Seguinos

Judiciales

El STJ confirmó condena contra padre que abusó de una de sus hijas

Comprobaron que fueron cuatro casos, uno de ellos con «acceso carnal». La víctima era menor de edad cuando fue abusada.

el


El Superior Tribunal de Justicia confirmó una condena de 8 años y 6 meses de prisión efectiva contra un hombre que cometió reiterados abusos sexuales de los que resultó víctima una de sus hijas biológicas. Los hechos ocurrieron entre los años 2008 y 2011 en la zona rural de Guerrico.

Con voto rector del juez Enrique Mansilla y la adhesión de sus pares Ricardo Apcarian y Sergio Barotto, el STJ declaró «mal concedido» el recurso de casación que había interpuesto el defensor particular Pablo Martín Barrionuevo y confirmó así la sentencia dictada en febrero de 2016 por la Cámara Criminal Tercera de Roca.

El imputado, cuyo nombre se reserva para evitar la identificación de la víctima, fue declarado «autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo -un hecho- en concurso real con abuso sexual simple agravado por el vínculo reiterado en más de una oportunidad -tres hechos-«. La investigación comenzó en diciembre de 2013 a raíz de la denuncia que radicó la madre de la víctima.

En su casación, la defensa alegó que la sentencia fue arbitraria, por considerar que la prueba valorada fue «escasa y endeble». También cuestionó el monto de la pena, afirmando que la misma fue «irrazonable y desmedida».

El Tribunal de juicio tuvo por acreditado que el primer abuso sexual ocurrió entre enero y febrero de 2008; el segundo entre marzo y abril de 2009; el tercero durante el invierno del año 2011 y el cuarto en septiembre de 2011. El primero, según la sentencia, fue «con acceso carnal», a diferencia de los tres restantes que no registraron esa agravante. Todos los hechos ocurrieron en la vivienda familiar y en circunstancias de estar ausentes la madre y hermanos de la víctima.

La pericia psicológica valorada por los jueces concluyó que el testimonio de la joven, quien ya era mayor de edad al momento del juicio y pudo declarar ante el Tribunal, fue «altamente creíble», por ser «concreto, preciso, claro, expresándose a través de sus vivencias, no observándose contradicciones o inseguridades en cuanto a lo que relata».

La perito destacó «la cantidad de elementos contextuales, sensitivos y semánticos», así como su «congruencia». Los jueces de Roca, además, enfatizaron en la “contundencia” del testimonio, calificándolo como “una firme y cruda declaración” sostenida, además, por otros elementos probatorios.

La Cámara, al dictar su condena, también concluyó: «ninguna duda tengo, llegada esta instancia, que los hechos denunciados existieron, que no se trató ni de una ideación en busca de algún interés particular por parte de la víctima, sino por el contrario, un quiebre drástico a partir de la denuncia, nada más y nada menos que el abandono definitivo del imputado del hogar familiar…».

Para validar los fundamentos de la Cámara y rechazar los agravios de la defensa, el STJ también analizó el video con la primera declaración que brindó la víctima en Cámara Gesell, cuando aún era menor de edad. Tras ese análisis, los jueces del máximo Tribunal provincial manifestaron su «total coincidencia» con las apreciaciones del Tribunal local.

En cuanto al agravio por el monto de la pena, para el STJ se trató de un planteo «genérico y desprovisto de todo sustento» y destacó que el concurso real de delitos por los cuales fue condenado el imputado partía de una pena mínima de 8 años de prisión. «De ese modo, no surge que el monto impuesto pueda ser tachado de irrazonable, desmedido o desproporcionado», concluyó el STJ en su sentencia.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

La Justicia Federal aceptó el amparo colectivo por la Ruta Nacional 151

Analizarán los tramos específicos incluidos en la cautelar, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.

el

El Juzgado Federal de General Roca, a cargo del juez Hugo Greca, reconoció la acción de amparo colectivo presentada por el gobernador Alberto Weretilneck, intendentes y cámaras empresariales para garantizar la seguridad en la Ruta Nacional N° 151.

En su resolución, el magistrado definió avanzar en los tramos específicos de la ruta incluidos en la cautelar solicitada, para evaluar la necesidad de obras de conservación hasta la sentencia definitiva.

«La fecha de realización del reconocimiento judicial in situ, que deberá ser propuesta de manera conjunta, contando con los medios para el traslado», indica además.

«La participación de peritos de parte, en condiciones de producir luego un examen científico que precise tanto las medidas requeridas como las defensas planteadas por la demandada», agrega.

El fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan, señaló que «es un paso indispensable para dejar en evidencia la gravedad del abandono de la Ruta 151 y exigir medidas urgentes que resguarden la seguridad de los rionegrinos».

A su vez, subrayó que «el propio Estado Nacional reconoció que en dos años no ejecutó obras sustanciales y que lo hecho hasta ahora es claramente insuficiente. Esa confesión deja en claro que la Provincia tenía razón al plantear esta acción judicial», dijo.

Además, el fiscal de Estado sostuvo que «Río Negro no se va a resignar a que la desidia nacional ponga en riesgo vidas humanas. Vamos a seguir insistiendo hasta que se ordenen las obras mínimas de conservación y se cumpla con el deber básico de garantizar rutas seguras».

Finalmente, Pérez Estevan remarcó la necesidad de celeridad en el proceso. «Llevamos meses reclamando medidas mínimas mientras la causa se demora en trámites que no se condicen con la urgencia del caso. El amparo no puede transformarse en un juicio ordinario: la Justicia debe actuar rápido porque está en juego la vida de quienes transitan todos los días esta ruta», concluyó.

Continuar leyendo

Judiciales

Fiscalía de Estado recuperó más de $8.600.000 para el sistema de salud

Una sentencia judicial obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos al IPROSS.

el

La Fiscalía de Estado de Río Negro obtuvo un fallo favorable que ordena la restitución de más de $8.600.000 al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), consolidando su rol central en la defensa del patrimonio público.

El Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N 13 de Viedma hizo lugar a la demanda presentada por el organismo provincial, que actuó en representación de IPROSS. La sentencia, dictada el 1 de septiembre de 2025, obliga al responsable de un accidente vial y a su aseguradora a reintegrar los gastos médicos y asistenciales afrontados por la obra social estatal en la atención de un afiliado gravemente lesionado sobre la Ruta Nacional N° 3.

La resolución judicial reconoce el derecho de la Provincia a recuperar, mediante acción subrogatoria, los costos generados por la negligencia de terceros. El fallo también subraya la legitimidad del accionar de la Fiscalía de Estado, que promovió la demanda con éxito y aseguró una importante restitución a favor del sistema público de salud.

«Esta acción reafirma nuestro compromiso con la protección del erario provincial y la defensa activa de los recursos del sistema solidario de salud», destacó el Fiscal de Estado, Gastón Pérez Estevan.

El organismo explicó que cada peso recuperado fortalece la capacidad operativa de IPROSS y alivia la carga sobre el sistema público de salud, que no debe asumir costos ajenos a su responsabilidad.

«La estrategia de iniciar acciones judiciales busca precisamente garantizar el recupero de los gastos cubiertos por IPROSS a los afiliados cuando la responsabilidad de los daños corresponde a un tercero y a su aseguradora», destacaron desde el Gobierno.

Continuar leyendo

Judiciales

Familia del Alto Valle definió el cuidado de un adulto mayor y el destino de una chacra

Fue a través del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación.

el

En el Alto Valle, una mesa de mediación reunió a una familia entera que buscaba organizar el cuidado de su padre ya mayor y resolver cómo administrar una chacra de la región. La cita ocurrió el 26 de agosto de 2025 en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, bajo la coordinación de la Defensa Pública de mediación. El proceso fue gratuito y concluyó con un acta que dejó asentados compromisos y responsabilidades.

Ese día, uno de los hijos tomó la palabra con decisión: trasladaría a su padre a su casa el 28 de agosto y se haría cargo de su cuidado cotidiano. Además, aceptó realizar los trámites previsionales para asumir la representación como apoderado y administrar los ingresos del adulto mayor.

En la misma mesa, una de las hermanas ofreció colaborar en la atención diaria. El objetivo fue claro: que quien asumiera la carga principal pudiera disponer de espacios de descanso. Se estableció que los detalles de esa ayuda se coordinarían de manera directa entre los familiares. La conversación giró luego hacia la chacra. Otro de los hermanos aceptó administrar la tierra y los animales. Dijo que se encargaría de los tributos y del cuidado del ganado. El compromiso incluyó la entrega de un grupo de vacas con sus crías a uno de sus hermanos, con retiro fijado entre el 30 y el 31 de agosto.

El tema económico también ocupó un lugar en la discusión. Varias personas se comprometieron a aportar una suma de dinero todos los meses, durante los primeros diez días, mediante transferencias a una cuenta bancaria. La mediación recogió esa decisión sin prever sanciones, solo como un acuerdo de responsabilidad compartida.

La audiencia se extendió hasta el mediodía. Dos de los hermanos decidieron no suscribir a ciertos puntos, y por eso el documento final reflejó únicamente los aspectos consensuados. La mediadora informó que lo acordado tenía carácter inmediato y obligatoriedad plena.

La reunión concluyó con la lectura del acta. Cada integrante escuchó en silencio el detalle de las fechas, las tareas y los aportes comprometidos. La tensión del inicio se transformó en un registro escrito que marcó un camino para la organización familiar. La intervención de la Defensa Pública permitió que este proceso se desarrollara sin costo y bajo un marco oficial que dio respaldo a la palabra de los participantes.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement