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Río Negro

Una roquense es finalista del Programa Emprendedoras y Emprendedores Río Negro 2025

Se trata del emprendimiento Leona, diseño y confección de productos a partir del reciclaje textil.

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Banco Patagonia, junto con Fundación Nobleza Obliga, presentó los 8 emprendimientos que participarán de la final del Programa el próximo 31 de octubre en el Centro Cultural y de Exposiciones Roberto Abel.

En la 10° Edición de Emprendedoras y Emprendedores de Río Negro, más de 400 emprendimientos tuvieron la posibilidad de acceder a diversas capacitaciones online que les brindaron herramientas para su negocio. De todos los inscriptos se seleccionaron los 20 más destacados, quienes fueron incluidos en el catálogo online https://www.emprendedoresrionegro.com, dando a conocer a la comunidad su historia y cómo incluyen aspectos económicos, sociales y ambientales en su desarrollo.

A partir de la votación del público y de un jurado de expertos -integrado por los organizadores, socios locales, organismos municipales y provinciales– se seleccionaron los 8 finalistas que tendrán la oportunidad de mostrar sus aprendizajes, contar la historia de su proyecto y cómo lo visualizan hacia el futuro, en una final presencial que se llevará a cabo el viernes 31 de octubre en el Centro Cultural y de Exposiciones Roberto Abel.

Mientras exponen, un jurado interdisciplinario seleccionará a los 3 ganadores de esta edición, quienes recibirán capital semilla por: $2.000.000 el 1° puesto, $1.500.000 el 2° puesto y $850.000 el 3° puesto. Además, se otorgará una mención especial a aquel emprendimiento que ponga especial foco en la perspectiva de género, recibiendo un capital semilla de $500.000, para el fortalecimiento de sus negocios.

Como en todas las ediciones del Programa, Banco Patagonia busca promover y acompañar al ecosistema emprendedor y el desarrollo de las comunidades donde la entidad financiera está presente. El certamen cuenta, además, con el apoyo del Gobierno provincial, municipios, Cámaras de Comercio locales y Organizaciones de la Sociedad Civil.

Los emprendimientos finalistas son:

  1. Athos Gin
    Elaboración de gins
    San Carlos de Bariloche
  2. Brhumos – Aromas y sabores
    Condimentos ahumados y preparados
    Allen
  3. Dos Reinas Apicultura
    Producción sustentable de miel cruda de alta calidad
    Villa Lanquin
  4. Hidroponia HidroFlora
    Producción de vegetales hidropónicos gourmet, capacitaciones y asesoramiento en cultivos hidropónicos
    San Carlos de Bariloche
  5. Leona
    Diseño y confección de productos a partir del reciclaje textil
    General Roca
  6. Milvago Vermut Patagónico
    Elaboración de Vermut artesanal
    Dina Huapi
  7. yOsOy
    Diseño de juegos que favorecen la motricidad fina y el nivel cognitivo para todas las edades.
    San Carlos de Bariloche
  8. Zopilote de la Patagonia/Garrapiñadas de Nuez
    Producción de garrapiñada de nuez auténtica y de alta calidad.
    Viedma

Acerca de Banco Patagonia

Nuestro propósito es acompañar el desarrollo de las personas. Desarrollamos nuestro modelo de negocio considerando a todos sus grupos de interés y el impacto económico, social y ambiental que genera en ellos. Desde nuestra estrategia de inversión social privada impulsamos y apoyamos proyectos propios y en alianza con Organizaciones de la Sociedad Civil y Sector Público, que crean valor en las comunidades en las que está presente. Nuestro objetivo es potenciar el bienestar a través de la educación, el emprendedurismo, el fortalecimiento local, la cultura y el voluntariado corporativo.

Acerca de Fundación Nobleza Obliga

Nobleza Obliga es una organización de innovación social que ayuda a ONG, empresas y emprendedores sociales a potenciar sus recursos y aumentar el impacto de sus acciones a través de soluciones innovadoras, tecnológicas y sustentables. Brindamos herramientas y oportunidades con la misión de que todos los proyectos solidarios se hagan realidad.

Para ello, creó la primera plataforma de Financiamiento Colectivo para proyectos solidarios en Argentina. Además, trabaja en propuestas innovadoras para aumentar el impacto social de las empresas, creando soluciones tecnológicas para potenciar sus acciones de Sustentabilidad.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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