Judiciales
Femicidio de Nicole Ailín Posada en Roca: Condenaron a prisión perpetua a Carriqueo Phomphakdy
El hecho ocurrió durante la madrugada del 17 de febrero de 2024, cuando el hombre le pegó en la cabeza con una barra de hierro a la víctima.

Tras el veredicto de culpabilidad que emitió por unanimidad el jurado popular y el juicio de cesura que se realizó el pasado 26 de mayo, Oscar Ferando Carriqueo Phomphakdy fue condenado a la pena de prisión perpetua por el femicidio de Nicole Ailín Posada, ocurrido el 17 de febrero del 2024 en General Roca.
El juez impuso la pena de prisión perpetua por el homicidio doblemente agravado por cometerse contra su pareja mediando violencia de género, conforme a los artículos 45 y 80 inc 1 y 11 del Código Penal.
La Fiscalía y la querella lograron probar que el femicidio ocurrió durante la madrugada en la viviendad ubicada en Tránsito Toledo al 2000, donde convivían la victima, el imputado y sus cinco hijos menores de edad.
Carriqueo golpeó a Nicole Posada y ante la resistencia de la mujer, el hombre utilizó una barra de hierro con la que le pegó en la cabeza, provocándole una lesión craneana que ocasionó su muerte en el lugar.
Juicio por jurados
Después de cinco jornadas de debate, el jurado popular declaró culpable por unanimidad a Oscar Fernando Efraín Carriqueo Phomphakdy por el femicidio de Nicole Ailín Posada, ocurrido el 17 de febrero de 2024 en Roca. El juicio, que fue transmitido en vivo por las áreas de Comunicación del STJ y la Procuración a través del canal institucional de YouTube, constituyó el juicio por jurados número 21 realizado en la provincia de Río Negro.
Declararon más de 40 testigos, entre personal policial, forense, familiares y allegados a la víctima. Este viernes se desarrollaron los alegatos de clausura, las instrucciones finales y la deliberación del jurado.
El jurado popular, estuvo integrado por doce personas —seis mujeres y seis varones— encontró culpable al imputado por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (femicidio).
El hecho
De acuerdo con la acusación, el femicidio ocurrió en la madrugada del sábado 17 de febrero de 2024, entre las 3.00 y las 6.30, en la vivienda ubicada en Tránsito Toledo al 2000, en Roca, donde convivían la víctima, el imputado y sus cinco hijos menores de edad.
La fiscalía sostuvo que Oscar Carriqueo Phomphakdy golpeó a Nicole Posada aprovechando su situación de vulnerabilidad y la asimetría de poder entre ambos. Según la investigación, ante la resistencia de la mujer, el hombre utilizó una barra de hierro con la que la golpeó en la cabeza, provocándole la muerte.
El imputado fue juzgado detenido y bajo prisión preventiva. La fiscalía lo acusó como autor del delito de femicidio, conforme a los artículos 80 incisos 1 y 11 y 45 del Código Penal, y en línea con lo dispuesto por la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
El juicio
El juicio se desarrolló el 7 de abril con las instrucciones iniciales y los alegatos de apertura. Las jornadas se desarrollaron durante cinco días consecutivos, entre las 8:30 y las 16:00, con audiencias públicas en el salón Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca.
Durante el debate se presentaron más de 40 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y elementos secuestrados durante la investigación. Se llevaron a cabo los alegatos finales y el juez Oscar Alberto Gatti brindó las instrucciones de deliberación al jurado, que se retiró a debatir en sesión secreta.
Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto unánime de culpabilidad.
Judiciales
Condenaron a cuatro policías por agredir y amenazar a dos adolescentes en Roca
El hecho ocurrió el 15 de junio de 2024 en un playón deportivo del barrio Alta Barda. El policía considerado autor recibió 3 años de prisión en suspenso, mientras que los otros tres fueron condenados a penas de entre 24 y 30 meses.

Cuatro empleados policiales fueron condenados a penas de prisión en suspenso por un hecho ocurrido con dos adolescentes en un playón deportivo del barrio Alta Barda, en General Roca. El policía considerado autor recibió una pena de tres años de ejecución condicional, mientras que los otros tres fueron considerados partícipes necesarios y recibieron condenas de entre 24 y 30 meses.
La sentencia fue dictada por los jueces Oscar Gatti, Emilio Stadler y Verónica Rodríguez. Según lo resuelto, el funcionario policial declarado autor fue quien llevó adelante las conductas agresivas contra las víctimas y les profirió amenazas con un arma.
Durante el debate, las defensas penal pública y particular solicitaron modificar la calificación legal propuesta por la Fiscalía. El planteo fue admitido por el Tribunal. Posteriormente, durante la etapa de cesura, insistieron en que las penas requeridas por la acusación eran elevadas.
La defensora penal pública Flavia Rojas explicó que, en el caso de una de sus asistidas, la pretensión fiscal no contemplaba su historia personal ni los testimonios que la describían como una persona pacífica. También destacó que las dos mujeres involucradas habían reclamado al policía considerado autor que cesara su accionar contra los adolescentes.
Por su parte, el defensor Juan Pablo Chirinos sostuvo que no existían elementos para justificar una pena de cumplimiento efectivo y pidió que se contemplaran la situación familiar y las responsabilidades de cuidado de su asistido.
El hecho por el que los policías llegaron a juicio ocurrió el 15 de junio de 2024, entre las 2.05 y las 4.30. Los imputados se movilizaban en una camioneta policial tipo pick up mientras prestaban funciones en la Comisaría 47° de J.J. Gómez. En ese contexto, llegaron a un playón deportivo del barrio Alta Barda, donde se produjeron las acciones investigadas contra dos adolescentes.
Judiciales
Pidieron más de 4 años de prisión para la mujer que atacó a la ex pareja y 3 años y medio para su cómplice
La agresión ocurrió en abril de 2025 en una vivienda de San Juan al 2200.

Tras haber sido declarados culpables por atacar a la ex pareja de la mujer en abril de 2025, en General Roca, un hombre y una mujer esperan conocer las penas que deberán cumplir. La Fiscalía solicitó 4 años y 6 meses de prisión efectiva para ella y 3 años y 6 meses para él.
El fiscal Daniel Zornitta requirió al Tribunal que condene a la mujer como autora de lesiones graves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima. Para el hombre pidió 3 años y 6 meses de prisión como partícipe necesario de las lesiones graves.
Durante sus alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que ambos atacaron a la víctima por la espalda, impidiéndole defenderse. También señaló que el objetivo era causarle daño y remarcó que su vida corrió riesgo, ya que un amigo debió trasladarlo al hospital local, donde fue internado inmediatamente en terapia intensiva.
Zornitta también hizo referencia a las consecuencias que dejó la agresión. Explicó que las lesiones le impidieron a la víctima trabajar con normalidad y lo obligaron a cerrar su taller. Además, mencionó el informe de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien indicó que el hombre continúa con un alto grado de vulnerabilidad y temor, al igual que integrantes de su familia.
Durante la audiencia de cesura realizada este lunes (02/11) declararon la víctima, quien también había brindado su testimonio durante el debate de responsabilidad penal, y Virginia Ansola, psicóloga de la OFAVI del Ministerio Público. También lo hicieron familiares y conocidos de los autores del hecho, por parte de las defensas particulares.
El Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Maximiliano Camarda, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler, dará a conocer la sentencia el próximo miércoles 11 de noviembre al mediodía en los Tribunales roquenses.
Judiciales
Una mediación permitió resolver el contacto de una madre detenida con su hijo y autorizar viajes al exterior
El acuerdo establece comunicaciones por Zoom tres veces por semana, sujetas a las condiciones del establecimiento penitenciario. También contempla una autorización para que el padre pueda viajar con el niño fuera del país hasta que cumpla 18 años.

Una mujer que se encuentra privada de su libertad en General Roca acordó, mediante una mediación, un nuevo régimen de comunicación con su hijo. El entendimiento establece que podrán mantener contacto a través de videollamadas por Zoom tres veces por semana, de acuerdo con las condiciones del establecimiento penitenciario.
El encuentro se realizó en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC) de Roca. El padre participó de manera presencial, mientras que la madre intervino por videollamada desde el establecimiento donde permanece alojada. El proceso estuvo dirigido por una mediadora oficial.
El objetivo fue modificar un régimen de comunicación acordado anteriormente y establecer una modalidad que permitiera sostener el vínculo entre la mujer y su hijo, pese a las limitaciones derivadas de su situación de detención.
Durante la audiencia, el padre manifestó su conformidad con que el niño mantenga contacto con su madre y propuso dos franjas horarias por la tarde para realizar las comunicaciones: de 17 a 18 o de 18 a 19, según su disponibilidad laboral.
La puesta en marcha del régimen dependerá de las disposiciones del establecimiento penitenciario. Su Centro de Monitoreo deberá coordinar los días, horarios y enlaces de las videollamadas mediante una plataforma digital.
La mediación también permitió resolver otra cuestión familiar: la madre otorgó una autorización general para que el niño pueda salir del país acompañado por su padre hasta alcanzar la mayoría de edad. Como parte del acuerdo, el hombre se comprometió a informar las fechas y los destinos de cada viaje.
Las partes solicitarán la homologación judicial del acuerdo para formalizar la autorización de viaje y poner en funcionamiento la nueva modalidad de comunicación. Hasta que se concrete ese trámite, continuará vigente el régimen anterior.









