Río Negro
Transporte de pasajeros: Río Negro firmó subsidios por más de $410.000.000
Alcanza al servicio urbano de Roca y también al interurbano que presta KoKo en el Alto Valle.

El ministro de Obras y Servicios Públicos, Alejandro Echarren, firmó hoy (11/03) los convenios del subsidio provincial al transporte de pasajeros de concesión provincial y los correspondientes al subsidio al transporte urbano para distintas localidades de la Provincia. La firma de lo suscripto asciende a 410 millones de pesos mensuales, recursos rionegrinos fundamentales para el sostenimiento del transporte público de pasajeros.
En este sentido, el ministro de Obras y Servicios Públicos, Alejandro Echarren, explicó que «firmamos los convenios con las empresas de transporte interurbano de pasajeros y en el caso del Municipio de Viedma, el subsidio para el transporte local, subsidios que también se firmarán con 7 municipios más».
«Esto ha sido una decisión que ha tomado el gobernador Alberto Weretilneck de seguir subsidiando el transporte público en Río Negro, tanto para 8 municipios, como para las líneas de transporte interurbanas; y con eso apuntamos a que el usuario no tenga que hacerse cargo del 100% de la tarifa y tenga un alivio a la hora de pagar su boleto», subrayó.
El aporte de financiamiento provincial al transporte urbano también alcanza a los Municipios de Bariloche, General Roca, Cipolletti, Sierra Grande, San Antonio Oeste, sumándose este año también, las localidades de El Bolsón y Fernández Oro por un total aproximado de 160 millones mensuales de pesos. Los fondos rionegrinos resultan fundamentales para acompañar el sostenimiento del transporte local de un servicio que es responsabilidad municipal.
Además, para garantizar el transporte de pasajeros provincial y para que el peso del boleto no impacte de lleno en el usuario, Echarren rubricó los convenios por un total de $252 millones de pesos mensuales con los titulares de cada una de las empresas concesionarias que recorren la Provincia.
Por su parte, el Secretario de Transporte, Juan Ciancaglini, explicó que para el otorgamiento del subsidio al transporte público de pasajeros «básicamente lo que la Provincia analiza es el índice pasajero por kilómetro, las condiciones en qué se ofrece el servicio, la cantidad de pasajeros que se trasladaron por mes, y que los intendentes certifiquen la prestación, y así podemos evaluar qué subsidio corresponde a cada una de las líneas provinciales y a cada una de las empresas prestadoras de los servicios urbanos». Asimismo, destacó que, si la Provincia no acompañara tanto a las líneas provinciales como a los servicios urbanos, mínimamente el boleto se duplicaría y en algunos casos hasta llegaría a ser el triple de lo que es hoy».
Además de los representantes de las empresas de transporte, estuvo presente la jefa de Gabinete de Viedma, María Eugenia Serra, municipio que recibirá un total de $23 millones de pesos mensuales para el sostenimiento del transporte urbano de la Capital provincial.
Al respecto la funcionaria destacó el acompañamiento de la Provincia para dar continuidad al servicio del transporte público urbano de pasajeros «entendiendo que para nuestra comunidad, para Viedma, es muy importante; hoy el boleto colectivo está a 980 pesos y es importante que quienes utilizan el transporte entiendan que sin este acompañamiento, el boleto tendría que estar entre 2.000 a 2.500 pesos, así que son decisiones muy valiosas, principalmente para quienes hoy utilizan este servicio tan esencial».
Estuvieron presentes: Héctor Castro de Transporte Las Grutas SA y Patagonia Land SRL, Fabricio Balogh de Fredes Turismo SRL, Edgardo Martel de Cooperativa de Trabajo El Juncal LTDA, y María José Lizagaray como representante de la firma KoKo SA y Vía Bariloche SA. Pehuenche SA es otra de las empresas que también recibe subsidio por parte de la provincia.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








