Judiciales
Lo condenaron sin pruebas, la Defensa Pública apeló y finalmente fue absuelto
El hombre, que había sido penado con cuatro años de prisión, fue absuelto finalmente a partir de la revisión de la condena realizada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

La Defensa Pública rionegrina logró que sea confirmado su planteo, realizado a través de un recurso de casación de la Defensora Mariana Serra a partir de la condena contra un hombre que había sido penado con cuatro años de prisión por considerárselo “coautor del delito de robo calificado, por haber sido cometido en banda, agravado por la participación de un menor”. El hombre fue absuelto, a partir de la revisión de la condena realizada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
La defensora había objetado la sentencia considerando que “incurre en arbitrariedad ya que arriba a la determinación de la coautoría sólo a través de la declaración del denunciante del robo, sin ninguna prueba que permita corroborarla”. Además, señaló que el reconocimiento fotográfico realizado en sede policial se hizo “sin haber formalizado la rueda respectiva y con ausencia de control de la defensa”. Ésto, dijo Serra en el recurso de casación, “disminuye el valor convictivo de la prueba”.
La representante del Ministerio Público de la Defensa cuestionó además que “los testimonios brindados por la víctima tuvieron varias contradicciones a lo largo del proceso”, no obstante aclaró que “no se puso en cuestión su sinceridad, pero sí la ausencia de prueba para deslindar un error en su percepción”.
Cabe destacar que en el proceso de casación se dio intervención a la Defensora General, Rita Custet, que compartió el argumento de la ausencia de prueba y afirmó que el reconocimiento fotográfico necesita de la posterior rueda de reconocimiento de personas. En este sentido hizo referencia a los números difundidos por Innocence Project, organización que nació en Estados Unidos y, en sus inicios, destacaba que el 70% de las condenas erróneas de ese país eran producto de errores en la etapa de reconocimiento.
La cuestión se dirimió finalmente a partir del fallo del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que hizo lugar al recurso de casación interpuesto y absolvió al imputado revocando la condena.
En el fallo se destacó que “la prueba es infiable, por los amplios márgenes de incertidumbre que actúan en la percepción y en la memoria del testigo. De tal manera, ante tal ausencia de corroboración, la elevada infiabilidad de la prueba la hace inapropiada para fundamentar un juicio de certeza”.
¿Qué es Innocence Proyect?
Innocence Project Argentina se dedica a trabajar en casos donde, por error judicial o por causa armada, personas inocentes han sido condenadas injustamente a penas privativas de la libertad. A partir de esos casos contribuye a visibilizar los defectos o problemas estructurales del sistema penal y promueve reformas con el fin de mejorarlo y evitar futuras condenas erróneas de ciudadanos inocentes.
Judiciales
Choque fatal en la Ruta 22: Imputaron al conductor que manejaba con 2,06 de alcohol en sangre
La víctima, Ángel Lautaro Monsalve, murió tras un impacto frontal entre su moto y un auto, conducido por el imputado.

Un hombre fue formalmente imputado por el homicidio culposo de Ángel Lautaro Monsalve, ocurrido ayer (15/03) a la madrugada en el kilómetro 1159 de la Ruta Nacional N° 22, a la altura de Cervantes.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió cerca de las 6.00 de la mañana, cuando el imputado conducía un Volkswagen Gol en sentido oeste-este de manera imprudente y antirreglamentaria, sin el cuidado ni el dominio exigidos para circular por una Ruta Nacional.
De acuerdo a la Fiscalía, el hombre se movilizaba a unos 100 kilómetros por hora, cuando el máximo permitido en ese sector es de 80 km/h. Además, manejaba bajo los efectos del alcohol, con un nivel de alcoholemia de 2,06 gramos por litro de sangre.
En ese mismo momento, Monsalve circulaba en una motocicleta en sentido contrario, es decir, de este a oeste. Por motivos que aún se investigan, el motociclista invadió el carril contrario y se produjo un impacto frontal excéntrico con el sector delantero izquierdo del automóvil.
Producto de la violencia del choque, el conductor de la moto falleció en el lugar.
La Fiscalía formuló cargos por el delito de homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, con un nivel superior a 0,5 gramos por litro de sangre.
Entre las evidencias reunidas hasta el momento se mencionaron el relevamiento realizado por el Gabinete de Criminalística en el lugar del hecho, el test de alcoholemia practicado al conductor, entrevistas a testigos y registros fotográficos.
Durante la audiencia, la defensa penal pública no presentó objeciones a la formulación de cargos.
Respecto a las medidas cautelares, la fiscalía indicó que no se advierten riesgos procesales como entorpecimiento de la investigación o peligro de fuga, ya que el imputado tiene domicilio fijo, trabajo y una hija a la que mantiene.
Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso como medidas cautelares la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo y la obligación de no modificar su domicilio, bajo apercibimiento de revocar su libertad provisoria.
Judiciales
Chocó su auto nuevo y la reparación nunca quedó bien: La Justicia condenó a la aseguradora
Además, el vehículo ingresó al taller con 42.183 kilómetros y fue entregado meses después con casi 4.000 kilómetros más.

Una mujer de General Roca que había comprado un auto cero kilómetro y contratado un seguro contra todo riesgo logró que la Justicia condenara a la aseguradora por las reparaciones defectuosas realizadas tras un choque.
El caso comenzó cuando la mujer adquirió un Renault Kwid y, para proteger su inversión, contrató una póliza de seguro. Dos años después protagonizó un siniestro vial y la compañía derivó el vehículo a un taller para su reparación.
Sin embargo, el establecimiento no contaba con habilitación municipal ni con respaldo técnico del fabricante del vehículo. Durante meses, la mujer recibió promesas sobre repuestos y arreglos que, según le indicaban, dejarían el auto en condiciones óptimas.
El vehículo ingresó varias veces al taller debido a que las fallas persistían. Los ruidos extraños y las luces de advertencia en el tablero nunca desaparecieron, lo que generó reiterados reclamos ante la aseguradora y el taller.
Tras una instancia de mediación sin resultados, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios. Durante el proceso explicó que el auto ingresó al taller con 42.183 kilómetros y que tres meses después fue entregado con más de 46.000 kilómetros, es decir, con unos 3.800 kilómetros adicionales y con las mismas fallas.
La pericia mecánica determinó que las reparaciones se realizaron en distintas etapas y fuera de los parámetros sugeridos por el fabricante. Además, señaló que el taller no estaba homologado y que no existía documentación técnica que permitiera verificar las tareas realizadas.
También se estableció que el establecimiento no tenía habilitación municipal vigente. Por ese motivo, el Tribunal hizo lugar a la excepción planteada por el mecánico demandado y rechazó la demanda en su contra, ya que no era titular del taller.
Finalmente, el fuero Civil de Roca concluyó que existió un cumplimiento defectuoso de las obligaciones de la aseguradora y aplicó la responsabilidad prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia reconoció una indemnización por la privación del uso del vehículo durante aproximadamente un mes y medio, la desvalorización del automotor y el daño moral ocasionado a la propietaria.
Judiciales
Apareció el joven que era intensamente buscado en Roca
La búsqueda había sido iniciada luego de que fuera visto por última vez el fin de semana en el Camping Municipal.

El joven que era intensamente buscado en General Roca apareció en buen estado de salud y el Ministerio Público Fiscal confirmó que se dio por finalizado el pedido de paradero.
Se trata de Ezequiel Vázquez, de 26 años, cuya búsqueda había sido difundida por la Policía de Río Negro luego de que fuera visto por última vez entre el sábado (07/03) y el domingo (08/03) en el sector del Camping Municipal.
Tras diversas tareas realizadas para dar con su ubicación, finalmente se confirmó que el joven se encuentra en buen estado de salud.
Ante esta situación, el Ministerio Público Fiscal dispuso dar por finalizada la búsqueda y dejar sin efecto el pedido de colaboración a la comunidad.





