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Judiciales

Los Juzgados de Paz intervinieron en más de 30 mil actuaciones en el primer semestre del año

El 77% de la actividad jurisdiccional se concentró en las circunscripciones Segunda y Cuarta.

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Durante los primeros seis meses de 2025, los 49 Juzgados de Paz de la provincia desplegaron una actividad intensa en todo el territorio rionegrino. Estos organismos, distribuidos en ciudades, pueblos y parajes alejados de los grandes centros urbanos, constituyen el primer contacto entre la ciudadanía y el Poder Judicial, especialmente en zonas donde no existen otros organismos jurisdiccionales.

Además de su histórica función fedataria -como la certificación de firmas, la emisión de declaraciones juradas o la autorización para viajar-, las juezas y jueces de Paz intervinieron en una gran diversidad de conflictos. Entre ellos, cobraron especial relevancia los procesos por violencia familiar y de género, las contravenciones y los juicios de menor cuantía.

La actividad jurisdiccional incluyó audiencias, sentencias y medidas de protección. En los casos donde no hay Unidades Procesales de Familia, los Juzgados de Paz asumieron un rol clave en la atención de situaciones urgentes. También tramitaron procesos vecinales, pedidos para litigar sin gastos, y causas vinculadas a ejecuciones, cuestiones contravencionales y asuntos de menor cuantía.

En muchos casos, la intervención no solo se limitó a resolver un conflicto entre partes, sino que también permitió acercar una respuesta estatal en localidades donde no existen organismos especializados. Esa cercanía territorial mantuvo activa la red de Juzgados en toda la provincia, con especial incidencia en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial.

Por fuera de lo estrictamente judicial, los trámites administrativos también ocuparon una parte importante del trabajo cotidiano. Las consultas espontáneas por parte de vecinas y vecinos representaron una porción mayoritaria. Le siguieron certificaciones, autorizaciones y gestiones documentales. A su vez, los trámites electorales -como la certificación de firmas para justificar el no voto o la designación de autoridades de mesa- continuaron siendo parte del quehacer diario, sobre todo en contextos de elecciones.

En materia de extensión, se concretaron visitas a barrios alejados, reuniones interinstitucionales y actividades de promoción de derechos. Estas intervenciones apuntaron a reforzar la presencia del Poder Judicial en las comunidades más alejadas de los centros urbanos, ampliando el alcance de la respuesta estatal.

Los Juzgados en números

Durante el primer semestre del año, los Juzgados de Paz de la provincia tramitaron más de 30.000 actuaciones, sumando expedientes judiciales y trámites administrativos.

El 77% de la actividad jurisdiccional se concentró en las circunscripciones Segunda y Cuarta. En cuanto al tipo de acciones, los exhortos y los procesos vinculados a violencia representaron el 73% del total de causas iniciadas.

Las audiencias llegaron a 6.237. La categoría más frecuente fue «otras», con el 34% del total, seguida por audiencias en el marco de la Ley D 3040 (20%) y reglas de conducta (9%).

Del lado no jurisdiccional, se contabilizaron más de 23.000 trámites. Las consultas representaron el 53%, seguidas por certificaciones de firma (24%) y certificaciones de copias (12%).

En el área de extensión, la actividad más común fue la atención a personas fuera de la sede del Juzgado, con un 52% de los registros, seguida por reuniones interinstitucionales (36%) y acciones de capacitación y prevención (12%).

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Caso Valentín Mercado: Piden confirmar la condena contra el anestesiólogo por el daño cerebral irreversible

Tras la apelación de la defensa del profesional condenado por homicidio culposo, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique la sentencia en todos sus términos.

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La causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo sumó una instancia clave en el Tribunal de Impugnación de Río Negro. Tras el recurso presentado por la defensa del anestesiólogo condenado por homicidio culposo, la Fiscalía y la querella solicitaron formalmente que se confirme la sentencia original, rechazando cualquier reducción de la pena o limitación de la inhabilitación profesional.

El eje del conflicto radica en el planteo del profesional, quien busca que su inhabilitación para ejercer se circunscriba únicamente al ámbito pediátrico. Ante esto, el fiscal del caso fue tajante al señalar que la desatención durante la cirugía fue la causa directa del desenlace fatal. «Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco», explicó. Según el Ministerio Público, el médico no cumplió con el consentimiento informado en el que asumía la responsabilidad de velar por el paciente durante toda la intervención.

La reconstrucción de los hechos indica que existieron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el anestesiólogo no actuó conforme a su rol. Si bien luego se logró estabilizar al niño con adrenalina y un cambio de tubo traqueal, la demora fue tan extensa que el daño cerebral resultó irreversible.

La querella acompañó estos argumentos, dejando la decisión final en manos del Tribunal, que ya pasó a deliberar.

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Compensación económica tras una unión convivencial: Reconocen desequilibrio estructural y contexto de violencia

Se conocieron hace más de dos décadas y tuvieron un hijo. Pero la situación se volvió insostenible con el paso de los años.

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Se conocieron en la facultad hace más de 20 años. Ella era alumna y tenía el sueño de recibirse de licenciada; él trabajaba como ayudante de cátedra. Al poco tiempo, ella abandonó sus estudios y sus proyectos para acompañar el crecimiento profesional de él.

Así, la joven se convirtió en asistente técnica en las películas de su pareja y en cuidadora de su familia. Durante casi dos décadas, sostuvo el hogar y los proyectos del hombre. Mientras la pareja acumulaba títulos académicos y prestigio, ella perdía autonomía. No tenía ingresos propios y dependía por completo de la voluntad de su pareja.

La situación se volvió insostenible con el paso de los años. Así, decidió dejar la vivienda familiar junto con su hijo. Dejó los equipos de trabajo, la casa que ayudó a construir y los vehículos de la familia. Regresó a la vivienda de sus padres, sin ahorros y con su carrera universitaria sin terminar. El hombre quedó con todos los bienes y mantuvo su estabilidad profesional intacta.

Ante esta realidad, recurrió al Poder Judicial para iniciar una compensación económica y reparar la desigualdad que provocó la ruptura.

El fuero de familia de Roca hizo lugar a la demanda. La jueza consideró acreditado un desequilibrio económico, derivado de la dinámica de la relación y de su ruptura.

La mujer mantuvo una relación de más de 20 años en la que postergó su desarrollo profesional y académico. Acompañó los proyectos laborales de su pareja y asumió, de manera casi exclusiva, las tareas domésticas y de cuidado, incluida la crianza del hijo en común.

También expresó que la relación se desarrolló en un contexto de violencia de género, caracterizado por control, descalificaciones y limitaciones a su autonomía personal y económica.

Por su parte, el hombre negó la existencia de desequilibrio y sostuvo que su crecimiento profesional fue fruto de su esfuerzo personal. Afirmó que la mujer desarrolló capacidades en el ámbito audiovisual y que contaba con posibilidades de inserción laboral.

La jueza destacó que la compensación económica tiene como finalidad corregir el perjuicio patrimonial que puede generar la ruptura de una vida en común, cuando una de las partes queda en situación de desventaja.

De la prueba producida surgió que durante la convivencia existió una asimetría de poder desde el inicio de la relación, que se trasladó a los ámbitos laboral y familiar. Se acreditó que la mujer quedó en una posición de dependencia, con limitaciones para desarrollar su autonomía, mientras que el hombre consolidó su carrera académica y profesional.

La jueza de Familia hizo lugar al reclamo y ordenó que el hombre el pago de una compensación. La magistrada destacó que existió un contexto de violencia de género y económica.

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En Río Negro, las mujeres ocupan más de la mitad de los cargos jerárquicos judiciales

Representan el 55%, contra el 45% de los varones.

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En el Poder Judicial de Río Negro, las mujeres ocupan el 55% de los cargos de juezas, jueces, secretarias y secretarios de las áreas jurisdiccionales, mientras que los varones representan el 45%.

La distribución cambia según la función. Del total relevado, el 68% corresponde a juezas y jueces y el 32% a secretarias y secretarios. Entre las 175 personas que ocupan cargos de juezas y jueces, el 45% son mujeres y el 55% varones. Entre las 84 personas que se desempeñan como secretarias y secretarios, en cambio, la presencia femenina asciende al 76%, frente al 24% de varones.

Pirámide demográfica y composición por áreas

El relevamiento registra 1.843 agentes en organismos jurisdiccionales y auxiliares. De ese total, 1.188 son mujeres y 655 varones. Además de juezas, jueces, secretarias y secretarios, la composición por función muestra mayoría femenina en el personal jurisdiccional, con 594 agentes, de los cuales el 78% son mujeres; en el personal de Mediación, con 81 cargos, también con 78% de mujeres; y en las áreas auxiliares, con 655 agentes, donde las mujeres representan el 62%. La única función con mayoría masculina, además de la magistratura, es la del personal de servicio: allí hay 254 cargos, con 55% de varones y 45% de mujeres.

La pirámide demográfica muestra que la mayor concentración del personal se ubica entre los 36 y 50 años, tanto en mujeres como en varones. En la distribución por fueros y organismos con equipos, el 39% del personal corresponde a organismos no jurisdiccionales, con 716 agentes, mientras que el 61% restante, con 1.127 agentes, se desempeña en organismos jurisdiccionales y de Mediación. Dentro de esa estructura, el bloque más numeroso reúne al fuero Civil, Comercial, Minería, Contencioso Administrativo y Familia, incluida la segunda instancia, con el 25% del total. Le siguen el fuero Penal con el 15%, Justicia de Paz con el 8%, el fuero del Trabajo con el 6%, Mediación con el 4% y el Superior Tribunal de Justicia con el 3%.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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