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Judiciales

Continuará detenido el presunto asesino de Luciano García Genissans

La defensa había solicitado el sobreseimiento del único imputado hasta el momento.

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La Fiscalía y la querella solicitaron que se extienda la prisión preventiva y que se deniegue el pedido de sobreseimiento realizado por la defensa de quien fue imputado como presunto co-autor del homicidio agravado de Luciano Emanuel García Genissans, hecho ocurrido en mayo pasado.

«Es prematuro que se solicite el sobreseimiento, tenemos presentes las entrevistas realizadas a momentos de ocurrida la muerte, las dirigencias anexas al contenido que podría presentar los celulares, cuyo contenido continuará siendo peritado. Además, no existe certeza suficiente, como dice la defensa, de que su asistido fue quien envió el audio o los audios a los que hacen referencia», explicó la Fiscalía en la audiencia.

La parte querellante, representando a la familia de la víctima, se opuso esgrimiendo que «no hay certeza negativa absoluta sobre la autoría del imputado».

Por su parte, el juez interviniente resolvió que “la petición que hace la defensa es prematura, sumado a que restan evidencias por realizar, y se debe seguir con la etapa siguiente del proceso”.

Luego, la defensa particular propuso que la medida cautelar sea morigerada, a través de comparendos semanales y la colocación de una tobillera.

Por el contrario, la fiscal del caso solicitó que se extienda la preventiva por el plazo de dos meses, por entender que «el peligro de fuga, vigente desde el momento de su detención, y de entorpecimiento a la investigación no se han modificado y las medidas alternativas no funcionan para neutralizar dichos riesgos procesales».

«Además -agregó la representante fiscal- la familia de la víctima necesita una respuesta adecuada del Estado, y esto significa que el imputado esté con el resguardo suficiente hasta que se realice el juicio».

Finalmente, el juez resolvió que el hombre continúe detenido por el plazo solicitado por la fiscalía, mientras que la defensa particular expresó que podría recurrir la medida.

Según la acusación fiscal, «el 6 de mayo, alrededor de las 22.10, el imputado junto a un menor no-punible, a bordo de una moto Honda, habrían perseguido a alta velocidad a la víctima fatal que se movilizaba con otro sujeto, también en moto». «Los primeros, con un plan común, uno conduciendo y otro de acompañante, portando sin la debida autorización legal, un arma de fuego de grueso calibre. Al arribar a la rotonda de Evita y Maipú, con la intención de dar muerte a García Genissans, efectuaron disparos. Uno de ellos impactó, tal como expresa la autopsia, en la cabeza y el otro en la región lumbar», agregó la Fiscalía.

«Las dos personas habrían continuado su persecución detrás del otro hombre, efectuando disparos contra él sin lograr herirlo. Luego se dieron a la fuga», concluyó la representante del Ministerio Público Fiscal.

El equipo fiscal hizo referencia a la profusa evidencia que durante las primeras 38 horas de ocurrido el hecho se ha logrado producir. Esto es la inmediata intervención del personal policial de la Comisaría 21°, como los llamados y la llegada al lugar del servicio SIARME de salud, las variadas entrevistas realizadas en el lugar del hecho y entre el martes y parte de este miércoles. Se incluyó un croquis de la persecución, el pedido de realización de pericia de barrido electrónico sobre restos de pólvora en ropa secuestrada tanto al menor como al imputado, los variados informes del Área de Investigación Judicial de la Policía de Río Negro, el registro de las cámaras de 911 y particulares, las actas de los dos allanamientos realizados horas después de la muerte de la víctima, las listas sábanas del 911 sobre llamados informando acerca de una persona herida en la vía pública, las denuncias existentes por parte de la víctima hacia los autores del hecho, entre más evidencia.

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Compró materiales en una ferretería de Roca, nunca se los entregaron y le dieron un cheque anulado: Condenaron a los responsables

Los demandados ya contaban con antecedentes penales por estafas reiteradas.

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Un hombre compró materiales en un corralón con el sueño de terminar su vivienda. Pagó los insumos para la construcción, pero nunca se los entregaron. Ante los reclamos, los titulares alegaron inconvenientes con sus proveedores y ofrecieron devolverle el dinero. Cuando el comprador se presentó en el local, lo encontró cerrado. Más tarde, le entregaron un cheque, pero fue anulado antes de su vencimiento.

Para poder terminar la casa, el hombre se vio obligado a vender su auto. Luego, recurrió al Poder Judicial e inició una demanda por daños y perjuicios contra los responsables de la firma ficticia Terrasur.

Un fallo del fuero Civil de Roca condenó a los titulares del comercio a pagarle el valor de los materiales más los intereses. También se reconocieron daños morales por la incertidumbre, el estrés emocional y la imposibilidad de continuar la construcción.

Los demandados no se presentaron en el trámite juducial, por lo que se declaró su rebeldía. Esta situación implica una presunción de veracidad respecto de los hechos denunciados.

El juez consideró probada la existencia de un contrato de compraventa de materiales, el incumplimiento en la entrega, los intentos fallidos de devolución y la falta de restitución del dinero.

Además, se acreditó que el hombre no fue el único perjudicado. Los demandados ya contaban con antecedentes penales por estafas reiteradas.

El fallo destaca el deber de protección al consumidor y adopta un enfoque jurisprudencial basado en la sana crítica , el Código Civil y Comercial y la Ley de Defensa del Consumidor.

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Más de 100 causas de Defensa del Consumidor ingresaron solo al fuero Civil en lo que va de 2025

Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos.

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En los primeros 6 meses del año, los Juzgados y unidades jurisdiccionales Civiles tramitaron 108 causas por denuncias de Defensa del Consumidor. Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos alcanzados entre las partes. Es una de las vías de ingreso, aunque no la única, de temas de consumo.

El fuero civil provincial cuenta actualmente con 16 organismos distribuidos en 8 ciudades: Viedma, San Antonio Oeste, Roca, Villa Regina, Choele Choel, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti. Desde estos organismos se tramitan procesos que van desde reclamos de consumidores hasta sucesiones, daños y perjuicios, ejecuciones y amparos, entre otros.

Existen otros organismos que también reciben denuncias de las y los consumidores como por ejemplo los juzgados de Paz, algunas oficinas municipales y las áreas de Defensa del Consumidor del poder Ejecutivo.

En el Poder Judicial de Río Negro, durante el primer semestre de 2025, el fuero Civil recibió 3.056 causas nuevas. En ese mismo período, dictó 2.213 sentencias que pusieron fin a los procesos, lo que refleja un alto nivel de resolución de expedientes. Entre los tipos de procesos más frecuentes se destacan las sucesiones intestadas (953 casos, 30% del total), los reclamos por daños y perjuicios (395) y los procesos ejecutivos (379), además de las denuncias de Defensa del Consumidor.

La Ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. Una relación de consumo es un vínculo que se establece entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor o usuario del mismo. Incluye el antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio.

Esta norma garantiza que las personas tengan derecho a recibir información cierta, clara y detallada sobre los productos o servicios, a ser tratadas de manera digna y equitativa, a obtener comprobantes de las operaciones y a contar con bienes y servicios que no representen riesgos para su salud o seguridad.

También regula aspectos clave como las garantías legales, los plazos de entrega, las condiciones de las compras por internet y la calidad en la prestación de servicios públicos esenciales.

La información estadística del fuero Civil forma parte de los informes semestrales realizados por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia. Las estadísticas permiten optimizar la toma de decisiones al apuntalar determinados fueros u organismos de acuerdo a la carga de trabajo.

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Imputaron a un séptimo joven por el homicidio de Julián Dobra

El acusado habría cooperado con el autor material del hecho, aún no identificado, y posteriormente ocultado y desechado el cuerpo en un sector de las bardas.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un séptimo joven en el marco de la investigación por el homicidio de Julián Tomás Dobra de la Canal, ocurrido en la ciudad de General Roca entre el 17 de abril y el 3 de mayo pasados.

Según describió la acusación pública, la víctima murió a raíz de un disparo de arma de fuego calibre 22 que ingresó por la zona parietal derecha de su cabeza, provocándole una lesión mortal. Ello sucedió entre el 17 de abril y 36 horas antes del último día de ese mismo mes, cuando fue hallado su cuerpo.

El imputado, junto con las otras seis personas que ya fueron acusadas, habría cooperado con el autor material del hecho, aún no identificado, y posteriormente ocultado y desechado el cuerpo en un sector de las bardas, a unos 120 metros del comienzo de la calle Defensa Catini. También ocultaron la pistola utilizada -que mantenía siete proyectiles en su cargador- y el vehículo de la víctima, que fue hallado días después incendiado en la cantera Áridos, a la vera de la Ruta Provincial N° 6.

De acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, tres de los menores imputados, junto a uno de los mayores, fueron los encargados de prender fuego el automóvil.

La calificación legal atribuida a este nuevo imputado es la de homicidio simple doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de edad, en calidad de partícipe primario (artículos 79, 41 y 45 bis del Código Penal).

La acusación sostuvo su pedido en diversos elementos: actas de procedimiento, entrevistas, pericias realizadas sobre el vehículo hallado incendiado, informes balísticos, testimonios, pericia de autopsia, resultados de allanamientos, cotejo de muestras, análisis de llamadas telefónicas y múltiples informes elaborados por los gabinetes de investigación.

Un informe de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) permitió verificar la existencia de fotos, videos y mensajes que vinculan al imputado con dos de los menores ya procesados.

Asimismo, en los allanamientos realizados ayer (11/09) se secuestraron una motocicleta y un teléfono celular con correspondencia en el lugar donde fue encontrado el auto incendiado.

Se incautaron además otros cinco dispositivos móviles que serán peritados junto al celular de la víctima, recientemente desbloqueado en la sede de la OITel en Viedma.

La acusación pública explicó que el análisis de estas comunicaciones permitirá reconstruir los contactos previos y las conversaciones a través de las cuales se habría consensuado el plan criminal.

Además, detalló que el imputado estuvo en el automóvil de la víctima momentos antes de su muerte y nunca se presentó voluntariamente a declarar. Dijo que la brigada estaba tras sus pasos, pero se retrasó el allanamiento hasta tanto tuvieran certeza que pudiera darse la detención en ese contexto.

La Fiscalía también informó que restan diligencias de prueba entre ellas pericias sobre huellas y rastros vinculados a la motocicleta secuestrada, el estudio de los nuevos teléfonos incautados, una reconstrucción virtual de los hechos y un peritaje solicitado a un laboratorio especializado de Mendoza sobre restos de pólvora (GSR).

Tanto la querella particular como la institucional adhirieron sin mayores argumentos a los planteos del Ministerio Público. El abogado defensor no formuló objeciones.

El juez de Garantías tuvo por formulados los cargos, dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el plazo de cuatro meses e impuso la prisión preventiva al imputado. La medida se fundamentó en el riesgo de entorpecimiento de la investigación respecto de los testigos que aún deben declarar y en la magnitud de las diligencias pendientes. La preventiva regirá hasta el 7 de noviembre, fecha en que vencen las demás medidas de coerción impuestas, momento en el cual volverá a debatirse su prórroga.

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