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Río Negro

Charla de sensibilización sobre adopción en Roca

Participaron personas y parejas inscriptas en el Registro local. Se les informó sobre las modificaciones y mejoras en el régimen de adopción que incorporó la reforma del Código Civil y Comercial en 2015.

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Con la participación de más de 30 personas, se realizó este miércoles en la Ciudad Judicial una charla informativa y de sensibilización para inscriptos en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción (Ruagfa) domiciliados en General Roca.

La titular del Juzgado de Familia N° 16 de esta ciudad, Andrea Tormena, convocó a las personas y parejas inscriptas en el Registro local para informarles sobre las modificaciones y mejoras en el régimen de adopción que incorporó la reforma del Código Civil y Comercial en 2015, y luego los profesionales del Equipo Técnico del Juzgado brindaron una charla sobre «Mitos y prejuicios en torno a la adopción», con el objetivo de despejar dudas y sensibilizar a los aspirantes en distintos aspectos.

Uno de los temas abordados fue la importancia de ampliar la expectativa de los adoptantes en cuanto al rango de edad de los niños que esperan unir a sus familias. En ese sentido, una pareja de la zona que tiempo atrás adoptó a una nena de 10 años contó su valiosa y gratificante experiencia ante los presentes, y luego se leyó ante el público una emotiva carta escrita por la propia niña, quien relató aspectos de su vida anteriores y posteriores a la adopción y contó cómo pudo, con apoyo de su familia adoptiva y del Juzgado, mantener el vínculo con sus hermanitas biológicas, quienes también fueron adoptadas por otra familia de la región.

Por el Equipo Técnico Interdisciplinario del Juzgado N° 16 participaron la licenciada en Psicología Gabriela Anahí Tejerina, la licenciada en Servicio Social Mirta Noemí Lacuenteguy y la licenciada en Psicopedagogía Clelia Norma Seidedos. También estuvieron presentes en el encuentro la jueza de Familia Moira Revsin, la Defensora de Menores e Incapaces Elizabeth Quesada y la secretaria del Juzgado de Familia N° 16 Carolina Gaete.

Novedades del régimen de adopción

La Reforma del Código Civil y Comercial incorporó nuevos principios y fortaleció otros en el régimen de adopción, al tiempo que modificó plazos y precisó requisitos. Algunos de ellos son:

– Se prioriza el interés superior del niño, así como su derecho a la identidad, a conocer su origen y a tener una familia adoptiva que lo cuide.

– En ciertos casos, cuando sea beneficioso para él o ella, puede conservar el vínculo con los hermanos y otros miembros de la familia biológica, e incluso mantener su apellido de origen.

– Durante el proceso judicial de adopción, el niño/a tiene derecho a ser escuchado y a que se valore su opinión, teniendo en cuenta su autonomía progresiva en función de su edad y madurez.

– El nuevo sistema acorta los plazos, los hace más estrictos y reglamenta mejor el trámite de adopción.

– El nuevo Código incorporó la «adopción de integración», para que una persona pueda adoptar a los hijos de su pareja, sin que ello implique necesariamente la pérdida del vínculo con su madre o madre biológicos.

– El Código, sumado a lo que ya había regulado la Ley de Matrimonio Igualitario, habilitó a las parejas no casadas, ya sean homo o heterosexuales, a ser adoptantes.

– Los interesados en ser adoptantes deben inscribirse en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción (Ruagfa), un organismo que en Río Negro funciona dentro del Poder Judicial y que tiene delegaciones en Viedma, Roca, Bariloche y Cipolletti.

– La inscripción previa en ese Registro es la única vía legalmente autorizada para acceder a una adopción. Ya no están permitidas las «entregas directas» ni las «guardas de hecho» que se realizaban en algunas provincias.

El Ruagfa en Roca

Funciona en el primer piso de la Ciudad Judicial de calle San Luis 853, y está a cargo de Gabriel Mozzoni. La atención es de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 y los interesados también pueden comunicarse al teléfono 0298 4439900 interno 2080 o al correo electrónico [email protected].

Allí deben inscribirse todas las personas o parejas interesadas en adoptar que estén domiciliadas en cualquiera de las ciudades de la Segunda Circunscripción Judicial: Allen, Roca, Cervantes, Mainqué, Ingeniero Huergo, Gral. Godoy, Villa Regina, Chichinales, Chimpay, Belisle, Luis Beltrán, Darwin, Choele Choel, Lamarque, Pomona, Río Colorado, Ramos Mexía, Sierra Colorada, Los Menucos, Maquinchao, Mencué, Cerro Policía y El Cuy.

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Judiciales

En pleno enero esperaron 15 horas a la grúa con un calor sofocante: El seguro deberá responder

Fue en la Ruta Nacional N° 250, en cercanías a Pomona.

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Una mujer que viajaba desde Choele Choel hacia Viedma sufrió un desperfecto mecánico en la Ruta Nacional N° 250, cerca de Pomona. Eran las 5 de la tarde, en pleno enero. El calor era sofocante, la temperatura superaba los 40°C. En el vehículo se trasladaba junto a su sobrina. Llamó al seguro. Su póliza incluía servicio de grúa las 24 horas. Desde la empresa aseguradora le informaron que el remolque demoraría aproximadamente 4 horas. Pero recién llegó a la mañana siguiente.

A las pocas horas de espera, el vehículo quedó sin batería, lo que las obligó a permanecer sin aire acondicionado ni posibilidad de comunicación constante. Se comunicaron repetidamente con el número de la aseguradora, pero sin soluciones.

Cerca de las 8, apareció el vehículo de remolque, cuando el sol ya volvía a levantar la temperatura sobre el asfalto. Así, las dos mujeres pasaron más de 15 horas dentro del auto, sin poder desplazarse, en un tramo desolado de la ruta y con escasa señal telefónica.

Durante la noche permanecieron en el vehículo con las ventanillas abiertas para soportar el calor que aún a medianoche seguía siendo intenso. La sentencia destacó las condiciones climáticas extremas y la situación de vulnerabilidad que atravesaron, sin agua ni información precisa sobre la hora en que llegaría la asistencia. La mujer realizó reiteradas llamadas al servicio de auxilio, pero solo recibía respuestas evasivas o nuevos plazos que nunca se cumplieron.

El fuero civil de Viedma consideró probado el incumplimiento contractual por parte de la aseguradora, al no brindar el servicio en tiempo y forma pese a ofrecerlo como disponible las 24 horas, los 365 días del año. Valoró además que la empresa no aportó los registros de las comunicaciones ni justificó la demora, lo que reforzó su responsabilidad.

El caso se resolvió mediante un proceso de tramitación simplificada, una modalidad prevista en el Código Procesal Civil, Comercial y de Minería de Río Negro para causas de baja complejidad, como las de consumo. Este procedimiento permite concentrar todo el debate en una única audiencia multipropósito, donde se producen las pruebas, se escuchan los alegatos y el juez o jueza puede dictar sentencia de forma oral o escrita en plazos abreviados. Su objetivo es agilizar los procesos y garantizar una respuesta judicial más rápida en conflictos que no requieren un trámite extenso.

La resolución consideró acreditado el daño moral derivado de la angustia, el desamparo y la incertidumbre que vivieron las ocupantes del vehículo durante toda la noche, expuestas al calor y a la oscuridad de la ruta. También ordenó una reparación ejemplificadora y dispuso que la aseguradora publique la decisión en un medio digital, como medida disuasiva frente a prácticas que vulneran los derechos de las y los consumidores.

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Judiciales

Ordenan eliminar un video de YouTube y Google por vulnerar el derecho a la intimidad

Mostraba la imagen de una mujer sin su consentimiento.

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Un fallo de El Bolsón ordenó a Google Argentina y a YouTube eliminar un video que mostraba sin consentimiento la imagen de una mujer. La jueza interviniente entendió que la difusión vulneraba su derecho a la intimidad, la dignidad y la propia imagen, y dispuso una intervención urgente para detener la persistencia del daño.

La mujer había detectado que su imagen aparecía en un contenido alojado en YouTube acompañado de expresiones que, según explicó, afectaban su vida personal y su entorno más cercano. Ante la negativa o inacción de las plataformas, acudió al juzgado de Multifueros de El Bolsón para solicitar la eliminación del material y la prohibición de futuras publicaciones.

El planteo se presentó a través de una medida autosatisfactiva, una figura procesal que permite la protección inmediata de un derecho cuando existe una afectación grave y no hay otra vía eficaz para detenerla La jueza consideró que el caso reunía los requisitos de procedencia: una fuerte probabilidad del derecho invocado, la urgencia manifiesta y la necesidad de evitar un perjuicio irreparable.

En su análisis, la magistrada destacó que la exposición pública de la imagen de una persona sin consentimiento constituye una injerencia ilegítima en su vida privada y una afectación directa a su dignidad. Señaló además que el contenido del video, difundido por un medio de comunicación, incluía descripciones injuriantes, y que la afectada «pudo razonablemente sentir que sufrió una lesión a sus derechos personalísimos». Añadió que «cualquier persona merece ser respetada en su dignidad, reputación y propia imagen, y que constituye una vulneración de este derecho humano fundamental verter el tipo de acusaciones que se realizan en el video».

El fallo recordó que los derechos personalísimos -como el honor, la imagen y la intimidad- están protegidos por la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial y los tratados internacionales de derechos humanos. También abordó el conflicto entre la libertad de expresión y los límites que impone la protección de la persona, y sostuvo que ningún derecho es absoluto. En esa línea, la jueza citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para remarcar que una restricción puede ser legítima si evita una afectación desmedida de otro bien jurídico de igual o mayor jerarquía.

La resolución advierte que las redes sociales, al amplificar sin control ciertos contenidos, pueden generar «condenas sociales» que sustituyen los procedimientos judiciales y producen daños personales difíciles de reparar. En ese sentido, la magistrada subrayó que la libertad de expresión no puede transformarse en una «licencia para agraviar» ni servir de amparo a publicaciones que lesionan la integridad moral de una persona.

En este caso, el juzgado ordenó la eliminación del segmento del video en el que se registraba la imagen de la mujer -a partir del minuto 17:49- y limitó el alcance de la medida exclusivamente a ese tramo, con el fin de evitar cualquier afectación a otros contenidos lícitos o al derecho de terceros a acceder a la información. Las empresas demandadas deberán cumplir la orden bajo apercibimiento de multa.

En palabras de la jueza, el avance tecnológico impone al derecho la obligación de repensar los mecanismos de tutela para asegurar que las garantías tradicionales -honor, reputación e imagen- sigan siendo efectivas en el espacio virtual.

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Política

«Será en la Libertad Avanza y Fuerza Patria donde deberán encontrarse las respuestas a los grandes asuntos nacionales que afectan a la provincia»

Así lo expresó el gobernador Weretilneck tras conocer los resultados que dejaron a Juntos Somos Río Negro sin bancas en el Congreso.

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El gobernador Alberto Weretilneck agradeció a todas y todos los rionegrinos que acompañaron a Juntos Defendemos Río Negro, y destacó el compromiso de los intendentes, comisionados de fomento, militantes y fiscales «que defendieron con convicción una propuesta verdaderamente provincial». Felicitó a las fuerzas nacionales que obtuvieron el acompañamiento mayoritario y señaló que «será en esos espacios donde deberán encontrarse las respuestas a los grandes asuntos nacionales que afectan a la provincia».

«Como buenos demócratas que somos, aceptamos la opinión y la voz de cada rionegrina y cada rionegrino. Está claro que han optado porque la voz de la provincia ante la Nación la representen los partidos nacionales», remarcó en diálogo con la prensa desde Cipolletti.

Y en ese sentido, subrayó que «no se puede pedir ahora a los intendentes o al Gobierno Provincial la solución de los temas nacionales, cuando una parte importante del pueblo rionegrino decidió que sean los partidos nacionales quienes los resuelvan y gestionen».

Adelantó que desde el Gobierno Provincial «vamos a seguir ocupándonos de lo que nos corresponde: de la gestión diaria, de los municipios, de las comisiones de fomento y de cada necesidad concreta de nuestra provincia».

El mandatario remarcó que, más allá del resultado, la gestión provincial seguirá firme. «La defensa de Río Negro no termina en una elección. Mañana, como siempre, estaremos trabajando por todos los rionegrinos, gestionando obras, salud, educación y oportunidades. Seguiremos siendo los mismos», indicó.

Finalmente, Weretilneck concluyó que «Río Negro es una provincia que no baja los brazos. Vamos a seguir defendiendo lo nuestro con respeto, diálogo y trabajo, porque la defensa nace acá, en nuestra tierra y con nuestra gente».

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