Judiciales
Formulan cargos a 5 personas por su participación en la desaparición y homicidio de Julián Dobra
Dos son menores de edad. Todos quedaron detenidos bajo prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos hoy (09/05) contra tres hombres y dos personas menores de edad, acusándolos de su participación en el homicidio agravado por el uso de armas de Julián Dobra. Todos ellos quedaron en prisión preventiva por el término de cuatro meses, los menores en domicilios a cargos de sus progenitores y con custodia policial hasta tanto haya disponibilidad de tobilleras electrónicas.
Según la Fiscalía, la totalidad de los hechos ocurrieron en la ciudad de General Roca, entre el 17 de abril pasado y el 3 de mayo, minutos después de las 3 de la madrugada. En dicha circunstancia, el grupo de imputados cooperó con el autor, aún no individualizado, del homicidio de Julián Tomás Dobra de la Canal. La muerte se produjo entre el 17 de abril y 36 horas antes del último día de ese mismo mes, mediante un disparo de arma de fuego calibre 22 que le provocó una lesión mortal al ingresar en el parietal derecho de la cabeza.
Agregó la acusación pública que este grupo de hombres, posteriormente, ocultó y se deshizo del cuerpo de la víctima en el sector de las bardas, a 120 metros del comienzo de la calle Defensa Catini. Además, ocultaron la pistola cargada con siete balas y el vehículo de la víctima, que fue hallado algunos días después, quemado. Sostuvo también que los dos menores imputados, junto a uno de los mayores de edad, fueron quienes se ocuparon de incendiar el auto ubicado en el sector de la cantera Áridos, a la vera de la Ruta Provincial 6.
La calificación legal de los hechos es la de homicidio simple, doblemente agravado por el uso de arma, en calidad de partícipes primarios. A los adultos, además, se les agrava el delito por la participación de los menores de 18 años.
Durante más de 40 minutos, la Fiscalía describió la evidencia obtenida desde que comenzó la investigación, el 21 de abril, cuando la madre de Julián realizó la denuncia por su desaparición. En ese momento comenzaron las entrevistas a diversas personas, entre ellas empleadores, familiares y amigos de la víctima y la inmediata búsqueda por parte de la Policía.
Una vez que se halló el cuerpo, se sumó como sustento la declaración de policías, actas de procedimiento y del hallazgo del automóvil quemado; y el resultado del trabajo realizado por el gabinete de criminalística y el cuerpo de bomberos. Se incluyen las entrevistas de las personas que hallaron el cuerpo de la víctima y el auto, entre otros testimonios, algunos de identidad reservada. También se agrega el informe de verificación técnica que confirma que se trataba del vehículo de la víctima.
Mencionaron que cuentan con teléfonos celulares (dos de ellos secuestrados en el complejo penal de Roca), restos de piedras, una barreta y rastros de calzado que deben ser analizados y cotejados con calzado secuestrado. Se detuvieron en los resultados de la autopsia, que requerirá ampliación con estudios complementarios para precisar la hora y el día del deceso, además de otras lesiones. Aclararon en este sentido que el cuerpo tenía marcas de arrastre, dos disparos en la cabeza y la ropa de la víctima presentaba mucha sangre.
En cuanto a testimonios, relataron que cuentan con declaraciones que vinculan a la víctima con los imputados y que la pareja de uno de ellos lo vio con Julián días antes y con la misma ropa con la que fue hallado. Incluso se mencionó que uno de los menores utilizó el vehículo de la víctima el fin de semana anterior a su desaparición. Dijeron que la víctima se vinculó en el último tiempo con los imputados y que, si bien el móvil aún no está claro, existieron algunas situaciones previas que habrían enfrentado a la víctima con alguno de los imputados.
En relación a los 20 allanamientos simultáneos realizados en la mañana de ayer (08/05), indicaron los elementos obtenidos: en una de las viviendas secuestraron un arma calibre 22, zapatillas con rastros idénticos a los encontrados en cercanías del auto. Mencionaron que cuentan con registros de llamadas telefónicas entre uno de los imputados y la víctima que intempestivamente se interrumpen el 18 de abril, cuando uno de los imputados dejó de llamar a la víctima, aun antes de conocerse su desaparición, mientras que antes lo hacía con frecuencia.
Agregaron que en la vivienda de uno de los menores encontraron «escondida en un tanque una campera con manchas hemáticas y otra moto que coincide con el otro rastro encontrado al lado del vehículo incendiado». El vehículo tenía pedido de secuestro desde el mes de marzo pasado.
«Creemos que todas estas personas han participado con un apoyo esencial para la tranquilidad de quien ejecutó a Julián; que tal situación no se dio en el lugar del hallazgo y que, entre la lesión mortal y el deceso, pasó un tiempo. Estuvo agonizando tal como surge a partir de la impronta de las heridas, y es probable que haya sido trasladado en su propio vehículo hasta el lugar en el que fue hallado su cuerpo», dijo la acusación.
Los padres de la víctima estuvieron presentes en la audiencia, cada uno de ellos con querellante propio. La abogada que representó a su madre adhirió a los hechos y enfatizó la cercana relación que uno de los hombres imputados tenía con la víctima. «Las pruebas colectadas por la fiscalía lo sindican como el principal implicado, aunque aún no podamos sostener que es el autor del hecho». La dupla de querellantes que contrató su padre adhirió y valoró la cantidad de evidencia obtenida por la Fiscalía.
La defensa pública reiteró la enorme cantidad de información con la que la Fiscalía llegó a la audiencia, aunque pidió la nulidad de la acusación por las imprecisiones de la misma. Aclaró que en el hecho se habla de un autor no identificado con quien habrían colaboraron los imputados, pero no precisaron «qué hizo cada uno de ellos y cuál es la evidencia que sustenta tales conductas, que deben ser claras».
«Está afectado el derecho de defensa porque no sé de qué debo defender a cada uno de los imputados. No hay prueba», enfatizó la defensora oficial. La defensora de menores también pidió que no se tengan por formulados los cargos, por argumentos similares. «No se explica de qué forma intervino en el hecho cada uno de los menores, no hay evidencia de ello ni pericia determinante», agregó.
No obstante, el juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el término de cuatro meses. Finalmente, se discutió por más de una hora la medida cautelar que la Fiscalía requirió para cada uno de los cinco imputados, diferenciando la modalidad de cumplimiento en función de la edad de cada subgrupo. Mientras que la querella adhirió la defensa se opuso, la determinación final la tomó el Juez que encabezó la audiencia que hizo lugar a la prisión preventiva de los tres adultos en el establecimiento que disponga el Servicio Penitenciario y en modalidad domiciliaria tal como requirió la Fiscalía, para los adolescentes. Todo ello hasta el 7 de septiembre próximo.
Reserva de datos de menores de edad
Conforme lo previsto en el Código Procesal Penal y las reglas que dicta el Superior Tribunal de Justicia (STJ), el juez trató el tema de la publicidad de la audiencia como cuestión previa. La defensora de menores penal solicitó que no se difundiera la identidad de los dos adolescentes de 16 y 17 años, ambos punibles. Invocó, además de normativa provincial, la ley nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional N° 20.056 sobre la Prohibición de la Difusión o Publicidad de Hechos Referidos a Menores de Edad.
Las partes acusadoras coincidieron con esa postura y el juez, ante el interés periodístico, resolvió un sistema de publicidad morigerada. Los medios de comunicación permanecieron en la sala de audiencias, pero con la prohibición expresa por parte del magistrado de tomar y difundir imágenes de los dos adolescentes menores de edad. La misma prohibición rige para difundir los datos filiatorios de las personas menores, lo que incluye sus nombres propios y el de sus familiares, todo ello bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial. La orden se hizo extensiva para todos los medios de comunicación y redes sociales.
Judiciales
Compró un iPhone, lo envió por encomienda y llegó la caja vacía: La Justicia condenó a la empresa transportista
El destinatario, un vecino de Roca, recibió el paquete abierto y sin el teléfono. La firma no respondió el reclamo.

Lo que debía ser un simple envío terminó convertido en un conflicto judicial. Un hombre de General Roca había comprado un iPhone 14 Pro Max nuevo para regalárselo a una amiga y, como en ocasiones anteriores, optó por enviarlo mediante un servicio de encomiendas desde la terminal local. Sin embargo, esta vez el paquete no llegó como debía.
Cuando la destinataria se acercó a retirar la encomienda, encontró la caja abierta y sin el dispositivo en su interior. Sorprendida, realizó el reclamo en el momento, pero la empresa de transporte no le ofreció ninguna respuesta.
Frente a la falta de soluciones, el comprador decidió iniciar una demanda por daños y perjuicios. En su presentación sostuvo que la firma incumplió el contrato de consumo al no garantizar la entrega en condiciones adecuadas. Tras analizar el caso, el fuero Civil de Roca le dio la razón y ordenó a la firma transportista indemnizarlo.
En el fallo, el juez remarcó que las relaciones de consumo deben interpretarse bajo el principio de protección al consumidor, que exige buena fe contractual, información clara sobre los servicios y cumplimiento estricto de las obligaciones asumidas. La empresa, además, no contestó la demanda y quedó en rebeldía, lo que permitió dar por acreditados los hechos tal como fueron relatados por el afectado.
El testimonio de la mujer que retiró el paquete fue clave: confirmó que el envío estaba correctamente embalado, describió la apertura visible de la caja al momento de recibirla y detalló la falta de respuesta de la firma ante sus reclamos. También mencionó que ya había usado el servicio en otras oportunidades sin problemas.
Finalmente, el juez concluyó que la empresa incumplió sus obligaciones contractuales y vulneró los derechos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial. Recordó que en estos casos rige un régimen de responsabilidad objetiva para el proveedor, quien debe garantizar que la mercadería llegue en las condiciones pactadas.
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Detectaron faltantes en la bóveda de un casino y confirmaron el despido
Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones

Una trabajadora del casino Crown de Cipolletti fue despedida luego de que una auditoría interna detectara maniobras irregulares en el manejo de dinero. Las cámaras de videovigilancia registraron ingresos no autorizados a la bóveda, movimientos que obstruyeron la visión de los dispositivos de seguridad y manipulación indebida de contenedores con recaudaciones. La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó la validez del despido con causa dispuesto por la empresa.
La persona se desempeñaba en el área de Tesorería del casino y contaba con acceso directo a los sistemas de resguardo de valores. Según el fallo, durante varias jornadas se detectaron diferencias entre los montos informados como recaudación en mesas de juego y los valores efectivamente encontrados al realizar el conteo. Las grabaciones mostraron una secuencia reiterada de ingresos en soledad a la bóveda, manipulación de drop box sin autorización y acciones contrarias a los protocolos internos.
Al momento de retirarse del establecimiento, la trabajadora fue interceptada por personal de seguridad. En presencia de un escribano se constató que llevaba consigo una suma importante de dinero, sin haberla declarado previamente al ingresar, tal como lo exigían las normas internas de la empresa. La empleadora consideró que estos hechos configuraron una violación de los deberes de buena fe, diligencia y lealtad, y notificó el despido con causa mediante acta notarial.
Durante el proceso judicial, testigos del área de vigilancia, seguridad y administración relataron que las diferencias de dinero sólo se produjeron cuando la trabajadora cumplía turno en el área. También indicaron que no existía ninguna necesidad operativa para los movimientos que realizaba dentro de la bóveda, y que el comportamiento registrado en las cámaras se repitió durante varias jornadas consecutivas.
El voto mayoritario del fallo destacó que la empleadora actuó de manera inmediata al constatar las irregularidades y que comunicó la decisión en forma clara y fundada. El tribunal valoró la prueba testimonial, documental y técnica, y concluyó que la conducta de la trabajadora resultó incompatible con las funciones que desempeñaba y con los niveles de confianza que exige el manejo de fondos.
Con esos fundamentos, la Cámara del Trabajo resolvió rechazar la demanda iniciada por la trabajadora y confirmó la legalidad del despido con causa comunicado por el casino Crown.
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Acuerdo Institucional: Ricardo Apcarian presidirá el Superior Tribunal desde febrero
El magistrado ya había ocupado la Presidencia del máximo órgano judicial provincial en 2021.

El Superior Tribunal de Justicia se reunió en Acuerdo Institucional y designó autoridades para el año judicial que comenzará el 1 de febrero de 2026. El juez Ricardo Apcarian presidirá el máximo órgano judicial provincial, según quedó estipulado en la Acordada 33/2025.
La Ley Orgánica establece que «la Presidencia del Superior Tribunal de Justicia será ejercida anualmente por el juez o la jueza que el mismo Cuerpo designe en la primera quincena de diciembre de cada año. En la misma oportunidad se establecerá el orden en que sus integrantes reemplazarán la Presidencia en caso de ausencia u otro impedimento».
En cuanto al orden de subrogancias en la presidencia se dispuso en primer término al vocal Sergio Barotto, en segundo a Liliana Piccinini, luego Sergio Ceci y por último a la actual presidenta, Cecilia Criado.
También se dispusieron los jueces y juezas delegadas en cada circunscripción. Se mantienen en la Primera Liliana Piccinini, en la Segunda Sergio Barotto. Sergio Ceci estará a cargo de la Cuarta y la Tercera Circunscripción tendrá como jueza delegada a Cecilia Criado.
La resolución también asigna las representaciones institucionales para el período. En el Foro Patagónico de Superiores Tribunales participarán Sergio Barotto y Sergio Ceci. La Presidencia del Superior Tribunal representará al Poder Judicial ante la Junta Federal de Cortes y ante el Foro Federal de los Consejos de la Magistratura, además de ejercer la representación ante la Justicia de Paz, el Centro de Documentación Jurídica y la Oficina de Derechos Humanos y Género.
Por su parte, Barotto encabezará la Escuela de Capacitación Judicial, mientras que Apcarian hará lo propio en el Comité de Informatización.








