Roca
La calle Chacabuco tendrá nuevo paso a nivel y puente sobre el Canalito
El Municipio de Roca llamó a licitación para llevar adelante las obras pertinentes.
La Municipalidad de General Roca efectuó el llamado a licitación para las obras de apertura del paso a nivel sobre calle Chacabuco y construcción del puente sobre el Canalito, además de otros trabajos complementarios. La obra surge como una necesidad que ahora permitirá el descongestionamiento del tránsito sobre calle 9 de Julio, sobre todo en las horas pico, dado el permanente crecimiento comercial que se registra sobre esta arteria y que lógicamente implica mayor circulación vehicular.
Para permitir el acceso hacia el sur de las vías por calle 25 de Mayo, donde también el crecimiento comercial es evidente, la apertura del paso a nivel se complementará con un nuevo puente sobre el Canalito, que permitirá que quienes salgan de la ciudad, puedan transitar la calle Chacabuco hacia el sur hasta Alsina o Estados Unidos u otras alternativas para acceder a la calle Mendoza hacia el este o Avenida Roca o calle San Juan hacia el oeste, para tomar la Ruta Nacional N° 22.
La obra contempla también la construcción de dos espacios para estacionamiento a 45°, en calle 25 de Mayo entre Chacabuco y Pampa y en calle 9 de Julio entre las calles Pampa y Córdoba, ampliándose notablemente de esta manera las posibilidades para estacionamiento vehicular.
Finalizado el trámite administrativo que contempla el llamado a licitación y posterior adjudicación de la obra, se comenzará con los trabajos en el lugar donde se efectuará la excavación hasta subrasante y compactación de la base calcárea para construcción del cordón cuneta, nuevas veredas por algo más de 830 m2, badenes y posterior pavimentación de casi 1.900 m2 de superficie.
El puente sobre el Canalito tendrá en líneas generales la misma fisonomía de los existentes, aunque se pretende alguna renovación que mejore la estética del lugar, con nuevas luminarias y forestación.
Policiales
Robó un almacén a mano armada y volvió a las horas cuando estaba cerrado, para robar de nuevo
El sujeto terminó detenido. Ocurrió en la zona de Cuatro Galpones.

Un hombre de 34 años fue detenido por personal de la Comisaria 48° de Mosconi, en General Roca, luego de ser identificado como uno de los autores de un robo calificado ocurrido en la madrugada de ayer (04/06), en un local comercial del barrio Cuatro Galpones.
El hecho ocurrió cuando dos sujetos ingresaron a un almacén y amenazaron a los vendedores con un arma de fuego para sustraer mercadería, especialmente bebidas alcohólicas, cigarrillos y carne. Huyeron del lugar a bordo de una motocicleta.
Horas más tarde, la Policía fue alertada de que uno de los sospechosos estaba violentando nuevamente el ingreso al comercio con una barreta. Al notar la presencia policial, se dio a la fuga, por lo que se inició un operativo cerrojo.
Se quiso esconder en un terreno baldío que cuenta con una construcción precaria y fue encontrado y detenido.
La Fiscalía de turno dispuso que el hombre permanezca detenido por robo calificado. La investigación continúa para esclarecer los hechos e intentar dar con el otro sospechoso.
Judiciales
Imputación a dos auxiliares de la SENAF: Abusos y maltratos contra niños de la institución
Son tres hechos en total y el más complicado es un hombre que trabajaba en un hogar de niños y adolescentes de Roca.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un hombre y a una mujer, quienes se desempeñaban como auxiliares de un hogar de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) de General Roca por hechos que habrían cometido contra niños y niñas que estaban institucionalizados. Pese a la oposición de los defensores particulares, el juez de Garantías interviniente estableció un plazo de investigación por dos meses y las personas quedaron imputadas.
Según la acusación fiscal, contando con la adhesión de la defensora de menores, se trata de tres hechos. «En el primero el y la imputada, que se desempeñaban como auxiliares asistenciales, habrían maltratado a un total de ocho niños y niñas entre el período comprendido entre abril de 2021 hasta septiembre de 2023, violando la Convención Internacional sobre los Derechos del niño, niña y adolescente. Los adultos habrían amenazado a los menores para evitar que contaran los maltratos», agregó.
«El segundo y tercer hecho corresponden al hombre que habría realizado tocamientos a tres de los menores señalados arriba, y a una de ellas la habría amenazado», describió el fiscal del caso interviniente.
La calificación legal por la que el hombre quedó imputado es la de «amenazas coactivas continuadas en calidad de coautor, y abuso sexual simple agravado por ser el encargado de la guarda, en calidad de autor y en concurso real, todo en concurso real. Mientras que la mujer deberá responder por los delitos de «amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora».
Entre la evidencia mencionada por el Ministerio Público Fiscal se encuentra: la denuncia de la Coordinadora Institucional, variadas entrevistas a trabajadores y trabajadoras del lugar, informe de la Delegación de la SENAF, de la psicóloga de la institución implicada, también se cuenta con la intervención de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) del Ministerio Público.
Se agregan las Cámara Gesell concretadas por las especialistas del Cuerpo de Investigación Forense, los expedientes de la Junta de Disciplina de Río Negro, las certificaciones laborales de ambos imputados.
El defensor particular de la operadora mujer objetó la evidencia que acompaña la imputación, argumentando que «todo lo descripto no se dejó establecido en los libros diarios del lugar. Además, entendemos que esto tiene más que ver con una cuestión interna y correspondiente a sumarios administrativos, que están siendo concretados».
Por su parte, el defensor del hombre expresó que «nos llama la atención que durante esos tres años nadie denunció ni advirtió este tema».
Ambos solicitaron que no se tengan por formulados cargos a sus asistidos.
Finalmente, y pese a esa oposición, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y estableció que el plazo de investigación penal preparatoria se extienda por dos meses, hasta el 18 de agosto de este año.
«Cabe mencionar que la jueza de Familia ha resuelto oportunamente una medida cautelar y los imputados tienen una prohibición de acercamiento vigente hacia los menores implicados», informó el fiscal.
Deportes
Condenaron al Deportivo Roca y a la Liga por un piedrazo que cambió la vida de una mamá
La indemnización llega a los 178 millones de pesos.

Una madre acompañó a su hijo, que jugaba la final del Torneo Clausura de la Liga Confluencia. Su equipo, La Amistad, de Cipolletti, enfrentaba de visitante a Deportivo Roca. Era un día importante: hacía años que la mujer iba a cada entrenamiento.
La tarde parecía perfecta. La Amistad ganó el partido y conquistó el título de campeón del torneo. La mujer disfrutaba de los festejos desde la tribuna visitante. En pocos minutos, todo cambió. Los hinchas locales comenzaron a tirar piedras, y una impactó en su cabeza. La herida profunda le provocó una fractura frontal y una incapacidad parcial y permanente.
Un fallo del Juzgado Civil de Roca hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios iniciada por la mujer, y condenó al Club Social y Deportivo General Roca y a la Liga Deportiva Confluencia a indemnizarla con más de 178 millones de pesos.
La mujer dejó de concurrir a los partidos y sigue el desempeño deportivo de su hijo por radio. Las secuelas impactaron en su vida emocional, social y laboral. Padece insomnio, aislamiento y ansiedad.
La resolución judicial consideró acreditado que la víctima fue lesionada durante el espectáculo deportivo, y que el Club y la Liga eran responsables solidarios como entidades organizadoras.
Rechazó los argumentos de desvinculación basados en la actuación policial, señalando que el deber de seguridad no se limita a contratar personal de vigilancia, sino que implica una planificación activa y la adopción de medidas eficaces para evitar riesgos previsibles.
También valoró la carga simbólica y emocional de la cicatriz en el rostro de una mujer adulta, analizada desde una perspectiva de género y su impacto social.
«Las entidades o asociaciones participantes de un espectáculo deportivo son solidariamente responsables de los daños y perjuicios que se generen en los estadios». En este caso, la lesionada revistió el carácter de persona concurrente al espectáculo deportivo y, en los términos de la Ley 24.240 y sus modificaciones, es considerada consumidora. Por su parte, «el Club y la Liga estuvieron a cargo del desarrollo y la producción del espectáculo deportivo», explica el fallo.