Río Negro
Boleto estudiantil: Más del 80% de los estudiantes universitarios que se anotaron en el registro, viajan de una localidad a otra para cursar
Cipolletti y Roca son las ciudades con más cantidad de alumnos.

Un total de 2757 estudiantes universitarios rionegrinos completaron el registro, de los cuales 2252 (81,7%) se traslada de una localidad a otra para cursar, lo que resalta la importancia de los servicios de transporte en la vida académica. Sin embargo, más de la mitad no tiene las tarjetas de sus respectivas líneas de transporte y tampoco tramitaron el beneficio del 50% en el boleto estudiantil.
El papel de los centros de estudiantes y de las áreas de bienestar universitario en la difusión se torna fundamental para que el estudiantado académico haga uso del beneficio.
El registro surgió por iniciativa de la Unidad Provincial de Enlace con las Universidades (UPEU) y la Secretaría de Transporte de Rio Negro, junto a la Universidad Nacional del Comahue (UNCo), la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) y el Instituto Universitario Patagónico de Artes (IUPA), y estuvo abierto desde el 20 de septiembre hasta el 4 de octubre.
La herramienta permitió a las universidades y a la Provincia construir datos para modernizar y facilitar el acceso a la tarjeta de transporte, evitándole al estudiante que deba acreditar su regularidad académica ante las empresas.
El acceso al descuento del 50% del pasaje del colectivo interurbano está igualmente garantizado por la provincia de Río Negro, independientemente de si el estudiante esté registrado o no.
En total fueron 2757 las y los estudiantes universitarios rionegrinos que completaron el registro; de los cuales, 2252 (81,7%) se traslada de una localidad a otra para cursar. De ese total, 1372 (61%) no tienen tarjetas de colectivo (Busko-Koko, Pehuenche, Las Grutas y Coop El Juncal); es decir que 880 tienen tarjeta, pero solo 362 tramitaron el beneficio del 50% en el boleto estudiantil en 2024.
Según el registro, la línea de transporte más utilizada por los estudiantes es KoKo con 1.731 estudiantes. Le siguen Pehuenche con 441 estudiantes, Las Grutas con 77 estudiantes y la Cooperativa El Juncal con 3 estudiantes.
Cabe destacar que para sostener el beneficio del descuento del 50% del pasaje, la Provincia deja de percibir el impuesto por ingresos brutos que las empresas de transporte deben pagar por los boletos otorgados a los estudiantes.
Datos por Universidades
De los 2252 estudiantes que se trasladan de una localidad a otra para estudiar, 1685 estudian en la UNCo, 410 en la UNRN, 145 en el IUPA y 12 en la UTN. Las ciudades rionegrinas más elegidas para estudiar son Cipolletti (700), General Roca (457) y Allen (216). En la ciudad de Neuquén se registró que estudian 641 alumnos y alumnas.
UNCo
En esta institución se registraron un total de 1978 estudiantes, de los cuales 1685 se trasladan de una localidad a la otra para cursar, es decir, utilizan el transporte interurbano. Un total de 1043 estudiantes (62%) no tienen tarjeta. Y de los 642 estudiantes que sí la tienen, solo 234 tramitaron el beneficio del 50% del Boleto estudiantil.
UNRN
En esta institución se registraron un total de 552 estudiantes, de los cuales 410 se trasladan de una localidad a la otra para cursar. Un total de 232 estudiantes (57%) no tienen tarjetas. Y de los 178 estudiantes que sí la tienen, solo 102 tramitaron el beneficio del 50% del Boleto estudiantil.
IUPA
En esta institución se registraron un total de 214 estudiantes, de los cuales 145 se trasladan de una localidad a la otra para cursar. Un total de 87 estudiantes (56%) no tienen tarjetas. Y de los 58 estudiantes que sí la tienen, solo 26 tramitaron el beneficio del 50% del Boleto estudiantil.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








