Seguinos

Judiciales

Acusan a un hombre de viralizar videos con contenido sexual de su ex pareja

El acusado aseguró que perdió el celular y que no fue él quien facilitó la difusión del contenido.

el

Un hombre del Valle Medio fue acusado de compartir videos con contenido sexual que había grabado durante una relación. A pesar de que el denunciado alegó que había perdido el celular, la jueza de Paz enmarcó el caso en la Ley Olimpia y dictó medidas cautelares.

El caso de violencia digital fue denunciado bajo el marco de la Ley N° 26.485 de Violencia contra la Mujer. La denuncia fue presentada por una mujer ante la Comisaría de la Familia. Ella manifestó que su ex pareja habría viralizado videos de contenido íntimo grabados durante su relación.

La jueza de Paz determinó que los hechos denunciados se encuadran en el concepto de violencia digital, definido en el artículo 4 inciso I de la Ley N° 26.485 y modificado por la Ley N° 27.736. Se consideró que la circulación de dichos contenidos afecta emocionalmente a la denunciante, causando humillación y deshonra.

En audiencia, el denunciado reconoció la existencia y viralización de los videos. Explicó que había perdido su celular, lo que habría facilitado la difusión de los materiales, aunque aseguró desconocer al autor inicial de las publicaciones. Asimismo, declaró que la situación generó conflictos en su entorno personal.

Entre las medidas adoptadas, la jueza ordenó al denunciado evitar cualquier tipo de contacto, acercamiento o comunicación con la denunciante. Además, dispuso que el acusado complete una capacitación obligatoria en género, diversidad, masculinidades, relaciones de poder y cambio social ofrecida por el gobierno de Río Negro. Esa capacitación deberá realizarse en un plazo de 15 días para luego acreditar su cumplimiento ante el Juzgado de Paz.

La resolución también contempló la eliminación de datos identificatorios de las personas involucradas en publicaciones relacionadas con la causa, a fin de garantizar la privacidad y seguridad de las partes. Finalmente, se notificó al denunciado que cualquier incumplimiento de estas medidas podrá dar lugar a sanciones conforme al artículo 32 de la Ley N° 26.485.

El fallo subrayó la necesidad de garantizar a la víctima medidas de protección inmediatas y eficaces. Destacó la obligación de los tribunales de tramitar las causas con perspectiva de género. Además, la resolución apeló a normativas internacionales como la Convención Belém do Pará para reforzar la importancia de prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra la mujer.

La Ley Olimpia

La Ley Olimpia en Argentina fue sancionada el 10 de octubre de 2023. Incorpora la violencia digital como una modalidad de violencia de género dentro de la Ley N° 26.485, que protege a las mujeres contra la violencia. Esta ley tiene como objetivo principal reconocer y sancionar conductas que atenten contra la intimidad y dignidad de las personas en entornos digitales.

Judiciales

Se endeudó para llegara a fin de mes: Ordenan limitar el porcentaje de descuentos de mutuales y financieras a una docente roquense

Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.

el

Una mujer solicitó varios préstamos personales. Es docente, madre de una niña, y no recibe ayuda económica del padre de la chica. No tiene vivienda propia, por lo que paga un alquiler cada mes. Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.

El fuero Laboral de Roca hizo lugar a la medida cautelar autosatisfactiva solicitada por la mujer. Ordenó al empleador establecer un límite del 33% para las deducciones salariales. El Tribunal consideró el principio de no confiscatoriedad y el carácter alimentario del salario.

En su presentación, la mujer afirmó que no logró sostener su economía familiar. Además de su jornada laboral, asumió horas extras. También trabaja en limpieza de viviendas y, durante los feriados, elabora comidas que vende en ferias.

En la presentación la docente alegó que los descuentos violaban su derecho a una retribución justa y al carácter alimentario del salario. Además mencionó que en los últimos meses sólo percibió el concepto de asignación familiar.

El organismo empleador señaló que los préstamos fueron tomados voluntariamente por la mujer y que la Provincia solo actúa como ejecutora de los descuentos.

La jueza sostuvo que el caso cumple con los requisitos para admitir una medida autosatisfactiva: urgencia, daño irreparable y existencia de un derecho evidente.

El Tribunal concluyó que los descuentos resultan confiscatorios e irrazonables, y que dejan a la trabajadora sin medios para sostenerse a sí misma y a su hija. Señaló que, aunque no exista una norma provincial vigente, sí hay normas nacionales y principios constitucionales que establecen límites a la deducción del salario.

Continuar leyendo

Judiciales

El padre falleció antes de reconocer a la niña: Se estableció la filiación por una prueba genética de los abuelos

El resultado marcó un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre.

el

Una mujer inició una demanda de filiación post mortem. Mantuvo una relación sentimental con el padre de sus hijos, pero el hombre falleció antes del nacimiento de su segunda hija. El primer hijo fue reconocido por el padre; sin embargo, la niña no obtuvo ese reconocimiento biológico.

La mujer solicitó el reconocimiento de la filiación de su hija y requirió la realización de una prueba genética con los abuelos paternos.

La jueza de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y estableció judicialmente la filiación entre los hermanos. Ambos niños pasarán a tener el mismo apellido. También se ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.

Del análisis de la pericia genética se concluyó que existía un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre fallecido. Resultó relevante también el testimonio de la mujer, quien declaró que la pareja reconocía a la niña por nacer como su hija.

Durante el proceso se designaron defensores de menores tanto para la niña como para el niño. Se ordenaron extracciones de ADN, efectuadas por el Cuerpo de Investigación Forense, y se realizaron diversas audiencias.

La sentencia se enfocó en el interés superior de la niña y en preservar su verdad biológica. También reafirma el valor probatorio de los análisis genéticos en juicios de filiación.

«El caudal probatorio que aporta la prueba biológica en las acciones de filiación es altamente significativo, y dada la probabilidad alcanzada en el presente caso, resulta razonable la procedencia del reclamo de filiación», concluyó la jueza.

Continuar leyendo

Judiciales

¿Que consulta la gente cuando llega al Poder Judicial de Río Negro?

En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género.

el

¿Dónde acuden las y los rionegrinos cuando necesitan información sobre como iniciar un trámite judicial o resolver un conflicto en su comunidad? La respuesta está en las Oficinas de Atención a las Personas, espacios del Poder Judicial que en el primer semestre de 2025 recibieron 2.383 consultas en toda la provincia. Los datos surgen del Informe Estadístico del primer semestre de 2025, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

La oficina de Viedma atendió 591 consultas, la de Roca 700, la de Bariloche 593 y la circunscripción que reúne Cipolletti y Cinco Saltos concentró 499. Estos números evidencian la importancia de los espacios de atención primaria que reciben de manera directa las inquietudes de la ciudadanía. La Corte Suprema mide periódicamente estos mecanismos de acceso a Justicia y mantiene a Río Negro entre los primeros puestos de ese monitoreo.

En Viedma predominó la demanda de información vinculada a trámites judiciales. En Roca la mayoría de las consultas estuvo relacionada con casos de violencia familiar y de género. En Bariloche se destacaron los planteos vinculados a garantías constitucionales y en Cipolletti junto con Cinco Saltos se concentraron principalmente los reclamos en materia de salud.

De esta forma, las Oficinas de Atención a las Personas consolidan su función como espacios de cercanía en toda la provincia, con un perfil de demandas que varía en cada ciudad pero con un mismo objetivo: garantizar a la ciudadanía un acceso rápido y confiable al Poder Judicial de Río Negro.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement