Río Negro
Río Negro inaugura la producción de pozos no convencionales en Vaca Muerta
Se trata del primer PAD (plataforma de perforación compartida) de tres pozos horizontales no convencionales en el sector oeste de la formación Vaca Muerta.

El gobernador Alberto Weretilneck, junto a autoridades provinciales y ejecutivos de la empresa Phoenix Global Resources, recorrió las instalaciones de Confluencia Norte, el primer proyecto de pozos no convencionales de Río Negro en la formación Vaca Muerta. Durante la visita, encabezada también por la secretaria de Estado de Energía y Ambiente, Andrea Confini, y el CEO de Phoenix, Pablo Bizzotto, se destacaron los logros de este proyecto pionero que impulsa la producción de hidrocarburos no convencionales en el territorio rionegrino de la Cuenca Neuquina.
El recorrido marca un hito en la producción energética de Río Negro, ya que se trata del primer PAD (plataforma de perforación compartida) de tres pozos horizontales no convencionales en el sector oeste de la formación Vaca Muerta. Esta iniciativa fue posible gracias a la inversión y compromiso de Phoenix, empresa que perforó y puso en producción el primer PAD del área, con resultados que superaron las expectativas iniciales en términos de productividad y desarrollo del yacimiento.
«Para nosotros, que venimos trabajando en el potencial energético de Río Negro, es muy importante ver estos primeros resultados en no convencional. Se abren nuevas oportunidades y, con este primer PAD, no sólo se están generando empleos e inversiones, sino que estamos posicionando a la provincia en un nuevo escenario energético», afirmó el gobernador Weretilneck, quien resaltó el impacto de este proyecto para el desarrollo económico y social de la región.
Técnica avanzada y producción de alto rendimiento
El PAD incluye la perforación de tres pozos horizontales con ramas laterales de 3.000 metros, alcanzando un recorrido final de 6.300 metros cada uno por el subsuelo. Las operaciones fueron realizadas con técnicas avanzadas de fractura hidráulica, con un total de 135 etapas de estimulación de alta intensidad, optimizadas en base a los aprendizajes obtenidos en proyectos similares de Vaca Muerta en Neuquén.
«Estos resultados iniciales son muy alentadores y seguiremos analizando los parámetros del subsuelo para verificar las características de Vaca Muerta en esta área. Desde Phoenix estamos orgullosos de acompañar a la provincia en este hito y, personalmente, como rionegrino, estoy entusiasmado de poder contribuir al desarrollo de mi provincia», destacó el CEO de Phoenix, Pablo Bizzotto, quien acompañó a las autoridades en el recorrido y brindó detalles sobre las operaciones.
A mediados de octubre, los pozos del PAD iniciaron la producción en una etapa de prueba y flowback, alcanzando una producción inicial de 4.000 barriles de petróleo por día (bbl/d), casi el 20% de la producción actual de Río Negro. Estos volúmenes han confirmado la presencia del reservorio Vaca Muerta en el área de Confluencia Norte, cuyas características geológicas, petrofísicas y de espesor resultan comparables con las observadas en el campo de Mata Mora Norte, también operado por Phoenix.
Avance exploratorio y compromisos futuros
Como parte de su compromiso exploratorio en Río Negro, Phoenix ha registrado y procesado 228 kilómetros cuadrados de sísmica 3D en las áreas de Confluencia Norte y Sur, datos actualmente en fase de interpretación y fundamentales para la planificación de nuevos pozos. La empresa, que invirtió más de 85 millones de dólares en esta primera etapa, ya contempla la próxima fase de perforación para el bloque Confluencia Sur en 2025, que buscará profundizar el desarrollo del potencial energético no convencional de Río Negro.
«Estamos muy contentos porque esta primera experiencia no solo confirma el potencial del área, sino que además abre un abanico de posibilidades para toda la provincia. Río Negro, que históricamente ha sido productora de hidrocarburos convencionales, ahora tiene una nueva alternativa productiva en el no convencional, algo que hace años veníamos buscando», señaló Andrea Confini, secretaria de Energía y Ambiente, al destacar la importancia estratégica de este proyecto para el crecimiento de la industria hidrocarburífera provincial.
Una apuesta estratégica por el desarrollo energético rionegrino
Phoenix Global Resources es la primera empresa que explora y desarrolla los recursos no convencionales de la formación Vaca Muerta del lado rionegrino de la Cuenca Neuquina. Como parte de su plan de expansión y en búsqueda de potenciar sus actividades en Confluencia Norte y Sur, Phoenix concretó recientemente una alianza con GeoPark Limited, cediéndole el 50% de participación en ambos bloques.
La comitiva oficial estuvo integrada además por el legislador provincial Pedro Dantas; el intendente de Campo Grande, Daniel Hernández; la secretaria de Hidrocarburos, Mariela Moya; entre otras autoridades provinciales del equipo energético.
Judiciales
La Justicia ratificó que la falta de trabajo no exime el deber alimentario de un progenitor
Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza, también alegó dolencias físicas y dificultades económicas.

Un hombre intentó eludir su responsabilidad parental en favor de su hija con el argumento de que no tenía trabajo. Para evitar pagar la cuota alimentaria que fijó una jueza de Familia de Bariloche también alegó dolencias físicas y dificultades económicas. Presentó un recurso de apelación, pero la respuesta fue la misma: la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia y ratificó que la desocupación no anula las obligaciones legales de un padre.
El Tribunal rechazó el recurso y respaldó el criterio de primera instancia, que había fijado una cuota alimentaria equivalente al 35% de todos los ingresos del progenitor, con un piso no inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). El fallo estableció además que el monto deberá actualizarse automáticamente cada vez que cambie el valor del salario mínimo, lo que evita que la madre deba volver a litigar para solicitar nuevos aumentos.
Durante el proceso judicial, el padre sostuvo que no tenía trabajo y que una dolencia en la espalda le impedía conseguir uno. También argumentó que tenía otros hijos a cargo. Su propuesta fue pagar $40.000 por mes, monto que resultó insuficiente frente a los gastos de su hija adolescente, quien cursa estudios universitarios y no mantiene vínculo con él.
La jueza de primera instancia desestimó el planteo tras un análisis del expediente y de los informes incorporados. El hombre figuraba inscripto como monotributista, había trabajado como remisero hasta pocos meses antes del juicio y no aportó pruebas médicas serias que justificaran una incapacidad prolongada. Tampoco había demostrado voluntad de involucrarse en la crianza o de mejorar su situación para asumir el rol que le corresponde como padre.
La pericia social confirmó que la madre, quien trabaja como portera en una escuela pública, mantiene sola a su hija y a otro hijo menor. Realiza actividades adicionales para sostener el hogar y destina gran parte de sus ingresos al pago de alquiler y educación. El informe describió un entorno austero, organizado y enfocado en el cuidado y desarrollo de los hijos.
La Cámara respaldó íntegramente ese análisis. Indicó que la obligación alimentaria no se basa únicamente en los ingresos reales, sino en la capacidad económica potencial del alimentante, y que esta no puede desaparecer por falta de voluntad o por informalidad laboral. También recordó que la ley reconoce el valor económico del trabajo doméstico y de cuidado, y que quien no asume esas tareas debe compensarlo de otro modo.
El fallo final ratificó el monto y el criterio establecido en primera instancia. Rechazó la apelación del demandado y confirmó que, incluso sin empleo, un progenitor no puede dejar de cumplir con su obligación alimentaria.
Río Negro
Río Negro actualiza su Código de Aguas para impulsar energías limpias
La Ley permitirá ampliar las facultades del DPA, llevando adelante obras de energía solar, eólica y mareomotiz.

El Gobierno Provincial envió a la Legislatura un proyecto de ley que amplía las facultades del Departamento Provincial de Aguas (DPA) para llevar adelante obras de energía solar, eólica y mareomotriz, además de la hidroeléctrica. La propuesta busca adecuar el Código de Aguas a los desafíos ambientales actuales y avanzar hacia un modelo energético más limpio y sustentable.
El gobernador Alberto Weretilneck, impulsor de la iniciativa, destacó que esta actualización le otorga a la Provincia «las herramientas necesarias para transformar nuestros recursos en energía limpia, moderna y sostenible, con impacto directo en el desarrollo local».
La modificación de la Ley Q Nº 3930 y del Código de Aguas establece que el DPA tendrá prioridad para ejecutar y explotar proyectos de energías renovables en todo el territorio rionegrino. El objetivo es complementar los aprovechamientos hidroeléctricos con fuentes limpias, reducir costos, optimizar infraestructuras existentes y garantizar la sustentabilidad ambiental de cada emprendimiento.
El proyecto toma como ejemplo la Central Hidroeléctrica Salto Andersen, en Río Colorado, donde se impulsa la incorporación de generación solar fotovoltaica aprovechando instalaciones ya construidas. Este modelo de complementariedad entre agua y energías renovables busca replicarse en otros puntos de la provincia, siempre sujeto a la viabilidad económica y a la admisibilidad ambiental de cada caso.
De esta manera, Río Negro actualiza su marco legal para consolidarse como productora de energías renovables, promoviendo el autoabastecimiento, la diversificación de la matriz energética y un desarrollo que combine crecimiento económico con responsabilidad ambiental.
Judiciales
Su muñeca no resistió más: Abrió miles de pollos con cuchillo y sufrió una lesión permanente
La Justicia estableció que el porcentaje de incapacidad es del 8,75% y fijó la indemnización correspondiente para la trabajadora.

Una trabajadora de una planta avícola de Cipolletti logró que la Cámara del Trabajo reconociera su incapacidad como una enfermedad profesional y condenara a la ART al pago de una indemnización.
Durante años, cortó, limpió y clasificó piezas de pollo bajo exigencias físicas constantes. Abrió aves con cuchillos, separó vísceras, embaló productos y levantó bandejas pesadas, en jornadas extensas. Lo hizo con esfuerzo repetido y posturas forzadas que fueron dejando marcas en su cuerpo.
A comienzos de 2023, los dolores comenzaron a instalarse en sus muñecas. Informó a su empleadora, recibió calmantes, reposo y sesiones de fisioterapia. En julio ya no pudo continuar trabajando. En febrero del año siguiente, se sometió a una cirugía en la muñeca izquierda, donde se detectó una lesión en el fibrocartílago triangular.
La aseguradora de riesgos del trabajo (ART) no reconoció la relación entre la patología y las tareas, y la Comisión Médica dictaminó que se trataba de una dolencia inculpable. Frente a ese rechazo, la trabajadora inició una acción judicial.
El expediente tramitó ante la Cámara del Trabajo de Cipolletti. La ART demandada no respondió en el plazo legal, lo que derivó en su declaración en rebeldía. El tribunal dio curso a la prueba y designó a un perito médico, quien evaluó a la trabajadora y determinó que sufría una limitación funcional en la muñeca izquierda, con un grado de incapacidad inicial del 5,85%.
Ambas partes impugnaron ese dictamen. La aseguradora insistió con el informe de la Comisión Médica, mientras que la trabajadora cuestionó el cálculo del factor edad. El perito ratificó su informe, describió el impacto de los movimientos repetitivos en las lesiones articulares y señaló que en este caso existía causalidad con las tareas laborales.
La jueza y los dos jueces del tribunal valoraron el dictamen, la prueba documental, el relato no controvertido y la falta de respuesta de la demandada. Reconocieron que las tareas desempeñadas durante años constituyeron un mecanismo adecuado para generar la lesión. Aplicaron la «teoría de la indiferencia de la concausa», ya admitida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), según la cual el trabajo debe considerarse causa relevante aunque existan factores concurrentes.
También se remitieron a los precedentes del STJ que sostienen la obligatoriedad del baremo previsto en el Decreto 659/96 para calcular incapacidades, y a su pronunciamiento sobre el Decreto 669/2019, que avaló su validez con aplicación desde su entrada en vigencia.
En función de esos lineamientos, el Tribunal incrementó el porcentaje de incapacidad al 8,75% y fijó la indemnización correspondiente, con intereses desde la fecha del infortunio. Estableció que el monto debía abonarse en un plazo de diez días, y en caso de mora, debía aplicarse la tasa activa del Banco Nación. La firma condenada es La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.