Judiciales
Formulan cargos a 5 personas por su participación en la desaparición y homicidio de Julián Dobra
Dos son menores de edad. Todos quedaron detenidos bajo prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos hoy (09/05) contra tres hombres y dos personas menores de edad, acusándolos de su participación en el homicidio agravado por el uso de armas de Julián Dobra. Todos ellos quedaron en prisión preventiva por el término de cuatro meses, los menores en domicilios a cargos de sus progenitores y con custodia policial hasta tanto haya disponibilidad de tobilleras electrónicas.
Según la Fiscalía, la totalidad de los hechos ocurrieron en la ciudad de General Roca, entre el 17 de abril pasado y el 3 de mayo, minutos después de las 3 de la madrugada. En dicha circunstancia, el grupo de imputados cooperó con el autor, aún no individualizado, del homicidio de Julián Tomás Dobra de la Canal. La muerte se produjo entre el 17 de abril y 36 horas antes del último día de ese mismo mes, mediante un disparo de arma de fuego calibre 22 que le provocó una lesión mortal al ingresar en el parietal derecho de la cabeza.
Agregó la acusación pública que este grupo de hombres, posteriormente, ocultó y se deshizo del cuerpo de la víctima en el sector de las bardas, a 120 metros del comienzo de la calle Defensa Catini. Además, ocultaron la pistola cargada con siete balas y el vehículo de la víctima, que fue hallado algunos días después, quemado. Sostuvo también que los dos menores imputados, junto a uno de los mayores de edad, fueron quienes se ocuparon de incendiar el auto ubicado en el sector de la cantera Áridos, a la vera de la Ruta Provincial 6.
La calificación legal de los hechos es la de homicidio simple, doblemente agravado por el uso de arma, en calidad de partícipes primarios. A los adultos, además, se les agrava el delito por la participación de los menores de 18 años.
Durante más de 40 minutos, la Fiscalía describió la evidencia obtenida desde que comenzó la investigación, el 21 de abril, cuando la madre de Julián realizó la denuncia por su desaparición. En ese momento comenzaron las entrevistas a diversas personas, entre ellas empleadores, familiares y amigos de la víctima y la inmediata búsqueda por parte de la Policía.
Una vez que se halló el cuerpo, se sumó como sustento la declaración de policías, actas de procedimiento y del hallazgo del automóvil quemado; y el resultado del trabajo realizado por el gabinete de criminalística y el cuerpo de bomberos. Se incluyen las entrevistas de las personas que hallaron el cuerpo de la víctima y el auto, entre otros testimonios, algunos de identidad reservada. También se agrega el informe de verificación técnica que confirma que se trataba del vehículo de la víctima.
Mencionaron que cuentan con teléfonos celulares (dos de ellos secuestrados en el complejo penal de Roca), restos de piedras, una barreta y rastros de calzado que deben ser analizados y cotejados con calzado secuestrado. Se detuvieron en los resultados de la autopsia, que requerirá ampliación con estudios complementarios para precisar la hora y el día del deceso, además de otras lesiones. Aclararon en este sentido que el cuerpo tenía marcas de arrastre, dos disparos en la cabeza y la ropa de la víctima presentaba mucha sangre.
En cuanto a testimonios, relataron que cuentan con declaraciones que vinculan a la víctima con los imputados y que la pareja de uno de ellos lo vio con Julián días antes y con la misma ropa con la que fue hallado. Incluso se mencionó que uno de los menores utilizó el vehículo de la víctima el fin de semana anterior a su desaparición. Dijeron que la víctima se vinculó en el último tiempo con los imputados y que, si bien el móvil aún no está claro, existieron algunas situaciones previas que habrían enfrentado a la víctima con alguno de los imputados.
En relación a los 20 allanamientos simultáneos realizados en la mañana de ayer (08/05), indicaron los elementos obtenidos: en una de las viviendas secuestraron un arma calibre 22, zapatillas con rastros idénticos a los encontrados en cercanías del auto. Mencionaron que cuentan con registros de llamadas telefónicas entre uno de los imputados y la víctima que intempestivamente se interrumpen el 18 de abril, cuando uno de los imputados dejó de llamar a la víctima, aun antes de conocerse su desaparición, mientras que antes lo hacía con frecuencia.
Agregaron que en la vivienda de uno de los menores encontraron «escondida en un tanque una campera con manchas hemáticas y otra moto que coincide con el otro rastro encontrado al lado del vehículo incendiado». El vehículo tenía pedido de secuestro desde el mes de marzo pasado.
«Creemos que todas estas personas han participado con un apoyo esencial para la tranquilidad de quien ejecutó a Julián; que tal situación no se dio en el lugar del hallazgo y que, entre la lesión mortal y el deceso, pasó un tiempo. Estuvo agonizando tal como surge a partir de la impronta de las heridas, y es probable que haya sido trasladado en su propio vehículo hasta el lugar en el que fue hallado su cuerpo», dijo la acusación.
Los padres de la víctima estuvieron presentes en la audiencia, cada uno de ellos con querellante propio. La abogada que representó a su madre adhirió a los hechos y enfatizó la cercana relación que uno de los hombres imputados tenía con la víctima. «Las pruebas colectadas por la fiscalía lo sindican como el principal implicado, aunque aún no podamos sostener que es el autor del hecho». La dupla de querellantes que contrató su padre adhirió y valoró la cantidad de evidencia obtenida por la Fiscalía.
La defensa pública reiteró la enorme cantidad de información con la que la Fiscalía llegó a la audiencia, aunque pidió la nulidad de la acusación por las imprecisiones de la misma. Aclaró que en el hecho se habla de un autor no identificado con quien habrían colaboraron los imputados, pero no precisaron «qué hizo cada uno de ellos y cuál es la evidencia que sustenta tales conductas, que deben ser claras».
«Está afectado el derecho de defensa porque no sé de qué debo defender a cada uno de los imputados. No hay prueba», enfatizó la defensora oficial. La defensora de menores también pidió que no se tengan por formulados los cargos, por argumentos similares. «No se explica de qué forma intervino en el hecho cada uno de los menores, no hay evidencia de ello ni pericia determinante», agregó.
No obstante, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el término de cuatro meses. Finalmente, se discutió por más de una hora la medida cautelar que la Fiscalía requirió para cada uno de los cinco imputados, diferenciando la modalidad de cumplimiento en función de la edad de cada subgrupo. Mientras que la querella adhirió la defensa se opuso, la determinación final la tomó el Juez que encabezó la audiencia que hizo lugar a la prisión preventiva de los tres adultos en el establecimiento que disponga el Servicio Penitenciario y en modalidad domiciliaria tal como requirió la Fiscalía, para los adolescentes. Todo ello hasta el 7 de septiembre próximo.
Reserva de datos de menores de edad
Conforme lo previsto en el Código Procesal Penal y las reglas que dicta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez trató el tema de la publicidad de la audiencia como cuestión previa. La defensora de menores penal solicitó que no se difundiera la identidad de los dos adolescentes de 16 y 17 años, ambos punibles. Invocó, además de normativa provincial, la ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional N° 20.056 sobre la Prohibición de la Difusión o Publicidad de Hechos Referidos a Menores de Edad.
Las partes acusadoras coincidieron con esa postura y el juez, ante el interés periodístico, resolvió un sistema de publicidad morigerada. Los medios de comunicación permanecieron en la sala de audiencias, pero con la prohibición expresa por parte del magistrado de tomar y difundir imágenes de los dos adolescentes menores de edad. La misma prohibición rige para difundir los datos filiatorios de las personas menores, lo que incluye sus nombres propios y el de sus familiares, todo ello bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial. La orden se hizo extensiva para todos los medios de comunicación y redes sociales.
Judiciales
Casi ocho de cada diez sentencias contencioso administrativas se dictaron con asistencia de inteligencia artificial
La herramienta automatiza controles y prepara sentencias para su firma, aunque la decisión final continúa bajo responsabilidad de juezas y jueces. Su implementación comenzó en 2023 y se extendió progresivamente a organismos provinciales y municipios.

Durante el primer semestre de 2026, el fuero Contencioso Administrativo de Río Negro dictó 3.461 sentencias con asistencia de inteligencia artificial. La cifra representa el 79,14% de las 4.373 resoluciones emitidas durante ese período. El uso de esta tecnología creció respecto del mismo semestre de 2025, cuando había alcanzado el 55,63%.
La herramienta fue desarrollada por la Dirección General de Sistemas del Poder Judicial de Río Negro y permitió reducir significativamente los tiempos de tramitación de las ejecuciones fiscales. Antes de su implementación, cada expediente requería cerca de una hora de procesamiento manual. Con el sistema automatizado, esa tarea se realiza en aproximadamente tres minutos.
La reducción también se refleja en la duración total del trámite. El plazo promedio de una ejecución fiscal pasó de 6,5 días a menos de tres días hábiles. La herramienta comenzó a utilizarse el 24 de agosto de 2023 y se incorporó progresivamente a los organismos provinciales y municipales que promueven este tipo de procesos.
El desarrollo propio permite automatizar una serie de controles que antes se realizaban manualmente. El sistema verifica los datos de la persona demandada y el monto reclamado, comprueba que no existan procesos sucesorios o de quiebra y prepara la sentencia para su firma. La decisión final permanece siempre bajo responsabilidad de la jueza o el juez.
La experiencia comenzó con las demandas de la Agencia de Recaudación Tributaria y después se extendió a los municipios. Viedma y Allen fueron los primeros en incorporarla. Actualmente también la utilizan Bariloche, Cinco Saltos, Cipolletti, El Bolsón, Roca, San Antonio Oeste y Villa Regina. En algunos municipios, la herramienta también se emplea para ejecutar multas de tránsito, infracciones por ruidos molestos y cuestiones ambientales.
Durante los primeros seis meses de 2026, las Unidades Jurisdiccionales Contencioso Administrativas recibieron 3.975 expedientes, un 220% más que en el mismo período del año anterior. Las ejecuciones fiscales representaron la mayor parte de esa actividad, con 3.711 registros, equivalentes al 93,1% de las acciones relevadas.
El incremento de estos procesos también se reflejó en las resoluciones dictadas. Durante el semestre se registraron 3.791 sentencias monitorias, vinculadas principalmente con ejecuciones. Además, se dictaron 488 interlocutorias, 87 definitivas y siete homologaciones. En cuanto al uso de inteligencia artificial, la participación de sentencias elaboradas con esta herramienta aumentó 23,51 puntos porcentuales respecto del primer semestre de 2025. De las 4.373 resoluciones dictadas durante este año, 912 se realizaron sin asistencia de IA.
El fuero Contencioso Administrativo funciona en las cuatro circunscripciones judiciales de Río Negro. Comenzó su actividad en Viedma en diciembre de 2021 y completó su implementación provincial en 2024. Su competencia comprende los procesos en los que el Estado interviene como demandante o demandado.
Los datos estadísticos forman parte del Informe Estadístico del Primer Semestre de 2026, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
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La Fiscalía pidió declarar responsable a un hombre por el abuso sexual de su suegra
El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio de la mujer. La Fiscalía sostuvo su acusación con testimonios familiares y pericias psicológicas.

En el marco de los alegatos de clausura del debate oral, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare responsable penal a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su suegra, una mujer de 79 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2025 en el domicilio de la víctima.
La fiscal Julieta Villa sostuvo durante su exposición que el imputado ingresó a la vivienda simulando intenciones familiares y que, según la acusación, aprovechándose de la confianza y de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la agredió.
Para fundamentar el pedido de responsabilidad penal, la Fiscalía presentó durante el debate el testimonio de la propia víctima y las declaraciones de su nieta, su hija, su hijo y una amiga.
Según expuso la acusación, estos testimonios permitieron acreditar las revelaciones inmediatas realizadas por la mujer, su estado de shock inicial y la posterior admisión de los hechos que habría realizado el acusado ante integrantes de su entorno familiar.
También declaró la psicóloga Virginia Ansola, integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien expuso sobre el impacto emocional sufrido por la mujer.
A su vez, intervino una especialista del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), quien ratificó en audiencia la veracidad del relato, descartó fabulaciones y confirmó la presencia de un cuadro de trauma psíquico severo.
La Fiscalía encuadró la conducta atribuida al imputado como abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Por su parte, el defensor particular solicitó la absolución de su asistido.
Concluidos los alegatos de las partes, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Maximiliano Camarda y Oscar Gatti dará a conocer su veredicto el próximo martes (13/10) a las 12.00.
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Formularon cargos a un conductor de 71 años por la muerte de un motociclista en Roca
Según la acusación, el imputado realizó un giro a la izquierda de manera antirreglamentaria e interrumpió la trayectoria de la motocicleta que conducía la víctima.

La Fiscalía formuló cargos este miércoles (07/10) contra un conductor de 71 años por un siniestro vial ocurrido en junio pasado en la intersección de las calles Félix Heredia y 9 de Julio de General Roca, en el que murió Ezequiel Alfredo Giles.
Según explicó la representante fiscal Victoria Bou Abdo, el hecho ocurrió alrededor de las 18.00 horas, cuando el imputado circulaba en una camioneta en sentido norte-sur y realizó una maniobra de giro a la izquierda hacia 9 de Julio.
De acuerdo con la acusación, el giro fue realizado de manera antirreglamentaria e imprudente, interrumpiendo la trayectoria de la motocicleta que conducía Giles, quien avanzaba en sentido contrario.
«Debido a la repentina obstrucción de la calzada, Ezequiel Giles no pudo evitar la colisión e impactó contra el lateral de la camioneta», explicó la fiscal. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió un traumatismo encéfalocraneano grave que le provocó la muerte en el lugar.
Para sustentar la formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal presentó las actas del procedimiento policial, el croquis del lugar, el certificado médico de defunción y el resultado negativo del test de alcoholemia realizado al imputado.
También se incorporaron entrevistas a testigos, informes de la Dirección de Tránsito Municipal, peritajes mecánicos realizados sobre ambos vehículos, un relevamiento fotográfico y la pericia accidentológica del Gabinete de Criminalística de General Roca.
La Fiscalía atribuyó al hombre la calificación legal provisoria de “homicidio culposo cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”.
El defensor penal público Gustavo Viecens, quien asiste al imputado, no presentó objeciones a la formulación de cargos.
Luego de escuchar a la querella, que acompañó el pedido fiscal, la jueza Natalia González tuvo por formulados los cargos y estableció en cuatro meses el plazo de investigación penal preparatoria.









