Judiciales
Imputaron y dictaron prisión preventiva para dos de los ladrones que robaron en las 82 Viviendas de Roca
El otro sujeto es el que fue liberado por un error de la Policía y está siendo buscado.

Ayer al mediodía (31/10), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a dos hombres por un hecho ocurrido el pasado martes (29/10) durante la mañana en el barrio 82 viviendas de General Roca. Tras la solicitud fiscal, ambos imputados continuarán detenidos cumpliendo prisión preventiva. El tercer delincuente implicado, que estaba tras las rejas, fue liberado por error.
Según la acusación fiscal, «el 29 de octubre pasado, habrían arribado a la casa de la víctima cuatro personas: los dos imputados, otro que está siendo investigado, y el hombre sobre el que pesa una orden de detención«.
«Lo habrían hecho en una Amarok con dominio colocado, que habrían adquirido o recibido con ánimo de lucro y con conocimiento de su origen ilícito -cuenta con pedido de secuestro tras haber sido robada el 24 de este mes-«, describió la fiscal en turno.
«Para ingresar a la casa, habrían forzado el portón de ingreso y la puerta de la vivienda e intentaron apoderarse de elementos pero no lo lograron por la intervención de personal policial de la Comisaría 31°«, explicó la Fiscalía.
«Los imputados habrían intentado huir en un Ford Fiesta -conducido por un menor de edad- pero tras la persecución policial, fueron detenidos, agregó el Ministerio Público Fiscal.
La calificación legal propuesta por la fiscalía es la de «encubrimiento agravado con el ánimo de lucro, sustitución de numeración, robo en lugar poblado y en banda, agravado por escalamiento y por la intervención de un menor de 18 años», en calidad de co-autores.
Entre la evidencia mencionada hasta este momento, se encuentra el acta de procedimiento de la Comisaría 31°, que se encontraba realizando tareas de prevención en la zona, el acta del momento de la aprehensión a cuatro cuadras del lugar del hecho, el croquis ilustrativo.
Se agrega la denuncia penal de la damnificada, entrevistas, el acta de pedido de secuestro de la Amarok, la intervención del Gabinete de Criminalística tanto en la casa de la denunciante como en la vivienda donde se detuvo a uno de los imputados, fotografías, secuestros varios, entre ellos proyectiles. La Fiscalía enunció además el análisis de cámaras de seguridad, constancias de documentación halladas en el Ford Fiesta y el certificado de nacimiento que constata la edad del menor involucrado.
Asimismo la Fiscalía mencionó que se encuentra vigente la orden de detención que pesa sobre la tercera persona detenida, el cual, por un error de la Policía, fue liberado ya que se equivocaron con otra persona.
Ambos imputados brindaron su versión de los hechos, asistidos por sus abogados particulares, quienes se opusieron a los hechos y a la formulación de cargos.
Luego, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva de ambos, teniendo presente estando en libertad los hoy imputados podrían entorpecer el accionar de la justicia.
«Nos restan agregar al legajo los resultados de las pericias que ya hemos encargado a los organismos pertinentes, como también mencionamos que registran antecedentes penales según el Registro Nacional de Antecedentes», explicó la fiscal interviniente.
Luego de escuchar a los abogados de los imputados -que se opusieron a la medida cautelar-, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos tal lo mencionado por el Ministerio Público Fiscal y que los sujetos continúen detenidos cumpliendo prisión preventiva hasta el 28 de diciembre de este año.
Judiciales
Múltiples estafas por viajes al exterior: La acusada deberá continuar cumpliendo medidas cautelares
Entre ellas se encuentran el bloqueo de cuentas y presentarse en Fiscalía periódicamente.

En pos de que cese el delito y el posible provecho de la maniobra, el Ministerio Público Fiscal insistió en que Yolanda Livera, la mujer propietaria de la agencia Lola Tour y que está siendo investigada por presunta estafa por venta de viajes al exterior continúe cumpliendo con las medidas cautelares.
Los tres abogados querellantes, representando a cuatro de los denunciantes, adhirieron íntegramente a los términos fiscales.
Por su parte, el defensor penal público solicitó que se deje sin efecto el bloqueo de cuentas, así la mujer «puede seguir cumpliendo con los compromisos asumidos antes de la fecha mencionada por la Fiscalía. De otra manera, podrían aparecer nuevas denuncias porque ella no podrá cumplir con los viajes ya vendidos. Esto es sin inaugurar nuevas ventas».
La parte acusadora se opuso a dicha propuesta y el fiscal explicó que «hemos unificado hasta ahora 21 legajos, con diferentes víctimas y diversas modalidades de estafa, hechos que habrían ocurrido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 17 de octubre de este año».
Durante la audiencia, Livera, asistida por su defensor, declaró sobre la medida cautelar de bloqueo y congelamiento de las cuentas y las consecuencias que ello podría tener sobre clientes que tienen viajes a futuro.
Finalmente, la jueza resolvió que la mujer siga realizando presentaciones en la Fiscalía interviniente, que el bloqueo y congelamiento de cuentas bancarias, activos digitales, billeteras virtuales, opere hasta el 16 de febrero del año que viene.
En caso de que se verifique algún incumplimiento a las medidas, la Fiscalía podrá solicitar otra audiencia para pedir medidas mas gravosas y garantizar el adecuado avance de los legajos fiscales.
Judiciales
Homicidio de Marisa Coliman: Prisión perpetua para el autor
Nicolás Ezequiel Medina había sido declarado culpable por un jurado popular en septiembre pasado.

El autor del homicidio de Marisa Coliman, ocurrido en Luís Beltran, fue condenado ayer (29/10) a la pena de prisión perpetua. El juez de juicio Alejandro Pellizzon leyó la sentencia, que es derivada del veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular en septiembre pasado.
Nicolás Ezequiel Medina comenzará a cumplir la pena cuando la sentencia quede firme. Mientras tanto permanece en prisión preventiva por el riesgo procesal de fuga.
El hombre fue condenado como autor del delito de homicidio agravado por ensañamiento. Respecto ataque contra el hijo de Marisa también fue condenado por el delito lesiones leves.
En la audiencia de cesura, realizada la semana pasada, tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron la pena de prisión perpetua. La defensa del imputado aceptó el requerimiento.
El homicidio con ensañamiento ocurrió el 25 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.
El atacante le dio dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar una cerveza. En ese lapso intentó la atacó de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo hirió con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, escapó del lugar.
Durante Juicio por Jurados se presentaron 23 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y cámaras de seguridad. Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto de culpabilidad.
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Circulaba por la banquina, se le desprendió un carro y chocó un auto: Condenan la conducta imprudente
Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.

Un hombre transitaba en su Renault 12 por el acceso a Luis Beltrán junto a su esposa y su hijo. En una recta de la Ruta Provincial Nº 7, el auto fue embestido por un carretón que se soltó de una camioneta. La Ford F-100 circulaba por la banquina derecha, en el mismo sentido que el auto. Como resultado del choque, la mujer fue hospitalizada y el vehículo fue dado de baja por destrucción total.
El fuero Civil de Choele Choel hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios iniciada por el hombre. La acción se presentó después de que el conductor de la camioneta incumpliera sus promesas de pago. La demanda incluyó a la aseguradora.
Durante el trámite judicial, el hombre declaró que utilizaba el Renault 12 para tareas cotidianas y para comprar mercadería para su comercio. Después del accidente, y ante la imposibilidad de adquirir otro vehículo, dejó la actividad comercial. Por esta razón, comenzó a trabajar como albañil.
El conductor de la camioneta negó su responsabilidad. Alegó que el carro se encontraba detenido sobre la banquina y atribuyó negligencia, impericia y exceso de velocidad al otro conductor. La aseguradora también rechazó la demanda, sosteniendo que el accidente fue responsabilidad exclusiva del demandante. Según su versión, colisionó de manera imprudente contra un carro inmóvil.
Como prueba, el hombre damnificado presentó un informe de la Comisaría 19°. Al día siguiente del accidente, el conductor de la camioneta ya había reconocido que el carro que remolcaba se desenganchó e impactó contra el Renault.
Una pericia accidentológica determinó que el siniestro ocurrió cuando el carro remolcado por la camioneta se soltó y cruzó hacia el carril contrario, donde impactó con el auto.
La jueza concluyó que la versión de los hechos presentada por el conductor del auto fue coherente, probada y verosímil, y que la responsabilidad del siniestro recayó exclusivamente en el demandado. Rechazó la defensa basada en culpa de la víctima y caso fortuito. Consideró que no existía prueba suficiente para demostrar una conducción negligente del hombre.








