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Separaron a un docente por presunto delito contra la integridad sexual

La denuncia fue realizada por la familia de la víctima. La Junta de Disciplina instruyó un sumario.

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El Ministerio de Educación y Derechos Humanos separó a un docente de sus cargos tras una denuncia por presunto delito contra la integridad sexual, realizada por la familia de una estudiante de un establecimiento de San Antonio Oeste.

Tras recibir la misma, el equipo directivo de la institución llevó a cabo de manera inmediata la correspondiente denuncia en la Comisaría de la Familia de la localidad, a fin de que la Justicia pueda intervenir.

Al mismo tiempo, el Ministerio de Educación, con sus equipos de intervención territorial y técnicos de apoyo, activó los dispositivos pedagógicos con la familia y la institución.

La ministra de Educación y Derechos Humanos, Patricia Campos, instruyó al Consejo Provincial de Educación y a la Junta de Disciplina Docente a que se realice una investigación dentro del sistema educativo y, a su vez, a ponerse a disposición de la Fiscalía que recibió la denuncia.

La secretaria de Educación, Ana Laura Giovanini y los equipos directivos, técnicos y supervisivos brindaron contención y acompañaron a la familia, poniendo todo el sistema educativo a disposición.

Por otro lado, el docente denunciado fue apartado de sus cargos y la Junta de Disciplina Docente instruyó el respectivo sumario.

Desde el Ministerio se informó a la Justicia sobre todo lo actuado hasta el momento y se continúa trabajando con acciones y acompañamiento con los diferentes equipos directivos de las instituciones y la comunidad educativa.

«Es prioridad para este Ministerio de Educación y para el Gobierno de Río Negro actuar en forma inmediata en estos casos, garantizando los derechos de las y los estudiantes y de la comunidad educativa, dando prioridad al resguardo y protección de los niños y niñas», destacó la ministra.

En ese sentido es muy importante tener en cuenta las legislaciones nacionales en cuanto a la reserva de la identidad. La Ley Nacional N° 26.061 en su Art. 22, prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar directa o indirectamente a niños, niñas y adolescentes, cuando constituyan injerencias arbitrarias en su vida privada o intimidad familiar.

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Rompió dos cubiertas por el mal estado de la ruta: Condenan a la aseguradora por rechazar el siniestro fuera de término

La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.

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Transitaba en auto por la Ruta Nacional N° 151 rumbo a Villa Regina. A la altura del kilómetro 256, sintió un fuerte impacto que detuvo la marcha. El mal estado del camino provocó la rotura de dos cubiertas.

Un fallo del Juzgado Civil de Villa Regina hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios contra la aseguradora. La indemnización incluyó los gastos por reparación de llantas y cubiertas, además del daño moral y la privación de uso del vehículo.

El hombre denunció el siniestro ante su aseguradora. Contaba con cobertura por responsabilidad civil, robo, hurto, incendio y destrucción por accidente. Adjuntó toda la documentación requerida, fotografías del estado del auto y presupuestos de reparación.

La respuesta desfavorable de la aseguradora llegó un mes y medio después. El hombre presentó una demanda judicial. En ella, la aseguradora reconoció el siniestro como un daño parcial, pero argumentó que el conductor solo tenía cobertura por responsabilidad civil contra terceros. Por lo tanto, volvió a rechazar la cobertura.

El Juzgado acreditó el siniestro, la contratación de la póliza y su vigencia al momento del hecho. Lo que definió la decisión fue el vencimiento del plazo legal para rechazar la cobertura.

La jueza recordó que la Ley del Contrato de Seguro establece que las compañías deben expedirse dentro de los 30 días desde la recepción de la denuncia. La omisión implica la aceptación del siniestro. Por su parte, el asegurado debe denunciar el hecho dentro de los tres días de ocurrido. En este caso, el conductor cumplió con ese requisito, mientras que la aseguradora rechazó la cobertura fuera de término.

El fallo concluyó que Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada no se expidió dentro del plazo legal, lo que validó el reclamo del conductor. La discusión sobre si el siniestro estaba contemplado en la póliza quedó sin efecto.

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Lo despidió por tomar mate en el horario laboral: La Justicia consideró que la medida fue injustificada y deberá indemnizarlo

El dueño de una panadería filmó a su empleado intentando justificar su desvinculación de la empresa.

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Durante la pandemia, el dueño de una panadería de Cipolletti filmó a uno de sus empleados mientras tomaba mate en el sector de elaboración. Usó esas imágenes como fundamento para el despido, pero el Tribunal consideró que la decisión fue injustificada y ordenó el pago de una indemnización.

El trabajador se desempeñaba como repartidor desde noviembre de 2017. En julio de 2020, firmó una notificación en la que se le comunicó que quedaba prohibido consumir mate dentro del establecimiento. La medida formaba parte de los protocolos sanitarios que la empresa implementó en el marco de la emergencia sanitaria.

Más tarde, el dueño de la panadería presentó videos que mostraban al empleado en la zona de preparación de alimentos. En esas imágenes, se lo observó mientras tomaba mate y apoyaba el recipiente sobre las superficies de trabajo. También ofreció la infusión a un compañero. Según argumentó la empresa, el consumo de mate implicaba un riesgo sanitario, ya que el flujo de saliva podía contaminar el entorno, además de que restos de yerba caían sobre la masa cruda destinada a la elaboración de panificados.

El 7 de octubre de 2020, el dueño comunicó verbalmente el despido y lo ratificó por carta documento. Alegó una falta grave que había provocado la pérdida de confianza.

El trabajador rechazó esa acusación. Afirmó que el consumo de mate era una práctica habitual en el lugar de trabajo, tanto por parte de sus compañeros como del propio empleador. También indicó que no existían antecedentes de sanciones por esa conducta.

Durante el juicio, se acreditó que el mate formaba parte de la rutina dentro de la panadería. Además, el Tribunal destacó que el trabajador no contaba con antecedentes disciplinarios y que la empresa no había aplicado sanciones menores antes de recurrir al despido. Señaló que la medida resultó desproporcionada y contraria al principio de progresividad que rige en el derecho laboral.

El Tribunal resolvió que la empresa debía indemnizar al trabajador por despido injustificado. Ordenó el pago de los siguientes conceptos: indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva del preaviso con su respectivo sueldo anual complementario (SAC), integración del mes de despido con SAC, salario por los días trabajados en octubre de 2020, SAC proporcional del segundo semestre y vacaciones no gozadas. En total son $207.632,91. Además, dispuso la entrega de los certificados laborales.

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Caso Valentín: La madre denunció que el médico acusado de matar a su hijo la amenazó

Ocurrió en las afueras del Sanatorio Juan XXIII, cuando la mujer pegaba carteles reclamando Justicia.

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Ariana Toledo, madre del pequeño Valentín Mercado Toledo, denunció haber sido amenazada por el médico anestesiólogo Mauricio Atencio Krause mientras pegaba carteles en las afueras del Sanatorio Juan XXIII de Roca. El abogado de la familia solicitará medidas cautelares en la audiencia judicial prevista para este miércoles (18/06).

El hecho ocurrió en la intersección de las calles 9 de Julio y Buenos Aires, en las inmediaciones del sanatorio privado donde Valentín fue intervenido quirúrgicamente. Según el relato de Toledo, mientras colocaba carteles en reclamo de justicia por la muerte de su hijo, fue abordada por el profesional, quien le exigió que se detuviera y le advirtió que «la iba a pasar muy mal». La mujer intentó evitar el conflicto, pero quedó profundamente afectada por el episodio.

Tras lo sucedido, Toledo se dirigió a la Comisaría 3° para realizar la denuncia. Sin embargo, en un primer momento no quisieron tomarla, argumentando que no había lesiones físicas. Finalmente, la denuncia fue radicada y el abogado de la familia, Miguel Ángel Zeballos, confirmó en diálogo con el programa Ahí Vamos (de lunes a viernes de 7 a 9 por La Super FM 96.3) que el hecho configura un delito, dado que implica un riesgo concreto para la denunciante.

Zeballos anticipó que durante la audiencia judicial de este miércoles pedirá medidas cautelares contra Atencio, incluyendo la prohibición de acercamiento y de hostigamiento por cualquier medio. Si bien no se solicitará prisión preventiva en esta instancia, advirtió que, en caso de reincidencia, se exigirá la detención preventiva del médico.

El trasfondo del caso

Valentín, de apenas cuatro años, ingresó al Sanatorio Juan XXIII el 11 de julio de 2024 para una cirugía programada por una hernia diafragmática. La operación, que debía durar poco más de una hora, se prolongó al doble del tiempo estimado. Aunque los médicos afirmaron que había sido exitosa, el niño nunca despertó. Días más tarde, la familia fue notificada de su muerte cerebral, atribuida a una hipoxia producto de fallas durante el procedimiento anestésico.

La causa judicial avanza con una investigación centrada en presuntas negligencias del equipo médico, especialmente del anestesista, quien habría omitido verificar el funcionamiento del capnógrafo, un dispositivo esencial para controlar los niveles de dióxido de carbono en pacientes bajo anestesia general.

El caso sigue generando conmoción en General Roca y la familia de Valentín continúa exigiendo Justicia.

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