Seguinos

Río Negro

La Provincia firmó los contratos para repavimentar las Rutas 6 y 8

Se trata de una vía fundamental de conectividad e integración entre Región Sur y Alto Valle de Río Negro.

el

El gobernador Alberto Weretilneck firmó este jueves (30/01) los contratos de obra para repavimentar las Rutas Provinciales N° 6 y 8, fundamentales para el desarrollo turístico y para una mayor integración provincial, jerarquizando las condiciones de transitabilidad y seguridad vial en la región. Los trabajos serán financiados íntegramente por el Gobierno provincial a través de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

En el acto, desarrollado en El Cuy, Weretilneck sostuvo que «era una deuda pendiente que teníamos con la Región Sur y hoy la empezamos a saldar». El mandatario destacó además que se trata de «una ruta de integración provincial, de unión entre distintas zonas de la provincia».

Estas obras, que son las más importantes de Río Negro en la actualidad, son fundamentales para mejorar la conexión entre Región Sur y el Alto Valle, principalmente en lo que respecta a la salud, porque «es necesario tener una ruta segura, así cuando tenemos una emergencia, podemos salir rápido y llegar rápido», dijo el gobernador de Río Negro.

Además, los trabajos representan una gran oportunidad para potenciar el turismo y la actividad ganadera, agilizando la comunicación entre localidades y mejorando el vínculo entre las Rutas Nacionales N° 22 y N° 23.

«Lo más importante es la vinculación entre el norte y el sur de Río Negro. Es lo que le permite a todas nuestras vecinas y a nuestros vecinos de la Región Sur poder acceder al Alto Valle para hacer las cosas que tienen que hacer, ya sea un trámite en oficinas públicas, comprar los alimentos que hacen falta aquí, ir al médico, estudiar o cualquier otra actividad», agregó Weretilneck.

La empresa CN SAPAG S. A. realizará los trabajos en el tramo que va desde el Empalme de la Ruta Nacional lN° 22 y Empalme de Ruta Provincial N° 68, mientras que Centro Construcciones S. A. se encargará del tramo Empalme Ruta Provincial N° 68 hasta el paraje La Esperanza.

Las obras serán financiadas por el Gobierno provincial, mediante el préstamo otorgado por el BID en el marco del Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera y Adhesión (CMAF) entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional (FFFIR) y la Provincia de Río Negro.

Durante el acto, el gobernador Weretilneck anunció que la Provincia destinará una parte de lo recaudado de fondos de renegociación y extensión de concesiones de contratos petroleros para comprar equipamiento para Vialidad Rionegrina, y además confirmó que se entregarán 20 nuevas camionetas cero kilómetro 4×4 a las comisiones de fomento, garantizando que todas tengan su vehículo propio.

Acompañaron la jornada los ministros de Obras y Servicios Públicos, Alejandro Echarren, y de Hacienda, Gabriel Sánchez; el presidente de Vialidad Rionegrina, Raúl Grün; el comisionado de El Cuy, Jesús Peña; el director ejecutivo de la Unidad Provincial de Coordinación y Ejecución de Financiamiento Externo (UPCEFE), Martín Camiña; intendentes, intendentas, comisionados y comisionadas de fomento de la región; legisladoras, legisladores y demás autoridades provinciales.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

el

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

Continuar leyendo

Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

el

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

Continuar leyendo

Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement