residenciales, tanto en barrios privados como abiertos, y por su alto valor de mercado no resultan aplicables a loteos sociales u otros planes habitacionales.
De esta forma, hoy (07/08) y los miércoles 14, 21 y 28 de agosto, a las 8.30 horas en el Salón de Sesiones del Concejo Deliberante se llevará a cabo la subasta pública, con participación del Colegio de Martilleros II Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro.
Ingresando al sitio web https://www.generalroca.gob.ar/subasta2024/ se puede acceder al listado completo de lotes a subastar, que detalla el monto base establecido por tasación del Colegio de Martilleros, nomenclatura, ubicación, barrio, superficie y plano de cada terreno. También, en los días previos a cada fecha de subasta, se publicará allí la nómina de lotes incluidos.
La subasta de este tipo de lotes posibilita, por un lado, generar ingresos para invertir en la realización de obras de infraestructura y servicios; y por otro, permite un importante ahorro para el Municipio en costos fijos de mantenimiento.
Respecto de las condiciones de compra que los potenciales compradores deben tener en cuenta, se destacan los siguientes aspectos:
- Los adquirentes deberán abonar, dentro de las 48 horas del acto de subasta, el 30% del valor total del lote en concepto de seña. El saldo del 70% restante se abonará como máximo a los 30 días desde la fecha de realizada la subasta o se podrá optar por un plan de pago cuyas condiciones serán establecidas por el Poder Ejecutivo Municipal, el cual no superará el plazo de tres cuotas mensuales y consecutivas. Tanto la seña (30%) como el saldo restante (70%), se podrán abonar mediante cheque certificado, transferencia bancaria o depósito bancario.
- El no pago en término de algunas de las cuotas, lo hará pasible de sanciones, dar por perdida la seña o cuotas abonadas, más daños y perjuicios que ocasione por postor remiso, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial, perdiendo el postor remiso todo derecho sobre el inmueble.
- La comisión del martillero, que será del 3%, deberá abonarse en el acto de subasta, en efectivo o por transferencia bancaria.
- La escritura traslativa de dominio se iniciará dentro de los 60 (sesenta) días de cancelada la totalidad del precio y ante el notario que designe el comprador. Todos los gastos de escrituración estarán a cargo del comprador.
Toda la información se encuentra disponible en el sitio web municipal. Para realizar otras consultas sobre el tema, las personas interesadas también pueden dirigirse a la Dirección de Agrimensura de la Municipalidad de General Roca, en calle Mitre 710, de lunes a viernes de 9 a 12 horas; al teléfono 0298-4431400 interno 2312; o por email a [email protected] y/o [email protected].
Judiciales
Trabaja en una bodega expuesta al ruido de las maquinas: La ART deberá compensar la hipoacusia
Durante 24 horas semanales está expuesta al ruido de las máquinas transportadoras en un lugar cerrado.

Una mujer trabaja desde hace 18 años en una bodega ubicada en una chacra de Roca. En el establecimiento realiza tareas como clasificadora. Durante 24 horas semanales está expuesta al ruido de las máquinas transportadoras en un lugar cerrado.
En los últimos años comenzó a sentir zumbidos en el oído izquierdo y, luego, en el derecho. Las molestias derivaron en una disminución auditiva. Finalmente, fue diagnosticada con hipoacusia bilateral. La patología está directamente relacionada con la exposición al ruido como factor de riesgo.
La mujer inició los trámites para denunciar la enfermedad profesional, pero la aseguradora rechazó la presentación. Ante esta negativa, recurrió al Poder Judicial y presentó una demanda contra La Segunda ART. También impugnó el dictamen de la comisión médica, que calificó el hecho como una enfermedad inculpable.
Durante el proceso judicial, afirmó que no tenía antecedentes auditivos al momento de ingresar a trabajar, lo cual quedó acreditado en el examen preocupacional realizado antes de su incorporación a la bodega. Además, explicó que la empresa no proporciona elementos de protección auditiva.
El fuero Laboral de Roca dio por probada la existencia del factor de riesgo ruido en el puesto de trabajo, así como también la exposición continua a este. Asimismo, reconoció la existencia de una enfermedad auditiva y la relación de causalidad entre el ruido y el daño.
El fallo consideró el carácter profesional de la hipoacusia y condenó a la ART a indemnizar a la mujer por la incapacidad parcial sufrida.
La aseguradora sostuvo que la enfermedad denunciada no es de carácter laboral y, por lo tanto, no está cubierta por el contrato de afiliación vigente. Rechazó todos los hechos expuestos por la trabajadora y argumentó que no existía nexo causal entre la tarea desarrollada y la afección auditiva.
Durante el juicio se produjeron diversas pruebas periciales médicas y técnicas. El perito en Higiene y Seguridad confirmó que en la bodega se registraron niveles de ruido superiores a los límites legales, antes de que la empresa implementara medidas para reducirlos.
Por su parte, el perito médico reconoció que, aunque los patrones audiométricos no son típicos de una hipoacusia inducida por ruido, existe una exposición comprobada al agente nocivo y una incapacidad parcial.
Judiciales
Cobraba las asignaciones familiares de los hijos, pero no las transfería a la madre: Deberá pagar cuota alimentaria
El fuero de Familia de Roca hizo lugar a la demanda de alimentos que la mujer presentó en representación de sus hijos.

Una mujer, madre de tres hijos, trabaja como empleada doméstica, niñera y cuidadora de adultos mayores para sostener la economía familiar. Además, realizó un curso de manicura para aumentar sus ingresos.
Estuvo en pareja durante 15 años, pero la relación finalizó. El hombre continúa habitando la casa familiar, mientras que ella alquila una vivienda donde reside con sus hijos y su hermana. Un informe social determinó que el lugar es muy precario y reducido.
El padre no paga alquiler y realiza aportes económicos de manera esporádica. La mujer expresó que él cobra las asignaciones familiares correspondientes a los hijos, pero no las entrega.
El fuero de Familia de Roca hizo lugar a la demanda de alimentos que la madre presentó en representación de sus hijos. El fallo estableció una cuota alimentaria mensual sobre los ingresos del padre.
La mujer manifestó atravesar una situación económica precaria, con ingresos irregulares provenientes de trabajos informales. Detalló que vive en condiciones de hacinamiento y sin acceso a servicios básicos.
En su defensa, el hombre negó los hechos y sostuvo que participa en el cuidado de los niños. Sin embargo, la prueba incorporada al expediente acreditó que la atención diaria y constante de los hijos recae exclusivamente en la madre.
La jueza recordó que el cuidado brindado por madres y otras mujeres de la familia «suele ser llamado un trabajo de amor, pero nunca es solamente eso: involucra trabajo arduo y responsabilidad, tiempo, energía, dinero y pérdida de oportunidades alternativas».
El fallo reconoció el valor económico de las tareas de cuidado que realiza la madre y su impacto en la organización familiar. Esta carga fue enmarcada como una responsabilidad compartida.
Además, se indicó que el incumplimiento del padre respecto de sus obligaciones esenciales hacia los hijos constituye una forma de violencia de género económica contra la mujer.
El informe pericial describió un grupo familiar monoparental a cargo de la progenitora, con escasos recursos y condiciones habitacionales deficitarias. El padre no logró demostrar un régimen de cuidado compartido ni una presencia constante en la vida cotidiana de los hijos.
Roca
El Municipio continúa con la repavimentación y suma más de 30 calles recuperadas
Las obras se realizan con carpeta asfáltica en caliente o hormigón hidráulico.

El Municipio de Roca avanza con el plan de repavimentación de calles 2025, un programa destinado a mejorar la transitabilidad y reforzar la seguridad vial en los sectores más deteriorados de la ciudad. En la jornada de ayer (19/11), las cuadrillas municipales trabajaron sobre Isidro Lobo entre Don Bosco y Maipú, dando continuidad a un extenso cronograma de obras.
Hasta el momento, se completaron trabajos de repavimentación en una gran cantidad de tramos distribuidos en distintos barrios. Entre ellos, se encuentran Gadano entre Avenida Roca y Sarmiento; Avenida Roca entre Canal Grande y Gadano; Belgrano entre Gadano y Mariano Moreno, y también entre 25 de Mayo e Yrigoyen; Yrigoyen entre Belgrano e Italia; Guatemala entre Río Negro y Formosa, y entre Formosa y Mendoza; España entre Alsina y Artigas; 9 de Julio entre San Juan y 3 de Febrero; 3 de Febrero entre 9 de Julio y Tucumán; Rivadavia entre Tucumán y San Martín; Mitre entre Saavedra y Piedrabuena, entre Piedrabuena y Rivadavia, entre Rivadavia y Damas Patricias, y desde Damas Patricias 2471 hasta Rivadavia; además de la intersección de Mitre y Piedrabuena; San Martín y Brown; y el tramo de San Martín comprendido entre Cipolletti, 3 de Febrero y Urquiza. También se ejecutaron tareas en Bolivia entre Avenida Roca y España, y en el ingreso desde Ruta 22; Paraguay entre Avenida Roca y Sarmiento, y entre Sarmiento e Italia; México entre Sarmiento y Avenida Roca; Italia entre Paraguay y México, entre Uruguay y Brasil, y entre Chile, Chulavista y Estados Unidos; Estados Unidos entre España y Maipú; Maipú entre México y Paraguay; La Plata entre Río Negro y Chaco, y entre Río Negro y Del Líbano; Humberto Canale entre Ruta 22 y Lago Lacar; y nuevamente Rivadavia entre Tucumán y Mitre.
En total, el plan incluye la intervención de 38 sectores, con superficies que oscilan entre los 200 y los 1.000 m², lo que representa 33.971 m² de repavimentación. Las obras se realizan con carpeta asfáltica en caliente o hormigón hidráulico, según las necesidades técnicas de cada zona, e implican además la preparación previa de paños y cunetas.
Desde el Municipio resaltan que estas tareas son esenciales para sostener la infraestructura vial, ya que el deterioro de las calles se origina por múltiples causas: «el intenso tránsito vehicular, las condiciones climáticas, el desgaste natural de los materiales y, especialmente, las roturas recurrentes de los servicios de agua y cloacas, a cargo de la empresa provincial Aguas Rionegrinas, que terminan afectando la base y provocan baches y hundimientos».









