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Judiciales

Imputaron y dictaron prisión preventiva para dos de los ladrones que robaron en las 82 Viviendas de Roca

El otro sujeto es el que fue liberado por un error de la Policía y está siendo buscado.

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Ayer al mediodía (31/10), el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a dos hombres por un hecho ocurrido el pasado martes (29/10) durante la mañana en el barrio 82 viviendas de General Roca. Tras la solicitud fiscal, ambos imputados continuarán detenidos cumpliendo prisión preventiva. El tercer delincuente implicado, que estaba tras las rejas, fue liberado por error.

Según la acusación fiscal, «el 29 de octubre pasado, habrían arribado a la casa de la víctima cuatro personas: los dos imputados, otro que está siendo investigado, y el hombre sobre el que pesa una orden de detención«.

«Lo habrían hecho en una Amarok con dominio colocado, que habrían adquirido o recibido con ánimo de lucro y con conocimiento de su origen ilícito -cuenta con pedido de secuestro tras haber sido robada el 24 de este mes-«, describió la fiscal en turno.

«Para ingresar a la casa, habrían forzado el portón de ingreso y la puerta de la vivienda e intentaron apoderarse de elementos pero no lo lograron por la intervención de personal policial de la Comisaría 31°«, explicó la Fiscalía.

«Los imputados habrían intentado huir en un Ford Fiesta -conducido por un menor de edad- pero tras la persecución policial, fueron detenidos, agregó el Ministerio Público Fiscal.

La calificación legal propuesta por la fiscalía es la de «encubrimiento agravado con el ánimo de lucro, sustitución de numeración, robo en lugar poblado y en banda, agravado por escalamiento y por la intervención de un menor de 18 años», en calidad de co-autores.

Entre la evidencia mencionada hasta este momento, se encuentra el acta de procedimiento de la Comisaría 31°, que se encontraba realizando tareas de prevención en la zona, el acta del momento de la aprehensión a cuatro cuadras del lugar del hecho, el croquis ilustrativo.

Se agrega la denuncia penal de la damnificada, entrevistas, el acta de pedido de secuestro de la Amarok, la intervención del Gabinete de Criminalística tanto en la casa de la denunciante como en la vivienda donde se detuvo a uno de los imputados, fotografías, secuestros varios, entre ellos proyectiles. La Fiscalía enunció además el análisis de cámaras de seguridad, constancias de documentación halladas en el Ford Fiesta y el certificado de nacimiento que constata la edad del menor involucrado.

Asimismo la Fiscalía mencionó que se encuentra vigente la orden de detención que pesa sobre la tercera persona detenida, el cual, por un error de la Policía, fue liberado ya que se equivocaron con otra persona.

Ambos imputados brindaron su versión de los hechos, asistidos por sus abogados particulares, quienes se opusieron a los hechos y a la formulación de cargos.

Luego, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva de ambos, teniendo presente estando en libertad los hoy imputados podrían entorpecer el accionar de la justicia.

«Nos restan agregar al legajo los resultados de las pericias que ya hemos encargado a los organismos pertinentes, como también mencionamos que registran antecedentes penales según el Registro Nacional de Antecedentes», explicó la fiscal interviniente.

Luego de escuchar a los abogados de los imputados -que se opusieron a la medida cautelar-, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos tal lo mencionado por el Ministerio Público Fiscal y que los sujetos continúen detenidos cumpliendo prisión preventiva hasta el 28 de diciembre de este año.

Judiciales

Les prometió un barrio policial en Paso Córdoba y los estafó

Se trata de un empleado policial de 47 años, quien quedó imputado por el delito de estafa.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos por el delito de estafa a un hombre de 47 años, tras haber reunido la prueba suficiente para esta etapa de imputación, luego de que durante este año se recibieron alrededor de 15 denuncias por el mismo hecho.

Según la acusación fiscal, «entre el 7 de octubre de 2021 y el 6 de marzo de 2024, en General Roca, el imputado mediante ardid y aprovechándose de su calidad de empleado policial, exhibiendo un boleto de compraventa de una fracción de tierra ubicada en Paso Córdoba, argumentando relación de amistad con el dueño de la inmobiliaria y facilidades de pago, indujo a error a un número indeterminado de policías», explicó la fiscal del caso.

«La maniobra habría consistido en que los damnificados suscribieran a un documento, cuya finalidad habría sido la compra de una fracción de tierra de 60.027 metros cuadrados con el fin de construir viviendas», relató la representante fiscal.

El Ministerio Público Fiscal señaló que «cada damnificado pagó por cada parcela reservada un total de $165.000 en 12 cuotas, provocándoles a esas personas un perjuicio patrimonial, ya que se vieron impedidos de tomar posesión de dichas parcelas, en razón de que esas tierras no se encontraban habilitadas para loteo por el Municipio local a la fecha de culminación del plazo mencionado«.

Entre el sustento probatorio presentado para esta instancia se encuentran las 15 denuncias penales realizadas por los damnificados, copias de boleto de compra venta, de transferencias realizadas, copia de un anteproyecto que sería de este emprendimiento, recibos de pagos de los denunciantes. También las extracciones de las conversaciones de los grupos de WhatsApp creados por el imputado, donde habrían mantenido comunicación los damnificados. Se cuenta con un informe de la Jefatura de la Policía de Río Negro acerca del trabajo realizado por el imputado en la fuerza, también la información recibida por el Área de Catastro de la Municipalidad de General Roca.

La calificación legal por la que la Fiscalía solicitó se tengan por formulados los cargos es la de estafa según los Artículos 45 y 172 del Código Penal.

Por su parte, el defensor del imputado solicitó que no se tuvieran por formulados los cargos, sosteniendo que «no existe ardid alguno, eventualmente puede existir un incumplimiento contractual que debe tramitarse en el fuero correspondiente. Es una cuestión atípica que no encuadra en el delito que menciona la Fiscalía». Durante la audiencia el imputado, asistido por su abogado, hizo uso de la palabra.

Por un lado, la jueza de Garantías interviniente no hizo lugar al planteo de caducidad realizado por la defensa, y por otro, tuvo por formulados los cargos en los términos establecidos por el Ministerio Público Fiscal, mientras que la defensa particular hizo reserva de impugnación de la resolución de la magistrada.

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Atacó a cuchillazos a su ex pareja y ahora enfrenta un juicio por tentativa de femicidio

El hecho ocurrió en agosto del año pasado en la vía pública. La víctima caminaba con sus hijos de 8 y 2 años cuando fue atacada por el imputado, el cual está detenido desde ese día.

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El Ministerio Público Fiscal solicitó la declaración de responsabilidad penal para un hombre de 31 años por desobediencia a una orden judicial, tentativa de femicidio, y coacción simple, todo en concurso real, delitos cometidos contra su ex pareja. El imputado llegó a juicio cumpliendo prisión preventiva.

En sus alegatos, la fiscal interviniente explicó que el hecho «que aquí probamos, mediante los testigos y sobre todo a través de la declaración de la víctima, es que el 23 de agosto de 2023, al mediodía mientras ella caminaba con sus hijos de 8 y 2 años, fue interceptada por su ex pareja».

«El hombre sacó un cuchillo y en varias oportunidades intentó herir a la mujer en la zona del abdomen, luego en la cabeza, todas circunstancias que no logró concretar ya que la víctima ofreció resistencia -resultando igual lastimada- y también gracias a que fue auxiliada por personas que se encontraban en la zona», explicó la Fiscalía.

«Solicitamos al Tribunal que juzgue este hecho con perspectiva de género y teniendo presente la Acordada del Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia, solicitamos además que se tenga presente la asimetría de poder entre el imputado y la víctima, y la historicidad que quedó expuesta en esta jornada acerca de la violencia en esta relación», concluyó el Ministerio Público Fiscal.

Durante el debate se escucharon a los testigos ofrecidos por la Fiscalía, entre ellos la víctima, familiares de ella, además a las personas que la ayudaron en la vía pública cuando era atacada por su ex pareja. Prestó su declaración el asistente social del hospital local, y se presentó la pericia del Cuerpo de Investigación Forense respecto de las heridas recibidas por la mujer, como la notificación de la prohibición de acercamiento que pesaba sobre el hombre y que había sido dispuesta por la jueza de Familia en abril de 2023 en el marco de la Ley N° 3040.

El Tribunal de juicio interviniente dará a conocer su resolución el próximo viernes 10 de diciembre a las 12 horas en los Tribunales roquenses.

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Lo llevaban a trabajar clandestinamente en la cebolla, cayó y murió: Deberán indemnizar a su familia

El siniestro vial ocurrió en el año 2020 en la Ruta Nacional N° 250.

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La esposa y los tres hijos de un operario rural deberán ser resarcidos con una cifra millonaria por un empresario dedicado a la compra y venta de cebolla. El trabajador murió en circunstancias trágicas mientras era llevado desde el campo de Guardia Mitre a Viedma en una camioneta. Cayó del vehículo en la ruta y fue atropellado por un auto que venía detrás.

La denuncia de los herederos reveló que el peón rural era trasladado «en condición de clandestinidad». Su horario laboral se extendía de 7.30 a 18, pero llegaba a su casa cerca de las 20.

El operario rural realizaba actividades de poscosecha, como embalaje y acopio de cebollas. No estaba registrado ni contaba con ART.

En principio se desarrolló un proceso penal. Luego, en el fuero laboral la mujer y sus hijos iniciaron una demanda. El caso se enmarcó como «muerte in itinere», porque el fallecimiento se produjo cuando venía de su trabajo.

El siniestro vial ocurrió en junio de 2020, en el kilómetro 38 de la Ruta Nacional N° 250. El trabajador cayó del vehículo y fue impactado por otro rodado. Murió de manera instantánea.

El empresario cebollero no se presentó en el expediente, por lo que fue declarado en rebeldía. Esta circunstancia habilita a tomar como válida la versión de quien inicia la demanda. Aun así, tres personas testificaron. Uno dio cuenta de la jornada y las condiciones laborales. Otro testigo explicó las circunstancias del siniestro. Un tercero mencionó que el demandado era un reconocido vendedor y comprador de cebolla.

El campo donde cumplía las tareas el trabajador sin estar registrado se encuentra a la salida de la balsa de Guardia Mitre.

La Cámara Laboral de Viedma condenó al empresario al pago de la indemnización más las costas del juicio.

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