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Con 17 años, contrató a una abogada y recurrió al Poder Judicial para poder vender un auto que estaba a su nombre

Se trata de un amparo del principio de capacidad progresiva. Existen otros casos similares en la Provincia.

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En Cipolletti, un adolescente de 17 años gestionó ante el Poder Judicial la autorización para vender un automóvil registrado a su nombre. Lo hizo al amparo del principio de capacidad progresiva, que permite a las personas menores tomar decisiones patrimoniales con supervisión judicial. El fallo del fuero de Familia se enmarca en la normativa que protege los bienes de niños, niñas y adolescentes, con el objetivo de garantizar su beneficio exclusivo y evitar que terceros dispongan de ellos sin autorización.

El joven solicitó la venta de un vehículo con el objetivo de adquirir otro en mejores condiciones. Explicó que el automóvil presentaba desperfectos mecánicos y gastos elevados de reparación. Por esta razón, decidió reemplazarlo por un modelo más moderno. Con el patrocinio de una abogada particular, presentó toda la documentación requerida y los informes de dominio necesarios para cumplir con los requisitos legales.

En la resolución, se destacó que los bienes registrados a nombre de personas menores están especialmente protegidos por la ley. Esta normativa establece que, aunque el menor de edad posea ciertos derechos de disposición, toda operación de esta naturaleza debe contar con autorización judicial para asegurar que los recursos se gestionen de forma adecuada y en beneficio exclusivo del titular.

El registro de bienes a nombre de niños, niñas y adolescentes funciona como una herramienta de protección patrimonial. Este mecanismo impide que padres o tutores dispongan de esos recursos de manera indebida. Al exigir la intervención del Poder Judicial, se garantiza que cualquier decisión se tome con imparcialidad y en resguardo del futuro del menor. Esto incluye la evaluación de proyectos de inversión, como la adquisición de inmuebles o vehículos, para que los bienes no se utilicen con fines ajenos al interés del niño o adolescente.

En este caso, el adolescente, por su edad y capacidad progresiva, actuó sin la representación de sus padres y accedió directamente al Poder Judicial. La intervención de la Defensora de Menores aseguró que la transacción cumpliera con los principios de protección previstos en la ley. Tras analizar la documentación presentada, se concluyó que la venta del automóvil beneficiaría al joven, con la condición de que se acreditara posteriormente la compra de un nuevo vehículo a su nombre.

En situaciones similares, cuando se trata de indemnizaciones o herencias, es habitual que los fondos se destinen a bienes duraderos, como viviendas, siempre inscritos a nombre del niño o adolescente.

Compra de oro

Otra resolución del Poder Judicial benefició a una adolescente de Cipolletti, quien obtuvo autorización para deshacer un plazo fijo y destinar ese dinero a la compra de lingotes y monedas de oro físico. La joven resultó damnificada en un incidente vial durante su niñez, y los fondos provienen de una indemnización que su madre había depositado en un banco para generar intereses.

La adolescente, acompañada por su madre como representante legal, argumentó que el plazo fijo estaba generando un deterioro del capital, ya que en el contexto actual resulta un instrumento de inversión desaconsejado. Los abogados de la joven plantearon que, frente a la depreciación de la moneda y el alto nivel inflacionario, el oro es uno de los pocos activos que resguarda valor. Se propuso la compra de lingotes y monedas como el Dinar Oro, utilizado en países islámicos por su estabilidad y resistencia a la inflación.

En primera instancia, el pedido no fue autorizado por falta de un plan de inversión detallado. Tras apelar, el tribunal aceptó la solicitud, aunque estableció condiciones específicas para garantizar la seguridad del patrimonio. Se consideró que el contexto económico actual, marcado por la depreciación del peso y la pérdida de poder adquisitivo de los ahorros, justificaba la autorización de la inversión en oro.

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Caso Julián Dobra: un nuevo detenido por el crimen del joven roquense

El Ministerio Público Fiscal imputó a un joven de 18 años, acusado de participar en el homicidio ocurrido en abril pasado. Se convirtió en el octavo implicado en la causa.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un nuevo imputado acusado de haber participado en el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. El joven, de 18 años, fue detenido durante la mañana de este viernes (07/11) y se convirtió en el octavo acusado en la causa.

Según la hipótesis fiscal, el detenido formó parte del grupo que, entre las 19.48 y las 20.23, coordinó un encuentro con la víctima detrás de la defensa aluvional. Allí lo habrían engañado para concretar una reunión y posteriormente lo agredieron con golpes y un arma de fuego, provocándole las lesiones que derivaron en su muerte. Todo ello en el marco de un plan ideado por otro de los imputados.

De acuerdo con la acusación, el joven participó también del robo del automóvil de Dobra y del ingreso a su domicilio, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos utilizando la llave original.

La calificación legal atribuida es la de coautor de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego, en concurso real con hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída, agravados por la participación de menores de edad.

Durante la audiencia, la Fiscalía presentó pruebas que incluyen rastros levantados en el lugar del hecho, informes de cámaras del 911, pericias telefónicas y análisis biológicos, entre otros elementos.

El defensor oficial se opuso a la formulación de cargos y pidió medidas de protección para las víctimas, mientras que la Fiscalía solicitó la prisión preventiva del acusado. El juez de Garantías hizo lugar al pedido del Ministerio Público, imponiendo la medida cautelar y recordando que la causa fue declarada compleja, lo que extiende el plazo de investigación hasta mayo de 2026.

Con esta nueva imputación, el caso que conmocionó a General Roca ya cuenta con 8 personas acusadas, entre mayores y menores de edad, por su presunta participación en el brutal homicidio.

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Por una apuesta familiar la inscribieron con otro nombre: 60 años después logró cambiarlo

El fallo consideró que existían “justos motivos” para el cambio, por el sufrimiento que le generó y por el uso habitual de su nombre elegido.

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Una mujer del Alto Valle logró una resolución histórica: el Poder Judicial de Cipolletti autorizó el cambio de su nombre, inscripto hace más de 6 décadas a raíz de una apuesta familiar.

La historia comenzó a principios de los años ‘60, cuando su padre acudió solo al Registro Civil para inscribirla. En la puerta, un primo lo desafió a anotarla con un nombre inusual, elegido al azar. El hombre aceptó la broma, sin imaginar que ese gesto definiría parte de la vida de su hija.

Desde niña, la mujer soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia abandonó la escuela para evitar oírlo en público y, ya de adulta, evitó todo trámite donde figurara su documento. «No tramitó pasaporte, ni tarjetas de crédito, ni se inscribió en su jubilación», indica el fallo. Incluso en su casamiento, escuchar su nombre en voz alta fue una experiencia dolorosa.

Durante décadas, se presentó socialmente con otro nombre -una inicial, ‘A.’, en los documentos judiciales-, el mismo que usó en su entorno, en redes sociales y en actividades artísticas. En agosto de 2025, inició una acción judicial para reemplazar los prenombres impuestos por el que la representaba realmente.

El pedido fue acompañado por testimonios, capturas de pantalla, certificados y un informe técnico interdisciplinario que concluyó que el cambio sería «una forma simbólica de reparación».

Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil avalaron el pedido. El tribunal de Familia consideró que existían «justos motivos» conforme al Código Civil y Comercial, que contempla la modificación cuando el nombre afecta la personalidad o cuando la persona usa habitualmente otro.

En noviembre de 2025, la Justicia ordenó eliminar los prenombres originales y rectificar su partida de nacimiento, reconociendo oficialmente su identidad elegida.

Después de 60 años de cargar con un nombre impuesto por una broma, la mujer consiguió finalmente llamarse como siempre quiso.

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Nuevos elementos del celular de la víctima reconfiguran la investigación por el crimen de Julián Dobra de la Canal

El juez de Garantías declaró la causa como compleja y extendió el plazo de investigación hasta mayo de 2026.

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El Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción reformuló cargos en la causa que investiga el homicidio de Julián Dobra de la Canal, ocurrido el 17 de abril pasado en General Roca. La medida se basó en nuevos elementos incorporados a la investigación, principalmente el análisis del celular de la víctima, que permitió precisar detalles sobre el hecho y las responsabilidades de cada imputado.

Según la hipótesis fiscal, el crimen ocurrió entre las 19.48 y las 20.23, en una zona ubicada detrás de la defensa aluvional. En ese lapso, cuatro hombres agredieron a la víctima con golpes y un arma de fuego, cumpliendo un plan previamente ideado por una quinta persona.

Dobra fue arrastrado y abandonado detrás de unos arbustos, donde finalmente falleció a causa de las lesiones en el cráneo. Posteriormente, los agresores se apoderaron de su automóvil y lo utilizaron para ingresar a su departamento, donde sustrajeron una bicicleta y una consola de juegos.

Además, se acreditó que un sexto implicado omitió brindar información sobre el paradero de la víctima pese a conocer lo ocurrido, mientras que un séptimo hombre ocultó el vehículo sustraído en una vivienda de calle Urquiza.

El análisis del celular, clave para el avance de la causa

El avance de la investigación se fortaleció a partir del trabajo técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITel) de la Procuración General, que logró acceder al contenido del celular de Dobra sin necesidad de enviarlo al exterior.

Del dispositivo se recuperaron más de 1.400 puntos de geolocalización, registros de llamadas, mensajes, videos e imágenes que vinculan directamente a los imputados entre sí y con la víctima.

La información fue cotejada con testimonios, informes del 911 y pericias previas, confirmando la hipótesis del Ministerio Público.

También se hallaron mensajes entre los acusados donde coordinaban acciones posteriores al homicidio, como ocultar el vehículo e incluso intentar incendiarlo.

7 imputados y causa declarada compleja

Dos de los implicados fueron acusados de homicidio triplemente agravado (por el concurso premeditado de dos o más personas, por el uso de arma de fuego y por la intervención de menores). A uno de ellos se le sumó el cargo de hurto calificado por el uso de llave verdadera sustraída.

Tres personas menores de edad fueron imputadas por los mismos delitos en concurso real con hurto calificado, y un cuarto adolescente también fue acusado de portación ilegal de arma de fuego de uso civil. Los dos restantes fueron imputados por encubrimiento agravado.

Durante la audiencia, las partes debatieron sobre la complejidad del caso. Finalmente, el juez de Garantías admitió la reformulación de cargos y declaró la causa como compleja, extendiendo el plazo de investigación hasta el 9 de mayo de 2026.

El magistrado también resolvió prorrogar la prisión preventiva de los imputados mayores de edad hasta esa fecha, y mantener las medidas cautelares para los menores. Uno de ellos deberá presentarse periódicamente ante la Fiscalía.

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